Scholastica commentaria in Secundam Secundae Summae Theologicae

Domingo Báñez

Scholastica commentaria in Secundam Secundae Summae Theologicae

Domingo Báñez (1528–1604)

Scholastica Commentaria de Fide, Spe et Charitate, Summa Theologiae II-II pars, Q. 40

First published 1586

Editorial notice: José Ángel García Cuadrado's scholarly introduction and bibliography to Q. 40 are available as a separate Spanish work under his own authorship, linked to this commentary. His Spanish translation of Q. 40 is attributed to him in the text metadata. Domingo Báñez's commentary on the Secunda Secundae of the Summa Theologiae. The work begins here with Q. 40, De bello, and is incomplete. Q. 40 is presented in Latin with José Ángel García Cuadrado's Spanish translation. Both languages are attributed separately in the text source metadata.

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Dedicatoria a Felipe II

Censura de fray Diego de Chaves

Sobre la guerra

Articulus I: Si hacer la guerra es siempre pecado

Dubitatio I: Si es lícita la guerra entre cristianos

Dubitatio II: Si la autoridad para iniciar la guerra se encuentra únicamente en el príncipe que no tiene superior en la tierra

Dubitatio III: Si al príncipe cristiano le es lícito solicitar el auxilio de soldados infieles o aceptar sus auxilios

Dubitatio IV: Si hay obligación de restituir cuando se hace la guerra con autoridad privada

Dubitatio V: Si en caso de duda se puede declarar la guerra

Dubitatio VI: Si los soldados están obligados a examinar la justicia de la guerra

Dubitatio VII: Si hay obligación de restituir los daños causados en la guerra

Dubitatio VIII: Si el príncipe que declara la guerra justa está obligado a aceptar la restitución que le ofrece el otro príncipe

Dubitatio IX: Si el príncipe que comienza la guerra con intención no recta está obligado a reparar

Dubitatio X: Si en guerra justa es lícito inferir males a los que han causado daño

Dubitatio XI: Si es lícito quitar la vida a inocentes en una guerra justa

Dubitatio XII: Si en guerra justa es lícito reducir a servidumbre a inocentes

Dubitatio XIII: Si es lícita la fuga de los cautivos

Dubitatio XIV: Sobre las obligaciones de los soldados y príncipes

Articulus II: Si es lícito a los clérigos y a los obispos combatir

Dubitatio I: Si la prohibición afecta a todos los clérigos

Dubitatio II: Si la prohibición es de derecho divino

Dubitatio III: Si los clérigos pueden guerrear sin permiso del Pontífice

Dubitatio IV: Si los clérigos que combaten sin licencia incurren en irregularidad canónica

Dubitatio V: Si es lícito que los clérigos expolien de sus bienes a los enemigos

En quinto lugar, se duda si los clérigos en guerra justa pueden expoliar a los enemigos de sus bienes. De esto trata Silvestre, en la palabra Guerra III, q. 4.

A esta duda respondo en primer lugar que cuando es lícito al clérigo combatir, también es lícito que tome los bienes de los enemigos. Es manifiesto, porque el clérigo tiene derecho a pelear, luego tiene derecho al objeto de la guerra como otros soldados; pero los otros soldados pueden expoliar de sus bienes a los enemigos; luego también los clérigos.

En segundo lugar, afirmo que cuando al clérigo no le es lícito pelear, no le es lícito tomar los bienes de los enemigos. Es manifiesto, porque solo en guerra justa podemos expoliar de sus bienes a los enemigos: pero el que no tiene derecho a la guerra, no tiene por consiguiente derecho a expoliar a los enemigos de sus bienes.

En tercer lugar, afirmo que, si con la autoridad del príncipe que tiene derecho a la guerra, el clérigo combate, puede tomar los bienes de los enemigos, como los demás soldados. Se prueba, ya que el príncipe podría tomar esos bienes y el clérigo llevárselos; luego también el mismo clérigo puede tomarlos inmediatamente: pero quien en primer lugar confiere la potestad para combatir, le confiere también la potestad para tomarlo.

Afirmo, en cuarto lugar: si el clérigo sin la autoridad del príncipe tomara esos bienes, está obligado a restituirlos a aquellos de quienes son, a no ser que fueran bienes sustraídos en otro momento a esos clérigos; o también a no ser que el príncipe que sostiene con derecho una guerra justa, le ofreciera tales bienes. De otro modo, el clérigo entonces los tomaría injustamente.

De lo cual es manifiesto que los monjes apóstatas y los clérigos que están guerreando están obligados a la restitución de los bienes que toman; ya que hablando normalmente combaten sin la autoridad del príncipe; es más el jefe siempre ordena que esos tales [monjes y clérigos] salgan de su ejército. Pero si les constara la voluntad formal o interpretativa del príncipe, podrían tomar las pagas y despojos de los enemigos.

Dubitatio VI: Si es lícito a los soldados tomar bienes de los clérigos o de la Iglesia

Articulus III: Si es lícito usar de estratagemas en las guerras

Dubitatio I: Si la promesa hecha a los enemigos se ha de observar en toda circunstancia

Dubitatio II: Si a quien no cumple la promesa se le ha de mantener la confianza

Articulus IV: Si es lícito combatir en días festivos

Dubitatio I: Si solo la guerra defensiva es lícita en día festivo

Dubitatio II: Si combatir en día de fiesta sin necesidad es pecado mortal

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