Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae
Tommaso de Vio Cajetan (1469–1534)
First published 1507
Cajetan's Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae offers an article-by-article exposition of Aquinas's Prima Pars. Its discussions of sacred doctrine, analogy, divine knowledge, and creation became important reference points in the later Thomist tradition. The present digital edition follows the Latin text of the Leonine edition and includes English and Spanish translations. Coverage is currently partial.
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Praefatio ad Oliverium Carrafam
In Prooemium Summae Theologiae
Quaestio I: De sacra doctrina, qualis sit, et ad quae se extendat
Articulus I: Utrum sit necessarium, praeter philosophicas disciplinas, aliam doctrinam haberi
Articulus II: Utrum sacra doctrina sit scientia
Articulus III: Utrum sacra doctrina sit una scientia
Articulus IV: Utrum sacra doctrina sit scientia practica
Articulus V: Utrum sacra doctrina sit dignior aliis scientiis
Articulus VI: Utrum haec doctrina sit sapientia
Articulus VII: Utrum deus sit subiectum huius scientiae
Articulus VIII: Utrum haec doctrina sit argumentativa
Articulus IX: Utrum sacra scriptura debeat uti metaphoris
Articulus X: Utrum sacra scriptura sub una littera habeat plures sensus
Quaestio II: De Deo, an Deus sit
Articulus I: Utrum Deum esse sit per se notum
Articulus II: Utrum Deum esse sit demonstrabile
Articulus III: Utrum Deus sit
Quaestio III: De Dei simplicitate
Articulus I: Utrum Deus sit corpus
Articulus II: Utrum in Deo sit compositio formae et materiae
Articulus III: Utrum sit idem Deus quod sua essentia vel natura
Articulus IV: Utrum in Deo sit idem essentia et esse
Articulus V: Utrum Deus sit in genere aliquo
Articulus VI: Utrum in Deo sint aliqua accidentia
Articulus VII: Utrum Deus sit omnino simplex
Articulus VIII: Utrum Deus in compositionem aliorum veniat
Quaestio IV: De Dei perfectione
Articulus I: Utrum Deus sit perfectus
Articulus II: Utrum in Deo sint perfectiones omnium rerum
Articulus III: Utrum aliqua creatura possit esse similis Deo
Quaestio V: De bono in communi
Articulus I: Utrum bonum differat secundum rem ab ente
Articulus II: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam ens
Articulus III: Utrum omne ens sit bonum
Articulus IV: Utrum bonum habeat rationem causae finalis
Articulus V: Utrum ratio boni consistat in modo, specie et ordine
Articulus VI: Utrum convenienter dividatur bonum per honestum, utile et delectabile
Quaestio VI: De bonitate Dei
Articulus I: Utrum esse bonum Deo conveniat
Articulus II: Utrum Deus sit summum bonum
Articulus III: Utrum esse bonum per essentiam sit proprium Dei
Articulus IV: Utrum omnia sint bona bonitate divina
Quaestio VII: De infinitate Dei
Articulus I: Utrum Deus sit infinitus
Articulus II: Utrum aliquid aliud quam Deus possit esse infinitum per essentiam
Articulus III: Utrum possit esse aliquid infinitum actu secundum magnitudinem
Articulus IV: Utrum possit esse infinitum in rebus secundum multitudinem
Quaestio VIII: De existentia Dei in rebus
Articulus I: Utrum Deus sit in omnibus rebus
Articulus II: Utrum Deus sit ubique
Articulus III: Utrum Deus sit ubique per essentiam, praesentiam et potentiam
Articulus IV: Utrum esse ubique sit proprium Dei
Quaestio IX: De Dei immutabilitate
Articulus I: Utrum Deus sit omnino immutabilis
Articulus II: Utrum esse immutabile sit Dei proprium
Quaestio X: De Dei aeternitate
Articulus I: Utrum convenienter definiatur aeternitas, quod est interminabilis vitae tota simul et perfecta possessio
Articulus II: Utrum Deus sit aeternus
Articulus III: Utrum esse aeternum sit proprium Dei
Articulus IV: Utrum aeternitas differat a tempore
Articulus V: De differentia aevi et temporis
Articulus VI: Utrum sit unum aevum tantum
Quaestio XI: De unitate Dei
Articulus I: Utrum unum addat aliquid supra ens
Articulus II: Utrum unum et multa opponantur
Articulus III: Utrum Deus sit unus
Articulus IV: Utrum Deus sit maxime unus
Quaestio XII: Quomodo Deus a nobis cognoscatur
Articulus I: Utrum aliquis intellectus creatus possit Deum videre per essentiam
Articulus II: Utrum essentia Dei ab intellectu creato per aliquam similitudinem videatur
Articulus III: Utrum essentia Dei videri possit oculis corporalibus
Articulus IV: Utrum aliquis intellectus creatus per sua naturalia divinam essentiam videre possit
Articulus V: Utrum intellectus creatus ad videndum Dei essentiam aliquo creato lumine indigeat
Articulus VI: Utrum videntium essentiam Dei unus alio perfectius videat
Articulus VII: Utrum videntes Deum per essentiam ipsum comprehendant
Articulus VIII: Utrum videntes Deum per essentiam omnia in Deo videant
Articulus IX: Utrum ea quae videntur in Deo a videntibus divinam essentiam per aliquas similitudines videantur
Articulus X: Utrum videntes Deum per essentiam simul videant omnia quae in ipso vident
Articulus XI: Utrum aliquis in hac vita possit videre Deum per essentiam
Articulus XII: Utrum per rationem naturalem Deum in hac vita cognoscere possimus
