Scotus Academicus, Tomus primus: De Deo in se subsistente
Claude Frassen (1620–1711)
Scotus Academicus, seu universae Doctoris Subtilis theologica dogmata. Tomus primus. De Deo in se subsistente.
Dedicatio I: Reverendissimo Patri Aloysio Lauer ... (dedicatio editoris)
Praefatio I: Editor ad lectorem (praefatio editoris editionis 1900)
Praefatio II: Lectori studioso (Frassenii praefatio)
Index I: Index haereticorum, qui veritates catholicas et theologicas saeculo quovis impugnarunt
Approbatio I: Approbationes (Facultatis Parisiensis et Ordinis Fratrum Minorum)
Praefatio III: Divinae Sapientiae ... dignitas et natura in prooemiali tractatu delineata (praefatio)
Introductio I: Disputatio prooemialis. De Theologia in communi
Articulus I: De necessitate et existentia theologicae doctrinae
Quaestio I: An admittenda sit aliqua theologica et supernaturalis doctrina
Quaestio II: An theologia positiva sit utilis et necessaria
Quaestio III: An, et qualiter theologia scholastica Ecclesiae Dei prosit
Articulus II: De essentia theologiae
Quaestio I: An theologia Dei et Beatorum sit proprie dicenda scientia
Quaestio II: An theologia Viatorum perfectae scientiae characteres habeat
Quaestio III: An theologia nostra perfectae sapientiae titulo glorietur
Quaestio IV: An theologia nostra subalternetur scientiae Dei, et Beatorum
Quaestio V: Quodnam sit obiectum theologiae nostrae
Articulus III: De proprietatibus, et praecipuis characteribus nostrae theologiae
Quaestio I: An theologia nostra sit speculativa, vel practica
Quaestio II: An theologia nostra sit habitus supernaturalis
Quaestio III: An theologia nostra certior sit, et dignior scientiis naturalibus
Quaestio IV: An theologia nostra sit argumentativa, et adhaesiva
Quaestio V: Quinam sint loci ex quibus theologia argumenta sua depromit
Introductio II: Primi libri Sententiarum methodica explanatio
Tractatus I: De Deo in se subsistente
Disputatio I: De existentia et essentia Dei
Articulus I: De existentia Dei
Quaestio I: An, et quomodo nobis constet Deum existere
Quaestio II: An Deum existere sit per se notum
Quaestio III: An et quomodo demonstrari possit Deum existere
Quaestio IV: Quibus rationibus demonstrari possit Deum existere
Quaestio V: An et quomodo probari possit unicum esse Deum
Articulus II: De essentia, seu de praedicatis quidditativis Dei
Quaestio I: An et quomodo Deus possit definiri
Quaestio II: An rationes Entis, et Existentiae essentialiter Deo competant
Quaestio III: An Deus sit substantia completa, spiritualis, vivens
Articulus III: De ratione formali constitutiva, et ultimo distinctiva essentiae divinae
Quaestio I: An essentia divina ultimo constituatur, et distinguatur per Aseitatem, et Intellectionem, alterutro ex tribus modis statim assignatis
Nótese 1. Doble es la constitución de las cosas: una se hace por composición, sea real, sea formal, sea de razón con fundamento en la realidad; la otra, en cambio, que es purísima y excluye toda composición, se hace por un grado formal en la realidad constituido para distinguirla esencialmente, y esta constitución simple y purísima suele ser llamada así por los Teólogos. La primera se muestra en el ejemplo del hombre, que se compone realmente de alma y cuerpo, y formalmente de animal y racional. La segunda, en cambio, en el ejemplo de las divinas Personas, que se constituyen por relaciones de un modo ciertamente purísimo, y expertas de toda composición, tanto física como metafísica; de este modo de constitución tratamos ahora.
Nótese 2. Para lo constitutivo formal de una cosa se requieren tres condiciones: Primera, que, en cuanto es posible, se tome de la última y perfectísima razón de la cosa: de la última, porque debe distinguir la cosa de toda otra; de la perfectísima, porque debe ser raíz de todas las operaciones y propiedades que convienen a la cosa. Segunda, que convenga a la cosa per se primeramente, y en cuanto es precisamente tal cosa, distinta de cualquier otra; de otro modo sería o accidente, o común a ella con las demás cosas, y por consiguiente no sería ni constitutivo suyo ni distintivo esencialmente. Tercera, finalmente, que contenga real y formalmente todo aquello que la esencia reivindica para sí en cuanto tal, puesto que nunca debe concebirse la esencia perfectamente constituida hasta que se entienda que involucra formalmente aquello que la constituye en razón de esencia.
