Scholastica commentaria in Primam Partem Summae Theologicae

Domingo Báñez

Scholastica commentaria in Primam Partem Summae Theologicae

Domingo Báñez (1528–1604)

First published 1584

Dominicus Báñez, O.P.'s Scholastica commentaria in primam partem Summae Theologiae is a Salamanca-school commentary on the opening part of Aquinas's Summa. The first printing appeared at Salamanca in 1584, after Báñez's teaching at the Dominican studium and University of Salamanca; later editions and editorial continuations helped make the work a major witness to late sixteenth-century Thomism. Its close exegesis of Aquinas intersects the debates over divine grace, human freedom, predestination, and physical premotion that defined the de auxiliis controversy. Schola presents the Latin text from a 1934 Urbano edition; the catalogue's 1584 year identifies the original work, not the modern reprint.

This work is being completed — add a section.


Prologus auctoris ad lectorem

In D. Thomae prooemium meditatio

Quaestio I: De sacra doctrina, qualis sit et ad quae se extendat

Articulus I: Si es necesario que además de la Filosofía haya otra doctrina

Comentario

Duda 1ª: Si es necesaria para la salvación una doctrina revelada

Duda 2ª: Si es necesaria la revelación en cuanto a las verdades naturales

Articulus II: Si la Sagrada doctrina es ciencia

Commentarium

La principal duda se refiere a la primera conclusión, es decir, si la Sagrada doctrina es verdadera y propiamente una ciencia.

Primera conclusión (texto latino sin traducción española)

Duda 1ª (continuación)

Duda 2ª: Si la Teología es una ciencia subalternada a la ciencia divina y a la de los bienaventurados

Duda 3ª: Si la Teología permanece en el cielo

Articulus III: Si la Sagrada doctrina es una única ciencia

Comentario

Duda 1ª: Si la revelación divina es la razón formal de la unidad

Por tanto, se plantea la duda de si la conclusión principal de santo Tomás es verdadera, y si es bueno el razonamiento.

En primer lugar, se argumenta en favor de la respuesta negativa. La unidad específica de una ciencia se ha de tomar de la unidad de la razón del objeto formal, razón formal qué (quae) se alcanza; luego a partir de la revelación divina no se concluye rectamente la unidad de la ciencia de la Teología. Se prueba la conclusión: porque la razón formal “qué” alcanzada por el teólogo es la deidad, siendo de por sí ciencia sobre Dios, tal como enseña santo Tomás en el artículo 7; por lo tanto, la divina revelación no es la razón formal de la unidad específica de esta ciencia.

En segundo lugar, se argumenta así: si de alguna manera la divina revelación atañe a la razón formal de esta ciencia, parece que le atañe como razón formal “bajo la cual” (sub qua); pero de la unidad de razón formal sub qua no se sigue necesariamente la unidad específica de la ciencia; por lo tanto, el razonamiento de santo Tomás no demuestra la conclusión. Se demuestra la menor: porque las ciencias matemáticas tratan de la cantidad bajo una única razón formal, que es la abstracción de la materia sensible; y sin embargo son cuatro las ciencias matemáticas diferentes en cuanto a la especie, a saber la Aritmética, la Música, la Geometría y la Perspectiva; luego la revelación divina, que es la razón formal “bajo la cual” el teólogo considera realidades tan diversas y de géneros diversos, no bastaría para construir la unidad específica en la ciencia de la Teología.

En tercer lugar: la posibilidad de ser revelado (revelabilitas) no pone nada en la cosa misma revelada; luego no es la razón formal que especifica la ciencia. La conclusión está clara, porque la diferencia de una ciencia se deduce por su orden a algo real, que se sitúa de la parte del objeto. Y el antecedente se demuestra: porque no se pone nada en el objeto por el hecho de que Dios nos revele que es trino y uno, y que el Verbo divino se ha hecho carne.

En cuarto lugar, se razona así: si Dios me revelara todas las verdades matemáticas y astrológicas, tendría a pesar de ello varias ciencias, por la pluralidad de objetos cognoscibles; luego la revelación divina no hace la unidad específica en lo revelado.