Articulus XIII: Utrum per gratiam habeatur altior cognitio Dei quam ea quae habetur per rationem naturalem
Quaestio XIII: De nominibus Dei
Articulus I: Utrum aliquod nomen Deo conveniat
Articulus II: Utrum aliquod nomen dicatur de Deo substantialiter
Articulus III: Utrum aliquod nomen dicatur de Deo proprie
Articulus IV: Utrum nomina dicta de Deo sint nomina synonyma
Articulus V: Utrum ea quae de Deo dicuntur et creaturis, univoce dicantur de ipsis
Articulus VI: Utrum nomina per prius dicantur de creaturis quam de Deo
Articulus VII: Utrum nomina quae important relationem ad creaturas, dicantur de Deo ex tempore
Articulus VIII: Utrum hoc nomen *Deus* sit nomen naturae
Articulus IX: Utrum hoc nomen *Deus* sit communicabile
Articulus X: Utrum hoc nomen *Deus* univoce dicatur de Deo per participationem, secundum naturam, et secundum opinionem
Articulus XI: Utrum hoc nomen *qui est* sit maxime nomen Dei proprium
Articulus XII: Utrum propositiones affirmativae possint formari de Deo
Quaestio XIV: De scientia Dei
Articulus I: Utrum in Deo sit scientia
Articulus II: Utrum Deus intelligat se
Articulus III: Utrum Deus comprehendat seipsum
Articulus IV: Utrum ipsum intelligere Dei sit eius substantia
Articulus V: Utrum Deus cognoscat alia a se
Articulus VI: Utrum Deus cognoscat alia a se propria cognitione
Articulus VII: Utrum scientia Dei sit discursiva
Articulus VIII: Utrum scientia Dei sit causa rerum
Articulus IX: Utrum Deus habeat scientiam non entium
Articulus X: Utrum Deus cognoscat mala
Articulus XI: Utrum Deus cognoscat singularia
Articulus XII: Utrum Deus possit cognoscere infinita
Articulus XIII: Utrum scientia Dei sit futurorum contingentium
Articulus XIV: Utrum Deus cognoscat enuntiabilia
Articulus XV: Utrum scientia Dei sit variabilis
Articulus XVI: Utrum Deus de rebus habeat scientiam speculativam
Quaestio XV: De ideis
Articulus I: Utrum ideae sint
Articulus II: Utrum sint plures ideae
Articulus III: Utrum omnium quae cognoscit Deus, sint ideae
Quaestio XVI: De veritate
Articulus I: Utrum veritas sit tantum in intellectu
Articulus II: Utrum veritas sit in intellectu componente et dividente
Articulus III: Utrum verum et ens convertantur
Articulus IV: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam verum
Articulus V: Utrum Deus sit veritas
Articulus VI: Utrum sit una sola veritas, secundum quam omnia sunt vera
Articulus VII: Utrum veritas creata sit aeterna
Articulus VIII: Utrum veritas sit imutabilis
Quaestio XVII: De falsitate
Articulus I: Utrum falsitas sit in rebus
Articulus II: Utrum in sensu sit falsitas
Articulus III: Utrum falsitas sit in intellectu
Articulus IV: Utrum verum et falsum sint contraria
Quaestio XVIII: De vita Dei
Articulus I: Utrum omnium naturalium rerum sit vivere
Articulus II: Utrum vita sit quaedam operatio
Articulus III: Utrum Deo conveniat vita
Articulus IV: Utrum omnia sint vita in Deo
Quaestio XIX: De voluntate Dei
Articulus I: Utrum in Deo sit voluntas
Articulus II: Utrum Deus velit alia a se
Articulus III: Utrum quidquid Deus vult, ex necessitate velit
Articulus IV: Utrum voluntas Dei sit causa rerum
Articulus V: Utrum voluntatis divinae sit assignare aliquam causam
Articulus VI: Utrum voluntas Dei semper impleatur
Articulus VII: Utrum voluntas Dei sit mutabilis
Articulus VIII: Utrum voluntas Dei necessitatem rebus volitis imponat
Articulus IX: Utrum voluntas Dei sit malorum
Articulus X: Utrum Deus habeat liberum arbitrium
Articulus XI: Utrum sit distinguenda in Deo voluntas signi
Articulus XII: Utrum convenienter circa divinam voluntatem ponantur quinque signa
Quaestio XX: De amore Dei
Articulus I: Utrum amor sit in Deo
Articulus II: Utrum Deus omnia amet
Articulus III: Utrum Deus aequaliter diligat omnia
Articulus IV: An Deus semper magis diligat meliora
Quaestio XXI: De iustitia et misericordia Dei
Articulus I: Utrum in Deo sit iustitia
Articulus II: Utrum iustitia Dei sit veritas
Articulus III: Utrum misericordia competat Deo
Articulus IV: Utrum in omnibus operibus Dei sit misericordia et iustitia
Quaestio XXII: De providentia Dei
Articulus I: Utrum providentia Deo conveniat
Articulus II: Utrum omnia sint subiecta divinae providentiae
Articulus III: Utrum Deus immediate omnibus provideat
Articulus IV: Utrum providentia rebus provisis necessitatem imponat
Quaestio XXIII: De praedestinatione
Articulus I: Utrum homines praedestinentur a Deo
Articulus II: Utrum praedestinatio aliquid ponat in praedestinato
Articulus III: Utrum Deus aliquem hominem reprobet
Articulus IV: Utrum praedestinati eligantur a Deo
Articulus V: Utrum praescientia meritorum sit causa praedestinationis
Articulus VI: Utrum praedestinatio sit certa
Articulus VII: Utrum numerus praedestinatorum sit certus
Articulus VIII: Utrum praedestinatio possit iuvari precibus sanctorum
Quaestio XXIV: De libro vitae
Articulus I: Utrum liber vitae sit idem quod praedestinatio
Articulus II: Utrum liber vitae sit solum respectu vitae gloriae praedestinatorum
Articulus III: Utrum aliquis deleatur de libro vitae
Quaestio XXV: De divina potentia
Articulus I: Utrum in Deo sit potentia
Articulus II: Utrum potentia Dei sit infinita
Articulus III: Utrum Deus sit omnipotens
