Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae
Tommaso de Vio Cajetan (1469–1534)
First published 1507
Cajetan's Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae offers an article-by-article exposition of Aquinas's Prima Pars. Its discussions of sacred doctrine, analogy, divine knowledge, and creation became important reference points in the later Thomist tradition. The present digital edition follows the Latin text of the Leonine edition and includes English and Spanish translations. Coverage is currently partial.
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Praefatio ad Oliverium Carrafam
In Prooemium Summae Theologiae
Quaestio I: De sacra doctrina, qualis sit, et ad quae se extendat
Articulus I: Utrum sit necessarium, praeter philosophicas disciplinas, aliam doctrinam haberi
Articulus II: Utrum sacra doctrina sit scientia
Articulus III: Utrum sacra doctrina sit una scientia
Articulus IV: Utrum sacra doctrina sit scientia practica
Articulus V: Utrum sacra doctrina sit dignior aliis scientiis
Articulus VI: Utrum haec doctrina sit sapientia
Articulus VII: Utrum deus sit subiectum huius scientiae
Articulus VIII: Utrum haec doctrina sit argumentativa
Articulus IX: Utrum sacra scriptura debeat uti metaphoris
Articulus X: Utrum sacra scriptura sub una littera habeat plures sensus
Quaestio II: De Deo, an Deus sit
Articulus I: Utrum Deum esse sit per se notum
Articulus II: Utrum Deum esse sit demonstrabile
Articulus III: Utrum Deus sit
Quaestio III: De Dei simplicitate
Articulus I: Utrum Deus sit corpus
Articulus II: Utrum in Deo sit compositio formae et materiae
Articulus III: Utrum sit idem Deus quod sua essentia vel natura
Articulus IV: Utrum in Deo sit idem essentia et esse
Articulus V: Utrum Deus sit in genere aliquo
Articulus VI: Utrum in Deo sint aliqua accidentia
Articulus VII: Utrum Deus sit omnino simplex
Articulus VIII: Utrum Deus in compositionem aliorum veniat
Quaestio IV: De Dei perfectione
Articulus I: Utrum Deus sit perfectus
Articulus II: Utrum in Deo sint perfectiones omnium rerum
Articulus III: Utrum aliqua creatura possit esse similis Deo
Quaestio V: De bono in communi
Articulus I: Utrum bonum differat secundum rem ab ente
Articulus II: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam ens
Articulus III: Utrum omne ens sit bonum
Articulus IV: Utrum bonum habeat rationem causae finalis
Articulus V: Utrum ratio boni consistat in modo, specie et ordine
Articulus VI: Utrum convenienter dividatur bonum per honestum, utile et delectabile
Quaestio VI: De bonitate Dei
Articulus I: Utrum esse bonum Deo conveniat
Articulus II: Utrum Deus sit summum bonum
Articulus III: Utrum esse bonum per essentiam sit proprium Dei
Articulus IV: Utrum omnia sint bona bonitate divina
Quaestio VII: De infinitate Dei
Articulus I: Utrum Deus sit infinitus
Articulus II: Utrum aliquid aliud quam Deus possit esse infinitum per essentiam
Articulus III: Utrum possit esse aliquid infinitum actu secundum magnitudinem
Articulus IV: Utrum possit esse infinitum in rebus secundum multitudinem
Quaestio VIII: De existentia Dei in rebus
Articulus I: Utrum Deus sit in omnibus rebus
Articulus II: Utrum Deus sit ubique
Articulus III: Utrum Deus sit ubique per essentiam, praesentiam et potentiam
Articulus IV: Utrum esse ubique sit proprium Dei
Quaestio IX: De Dei immutabilitate
Articulus I: Utrum Deus sit omnino immutabilis
Articulus II: Utrum esse immutabile sit Dei proprium
En el título, "propio" se toma en cuanto se distingue contra lo común; "inmutable" se toma negativamente, en cuanto niega todo género de mutabilidad.