En quinto lugar: las ciencias se distinguen, tal como enseña Aristóteles en el libro 6 de la Metafísica, según la mayor o menor abstracción de la materia; pero la Metafísica abstrae de la materia de modo igual que la Teología; luego no difiere de ella en cuanto a la especie. Se demuestra la menor: porque la Metafísica abstrae de la materia inteligible, y no puede haber una abstracción mayor que esta; mas en la Teología no puede ser menor ya que de otra forma sería una ciencia inferior; luego abstrae de modo igual que la Metafísica.

En sexto lugar se argumenta así: no puede ser la misma la razón que especifica el hábito de los primeros principios y el hábito de las conclusiones; pero la revelación divina especifica el hábito de la fe, como enseña santo Tomás en la II-II, cuestión 1, y nosotros nos hemos ocupado ampliamente al comentarlo; luego no puede ser la razón formal que especifica la Teología. Es patente la consecuencia, porque el hábito de la fe pertenece a los principios; el de la Teología, a las conclusiones, como resulta patente de lo dicho en el artículo precedente; ergo etc.

En séptimo lugar se arguye así: en todo asentimiento a una conclusión teológica concurren siempre dos focos de luz que son distintos más que en cuanto a su especie, luego la razón de asentir a las conclusiones no es una y simple según la especie, sino más bien mixta, y por consiguiente la Teología no es hábito de una única especie. La consecuencia es patente ya que la luz es la razón del asentir a las conclusiones. El antecedente se demuestra así: porque en toda demostración teológica no sólo concurre inmediatamente la luz de la fe, sino que el asentimiento a la otra premisa se hace a partir de una luz natural o adquirida naturalmente; o bien, si ambas premisas fueran inmediatamente de fe, la conclusión se conocería con una luz natural.

Finalmente, se argumenta: si la divina revelación es la razón formal de la Teología, se sigue que lo que cae bajo revelaciones particulares pertenece a la Teología, o que de ellas se pueden extraer conclusiones teológicas.

Para entender esta dificultad nos hace falta anteponer algunos fundamentos tomados de la Lógica y de la Metafísica.

El primer fundamento es que en cualquier ciencia se considera una doble razón formal. Una de ellas se llama la razón “Qué” (Quae); la otra es la razón “bajo la que” (sub qua); esto es, una es la razón que es alcanzada por el conocimiento mismo de la ciencia, y otra es la razón bajo la cual ésta es alcanzada. La primera razón es aquella que está de la parte del objeto según su entidad, que es la “quididad” misma y la esencia del objeto. A ella pertenecen los principios próximos de la ciencia y que es la raíz de aquello que se demuestra en la ciencia. La razón “bajo la que” es la que se comporta de la parte de la ciencia misma, y se llama “bajo la que” porque el objeto mismo, en cuanto se encuentra bajo esa razón, es proporcional a la ciencia. Podemos poner un ejemplo en los sentidos corporales, respecto a los cuales se distingue también la razón formal “qué” y la “bajo la que”; por ejemplo, se dice que el color es la razón formal del objeto de la vista, que es visto y alcanzado por la vista; pero se dice que la luz es la razón formal bajo la que se ve el color mismo (aunque este ejemplo no cuadra del todo, pues la luz es también la razón que es alcanzada por la potencia de la vista, y lo es más principalmente que el color; el sol es lo más visible en razón de la luz. Pero se trae este ejemplo porque la luz, en comparación con los colores, es la razón “bajo la cual”). He aquí otro ejemplo de las matemáticas, cuya razón formal que se alcanza se dice que es la cantidad; la razón formal de objeto “bajo el cual” se dice que es la abstracción de la materia sensible; es más, la abstracción de la materia, tal como se significa en general, es la razón común “bajo la cual” de todo objeto cognoscible. Sobre esta materia, consulta a Cayetano en el comentario al libro 2 de los [Analíticos] Posteriores, en la cuestión sobre la abstracción de las ciencias. Ahora en este artículo no investigamos la razón formal “qué” alcanzada por la Teología, pues sobre ella habrá una disputa especial en el artículo séptimo. Ahora tratamos sobre cuál es la razón formal “bajo la cual” del objeto de la Teología.