Articulus IV: Utrum Deus possit facere quod praeterita non fuerint
Articulus V: Utrum Deus possit facere quae non facit
Articulus VI: Utrum Deus possit meliora facere ea quae facit
Quaestio XXVI: De divina beatitudine
Articulus I: Utrum beatitudo Deo competat
Articulus II: Utrum Deus dicatur beatus secundum intellectum
Articulus III: Utrum Deus sit beatitudo cuiuslibet beati
Articulus IV: Utrum in Dei beatitudine omnis beatitudo includatur
Quaestio XXVII: De processione divinarum personarum
Articulus I: Utrum processio sit in divinis
Articulus II: Utrum aliqua processio in divinis generatio DICI possit
Articulus III: Utrum sit in divinis alia processio a generatione verbi
Articulus IV: Utrum processio amoris in divinis sit generatio
Articulus V: Utrum sint plures processiones in divinis quam duae
Quaestio XXVIII: De relationibus divinis
Articulus I: Utrum in Deo sint aliquae relationes reales
Articulus II: Utrum relatio in Deo sit idem quod sua essentia
Articulus III: Utrum relationes quae sunt in Deo, realiter ab invicem distinguantur
Articulus IV: Utrum in Deo sint tantum quatuor relationes reales, scilicet paternitas, filiatio, spiratio et processio
Quaestio XXIX: De personis divinis
Articulus I: De definitione personae
Articulus II: Utrum persona sit idem quod hypostasis, subsistentia et essentia
Articulus III: Utrum nomen personae sit ponendum in divinis
Articulus IV: Utrum hoc nomen persona significet relationem
Quaestio XXX: De pluralitate personarum in divinis
Articulus I: Utrum sit ponere plures personas in divinis
Articulus II: Utrum in Deo sint plures personae quam tres
Articulus III: Utrum termini numerales ponant aliquid in divinis
Articulus IV: Utrum hoc nomen persona possit esse commune tribus personis
Quaestio XXXI: De his quae ad unitatem vel pluralitatem pertinent in divinis
Articulus I: Utrum sit Trinitas in divinis
Articulus II: Utrum Filius sit alius a patre
Articulus III: Utrum dictio exclusiva solus sit addenda termino essentiali in divinis
Articulus IV: Utrum dictio exclusiva possit adiungi termino personali
Quaestio XXXII: De divinarum personarum cognitione
Articulus I: Utrum Trinitas divinarum personarum possit per naturalem rationem cognosci
Articulus II: Utrum sint ponendae notiones in divinis
Articulus III: Utrum sint quinque notiones
Articulus IV: Utrum liceat contrarie opinari de notionibus
Quaestio XXXIII: De persona Patris
Articulus I: Utrum competat Patri esse principium
Articulus II: Utrum hoc nomen Pater sit nomen proprie divinae personae
Articulus III: Utrum hoc nomen Pater dicatur in divinis per prius secundum quod personaliter sumitur
Articulus IV: Utrum esse ingenitum sit Patri proprium
Quaestio XXXIV: De persona Filii
Articulus I: Utrum verbum in divinis sit nomen personale
Articulus II: Utrum verbum sit proprium nomen Filii
Articulus III: Utrum in nomine verbi importetur respectus ad creaturam
Quaestio XXXV: De imagine
Articulus I: Utrum imago in divinis dicatur personaliter
Articulus II: Utrum nomen imaginis sit proprium Filii
Quaestio XXXVI: De persona Spiritus Sancti
Articulus I: Utrum hoc nomen Spiritus Sanctus sit proprium nomen alicuius divinae personae
Articulus II: Utrum Spiritus Sanctus procedat a Filio
Articulus III: Utrum Spiritus Sanctus procedat a patre per Filium
Articulus IV: Utrum Pater et Filius sint unum principium Spiritus Sancti
Quaestio XXXVII: De nomine Spiritus Sancti quod est amor
Articulus I: Utrum amor sit proprium nomen Spiritus Sancti
Articulus II: Utrum Pater et Filius diligant se spiritu Sancto
Quaestio XXXVIII: De nomine Spiritus Sancti quod est donum
Articulus I: Utrum donum sit nomen personale
Articulus II: Utrum donum sit proprium nomen Spiritus Sancti
Quaestio XXXIX: De personis ad essentiam relatis
Articulus I: Utrum in divinis essentia sit idem quod persona
Articulus II: Utrum sit dicendum tres personas esse unius essentiae
Articulus III: Utrum nomina essentialia praedicentur singulariter de tribus personis
Articulus IV: Utrum nomina essentialia concreta possint supponere pro persona
Articulus V: Utrum nomina essentialia in abstracto significata possint supponere pro persona
Articulus VI: Utrum personae possint praedicari de nominibus essentialibus
Articulus VII: Utrum nomina essentialia sint approprianda personis
Articulus VIII: Utrum convenienter a sacris doctoribus sint essentialia personis attributa
Quaestio XL: De personis in comparatione ad relationes sive proprietates
Articulus I: Utrum relatio sit idem quod persona
Articulus II: Utrum personae distinguantur per relationes
Articulus III: Utrum, abstractis per intellectum relationibus a personis, adhuc remaneant hypostases
Articulus IV: Utrum actus notionales praeintelligantur proprietatibus
Quaestio XLI: De personis in comparatione ad actus notionales
Articulus I: Utrum actus notionales sint attribuendi personis
Articulus II: Utrum actus notionales sint voluntarii
El título debe entenderse tan amplio como suena: en el cuerpo, en efecto, se distingue. – En el cuerpo hay una única distinción de dos miembros, con las conclusiones individuales junto a los mismos miembros.