Nótese 3. En el acto primero de entender tomado genéricamente se encuentran principalmente tres cosas: La primera es la virtud productiva físicamente de la actual intelicción, cual no está en Dios, ya que la intelicción esencial de Dios es inproducida. La segunda es la virtud receptiva de la intelicción, y este concepto igualmente ha de apartarse de Dios cuanto más lejos posible, por ser Él incapaz de todo accidente. La tercera, finalmente, y principal en el principio radical de entender, es cierta fuerza perceptiva de los objetos inteligibles representados por la actual intelicción. Luego, como esta fuerza conviene a Dios no menos que al alma o al Ángel, pues Dios percibe todos los inteligibles, y esto de modo infinito, de ahí que casi todos los Teólogos confiesen que en Él está el principio de entender a modo de acto primero y de virtud y facultad intelectiva, o a modo de raíz, de la cual emana la actual intelicción, distinta de la misma raíz y virtud, sea formalmente, como afirman los Escotistas, sea por razón razonada, como enseñan la mayoría de los Tomistas. Pero si esta fuerza de entender, o la misma actual intelicción, es última constitutiva y distintiva de Dios, se verá en la siguiente Conclusión; pero antes sea
Conclusión primera. — La esencia divina no se constituye formalmente, ni últimamente se distingue por la aseidad, o razón de ser de sí y existir esencialmente.
Se prueba primero: La aseidad se toma según niega toda razón de ser de otro, sea como de causa, sea como de principio; pero de ninguno de estos modos puede ser formalmente constitutiva y últimamente distintiva de la esencia divina. No del primero, porque el no ser de otro como de causa compete no sólo a la esencia divina, sino también a los atributos y a las relaciones divinas; luego esta razón de aseidad, en cuanto niega la existencia de otro como de causa, no puede ser principio formalmente constitutivo de la esencia divina bajo la precisa y formal razón de esencia. Tampoco puede decirse lo segundo, de otro modo la esencia divina no conveniría propremente al Hijo y al Espíritu Santo, pues ellos no tienen la razón de ser de sí por negación de principio, dado que el Hijo es del Padre, y el Espíritu Santo del Padre y del Hijo, como de principios de quienes emanan y son producidos.
Segundo: El grado constitutivo de la esencia no debe ser algún modo de tener y obtener la entidad; pues dos cosas cualesquiera no se distinguen específica o cuasi específicamente, ni se constituyen en tal especie de ente por la sola diversidad de tener su entidad; ¿quién diría, en efecto, que Abel se distingue esencialmente de Adán, porque de él recibe su entidad y naturaleza? Mas la aseidad dice solamente el modo de tener la entidad de sí y no de otro; luego no es principio constitutivo y distintivo de la esencia.
Tercero: Lo que conviene a la esencia divina en cuanto considerada a modo de ente, y cuasi genéricamente, no puede ser grado diferencial suyo constitutivo y formalmente distintivo; mas la aseidad compete a la esencia divina precisamente en cuanto ente, y dice sólo sobre la razón de ente la negación de ser de otro; luego no puede ser de la esencia divina formalmente constitutiva y distintiva. La mayor se muestra por el ejemplo de todos los grados diferenciales que constituyen y distinguen las esencias; nadie diría, v. gr., que el hombre se constituye esencialmente y se distingue últimamente por el grado de animal o de viviente sensitivo, que le conviene genéricamente. La menor igualmente es evidente; pues la aseidad formalmente no importa otra cosa que la negación de existir dependientemente de otro, y así compete a Dios precisamente bajo la razón de ente independientemente existente; y por consiguiente le conviene a modo de grado genérico, el cual no puede ser formalmente constitutivo y últimamente distintivo de la esencia.
Se confirma. Así como el hombre, v. gr., puede considerarse de dos maneras, a saber: genéricamente, en cuanto es ente creado, y bajo esta razón común a todas las criaturas se constituye por la razón formal de ser de otro; o específicamente, en cuanto es hombre o animal racional, y así considerado se distingue por la racionalidad de todo otro ente creado; así semejantemente la esencia divina puede considerarse o en cuanto es ente increado y distinto de las criaturas, y así considerada se constituye ciertamente por la razón de aseidad; o en cuanto es formalmente esta esencia divina y raíz de todos los atributos y perfecciones divinas que convienen a Dios; pero así no puede constituirse por la aseidad; dado que la aseidad no es razón formal de por qué Dios sea espiritual, viviente, sabio, etc., porque estos predicados podrían convenirle aun cuando, por imposible, no fuese de sí, así como de hecho convienen a la criatura, aunque sea ente dependiente y de otro, a saber, producido por Dios.