El segundo fundamento es que la unidad específica de la ciencia no ha de juzgarse solamente por la unidad del objeto formal en cuanto es una determinada cosa, sino simultáneamente por la unidad del objeto formal bajo la razón formal “bajo la cual”; como por ejemplo la Metafísica ciertamente es una única ciencia según la especie y sin embargo su objeto formal, en cuanto es una realidad, no tiene unidad formal específica, y ni siquiera genérica, pues el objeto de la Metafísica es el ente en cuanto ente, el cual se divide de por sí en diez géneros de realidades diversas desde el principio; y sin embargo es la misma la razón de ente en cuanto está sujeta a la abstracción de la materia, también la inteligible, que es la razón formal bajo la cual se considera el ente, y por eso la Metafísica es una única ciencia según una especie indivisible: porque tal abstracción se basa en lo indivisible. Puedes consultar a Cayetano en el comentario al libro 1 de los Analíticos Posteriores, capítulo 23; y a santo Tomás en el opúsculo 70, cuestión 5, artículo 1.

El tercer fundamento es que, aunque según la doctrina de Aristóteles en el libro 6 de la Metafísica, texto 2, las ciencias se distinguen según la mayor o menor abstracción de la materia, y que la abstracción se llama la razón formal “bajo la cual” (sub qua), sin embargo no se ha de entender que la abstracción misma sea la luz que manifiesta el objeto, sino la condición necesaria para que tal objeto sea conocido mediante la luz. Y por tanto la abstracción misma se llama razón “bajo la cual”. Para explicar esto hago la suposición de que la abstracción de la materia a veces es real y sin operación del intelecto: como el ángel es substancia realmente abstracta de la materia. A veces la abstracción de la materia es solamente la segunda intención, que sigue a la operación del intelecto, como por ejemplo “hombre” por un concepto común se abstrae de la materia singular y la cantidad de la materia sensible, aunque en la realidad no haya ningún hombre sin materia singular, y ninguna cantidad sin materia sensible. Con este supuesto, se demuestra nuestro tercer fundamento, es decir, que la abstracción de la materia no puede ser la razón formal “bajo la cual” (sub qua), sino solamente en cuanto condición. El argumento es: si la abstracción de la materia fuera de por sí (per se) la razón formal “bajo la cual” el objeto cognoscible es conocido, es constituido y se distingue, se sigue que siendo la abstracción misma solamente una segunda intención, entonces también se constituiría y se distinguiría el cognoscible por sí mismo; y esta consecuencia es falsa, porque la segunda intención es un ente de razón que sigue a la operación del intelecto, luego no constituye o distingue realmente una ciencia de otra. Además, se demuestra que la abstracción real de la materia tampoco podría ser la razón formal “bajo la cual”; y este es el argumento: la razón formal “bajo la cual” debe ser algo mediante lo cual una ciencia es constituida formalmente en una especie y se distingue de otra; luego ha de ser algo intrínseco a la ciencia misma; pero la abstracción del objeto real cognoscible existe fuera del intelecto; luego no puede ser aquello por lo cual la ciencia es constituida real y formalmente. Y esto se confirma: porque la relación de la ciencia a lo cognoscible es real, y toda relación real es intrínseca a aquello que denomina; luego la relación de la ciencia a lo cognoscible es intrínseca a la ciencia misma. Y aún más: luego mucho más la razón formal que especifica la ciencia [es intrínseca a la ciencia misma]. La consecuencia es patente, porque la relación sigue a tal razón formal como fundamento y la diferencia propia intrínseca a la ciencia; luego es necesario afirmar que la verdadera y propia razón bajo la cual es conocido todo cognoscible es una luz intrínseca al hábito científico, o natural o sobrenatural o adquirido; pues todo lo que se manifiesta o todo lo que manifiesta, como dice el Apóstol, es luz. Además, se prueba y se muestra como a posteriori y por un signo, que la abstracción de la materia no puede ser de por sí la razón formal de distinguir, sino que más bien lo es la diversidad de la luz. Y este es el argumento: allí donde no hay diversidad de luz, incluso si hay mayor o menor abstracción de la materia en las cosas conocidas, no se diversifica el hábito, como por ejemplo es completamente el mismo el hábito de todos los primeros principios incluso si no todos los primeros principios son igualmente abstraídos de la materia; pues este principio: “cualquier cosa es o no es”, abstrae de la materia, también de la inteligible; pero este principio: “todas las cosas que son iguales a una tercera, son iguales entre sí” no abstrae de la materia inteligible; y este principio: “la naturaleza es el principio del movimiento y de la quietud” sólo abstrae de la materia singular; y sin embargo es el mismo el hábito de todos, porque con la misma luz natural se demuestra inmediatamente que son verdaderos. Además: luego en el discurso que parte de estos principios hace falta una u otra luz, para que se conozcan y se sepan las cosas más o menos abstraídas de la materia; y así se distinguen las ciencias en cuanto a la especie.