II. Distinción es. Que algo sea o se haga por voluntad, ocurre de dos maneras: a saber, concomitantemente, o causalmente o principiativamente. Ejemplo de lo primero, Sócrates es hombre por su voluntad; ejemplo de lo segundo, Sócrates edifica una casa por su voluntad.
Conclusión primera, según el primer miembro: el Padre engendró al Hijo con voluntad concomitante. – Y se manifiesta: porque también el Padre es Dios con voluntad concomitante; luego, con mayor razón, etc.
La segunda conclusión, según su segundo miembro, es: el Padre engendró al Hijo por naturaleza, no por voluntad, como principio; pero así produjo la criatura. – Esta conclusión, en todas sus partes, se prueba primero por la autoridad de Hilario; segundo, por razón; tercero, contra la herejía opuesta de Arrio. – Y la autoridad de Hilario es clara en su letra.
La razón, en efecto, se toma de la cuádruple diferencia entre naturaleza y voluntad en el causar, así: de una sola cosa hay una sola forma natural por la cual es; pero de la voluntad no es una sola la forma por la cual actúa, sino muchas, según que son muchas las razones entendidas. Por tanto, la naturaleza está determinada a uno solo; la voluntad, en cambio, no. Por tanto, el agente natural obra como él mismo es; el voluntario, en cambio, obra como quiere y entiende, y no como él mismo es. Por tanto, la naturaleza es principio de aquellas cosas que no pueden ser sino de un modo determinado; la voluntad, en cambio, de aquellas que pueden ser así o de otro modo. Por tanto, la naturaleza, y no la voluntad, es principio de la persona divina; mientras que de las criaturas lo es la voluntad. – La primera consecuencia se manifiesta en el texto: porque el efecto se asimila a la forma del agente por la cual actúa. – La última, en cambio: porque la persona divina, en cuanto divina, está muy lejos de poder ser así o de otro modo, ya que Dios es su propio ser necesario; en cuanto a la criatura, porque es hecha de la nada. – Las restantes se dejan como conocidas.
Pero el testimonio que se alega del error de Arrio es suficientemente claro en la letra, junto con su refutación difundida por la autoridad de Hilario.
III. En torno a estas afirmaciones, advierte que son comunes a la producción del Hijo y del Espíritu Santo, como resulta claro por el título que indaga universalmente sobre los actos nocionales, y por el tercer argumento. El Autor expresó, sin embargo, en las conclusiones la generación del Hijo como anterior según el entendimiento, de modo que en el acto ejercitado los actos nocionales, bajo ese nombre, manifestaran cómo se comportan respecto de la voluntad.
IV. En torno a la primera conclusión y la distinción1 advierte, a la vez, que la voluntad concomitante se llama así en cuanto comparada con aquello como objeto precisamente; la voluntad principiante, en cambio, se llama así en cuanto comparada con aquello como causa o principio respecto del efecto. Y por eso la voluntad concomitante puede encontrarse de dos maneras: a saber, antecedentemente, como cuando deseo la lluvia futura; y consecuentemente, como cuando agrada la lluvia que es o fue. Pero si la primera conclusión se verifica de la voluntad concomitante antes y después según el entendimiento, o no, no se expresa en el texto. Sin embargo, Escoto, en I, dist. VI2, sostuvo la parte afirmativa: la cual creo conforme a santo Tomás. Primero, porque él mismo, más arriba, en la cuestión XXXIII, art. 3, ad 1, enseñó que los absolutos comunes a toda la Trinidad son anteriores a los nocionales. Pero consta que querer la generación del Hijo, como también querer la esencia divina, es absoluto y común a toda la Trinidad: luego el Padre quiere la generación del Hijo antes de generarla. – Segundo, porque parece igual razón respecto de la procesión del Espíritu Santo, que consta que es amada antes, según la razón, que originarse: pues el Padre, amándose a sí mismo y al Hijo y al Espíritu Santo, y por la misma razón la espiración misma, espira al Espíritu Santo. – Ni obstan lo dicho en las Cuestiones sobre la Potencia de Dios, qu. II, art. 33: pues allí entiende por voluntad precedente y voluntad anterior en el tiempo, naturaleza o entendimiento, la voluntad como principio, como resulta evidente a quien lo considere diligentemente.
V. En torno a la razón aducida para la segunda conclusión4, adviértase que allí se plantean tres diferencias entre la voluntad y la naturaleza en el causar, y una cuarta en el ser (esse). Sin embargo, las hemos numerado en un orden distinto al que se presentan en el texto, para que la fuerza de la inferencia procediera a priori. La diferencia en el ser (esse) fue asumida en el antecedente; las otras tres, en cambio, se exponen sucesivamente en los tres consecuentes.
Es, pues, propio del sentido de la primera diferencia que la forma de una misma cosa natural en acto es única. Y en lo que respecta al asunto propuesto, nada importa si una sola cosa natural posee varias formas subordinadas, como sostienen los defensores de la pluralidad de formas en el mismo ente, o si tiene una sola forma sustancial. Primero, porque todas, respecto del asunto, se toman como dotadas de la virtud de una sola. Segundo, porque cada una es una sola; pero la voluntad, siendo una y la misma, recibe muchas formas como muchas, es decir, no dotadas de la virtud de una sola, como aparece cuando quiere cosas enteramente dispares; y ninguna de sus formas da un querer uno, sino opuestos, puesto que, como se dice en IX Metafísica5, la potencia racional es de los opuestos. Difiere, pues, la voluntad de la naturaleza, porque la naturaleza se constituye en su ser por una forma única; mas la voluntad se constituye en su ser, que es el querer, por muchas formas, es decir, por los objetos queridos: tanto queriendo muchas cosas por medio de muchas, como queriendo opuestos por medio de una.