II. En el cuerpo del artículo hay una sola conclusión, que responde afirmativamente a la cuestión: Solo Dios es del todo inmutable. — Esta conclusión, por ser exclusiva, tiene un exponente afirmativo, Dios es del todo inmutable, probado en el artículo precedente; y uno negativo, nada distinto de Dios es del todo inmutable; al cual equivale la universal afirmativa de predicado finito, o sea, su opuesto, a saber, todo lo demás que no es Dios es de algún modo mutable. Y por eso, en el texto, primero se prueba esta universal afirmativa; después, mediante un epílogo, se recoge la prueba de toda la exclusiva que responde a la cuestión.
III. La prueba de aquella proposición universal afirmativa se hace de dos maneras: primero, respecto de una especie común de mutación; segundo, respecto de las partes singulares del universo, según las diversas mutaciones. Se prueba, pues, primero, que toda criatura es mudable por potencia en el otro, así: Toda criatura es mudable de la nada a algo, y nuevamente de algo a la nada: luego. — El antecedente es evidente. La consecuencia se prueba: porque de la simple voluntad de Dios penden la creación y la conservación.
En segundo lugar, que toda criatura es mutable por potencia en sí, o según el ente sustancial y accidental; o según el ente accidental, por ejemplo, el lugar; o según el mal y el bien, y la aplicación a cosas diversas. Se prueba. En toda criatura hay algo capaz de subsistir con la privación del ente sustancial, o local, o del bien, y del contacto de esta virtud: luego. — El antecedente es evidente distinguiendo las tres partes del universo: la esfera de los elementos junto con los mixtos, los cuerpos celestes y las sustancias espirituales. La consecuencia se prueba: porque toda mutación según la potencia en sí es desde lo posible por ser con cada uno de los opuestos sucesivamente.
IV. En torno a lo que aquí se dice, advierte, en primer lugar, que, aunque en el texto se distingue la potencia pasiva en potencia respecto del esse y respecto de la consecución del fin, no se distingue la consecución del fin contra el esse en común, como si no pusiera ningún esse; sino contra el esse absoluto, que es el esse sustancial, como se dice en VII Metafísica1; o contra el esse en cuanto es efecto propio del acto primero; pues la consecución del fin consiste en el acto segundo. - Advierte, en segundo lugar, que en el texto, para la perfección de la doctrina, no solo se ponen aquellas cosas que miran directamente a la conclusión, las cuales manifiestan la mutabilidad de toda criatura; sino también aquellas que atañen a cierta inmutabilidad de ellas. Y puesto que de estas se hablará más abajo2 ex profeso, en sus lugares propios, cuando se tratará de los ángeles y de los cuerpos celestes, ahora debe pasarse por alto. De las demás cosas concernientes a la inmutabilidad debe tratarse ahora.
V. En torno al primer miembro de la distinción, en la letra aplicado a la mutación desde la nada y hacia la nada, etc.3, se presenta una multitud de objetores, procedentes de su ignorancia de la filosofía peripatética. En efecto, no pueden, o no quieren, comprender que algo creado sea en sí mismo inmutable sustancialmente y, sin embargo, mutable por potencia en otro: digo mutable según el modo ya explicado. Y aunque sus razones y palabras se multipliquen y dilaten, la raíz es doble: una de razón, otra de autoridades. La razón es que, tomado el ángel, se pregunta: o es ente posible, o necesario. Si posible, se obtiene lo pretendido: pues el ser posible de ser y no ser no es un predicado accidental o extraño, como se dice en X Metafísica4; sino que es sustancia, o está en la sustancia. Si necesario, luego es imposible que no sea: luego por ninguna potencia puede no ser; pues ninguna potencia puede lo imposible. — La autoridad es la de Averroes, I Del cielo, comentario CXXIV, y XII Metafísica, comentario XLI. Algazel también dice5 que es posible aquello que, no existiendo otro, no es. Repugna además a la fe poner algo fuera de Dios como necesario. Luego.