Pero me puedes preguntar: ¿qué es eso que con tanta frecuencia se escucha en la boca de metafísicos y dialécticos, que las ciencias se distinguen en cuanto a la especie por la abstracción de la materia? Responden que hablan de este modo de la misma manera en que dicen que las ciencias tratan de universales, cuando consta que la universalidad es la condición del objeto formal, bajo la cual como bajo una condición, se hace formal; así también la abstracción de la materia se llama “razón bajo la cual”, como la condición necesaria y anexa al objeto manifestable por tal luz. Según este modo solemos decir también que las ciencias se constituyen y distinguen por su orden y relación con lo cognoscible, y sin embargo lo que diferencia a cada ciencia no es la relación, sino algo absoluto a lo que está aneja la relación, por la cual se declara y entiende su dependencia de lo cognoscible y la diferencia intrínseca. Según este modo, la abstracción de la materia es condición del objeto cognoscible anexa a éste y manifestativa de la diferencia de luz científica, que será tanto más perfecta cuanto manifieste las cosas más abstraídas de la materia. Hay que advertir, acerca de este fundamento, que la diferencia de abstracción tiene fundamento en la razón formal de objeto “la cual” (quae), tal como la cosa es, pues es partir de que la cosa misma en sí participa más o menos de la materia, puesto que el intelecto se dirige sobre ella con mayor o menor abstracción de la materia.

Supuesto esto, se hace una primera conclusión. La revelación divina es la razón formal bajo la cual (sub qua) el objeto teológico especifica la Teología. Esta conclusión se extrae fácilmente de santo Tomás, en este artículo y en el artículo séptimo. En este artículo, al preguntar sobre la unidad específica de esta doctrina, no presenta otra razón formal de objeto más que la revelación divina. Y en la solución a la segunda objeción dice que la sagrada doctrina considera todas las cosas bajo una única razón, en cuanto son divinamente revelables; luego entiende que la revelación es la razón formal de objeto “bajo la cual” (sub qua). Y luego en el artículo séptimo dice que la razón formal de sujeto de esta ciencia es que todas las cosas son consideradas bajo la razón de Dios, es decir, bajo la deidad. Consta por tanto que la deidad es la razón formal “qué” (quae) se alcanza; luego la revelación divina es la razón formal “bajo la cual” (sub qua).