La última diferencia, considerada por parte de los productos, debe entenderse no en sentido absoluto, sino en cuanto se hallan bajo tales causas. Esto, en efecto, puede entenderse de dos maneras: a saber, de manera simple, y así es falso que los efectos de la naturaleza no puedan darse de otro modo, como manifiestamente resulta evidente; y en cuanto se hallan bajo tal causa, y así es verdadero y es lo que se pretende. Pues el efecto natural, una vez removidos los impedimentos, necesariamente ha de ser tal cual es su agente, ni puede ni pudo hacerse de otra manera por ese agente; en cambio, el efecto voluntario puede, o pudo, hacerse así o de otro modo, precisamente porque es voluntario.
VI. En torno a la prueba de la primera consecuencia, por la cual se deducen la segunda diferencia y la tercera a partir de la primera, a partir de esta proposición, el efecto se asimila a la forma del agente mediante la cual actúa6, surge una duda. O bien esa proposición es verdadera respecto de la asimilación a la forma y al modo de ser (esse) de aquella forma, o bien respecto de la asimilación a la forma solamente. Si es que a la forma solamente, entonces se aduce en vano en el texto para probar que la naturaleza está determinada a uno, y cual es el agente natural, tal actuar, a partir de que una sola cosa natural tiene una sola forma mediante la cual la cosa se constituye en su ser (esse) natural, porque el efecto se asimila a la forma del agente. – Y se manifiesta la consecuencia a partir de la diferencia entre la segunda y la tercera diferencia. Pues la segunda, a saber, que la naturaleza esté determinada a causar uno, atañe a la asimilación a la forma: pues si el agente tiene una única forma y produce algo semejante, es necesario que produzca algo semejante a una sola forma, y en consecuencia uno solo. La tercera, en cambio, a saber, actuar tal como él es en sí mismo, pertenece a la asimilación a la forma y al modo de ser (esse) de aquella, como es patente. Y esta es la principalmente pretendida aquí: puesto que de ella se sigue la cuarta, que es el medio próximo de la conclusión. Si, pues, aquella proposición no vale respecto de la asimilación al modo de ser (esse), no se prueba lo pretendido. – Pero si se dijera que es verdadera respecto de la asimilación de ambos, a saber, de la forma y del modo, se sigue contra el otro miembro. Pues se sigue que el efecto de la voluntad se asimila a la forma en la mente en su modo de ser (esse): lo cual es manifiestamente falso, pues la casa en la mente existe sin materia.
VII. En cuanto a esta duda, aunque, atendiendo solo a algunas cosas, distinguían entre el agente natural y el voluntario; si, sin embargo, atendemos a que en esta proposición la letra comúnmente la usa tanto para lo natural como para lo voluntario, e infiere de ella que aquello actúa como es, mientras que este actúa como quiere, no como es; de otro modo habría que decir.
Digo, pues, que aquella proposición es verdadera en cuanto a la forma y al modo per se de ella, en tanto que es razón de actuar. Pues todo agente, sea natural o voluntario, hace, en la medida de lo posible, algo semejante a sí según la forma y las condiciones o el modo per se de esta. Se llama, y es, modo per se de algo aquel que lo modifica dentro de su propia latitud: así, el modo per se de enseñar está dentro de la latitud de la doctrina, y lo mismo cabe decir de los demás. Entre el agente natural y el voluntario hay esta diferencia: que el natural obra porque es, mientras que el voluntario obra porque quiere; por consiguiente, la forma natural es razón de actuar porque es, y la forma voluntaria es razón de actuar porque es querida. Y por eso el modo per se de la forma natural es ser de tal o cual manera: pues el ser de tal manera pertenece a la latitud del ens en cuanto ente. En cambio, el modo per se de la forma voluntaria es querido de tal o cual manera, y no ser de tal o cual manera: pues el ser querido de tal manera pertenece a la latitud de lo querido, mientras que el ser de tal o cual manera se distingue frente a ello.
De esto se siguen además dos consecuencias. Primera: que la forma voluntaria tiene un doble modo de ser (esse): uno, en cuanto es uno de los entes del mundo, y este es el ser inmaterialmente en la mente; y otro, en cuanto es razón de actuar, y este es el ser querido de tal o cual manera. En cambio, la forma natural tiene el mismo modo de ser tanto en cuanto es ente como en cuanto es razón de actuar. Y la razón es la que dijimos, porque esta obra porque es, aquella porque es querida: pues querer es otra cosa que ser. – Segunda: que el agente natural asimila a sí al efecto en la forma y en el modo de la forma, en cuanto puede, sin distinción alguna; y por eso el hijo se asimila al padre incluso en las condiciones individuales, si la virtud generativa es fuerte. De ahí proviene también que, entre los peripatéticos, solo las sustancias compuestas pueden producir inmediatamente sustancias materiales. Pero el agente voluntario asimila al efecto la forma con la que actúa, y su modo en cuanto razón de actuar: no, en cambio, su modo en cuanto ente.
