En este artículo duda Cayetano1 si solo la guerra defensiva es lícita en día de fiesta. Y la parte afirmativa se prueba por santo Tomás en este artículo que afirma que para la defensa de la república es lícito combatir; luego solo se aplica a la guerra defensiva. Del mismo modo, porque en 23, q. 8, dice el Pontífice Nicolás, capítulo “Si nulla, quod si inevitabilis urgeat necessitas”2 es lícito hacer la guerra en todo tiempo para no tentar a Dios; luego fuera de esas circunstancias no será lícito combatir en día de fiesta. Lo mismo parece seguirse de I Macabeos 23, donde se dice: “Laudablemente resolvieron los judíos: todo hombre, quienquiera que sea, que en día de sábado viniere a pelear contra nosotros, será combatido por nosotros”. Luego es lícita en día de fiesta la guerra defensiva; pero no si se trata de [guerra] ofensiva.
A pesar de que la sentencia de Cayetano es verdadera, no solo en guerra defensiva, sino también en guerra justa ofensiva, si hay oportunidad para conseguir la victoria, es lícito guerrear en día de fiesta: por ejemplo, si el príncipe ve que presentando batalla en día de Domingo obtendría la victoria, que quizás en otro día no obtendría; entonces podría combatir. Se prueba, porque cuando sobreviene una multitud de peces es lícito pescar en día de fiesta, como se encuentra en el capítulo Licet extra de feriis4; luego con mayor razón será lícito combatir en este caso. Se prueba la consecuencia, porque es mayor el bien de la victoria que la captura de peces. Se confirma, porque esta victoria dará lugar a una gran utilidad de la república, como es conseguir la paz, y excusa de muchos males; luego es lícito para alcanzarla guerrear en día de fiesta. La consecuencia es manifiesta, porque por un gran bien de una persona particular es lícito en día de fiesta trabajar; luego mucho más por el bien común.
A santo Tomás se responde que, si no dice esto, tampoco dice lo contrario. En segundo lugar, se responde a partir de Cayetano que por la defensa de la república entiende santo Tomás toda causa justa de guerra. La obtención de la victoria supone la recuperación de las cosas sustraídas, y el castigo de los enemigos es cierta defensa de la república. Y lo mismo se ha de decir al Pontífice citado. En segundo lugar, afirmo que el Pontífice allí no habla del tiempo en el que es lícito hacer la guerra, sino que trata de lo mismo de lo que hablábamos en el artículo 1: que la guerra debe ser por necesidad. Y por esta razón es manifiesta la respuesta al texto de los Macabeos.