Segunda conclusión: la revelación divina, en cuanto es considerada como razón formal “bajo la cual” (sub qua), no se distingue de la luz misma, o del efecto formal de la luz. Para entender esto, advierte que la revelación divina puede considerarse en cuanto es acción de Dios existente en Dios mismo; y de esta manera no es la razón formal de nuestra teología, o de la fe, bajo la cual se alcanza el objeto de la fe o de la Teología; pues ella nos es extrínseca, manteniéndose de la parte de la causa eficiente o superior. De otra manera se toma la revelación por el efecto mismo, que realiza Dios en nosotros revelando, por lo cual se produce en nosotros algo manifiesto o revelado; y de esta manera no es otra cosa la razón formal “bajo la cual” (sub qua) del objeto de la Teología o de la fe, que la luz misma, o el efecto formal de la luz, que Dios infunde en nosotros para que, por ella asintamos sin intermediarios a los principios, y mediatamente a las conclusiones deducidas de ellos. Se demuestra esta conclusión: porque la Teología se distingue de la Metafísica, como enseña santo Tomás en el artículo 1 de esta cuestión, en que la Metafísica trata de las mismas cosas según que son cognoscibles con la luz de la razón natural, y la Teología según que son conocidas con la luz de la revelación divina; luego es necesario que, de la misma manera que se llama a la revelación divina “razón bajo la cual” (sub qua), no se distinga de la luz o del efecto formal de la luz sobrenatural. La consecuencia resulta patente: porque no pueden existir dos razones formales “bajo la cual” (sub qua) por las que la ciencia tenga unidad. Igualmente, santo Tomás en el artículo siguiente dice que la sagrada doctrina, existiendo como única, se extiende a lo que pertenece a otras ciencias en cuanto es cognoscible por luz divina; y esto se confirma por lo que dice el Apóstol en 2 los Corintios, capítulo 4: “Dios, que dijo que la luz resplandecía en las tinieblas, Él mismo brilló en nuestros corazones para iluminación de la ciencia de la claridad de Dios en la faz de Jesucristo”; aquí pone la causa eficiente de la parte de Dios cuando dice “brilló”; pone también el efecto de la acción de Dios en nosotros al decir “para iluminación de la ciencia”; pone también la razón formal que se menciona en lo que dice “de la claridad de Dios”, esto es, de la divinidad en la faz de Cristo, esto es, en la persona de Cristo. Por tanto, la razón formal bajo la cual conocemos a Dios y las cosas que son de Dios es la luz infundida por Dios, por la cual se iluminan formalmente las cosas que están en nuestro intelecto en el ser inteligible teológico. Y en este sentido decimos que la revelación divina es la razón formal “bajo la cual” (sub qua). Al modo en que también el Apóstol dice en la carta a los Romanos, capítulo 1: “Porque lo que es conocido de Dios, es manifiesto en ellos, pues Dios se lo manifestó”; donde habla abiertamente de la manifestación o revelación que se hace por la luz natural inserta por el autor de la naturaleza; luego al igual que se dice que Dios manifiesta o revela, en cuanto autor de la naturaleza, algunas cosas que son cognoscibles naturalmente acerca de Dios, no por una razón distinta a que confiere a los hombres la luz natural, así también se dice que revela lo que pertenece al conocimiento sobrenatural en cuanto infunde la luz por la que tales cosas se revelan. Y de este modo se verifica que bajo la divina revelación pertenecen a una única razón específica la de la fe o la de la Teología, aunque de modo diferente, como explicaremos enseguida.

Tercera conclusión: si se considera la abstracción de la materia como condición necesaria de la razón formal sub qua, según la doctrina explicada en el tercer fundamento, nuestra Teología tiene también una cierta abstracción que pertenece, como condición, a su unidad específica. Y sobre esta abstracción, a su modo, se verificará todo lo que se ha dicho en el tercer fundamento. Esta conclusión no se demuestra de otra manera sino diciendo que puesto que nuestra Teología es verdadera y propiamente una ciencia, como se ha demostrado en el artículo precedente, conviene atribuirle las propiedades de la ciencia en cuanto sea posible. Una propiedad de la ciencia es que abstraiga de la materia, y que en cuanto la ciencia sea superior, tanto más abstraiga. Luego como la Teología es la suprema entre las ciencias, su abstracción debe ser la máxima, y sobresaliente por encima de la abstracción metafísica.