VIII. Y de aquí se ve claramente la solución a las objeciones7. Porque, en efecto, se subsume mal que el modo del ser (esse) de la forma voluntaria sea el modo de la forma del cual se habla en aquella máxima; pues en ella se habla del modo per se de la forma en cuanto es razón de obrar. Y es universalmente verdadera: pues el agente voluntario se esfuerza, en cuanto puede, por hacer lo que quiere, como quiere, cuando quiere, donde quiere y del modo en que quiere, como es evidente. – Y así ves con cuánta claridad el Autor dedujo de aquella máxima la tercera diferencia: a saber, que lo natural obra como él mismo es, mientras que lo voluntario obra como quiere, no como es. Y esto debe notarse bien, y aplicarse cuando convenga.
IX. En torno a estas diferencias8 surge otra duda, por parte de la voluntad: a saber, si en ella se verifican como productiva hacia fuera solamente, o también como productiva hacia dentro. Pues si solo hacia fuera, vano es este trabajo, donde se trata de las producciones hacia dentro. – Si, en cambio, también hacia dentro, se sigue que nada será producido por la voluntad adentro, sino en acto reflejo. Y vale la consecuencia, porque, según lo dicho9, todo lo producido voluntariamente es producido como querido: pues nada hay querido en la voluntad sino reflejamente, etc.
Se dice aquí brevemente que algo ser querido en la voluntad ocurre de dos maneras. De un modo, como cierta cosa: y así es querido de manera refleja. De otro modo, como tendencia hacia el objeto amado: y así es querido de manera directa por la misma volición por la que es querido. – También puede distinguirse de otra manera lo querido en lo querido como razón del querer, y como objeto querido. – Y conforme a ambas distinciones, se salva íntegra, en lo interior y en lo exterior, lo que aquí se dice de la voluntad. Pues es producido interiormente, porque es querido en acto recto, ya sea como razón del querer, ya sea como tendencia hacia otra cosa. Y esto basta: pues así el querer mismo es voluntario, y libre el amor mismo.
X. En la respuesta al tercero, nótese la distinción y la respuesta. La distinción recae sobre la voluntad en común, que puede considerarse de dos maneras: a saber, como cierta naturaleza, y en cuanto se ordena a ambos; y lo que del primer modo quiere naturalmente, del segundo modo quiere libremente. Y el primer modo se declara en la voluntad de Dios respecto de sí mismo, y en la nuestra respecto de la bienaventuranza; el segundo, en cambio, en la voluntad de Dios respecto de las otras cosas distintas de Él. – La respuesta, por su parte, consiste en la aplicación del primer miembro, es decir, en que el Espíritu Santo procede naturalmente, aunque a modo de voluntad.
XI. En torno a la distinción de la voluntad surge una duda. Pues Escoto, en el libro I, distinción II, en la cuestión sobre el número de las producciones divinas, y en la distinción X del mismo, y en los Quodlibetos, cuestión XVI, sosteniendo que el Espíritu Santo procede libremente, se esfuerza por quebrar esta distinción y mostrar que la voluntad no tiene ningún acto de modo meramente natural.
Arguye, pues, primero así. La voluntad y la naturaleza tienen modos opuestos de principiar, de tal manera que ni ambos se reducen a un tercero, ni uno al otro; y ninguno significa imperfección: luego la voluntad no puede operar naturalmente, ni la naturaleza libremente. – El antecedente, en cuanto a su primera parte, se manifiesta: porque la naturaleza está determinada por sí misma a obrar; la voluntad, en cambio, no se inclina naturalmente desde sí misma, sino que se determina a sí misma para el ejercicio de la obra. – En cuanto a aquella parte que dice que uno no se reduce al otro, se prueba: porque entonces el otro sería imperfecto según todo su género. – En cuanto a lo restante, paso de largo por brevedad.
Y se confirma. Porque los modos opuestos de obrar, que distinguen en primer lugar la potencia activa, no pertenecen a una misma potencia activa; pero obrar libremente y obrar naturalmente son de este tipo: luego. – Se prueba la menor por Aristóteles, tanto en la Physic. como en la Metaphys., al establecer como primeras diferencias del principio activo lo natural y lo libre: aunque bajo diversos nombres, pues en II Physic.10 se llama por propósito, y en IX Metaphys.11 se llama potencia racional, etc.
Y se confirma. Porque la voluntad tiende a aquellas cosas que son para el fin, como potencia libre: luego también bajo la razón de potencia libre quiere el mismo fin. – Y se sostiene la consecuencia: porque la misma es la potencia respecto de ambos.
XII. Además, la condición intrínseca de la potencia absoluta, o en orden al acto perfecto, no repugna a la perfección en el obrar; pero la libertad es de este tipo; por lo tanto, puede subsistir con la condición perfecta posible en el obrar. Tal condición es la necesidad; por lo tanto, la libertad subsiste con la necesidad.
Y se confirma. La firmeza perfecciona la operación; pero la necesidad importa firmeza; luego perfecciona la operación libre. – Y se confirma por último. Porque no es la misma la división en principio activo necesario y contingente, y en natural y libre: así, pues, como algo natural puede obrar contingentemente, porque puede ser impedido, así algo libre puede obrar necesariamente. – Aduce también para esto la autoridad de Agustín12: O la voluntad no existe, o debe decirse libre aquella por la cual los bienaventurados queremos ser de tal modo, que no sólo no queremos ser miserables, sino que de ningún modo podemos quererlo.
De todas estas cosas pretende dos: a saber, que todo acto de la voluntad es libre; y que con la libertad del acto es compatible la necesidad simpliciter del mismo. Y dice que el Espíritu procede libre y necesariamente.
XIII. En torno a la misma distinción aplicada al Espíritu Santo13, surge una duda respecto del hombre. El Espíritu Santo procede de la voluntad como de principio: luego el Espíritu Santo puede ser de un modo y también de otro. – El antecedente se prueba: porque la voluntad paterna es principio del Espíritu Santo, así como el intelecto paterno es principio del Verbo. – La consecuencia, en cambio, se sostiene por lo dicho en el cuerpo de este artículo, donde se dijo: Lo que procede de la voluntad como de principio puede ser de otro modo.