Dirás 1. Aquello es lo formal constitutivo de la esencia divina que Dios usó para declarar y expresar a los hombres su naturaleza y esencia; pero Dios declarando su naturaleza a Moisés, Éxodo 3, no la expresó de otro modo que por esto, que es ente por esencia y existente de sí, pues dijo: Yo soy el que soy; el que es me envió a vosotros. De donde San Atanasio, en la Oración contra los Gentiles, columna 3, dice: Dios, que es la misma esencia, no coalesce de partes alguna, por donde también su razón es el mismo ser. Luego la razón de existir esencialmente y de sí es formalmente constitutiva y distintiva de la esencia divina.
Distingo la mayor. En cuanto la esencia divina se expresa con vocablo más laxo, y tiene razón de trascendente y de ente increado y distinto de las criaturas, concedo; en cuanto se considera más estrictamente y según que la esencia se distingue y prescinde tanto de los modos intrínsecos, como de los atributos, como de las relaciones divinas, niego. Y semejantemente, distinguida la menor, debe negarse la consecuencia. Confieso, pues, que la misma razón de ente de sí y independientemente existente basta para mostrar la distinción esencial de Dios respecto de las criaturas; por eso usó Dios ésta, como más fácil al entendimiento, tanto para expresar su divinidad, como para designar la subjección, dependencia de los hombres, y la obediencia y reverencia a Él debidas; pero no basta para notificar la distinción de la misma esencia divina respecto de las perfecciones divinas, que de ella emanan, según que ahora tratamos de la esencia divina.
Dirás 2. Aquella razón es formalmente constitutiva de algo, antes de que la cosa no se entiende esencialmente distinguida, y después que nada en ella se concibe por lo cual difiera esencialmente de todo aquello que no es ella misma; pues el mismo es el principio constitutivo y distintivo de la cosa: pero antes del concepto del grado de aseidad, la Deidad no se entiende distinguida de cualquier otro que no sea ella misma; y después del concepto del grado de aseidad, no hay ninguno por el cual Dios pueda así distinguirse, porque después del esse no se da ulterior contracción esencial, ya que el esse es la última actualidad de la esencia. Luego el grado de aseidad es formalmente distintivo de la naturaleza y Esencia divinas. La menor es evidente en cuanto a la segunda parte; es asimismo evidente en cuanto a la primera, puesto que Dios por sustancia se distingue de los accidentes, por completo de las partes, por viviente de lo inanimado, por espiritual de lo corpóreo, por singular de lo común, y por ente a sí se distingue de todo ente creado y dependiente: luego la aseidad es la primera razón formal distintiva.
Respondo. Concedida la mayor, y la primera parte de la menor, a saber, que antes del concepto de aseidad no aparece en Dios ningún grado por el cual primero se distinga esencialmente de las criaturas; negando la otra parte de la misma menor, a saber, que después del grado de aseidad no haya ningún otro ulterior por el cual Dios disienta esencialmente de las criaturas: pues la infinitud radical es un grado posterior a la aseidad, por el cual Dios se distingue esencialmente no solo de las criaturas, sino también de los atributos y modos. A la razón probativa de la menor distingo: Que el esse es la última actualidad de la esencia considerada genéricamente y como ente, concedo; de la esencia considerada específicamente y tal como es formalmente distinta de las perfecciones que de ella emanan, niego.
Conclusión segunda. — Ni la potencia intelectiva, ni la intelección actual, son principios formalmente constitutivos y últimamente distintivos de la esencia divina.
Prueba la primera parte. Formalmente no se constituye ni se distingue la esencia divina por aquello que presupone constituída y distinta: pero la potencia intelectiva presupone ya constituída la esencia divina: luego ni la constituye ni la distingue. La mayor es evidente; igualmente la menor: pues toda virtud supone la realidad de la que es, como patente genéricamente por inducción: así la potencia formal discursiva en el hombre supone la esencia de este, la potencia intelectiva en el Ángel presupone al Ángel ya esencialmente constituído. Dije formalmente, pues no se me oculta que así como la potencia intelectiva radical en el Ángel es formalmente idéntica a su inmaterialidad y espiritualidad, y por consiguiente así usada es del concepto esencial de este; así también la potencia intelectiva en Dios tomada radicalmente es idéntica a su esencia; pero no si se toma formalmente, en cuanto ordenada a la intelección; pues así se distingue de la esencia y la presupone.