Y si preguntas: ¿cuál puede ser mayor que la abstracción de la materia inteligible?, se responde que entre los entes naturales hay un orden natural de manera que unos son más inmateriales y simples que otros, y por esta vía nos encontramos con tres grados de abstracción. El primero es de la materia singular, y este grado pertenece a la ciencia física, que yo creo que es única según la especie, porque su abstracción de la materia singular no es susceptible de mayor o menor; pero sobre este asunto ya diremos muchas cosas en el principio del libro 1 Sobre la generación y la corrupción. El segundo grado de abstracción es el de la materia sensible, pero no de la materia inteligible; y esta abstracción conviene a las matemáticas, en las que sí se encuentra una diferencia específica, porque tal abstracción no consiste en lo indivisible; por lo que la Aritmética es la más simple de todas ya que el número es más simple que la cantidad continua, que tiene la condición de la naturaleza porque es divisible hasta el infinito, y esta cantidad es objeto de la Geometría, mientras que el número se reduce a la unidad como medida indivisible, que es objeto de la Aritmética. Además, la Música y la Perspectiva difieren de las dos precedentes, porque abstraen menos de la materia sensible, ya que el objeto de la Perspectiva es la línea visual; objeto de la Música es el número sonoro. Entre ellas dos, se considera más perfecta la Música, por parte de los principios, porque sus principios son conclusiones de la Aritmética, mientras que los principios de la Perspectiva son conclusiones de la Geometría. Pero si se consideran por parte de la razón formal del objeto que es alcanzado por cada una, parece más noble la Perspectiva que la música, ya que lo añadido al objeto por parte de la Perspectiva a la Geometría se considera en orden a la vista, que es potencia más noble y que abstrae más del movimiento de lo que hace lo añadido por la Música a la Aritmética, que dice orden al oído, que no abstrae tanto del movimiento como la vista, porque la audición se hace con cierta alteración real en el medio y quizás en el lugar en que reside el oído, según cierto movimiento local e impulso del aire. Y por ello estas ciencias subalternadas se relacionan entre sí como lo que excede y lo excedido. El tercer grado de abstracción es la de la materia incluso inteligible, y este grado es el propio de la Metafísica, cuyo objeto es el ente, en cuya razón no hay materia alguna, pues la razón perfecta de ente puede encontrarse sin ninguna materia u orden a la materia; lo cual no sucede con la razón de cantidad, que necesariamente se entiende por el orden a un sujeto material; por eso se dice que las Matemáticas no abstraen de la materia inteligible. Además, el objeto mismo adecuado de la Metafísica, que es el ente, se encuentra también como algo intrínseco en las cosas materiales, en las que sin embargo el metafísico considera algo inmaterial, a saber, que en las cosas materiales se encuentra un cierto orden que abstrae de la materia, y del aquí y ahora. Y así, decimos que esta demostración es metafísica: “todo hombre es animal discursivo; todo animal discursivo es capaz de reír; luego todo hombre es capaz de reír”. Porque aunque el hombre esté compuesto de materia, sin embargo el metafísico considera en él lo que es eterno y necesario y lo que le compete intrínsecamente en orden al objeto propio de la Metafísica; y así procede a partir de la definición de hombre que se compone de partes no por composición real, es decir “animal racional”, sino [por composición] metafísica, de género y diferencia, que no son partes en verdad, a no ser en cuanto están sometidas a la abstracción del intelecto. Pero de esto hablaremos en otro lugar. Por otro lado, si consideramos la abstracción propia de nuestra Teología con respecto a su objeto propio, encontraremos que supera en mucho a la abstracción metafísica. Objeto de nuestra Teología es Dios mismo, el cual según Sí mismo es acto puro y no tiene parte alguna material como tiene el ente, que es objeto de la Metafísica. Pues Dios no puede dividirse, como se divide el ente en diez géneros, en los cuales hay mucho de materia y de potencialidad. Igualmente, si el metafísico considera de algún modo a Dios, lo hace en cuanto puede brillar en los efectos naturales la fuerza divina y la divinidad; y con la misma razón trata de las substancias separadas de la materia, en cuanto puede investigar sus quididades a partir de la quididad de las cosas materiales. El teólogo en cambio trata de Dios mismo en cuanto es en Sí, y sin orden a los efectos naturales cognoscibles naturalmente. Por lo que Dios mismo, en cuanto se presenta como objeto a la Teología, se somete a la luz de orden superior que sólo dimana de Dios a nuestro intelecto, no como debido a nosotros por nuestra naturaleza, no consiguiente a nuestra quididad o eficiencia, como la luz natural y la luz adquirida están en nosotros.

