Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae
Tommaso de Vio Cajetan (1469–1534)
First published 1507
Cajetan's Commentaria in Primam Partem Summae Theologiae offers an article-by-article exposition of Aquinas's Prima Pars. Its discussions of sacred doctrine, analogy, divine knowledge, and creation became important reference points in the later Thomist tradition. The present digital edition follows the Latin text of the Leonine edition and includes English and Spanish translations. Coverage is currently partial.
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Praefatio ad Oliverium Carrafam
In Prooemium Summae Theologiae
Quaestio I: De sacra doctrina, qualis sit, et ad quae se extendat
Articulus I: Utrum sit necessarium, praeter philosophicas disciplinas, aliam doctrinam haberi
Articulus II: Utrum sacra doctrina sit scientia
Articulus III: Utrum sacra doctrina sit una scientia
Articulus IV: Utrum sacra doctrina sit scientia practica
Articulus V: Utrum sacra doctrina sit dignior aliis scientiis
Articulus VI: Utrum haec doctrina sit sapientia
Articulus VII: Utrum deus sit subiectum huius scientiae
Articulus VIII: Utrum haec doctrina sit argumentativa
En el título: argumentativa, es decir, probativa de aquello que enseña: o no, sino que quizá simplemente propone, como dijo Escoto contra el artículo 21.
II. En el cuerpo, tres conclusiones. La primera es: la doctrina sagrada no discute sobre los principios, sino sobre las conclusiones derivadas de los principios. La segunda es: la doctrina sagrada disputa argumentando contra quienes niegan sus principios, si conceden algo de ella. La tercera: la doctrina sagrada disputa solo resolviendo, contra quienes niegan los principios y no conceden nada de ella en absoluto. – Y se habla siempre de los principios complejos del conocimiento en esta ciencia, es decir, de los artículos de la fe: sea lo que fuere respecto de los principios incomplejos, o de su esse solamente.
III. La primera conclusión se demuestra. Ninguna ciencia prueba sus propios principios, sino que de ellos extrae conclusiones: luego. – Y la segunda parte de la conclusión se confirma con la autoridad del Apóstol, I a los Corintios XV.
La segunda y la tercera, en cambio, se prueban a la vez. La ciencia suprema entre las físicas disputa contra quienes niegan los principios; y los defiende resolviendo, al menos, si nada conceden. Por lo tanto, también esta doctrina tiene ambos. – El antecedente se declara por la diferencia entre las ciencias inferiores y la suprema. Pero la consecuencia se prueba: porque esta es la ciencia suprema.
A continuación se manifiestan individualmente. La segunda, en efecto, cuando contra los herejes probamos un artículo a partir de otro, etc. La tercera, sin embargo, porque contra la verdad infalible no puede haber razón demostrativa alguna: por lo tanto, todas las razones contra aquello que pertenece a esta ciencia son razones solubles. Se mantiene la consecuencia: porque esta doctrina se apoya en una verdad infalible.
IV. En torno a la tercera conclusión, advierte que que el teólogo pueda resolver las razones de los filósofos contra aquello que pertenece a la fe ocurre de dos maneras. De un modo, a partir de lo creído: por ejemplo, si alguien dice que toda cosa una en número es una hipostáticamente, responde: « Lo niego, porque Dios es trino. » Y así la solución teológica no resuelve sino creyendo. – De otro modo, a partir de proposiciones sabidas, simplemente o en cuanto a esto: por ejemplo, si respondiera: « Niego que en la cosa infinita »: no porque conozca su contradictoria, es decir, que la cosa infinita es varias hipostáticamente; sino porque sabe negativamente que no se tiene ningún medio eficaz para probarla (y se dice saber negativamente cuando ningún medio obliga al entendimiento). Y así el teólogo resuelve a partir de lo sabido en cuanto a esto. A veces, sin embargo, a partir de lo sabido simplemente: como si resolviera la razón contra los accidentes en el Sacramento del Altar, porque el esse del accidente no consiste en inesar actualiter, sino aptitudinaliter.
A propósito, entiendo esta letra de la solución teológica en el segundo modo. Y si se insistiera en que una solución semejante no es del teólogo en cuanto teólogo, porque no procede de los principios de la teología, neguése lo asumido: pues la teología no solo goza de sus bienes propios, sino que además hace suyos los ajenos, cuando utiliza para su defensa, por causa nuestra, las proposiciones de otras ciencias, como se tocó en el artículo 5, ad 2. Y aunque las cosas puramente teológicas deban manar de principios teológicos, sin embargo las cosas teológicas ministerialmente no es necesario que así sea, sino que basta con que sirvan a aquellas. Ahora bien, tales son teológicas estas soluciones.
Por eso parecen tener una opinión menos acertada quienes atribuyen a la teología resolver únicamente a partir de alguna proposición creída. Y se han engañado porque no distinguieron entre las naturalezas de la solución y de la prueba. En efecto, la prueba procede de lo evidente; la solución, en cambio, procede también de aquellas cosas que no aparecen ser falsas, dado que no se sabe que sean verdaderas. Y por ello el teólogo puede siempre resolver, sin que su entendimiento quede constreñido por ninguna proposición contraria a las que son de fe, aunque no vea la falsedad de estas.