Segundo: No es formal constitutivo y distintivo de la Esencia divina aquello que de ella se distingue formalmente: pero el entendimiento divino o potencia intelectiva se distingue formalmente de la Esencia divina, como afirma el Doctor en varios lugares, especialmente en la cuestión primera quodlibética, y en el cuarto libro de las Sentencias, distinción 13, cuestión 1, n. 31., donde tiene esto: Dios es simplemente bienaventurado en las operaciones de su entendimiento y voluntad: mas no es simplemente bienaventurado en la Esencia: luego la esencia se distingue del entendimiento y de la voluntad. Además, en el mismo lugar n. 32. dijo que la voluntad no incluye fundamentalmente todas las perfecciones; sino que solo (dice) la esencia así las incluye todas. El mismo juicio debe sostenerse del entendimiento: juzga pues el Doctor que el entendimiento y la voluntad de Dios se distinguen formalmente de la esencia; y por consiguiente juzga que ninguno de los dos es formal constitutivo y distintivo de la esencia.
Tercero: La Esencia divina es ente actualísimo y por consiguiente excluye de su concepto formal toda razón de potencialidad: pero la potencia intelectiva importa una razón de potencia ordenada al acto de la intelección: luego esta no entra en el concepto formal de la Esencia divina:
Se prueba también la segunda parte y la primera se confirma. No es formal constitutivo de la Esencia divina aquello que puede demostrarse a priori: pero tanto la potencia intelectiva como la intelección actual en Dios pueden demostrarse a priori: luego, etc. La mayor es evidente por sí: pues la esencia es lo primero concebible en la realidad. La menor la prueba Santo Tomás 1. p. q. 11. art. 1 así: La inmaterialidad es la razón por la cual algo es intelectivo y cognoscitivo: pero Dios es sumamente inmaterial: luego es sumamente cognoscitivo, y consecuentemente inteligente; pues la intelección es suprema entre todos los conocimientos. Prueba la menor tanto por el Filósofo, libro 2. Del Alma, donde enseña que las plantas precisamente no conocen porque son puramente materiales; pero el sentido es cognoscitivo, porque es receptivo de especies sin materia y por consiguiente algo inmaterial; también el entendimiento humano es más cognoscitivo, porque es más inmaterial y menos mezclado con materia, como enseña el Filósofo en el libro 3. Del Alma; asimismo porque el Ángel supera al alma racional por su inmaterialidad, en cuanto no está ordenado a informar el cuerpo como el alma, conoce aún más perfectamente: luego, como la inmaterialidad está en Dios perfectísimamente, Dios también conoce de todos perfectísimamente: y por consiguiente tanto la potencia intelectiva como la intelección misma se demuestran a priori, y así ninguna de las dos puede ser principio constitutivo de la Esencia divina.
Segundo: La intelección y cognición actual supone el objeto: pero el objeto de la intelección y cognición actual de Dios es la Esencia divina: luego la intelección actual supone la Esencia divina, y por consiguiente no la constituye.
Se confirma. Si la intelección no supusiese la Esencia divina distinta de sí, se seguiría que tiene a sí misma por objeto: y así la cognición divina no sería acto directo, sino reflejo, lo cual ciertamente parece absurdo. Además, toda cognición supone un objeto cognoscible: luego la cognición divina supone al menos por naturaleza su esencia antes de alcanzarla. Finalmente, la cognición es operación: luego supone tanto la potencia como la esencia; pues operar sigue al ser, y por consiguiente no constituye aquella esencia.
Tercero: La Esencia divina es raíz de todos los atributos y modos que de ella emanan: pero la intelección no es raíz ni razón a priori de todos los atributos divinos; v. gr., de la omnipotencia, de la eternidad, de la inmensidad; pues no por ser inteligente es Dios inmenso, omnipresente, ni por eso eterno y omnipotente, pudiendo ser formalmente inteligente aunque por imposibilidad no fuese inmenso ni eterno ni omnipotente: luego, etc.
