Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae
Tommaso de Vio Cajetan (1469–1534)
First published 1507
Cajetan's Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae offers an article-by-article exposition of Aquinas's Prima Pars. Its discussions of sacred doctrine, analogy, divine knowledge, and creation became important reference points in the later Thomist tradition. The present digital edition follows the Latin text of the Leonine edition and includes English and Spanish translations. Coverage is currently partial.
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Praefatio ad Oliverium Carrafam
In Prooemium Summae Theologiae
Quaestio I: De sacra doctrina, qualis sit, et ad quae se extendat
Articulus I: Utrum sit necessarium, praeter philosophicas disciplinas, aliam doctrinam haberi
Articulus II: Utrum sacra doctrina sit scientia
Articulus III: Utrum sacra doctrina sit una scientia
Articulus IV: Utrum sacra doctrina sit scientia practica
Articulus V: Utrum sacra doctrina sit dignior aliis scientiis
Articulus VI: Utrum haec doctrina sit sapientia
Articulus VII: Utrum deus sit subiectum huius scientiae
Articulus VIII: Utrum haec doctrina sit argumentativa
Articulus IX: Utrum sacra scriptura debeat uti metaphoris
Articulus X: Utrum sacra scriptura sub una littera habeat plures sensus
Quaestio II: De Deo, an Deus sit
Articulus I: Utrum Deum esse sit per se notum
Articulus II: Utrum Deum esse sit demonstrabile
Articulus III: Utrum Deus sit
Quaestio III: De Dei simplicitate
Articulus I: Utrum Deus sit corpus
Articulus II: Utrum in Deo sit compositio formae et materiae
Articulus III: Utrum sit idem Deus quod sua essentia vel natura
Articulus IV: Utrum in Deo sit idem essentia et esse
Articulus V: Utrum Deus sit in genere aliquo
Articulus VI: Utrum in Deo sint aliqua accidentia
Articulus VII: Utrum Deus sit omnino simplex
Articulus VIII: Utrum Deus in compositionem aliorum veniat
Quaestio IV: De Dei perfectione
Articulus I: Utrum Deus sit perfectus
Articulus II: Utrum in Deo sint perfectiones omnium rerum
Articulus III: Utrum aliqua creatura possit esse similis Deo
Quaestio V: De bono in communi
Articulus I: Utrum bonum differat secundum rem ab ente
Articulus II: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam ens
Articulus III: Utrum omne ens sit bonum
Articulus IV: Utrum bonum habeat rationem causae finalis
Articulus V: Utrum ratio boni consistat in modo, specie et ordine
Articulus VI: Utrum convenienter dividatur bonum per honestum, utile et delectabile
Quaestio VI: De bonitate Dei
Articulus I: Utrum esse bonum Deo conveniat
Articulus II: Utrum Deus sit summum bonum
Articulus III: Utrum esse bonum per essentiam sit proprium Dei
Articulus IV: Utrum omnia sint bona bonitate divina
Quaestio VII: De infinitate Dei
Articulus I: Utrum Deus sit infinitus
Articulus II: Utrum aliquid aliud quam Deus possit esse infinitum per essentiam
Articulus III: Utrum possit esse aliquid infinitum actu secundum magnitudinem
Articulus IV: Utrum possit esse infinitum in rebus secundum multitudinem
Quaestio VIII: De existentia Dei in rebus
Articulus I: Utrum Deus sit in omnibus rebus
Articulus II: Utrum Deus sit ubique
Articulus III: Utrum Deus sit ubique per essentiam, praesentiam et potentiam
Articulus IV: Utrum esse ubique sit proprium Dei
Quaestio IX: De Dei immutabilitate
Articulus I: Utrum Deus sit omnino immutabilis
Articulus II: Utrum esse immutabile sit Dei proprium
Quaestio X: De Dei aeternitate
Articulus I: Utrum convenienter definiatur aeternitas, quod est interminabilis vitae tota simul et perfecta possessio
Título claro. – En el cuerpo, cuatro partes: primero, el modo de investigar la eternidad divina; segundo, la prosigue en cuanto a las partículas puestas en la definición intrínseca, ahí: Cum enim1; tercero, en cuanto a las partículas puestas en la definición como añadido, ahí: Item ea dicuntur2; cuarto, aplicando todo al asunto propuesto, se responde afirmativamente a la cuestión, ahí: Sic igitur3.
II. En cuanto a lo primero: La eternidad debe conocerse a través del tiempo. – Se prueba: porque se comporta respecto de él como lo simple respecto de lo compuesto. Pues la eternidad, como se verá4, es unidad, mientras que el tiempo es número: aquella sin sucesión, este con prioridad y posterioridad, etc. Pero es evidente que el número es compuesto respecto de la unidad; y de manera semejante, lo anterior y lo posterior componen respecto de aquello que subsiste sin estas diferencias.