V. En torno a la prueba de la tercera conclusión 2, sabe que una cosa es saber que todas las razones contra la fe son solubles, y otra es saber resolverlas. Lo primero se prueba en el texto: y su prueba presupone una proposición creída, a saber, que esta doctrina se apoya en una verdad infalible; y por eso esta conclusión no nos es aquí evidente. Lo segundo, en cambio, consiste en el acto ejercitado: y el libro Contra Gentiles está lleno de ello. Y puesto que la solución, como se dijo 3 y experimentamos, no requiere evidencia, sino la no-coacción del entendimiento; y esto se comprueba en el mismo ejercicio de la solución, mientras no está presente una razón coactiva: por ello, saber resolver, o resolver las objeciones contrarias a esta doctrina, no es creer, ni proceder de creer, sino solo ocasionalmente; pues a partir de lo que creemos aplicamos el entendimiento a descubrir los defectos de las razones y proposiciones contrarias. Y ten bien presente esta distinción: porque la inadvertencia de ella permitió quizá que algunos erraran en este texto.
VI. En respuesta a lo segundo, nótese lo enumerado en cuatro puntos, a saber: las autoridades de la Sagrada Escritura, las autoridades de los santos Doctores, las razones humanas y las autoridades de los filósofos. Y de los primeros, ciertamente, se dice que procede esta doctrina como de principios propios y necesarios; de los segundos, en cambio, como de propios, pero probables; de los cuartos, sin embargo, como de probables, pero extraños. Y así, a los terceros no se les asigna lugar alguno. Por ello hay que saber que la razón humana de la que aquí se habla no es otra cosa que algún argumento que tiene su fuerza solo de la luz natural. Y es doble: una concluye necesariamente, la cual se llama demostración; otra concluye probablemente, la cual tiene gran amplitud. Ambas, empero, se encierran en alguna ciencia física determinada, y consecuentemente son extrañas al género cognoscible teológico; por lo cual, la teología procede de la razón humana como tal, como de cosas extrañas. Y puesto que ninguna demostración física puede aducirse respecto de las cosas teológicas como tales (pues las cosas teológicas, en cuanto tales, deben resolverse en principios evidentes, no por luz natural, sino divina), por eso, hablando absolutamente, la teología procede de la razón natural como de cosas extrañas y probables; del mismo modo que de las autoridades de los filósofos. Y por ello el lugar asignado a las autoridades de los filósofos debe entenderse asignado también a la razón natural que ellos conocieron: en señal de lo cual trataba simultáneamente de ambas. Y así todo lo enumerado queda situado.
VII. Pero aquí surge una duda que no debe disimularse. Si la teología procede de las razones naturales como de elementos extraños y probables, ¿por qué los doctores especulativos asumieron tanto trabajo? ¿Para qué sirven los libros Contra Gentiles, llenos de razones naturales? etc. Pues o estos no exponen teología, o se detuvieron demasiado en lo extraño.
VIII. A esto se responde brevemente que las demostraciones metafísicas y naturales que se aducen en la doctrina sagrada son, en rigor, extrañas a ella; pero, en cuanto ministras de la teología, para destruir las posiciones opuestas a las conclusiones o a los principios teologales, o para resolver las razones aducidas contra lo teologal, o para fundamentar aquellas cosas de las que la teología trata de manera secundaria, como que Dios es, que es uno, e inmortal, etc., no son extrañas; antes bien, de ellas procede la teología como de principios propios, y a veces necesarios; sin embargo, de modo ministerial, y no por razón de sí mismas, sino a causa de la debilidad de nuestro entendimiento, como se dijo en el artículo 5, ad 2. Y por eso los santos Doctores, dotados de ingenio especulativo, deseosos de socorrer la deficiencia del entendimiento humano, se esforzaron por aducir numerosas razones filosóficas para alguno de estos tres fines; de modo que así los hombres doctos, al comprobar que las cosas de la fe no son contrarias a la razón, puedan adherirse con mayor facilidad a lo que pertenece a la fe, o al menos no despreciarlo ni burlarse de ello.
Se argumenta, sin embargo, que razones de este tipo se convierten en propias de esta ciencia para nosotros, como ministras, por la letra de la tercera conclusión y por su manifestación. Pues las objeciones no pueden resolverse de otro modo con solución suficiente sino mediante razones filosóficas: si, en efecto, las objeciones de los filósofos hubieran de resolverse a partir de lo creído, los teólogos serían objeto de burla para los filósofos, etc.
IX. En torno a esto advierte diligentemente que una cosa es hablar de la razón humana, y otra hablar de las proposiciones conocidas por la razón humana. En el texto, como hemos declarado 4, se insinúa que de la razón humana, hablando en términos absolutos, procede esta doctrina como de algo extraño: pues las proposiciones conocidas por luz natural, no por luz divina, en cuanto tales, son extrañas. Sin embargo, muchas proposiciones conocidas por luz natural y por demostración, tomadas en sí mismas, son verdadera y propiamente teologales, aunque bajo otra luz, como se muestra en el artículo 1, en la respuesta a la objeción 2; como es patente en estas: Dios es, Dios es uno, Dios es bueno, etc. De donde, cuando el teólogo argumenta a partir de estas, argumenta a partir de lo propio suyo; aunque no conocidas solo de modo propio, en cuanto no solo son reveladas, sino también sabidas.