Cuarto, finalmente: si la Esencia divina se constituyera formalmente por la intelección actual, se seguiría que todo lo que abarca la inteligencia divina afectaría también a la Esencia divina; pero el consiguiente es falso: luego también el antecedente. La mayor es evidente, pues así como lo racional, v. gr., es principio constitutivo del hombre, todo lo que abarca lo racional, pongamos la virtud discursiva o la risible, conviene también al hombre. Se prueba la menor: la ciencia divina abarca todas las criaturas y sus defectos, e incluso los pecados; luego, si esto constituyera la esencia divina, se seguiría también que los pecados afectarían la naturaleza de Dios y la infectarían, lo cual ciertamente sería blasfemo afirmarlo.
Dirás 1. La Esencia divina es acto purísimo y prestantísimo: luego debe constituirse por el grado de todos el más perfecto y que exprese mayor actualidad; pero el grado intelectivo es de todos el más perfecto, y el entender es aquello que expresa mayor actualidad; antes bien, es la última actualidad de la sustancia espiritual, así como la existencia es el último acto de la entidad: luego el entender constituye la esencia divina.
Distingo la consecuencia de la Mayor. Debe constituirse por el grado más perfecto y que dice mayor actualidad en razón de ente, concedo; en razón de operación, niego. A la Menor digo que el entender actual, o la intelección actual, dice ciertamente mayor actualidad en razón de operación que cualquier otro grado conceivable en la Esencia divina; mas no connota mayor actualidad en razón de ente y de principio constitutivo. Pues aquello que identifica toda perfección absoluta, tanto esencial y modal como atributal, importa mayor actualidad en razón del ser que aquello que no tiene tal fuerza identificante; pero la infinitud fundamental tiene esta fuerza identificante, no así la inteligencia; y por consiguiente aquella infinitud tiene más la razón de principio constitutivo que esta inteligencia.
Dirás 2. Aquello por lo cual se constituye formalmente la Esencia divina es aquello que el Verbo divino recibe en virtud de su procesión; pero el Verbo divino recibe en virtud de su procesión la intelección actual; luego ésta es constitutiva de la Naturaleza divina. La mayor es evidente, porque la segunda Persona en virtud de su procesión se dice hijo; mas el hijo no puede decirse ni constituirse sino por la comunicación de la Naturaleza divina, como enseñan los Teólogos en el Tratado de la Trinidad. Se prueba la menor: la segunda persona procede como Verbo; pero el ser del Verbo no es otra cosa que ser término de la inteligencia: luego, etc.
Niego la menor. En efecto, el Verbo divino en cuanto hijo recibe ciertamente la Naturaleza divina, no por la inteligencia, sino por la dicción, que se distingue de la intelección actual, aunque ambos sean actos del entendimiento, como se verá en el Tratado de la Trinidad, en el cual probaremos asimismo que la segunda Persona no se llama hijo porque proceda por la inteligencia, sino porque procede de un principio operante a modo de naturaleza.
Dirás 3. Dios es viviente perfectísimo: luego debe constituirse por el grado de vida más perfecto; pero este grado es el intelectivo: luego debe constituirse por grado intelectivo.
Distingo la consecuencia de la Mayor. Debe constituirse por el grado de vida más perfecto, en cuanto principio que se toma por parte del concepto a manera de genérico, concedo; en cuanto principio que se toma por parte del concepto a manera de diferencial, niego. Confieso en verdad que Dios es esencialmente viviente e intelectivo, puesto que al grado del ente substancial viviente le compete esencialmente la vida intelectual perfectísima, pero a manera de concepto por así decir genérico, no ya a manera de grado y de principio distintivo y precisamente constitutivo.
Dirás 4. A la intelección actual competen todos los requisitos para lo constitutivo de Dios: luego Dios se constituye por el grado de vida intelectiva. El antecedente es evidente: primero, porque es una perfección especial, no trascendente ni común a otros atributos o criaturas. Segundo, es el grado de todas las cosas que están en Dios el más perfecto. Tercero, es raíz y concepto anterior a los atributos, pues la inteligencia divina mueve hacia la volición divina y la omnipotencia: luego, etc.
Niego el antecedente. Porque, como ya se ha probado, la inteligencia es ciertamente perfectísima entre todos los grados que hay en Dios en razón de operación, mas no en razón de ente; ni tampoco es raíz de todos los atributos, modos y relaciones que hay en Dios, como ya dijimos; y por consiguiente no puede ser principio formalmente constitutivo y distintivo de Dios.