VI. Para la evidencia de esto, deben notarse tres cosas, de las cuales se resuelven todas las cuestiones relativas a esta materia, sean cuales fueren los objetos. La primera es que hay gran diferencia entre lo necesario y lo posible, en cuanto son diferencias del ente real, y en cuanto son diferencias del ente verdadero. En efecto, en cuanto son diferencias del ente verdadero, se toman lógicamente y consisten solo en la habitud de los términos, como es patente. Pero en cuanto son diferencias del ente por sí, que significa sustancia, cantidad, etc., como se dice en V6 y VI Metafísica7, así son condiciones sustanciales de las cosas intrínsecas a las mismas cosas; como se dice en X Metafísica, último texto8, acerca de lo corruptible y lo incorruptible. Es, pues, otra cosa hablar de lo necesario y lo posible en cuanto son diferencias reales; y otra cosa en cuanto son diferencias de la habitud de los términos. Porque de este modo abstraen de la potencia en sí o en otro: incluso de toda potencia propiamente dicha, puesto que se encuentran en los matemáticos según ninguna potencia verdadera, como se dice en V Metafísica, capítulo de la Potencia9, y en IX del mismo, al principio10. Pero de aquel modo se atiende según lo intrínseco de las cosas. De donde debe distinguirse tanto lo necesario como lo posible en real y lógico, y no hacerse confusión.
Según es, que la potencia existente en la cosa respecto del no ser, de la cual se dice que la cosa posible lo es, no puede ponerse, aun concedida la licencia de fingir, sino secundariamente; a saber, porque está en la cosa como potencia hacia otro ser incomposible con este ser: pues ninguna potencia ni ningún apetito mira primariamente el no ser, como se dice en I Ética11 De donde se sigue que la cosa carente de potencia hacia otro ser incomposible con este carece también de potencia hacia el no ser. Y puesto que consta que la potencia real hacia otro ser permanece y se perfecciona con el advenimiento de aquel, es consecuencia necesaria que todo aquello en lo que hay potencia al no ser tenga, o sea, algo capaz de permanecer con la privación de ese ser que tiene en acto. Y por eso en el texto se dice óptimamente que lo posible por potencia en sí debe ser de este modo, entendiendo de lo posible real. Y por oposición, lo necesario real, que equivale a lo inmutable, es lo que carece de tal potencia. Y de aquí se sigue que algo puede ser posible lógico y sin embargo necesario real. Posible ciertamente lógicamente: porque ninguna de las dos partes de la contradicción, respecto del segundo adjacente, implica contradicción; por ejemplo, ni esta, el cielo es, ni esta, el cielo no es. Necesario empero realmente: porque en él no hay potencia hacia otro ser, y por consiguiente tampoco hacia la privación del ser que tiene. Y esto suponemos: que todo lo que no implica contradicción es posible, no solo lógicamente, sino por potencia real del Dios omnipotente; por eso puede llamarse también posible real a lo posible lógico; pero extrínsecamente, porque por potencia en otro. Y por esta razón, en el texto, donde se trata de Dios y de las cosas, se dijo posible por potencia en otro.
Tercio, es común a toda cosa distinta de Dios tener no esta condición afirmativa, hablando propiamente, a saber, no ser de sí, sino tener esta negativa, a saber, no ser de sí, porque depende de otro no solo en su devenir, sino también en su conservación; del mismo modo que el aire no es iluminado por sí mismo. Y debido a esta condición se dice que las criaturas son de sí nada, que son defectibles por la naturaleza de su origen, y que pueden no ser, y muchas otras cosas: todas las cuales deben reducirse al sentido antes dicho, pues solo postulan una dependencia de otro en el devenir y en la conservación, no una potencia en la criatura hacia lo opuesto.
VII. Habiendo, pues, preindicado esto, ya es evidente la respuesta a todas las objeciones12. Pues santo Tomás sostiene aquí, y en el libro II Contra Gentiles, caps. XXX y LV, y en la cuestión De Potentia, qu. V, art. 3, y en todas partes, que los ángeles y los cuerpos celestes son entes reales necesarios, aunque lógicamente posibles y posibles por la potencia de otro; y que solo Dios es necesario en todos los sentidos. — Y esto no repugna ni a la filosofía ni a la fe. No a la filosofía, ciertamente, como ya resulta evidente. Ni tampoco a los filósofos: pues ellos usan equívocamente los términos "posible" y "necesario", como se ve fácilmente induciéndolo. Pero decir que esto repugna a la fe es propia de suma ignorancia: cual parece reinar en nuestro tiempo entre ciertos parisinos, quienes tienen por sospechoso el citado capítulo de santo Tomás. Pero dejémoslos con su ignorancia: pues no son dignos de que se hable de ellos en materia tan ardua.