Y si se dijera que el ser de la voluntad como principio distinto contra la naturaleza hace que se tenga así y de otro modo, mientras que el ser de la voluntad como naturaleza no, en contra: el Espíritu Santo procede de la voluntad, en cuanto la voluntas es distinta contra la naturaleza; luego. — El antecedente se prueba de tres maneras. Porque de otro modo el número de las procesiones divinas habría sido mal probado arriba, en la cuestión XXVII, artículo 5, a partir de que en la naturaleza intelectual no hay sino inteligir y querer. Segundo, porque la voluntad, en la producción del Espíritu Santo, concurre como potencia distinta, según la razón, de la esencia o naturaleza, y del intelecto. Tercero, porque, como se dice en esta respuesta, el Espíritu Santo procede a modo de voluntad.
XIV. Para la evidencia de esta dificultad, de esta distinción y de esta propia manera de hablar, advierte primero que, así como el intelecto se considera de tres maneras: primero, absolutamente, en cuanto es potencia intelectiva, y así se llama intelecto; segundo, en cuanto es cognoscitivo sin discurso, y así también se llama intelecto; tercero, en cuanto es discursivo, y así se llama razón; así, proporcionalmente, aunque no en el mismo orden, la voluntad puede tomarse de tres maneras: primero, por la potencia volitiva, y así se llama voluntad; segundo, por esa misma potencia en cuanto está naturalmente determinada a algún objeto u obra, y así se llama voluntad como naturaleza; tercero, por esa misma potencia en cuanto es indeterminada hacia cualquiera de los dos, y así se llama a veces libre albedrío y a veces voluntad.
Y como sucede que la voluntad puede determinarse por sí misma de dos maneras: de un modo, en cuanto a la especificación del acto, es decir, que si opera respecto de tal objeto, debe salir a un acto tal, y no al opuesto, como nuestra voluntad está determinada a la bienaventuranza; de otro modo, en cuanto a la especificación y al ejercicio del acto, como la voluntad de quien ve a Dios está determinada a amarlo, de modo que no solo no puede tener un acto de odio hacia Él, sino que tampoco puede suspender el acto de amarlo: así, de dos maneras, la voluntad tiene la razón de naturaleza. Primero, en cuanto que está determinada por sí misma, respecto de algún objeto, a querer, de modo que no puede no querer aquello; o, a la inversa, a no querer algo, de modo que no puede quererlo. Y así decimos concordemente que la voluntad tiene la razón de naturaleza respecto de la bienaventuranza y la miseria. Pero con esta naturalidad es compatible la libertad en cuanto al ejercicio del acto, es decir, querer o no querer; y asimismo no querer o no no querer. – Segundo, en cuanto que está determinada por su propia naturaleza, respecto de algún objeto, a querer, no solo en cuanto que se distingue del no querer, sino también en cuanto que se distingue del no-querer; a saber, que es necesario que ella, por sí misma, quiera tal objeto cuando se le presenta, sin libertad para suspender el acto. Y en esto pretende disentir Escoto: de modo que la razón de naturaleza en la voluntad respecto del ejercicio del acto es aquella en la que disentimos, y la que es impugnada.
XV. Advierte en segundo lugar que, como las potencias se distinguen por los actos, y los actos por los objetos, se sigue que, si los actos tienen múltiples distinciones y diferencias, es necesario, al distinguir, considerar que las diferencias de los actos que se atienden según las diferencias per se primeras de los objetos formales son distintivas de las potencias. Las demás diferencias de los actos, sin embargo, no distinguen potencias, por diversas que sean entre sí. Y por eso, si lo natural y lo libre no son diferencias de los actos según los objetos per se primeros distintivos de potencias, no inferirán de esta parte distinción de potencias.
Sin embargo, parecen ser diferencias del modo de obrar lo natural y lo libre, así como discurrir e intuir simplemente son modos de entender. Y así como entender discursivamente y entender simplemente son modos opuestos de conocer, que en sí y primeramente no diversifican la potencia, sino el modo de operar; presupuestamente, sin embargo, pueden decirse que diversifican la potencia, en cuanto, ciertamente, presuponen potencias diversas: una tan intelectual que no racional, la otra, en cambio, tan racional que también intelectual (pues no puede haber algo racional sin entendimiento, porque lo posterior no puede absolverse de la participación de lo anterior); así también lo natural y lo libre diversifican en sí y primeramente no la potencia, sino el modo de operar; sin embargo, presuponen una diversidad de potencias natural y libre, no de tal manera que, así como se da una potencia meramente natural, así también se dé una potencia meramente libre (porque esto es imposible, ya que en lo posterior debe salvarse la razón de lo anterior, y lo inferior debe participar de lo superior: consta, en efecto, que la naturaleza es anterior a la voluntad); sino que se da una potencia verdaderamente libre, que según su parte suprema tiene razón de naturaleza, pero según lo restante es meramente libre.