III. En cuanto a lo segundo: la razón de la eternidad consiste en la aprehensión de la uniformidad de aquello que está completamente fuera del movimiento. – Se declara. La razón del tiempo consiste en la numeración de lo anterior y lo posterior en el movimiento: por lo tanto. Se prueba la consecuencia: porque se comportan proporcionalmente, así como el tiempo respecto a la sucesión de una parte tras otra en el movimiento, así la eternidad respecto a la cosa carente de estas.
IV. Adviértase aquí que esta proposición puesta en el texto, a saber, la razón de la eternidad consiste en la aprehensión de la uniformidad, puede exponerse de dos maneras en cuanto al término en la aprehensión. De un modo, que signifique que aquella consiste en ser aprehendida o conocida: de suerte que la eternidad sea completiva por el alma, como se dice del tiempo. Y así, a mi juicio, no debe entenderse: porque la unidad de la uniformidad perenne existe en acto sin el acto del alma, no menos que la unidad de la esencia divina. De otro modo, que signifique lo mismo que en la concepción objetiva, que llamamos con frecuente uso razón; como si hubiera dicho: la razón de la eternidad consiste en la aprehensión, es decir, en la razón de la uniformidad. Y este es el sentido pretendido.
Sin embargo, todavía puede explicarse de dos maneras. Pues puede interpretarse formalmente o materialmente: formalmente, en efecto, de modo que la razón de eternidad sea la misma uniformidad; materialmente, en cambio, de modo que sea la unidad de la uniformidad. Y aunque algunos piensen que esta letra debe interpretarse materialmente, a causa de las palabras de santo Tomás en I Sent., distinción XIX, cuestión II, artículo I (donde dice que así como el antes y el después numerados constituyen el tiempo, así la permanencia del acto con una unidad, en cuanto tiene razón de medida, es la eternidad); y por ello crean que quedan resueltas todas las objeciones de Aureolo, recitadas en la distinción IX del Primero5 por Capreolo, en las que procede contra este dicho entendido formalmente, y no materialmente: yo, sin embargo, entiendo este texto, igual que los demás, formalmente, movido por esta razón: que nada obliga al sentido material; pues siempre el entendimiento formal se prefiere a los demás, si puede salvarse igualmente.
Sabe, pues, que, puesto que la uniformidad es una especie de unidad (pues dice unidad contraída a la forma: en efecto, llamamos sinónimamente cosa uniforme cosa de una sola forma), añadir unidad a la uniformidad es un razonamiento vano; como añadir animal al hombre. Por eso, en I Sent.6 no se dice que «la uniformidad actúa como una», sino que «la permanencia actúa como una». Y por ello, decir que la eternidad es uniformidad y decir que es unidad no difieren, salvo porque la uniformidad se dice de modo más especial, más perfecto y mejor; así como el género próximo explica universalmente mejor la naturaleza de la cosa que el remoto. Y por esta razón, con justicia, en esta última edición de la letra se ha puesto una mejor declaración. Consiste, pues, la razón de la eternidad en la razón de la uniformidad, del mismo modo que la uniformidad tiene razón de medida. –
Es patente, sin embargo, que esta es la intención del texto, por el hecho de que la aprehensión (es decir, la razón) de la uniformidad se aplica expresamente, proporcionalmente, contra la numeración del movimiento anterior y posterior.
V. Pero las razones de Aureolo se resuelven fácilmente. Consisten, en efecto, en estos dos puntos. El primero es: la uniformidad es la misma inmutabilidad y, en consecuencia, es aquello que es medido por la eternidad; luego no es formalmente la eternidad. La consecuencia es válida: porque una cosa es la inmutabilidad y otra la eternidad. El antecedente se prueba: porque la uniformidad se opone al movimiento en cuanto a su variedad; luego. – El segundo es: el tiempo no es formalmente la diformidad del movimiento; luego la eternidad no es formalmente la uniformidad de lo que está fuera del movimiento. Y la inferencia se sostiene por el desarrollo de este texto.