XVI. Previamente expuesto esto, se niega, respecto de la razón de Escoto14, que ninguno de estos dos modos de obrar se reduzca al otro. Pues lo libre se reduce a lo natural: lo libre se comporta respecto de lo natural como lo múltiple respecto de lo uno, como lo móvil respecto de lo inmóvil, como lo variado respecto de lo uniforme. Y por eso es necesario que nazca de él y se funde en él, y que sea efecto suyo, como se manifiesta más abajo en la qu. LX, art. 2, y LXXXII, art. 1. – Y cuando se prueba lo contrario, porque se seguiría que lo libre, según todo su género, sería imperfecto: tomando «imperfecto» privativa y propiamente, se niega la consecuencia, hablando de lo natural y de lo libre por parte del que produce. Pero si se habla también por parte de lo producido, digo que la producción libre implica imperfección en lo libremente producido realiter: pues implica que aquello puede en sí estar así o de otro modo, como se dedujo en el cuerpo del artículo. Dije, sin embargo, «realiter producido», a causa de la volición libre con la que Dios quiere el bien de las criaturas: pues ella misma no es producida realiter, y por eso no puede en sí estar o haber estado así o de otro modo; aunque pudo haber tenido de otro modo la relación de razón respecto de las criaturas, por la imperfección del término. – Y así se derrumba el fundamento de Escoto a partir de este artículo, mediante esta proposición: la producción libre, en cuanto se distingue contra la natural, implica imperfección en lo realiter producido, y por eso no puede ponerse en lo divino ad intra. Y este es otro defecto de su fundamento.
Por lo cual, en confirmación de lo primero, se dice que, puesto que las diferencias posteriores no varían su prior; y lo natural y lo libre son diferencias del modo de obrar; por eso no varían las diferencias de las acciones mediante las cuales se distinguen las potencias. Concedo, pues, que lo natural y lo libre son modos distintos de obrar; pero no que sean modos opuestos distintivos de las potencias. Sin embargo, hablando propiamente, son distintivos de los modos de poder. – Y esto es lo que pretende Aristóteles en los lugares aducidos. Pues no pretende excluir del propósito y de lo racional a la naturaleza idéntica y causalmente, sino formalmente como tal. Así también el Autor, en este artículo, distinguió la voluntad contra la naturaleza; y sin embargo no se sigue: luego es otra potencia; sino: luego es otra potencia u otra razón de la misma potencia. – No obstante, esta materia podría resolverse con una sola palabra, diciendo que la voluntad se distingue contra la naturaleza precisamente, y no contra la naturaleza intrínseca a la voluntad, la cual es a la vez naturaleza y voluntad.
A otra confirmación se responde diciendo que la misma potencia es la que alcanza el fin y la que se ordena al fin, pero no del mismo modo. Así también el mismo es el intelecto de los principios y de las conclusiones, aunque no del mismo modo. En efecto, así se comportan en la voluntad lo libre y lo natural, como discurrir y la noticia natural en el intelecto.
XVII. En cuanto a la otra razón15, hay que distinguir entre necesidad simpliciter y necesidad de inmutabilidad. Y debe decirse que al acto libre, como tal, le repugna la necesidad simpliciter, de la cual se habla cuando el Espíritu Santo procede necesariamente, de modo que su opuesto implica contradicción en sí mismo. La necesidad de inmutabilidad, en cambio, es firmeza, la cual es compatible con la libertad y perfecciona la operación libre.
Y con esto queda clara la respuesta a las confirmaciones. Pues suponen que la libertad es componible con la necesidad simpliciter de algún acto, así: que, como se muestra en el libro IX de la Metafísica16, es falso; pues es necesario que la libertad se dé respecto de alguna oposición.
XVIII. A la segunda duda17, que se refiere al hombre, se responde que el trabajo está en equívoco. Pues el Espíritu Santo procede de la voluntad como de principio, y de la voluntad en cuanto voluntad, tomando el nombre de voluntad por la potencia volitiva. – Y así concluyen todas las objeciones. En efecto, tomando así la voluntad, es verdadero que la producción del Espíritu Santo procede de la voluntad como principio y como distinta contra naturaleza, esto es, contra la sustancia del que quiere; pero no contra naturaleza, esto es, contra la razón de la naturaleza en sí misma como participada, esto es, contra el modo de operar de la naturaleza. Y que el número de las procesiones divinas se toma según el entendimiento y la voluntad. Y que el Espíritu Santo procede a modo de voluntad: pues por el hecho de que procede por la operación de la potencia volitiva, tiene aquellas tres condiciones en las que difiere el modo de la voluntad del modo de la naturaleza, las cuales puedes ver en las Cuestiones Disputadas sobre la Potencia de Dios, q. X, art. 2 ad 11. Con todo esto, sin embargo, queda en pie que concuerdan en este único modo, a saber, naturalmente, como tienes en el texto.
Tomando, sin embargo, el nombre de voluntad por la razón de la voluntad en cuanto es libre, así se niega que la procesión del Espíritu Santo sea de la voluntad; y se dice que es de la voluntad, no en cuanto voluntad, sino en cuanto naturaleza, y cosas semejantes. – De donde aquí conviene advertir cómo usa alguien los vocablos.
XIX. Queda una sola duda: si la voluntad se toma equívocamente en la primera y en la segunda conclusión18 (las cuales, sin embargo, son comunes a todos los teólogos, y fueron determinadas en el libro I de las Sentencias, distinción VI19). Pues si se toma unívocamente, se sigue que el Padre, por la voluntad concomitante ad utrumlibet, quiere la generación del Hijo, pues de ella se trata en la segunda. Pero si se toma equívocamente, la disputa y la diferencia parecen bastante leves.
A esto se responde brevemente que se toma unívocamente en ambos lugares, es decir, por la potencia volitiva, o el acto de querer, de manera absoluta e indistinta. Y en la primera se muestra que el acto de querer, sin atender a su cualidad, se refiere a la generación del Hijo o a la procesión del Espíritu Santo como a su objeto; en la segunda, en cambio, se determina que querer, incluso sin atender a su cualidad, no tiene razón de principio respecto de cualquiera de los dos con relación a los actos notionales. En verdad, tener razón de principio respecto de cualquiera de los dos se significa mediante el acto de proceder y el ablativo de la voluntad, como, por ejemplo, generó por voluntad. Y así no hay equivocación.