A esto se responde, mostrando cómo se relaciona la uniformidad con la inmutabilidad. En efecto, la cosa, como quedó claro en la cuestión precedente7, se dice y es inmutable por la negación de toda potencia de estar de otro modo; y de aquí nace en ella la negación de toda sucesión y, en consecuencia, de todo número de lo anterior y lo posterior. Esto, añadida la razón de medida, es el esse uniforme. Pues la uniformidad no es otra cosa que poner unum (al cual conviene en primer lugar la razón de medida, como se dice en el libro X Metaphys.8) en la forma, tomando la forma en el sentido más universal. Y por eso usamos también el nombre de uniformidad en el movimiento, así como la unidad lo abarca todo. De aquí proviene que la uniformidad es múltiple, según las cosas a las que se aplica, así como la unidad: otra es la uniformidad del movimiento, otra la de la cosa permanente, otra la de lo medido, otra la de la medida. Y sin embargo, quien argumenta usa el vocablo uniformidad como si fuera unívoco, contra la doctrina de Aristóteles, IV Metaphys.9
Formalmente, pues, en respuesta a los argumentos de Aureolo, se niega que la uniformidad sea formalmente inmutabilidad: antes bien, es como su pasión. Y de igual modo se niega que sea lo medido: antes bien, es medida. En cuanto a la prueba, se dice que a la variedad del movimiento se opone la uniformidad, no absolutamente, sino del movimiento, en aquel modo en que llamamos uniforme al primer movimiento. Pero no de tal se habla aquí: sino de la uniformidad en cuanto es medida de la inmutabilidad. – En cuanto al segundo argumento, se niega la consecuencia: pues la diformidad del movimiento y la uniformidad de lo inmóvil no se comportan proporcionalmente respecto de la razón del tiempo y de la eternidad. Porque para la razón de la eternidad basta la unidad de la forma inmutable; mas para la razón del tiempo no basta la diversidad de la forma del movimiento, sino que se exige que sea diversidad de tal forma, es decir, de lo anterior a lo posterior como tal. Y por eso, puesto que la diformidad del movimiento no significa sino una forma diversa del movimiento, no pone el número de tal forma del movimiento según prioridad y posterioridad; y consecuentemente no basta para la razón del tiempo. La uniformidad, en cambio, de la cosa inmóvil, porque pone la unidad de toda forma, es decir, de la condición de la cosa inmutable, comprende formalmente todo lo que constituye la eternidad.
VI. En cuanto al tercero10: La cosa absolutamente inmutable carece de principio y de fin. – Se prueba: porque carece de sucesión. Se declara: porque lo medido por el tiempo tiene principio y fin en el tiempo, dado que todo lo movido tiene principio y fin.
VII. Adviértase aquí brevemente, porque esto está tomado del libro IV de la Física, que el discurso presente trata directamente del principio y fin de la duración, excepto la última proposición, en la que se demuestra que lo medido por el tiempo tiene los términos de su duración a partir de los términos del sujeto del movimiento. En efecto, no habla de los términos de la duración del sujeto, ya que puede suponerse que un móvil, por ejemplo el cielo, es eterno; sino de los términos de la magnitud del sujeto. Y pretende que, puesto que todo móvil comienza a moverse desde algún término en sí mismo y se mueve hasta otro término en sí mismo, por eso todo lo medido por el tiempo tiene principio y fin de duración. Y es una óptima razón a priori: porque lo anterior y lo posterior en el movimiento y en el tiempo proceden de lo anterior y lo posterior de la magnitud del móvil y del espacio, como se ve en IV11 y VI de la Física12 Dije, pues, otro término, del cual y al cual, sea formal y materialmente, como en el movimiento rectilíneo; sea solo formalmente, como en el movimiento circular. No obsta que se suponga que el cielo siempre ha sido movido desde la eternidad: porque, como se dice en II del Cielo13, basta con que haya comenzado virtualmente, es decir, que tenga en sí aquello de donde, si hubiera comenzado, habría iniciado su movimiento, por ejemplo el punto de Aries.
VIII. En cuanto a lo cuarto14, la conclusión responsiva se formula elicitivamente de modo afirmativo, a saber: Aquella definición es conveniente.
Se prueba: porque notifica la eternidad a partir de dos cosas: es decir, a partir de su propio medido, en el término interminable de la vida; y a partir de su propia quididad, en el término existiendo toda simultáneamente.
IX. Adviértase aquí que, como la definición se investiga mediante un proceso compositivo asistido por la división, por eso en el texto distinguió, por parte de la medida, la medida de la duración en medida a modo de número sucesivo y a modo de unidad inmóvil; y, excluida la primera, porque es tiempo, introdujo la segunda. Por parte de lo medido, en cambio, distinguió lo medido en terminado por principio y fin, y en interminado por ambas partes; y, excluido el primero, porque es temporal, introdujo el segundo. Y puesto que estas cosas aducidas se ponen en la definición de la eternidad, la conclusión resultó conveniente. – Ni obsta que se haya omitido el término perfecta. Primero, porque quedó tocado implícitamente al postular la uniformidad de lo inmóvil de modo absoluto; pues tal no es la uniformidad del nunc del tiempo, ya que no está fuera del movimiento. Segundo, porque esto había de explicarse en la respuesta a la quinta objeción.