Duda 1ª (continuación)

Articulus IV: Si la Sagrada doctrina es ciencia práctica

Comentario

Duda 1ª: Objeciones

Duda 1ª: Comentario

Duda 1ª: Respuestas

Articulus V: Si la sagrada doctrina es más digna que las otras ciencias

Comentario

Dubium 1 (textus Latinus sine versione Hispanica)

Duda 1ª: Si la sagrada doctrina es la más cierta de todas las ciencias

Articulus VI: Utrum haec doctrina sit sapientia

Commentarium

Duda 1ª: Si la sagrada doctrina en grado máximo es sabiduría entre todas las sabidurías humanas

Articulus VII: Utrum Deus sit subiectum huius scientiae

Comentario

Duda 1ª: Si Dios es el sujeto de esta ciencia

Texto de san Agustín

Articulus VIII: Utrum sacra doctrina sit argumentativa

Comentario

Duda 1ª: Si la Teología es una ciencia argumentativa

Duda 2ª: si la sagrada doctrina no argumenta para probar sus principios

Duda 3ª: Si la sagrada Escritura está inspirada por Espíritu Santo

Duda 4ª: Si la sagrada Escritura inspirada se halla en la Iglesia Católica

Duda 5ª: Qué fuerza tiene la autoridad de los santos

Duda 6ª: Si los teólogos escolásticos tienen autoridad

Articulus IX: Utrum Sacra Scriptura debeat uti metaphoris

Commentarium

Duda 1ª: Si la Teología debe usar metáforas

Articulus X: Utrum Sacra Scriptura sub una littera habeat plures sensus

Comentario

Duda 1ª: Si la Sagrada Escritura contiene diversos sentidos

Duda 2ª: Si todos los hechos del Antiguo Testamento se deben explicar según el sentido místico.

Duda 3ª: Si en el Nuevo Testamento se pueden distinguir los cuatros sentidos

Duda 4ª: Sobre la regla cierta para discernir el sentido literal

Duda 5ª: Si las locuciones hay que recibirlas como Sagrada Escritura

Duda 6ª: Si es lícito a cualquier cristiano buscar un sentido nuevo en las Sagradas Escrituras

Duda 7ª: Si la Sagrada Escritura contiene varios sentidos literales

Duda 8ª: Sobre cuál es el sentido más importante

Duda 9ª: Si sobre el sentido literal puede hacerse un argumento seguro

Quaestio II: De Deo, an Deus sit

Articulus I: Utrum Deum esse sit per se notum

Articulus II: Utrum Deum esse sit demonstrabile

Articulus III: Utrum Deus sit

Quaestio III: De Dei simplicitate

Articulus I: Utrum Deus sit corpus

Articulus II: Utrum in Deo sit compositio formae et materiae

Articulus III: Utrum sit idem Deus quod sua essentia, vel natura

Articulus IV: Utrum in Deo sit idem essentia et esse

Articulus V: Utrum Deus sit in genere aliquo

Articulus VI: Utrum in Deo sint aliqua accidentia

Articulus VII: Utrum Deus sit omnino simplex

Articulus VIII: Utrum Deus in compositionem aliorum veniat

Quaestio IV: De Dei perfectione

Articulus I: Utrum Deus sit perfectus

Articulus II: Utrum in Deo sint perfectiones omnium rerum

Articulus III: Utrum aliqua creatura possit esse similis Deo

Quaestio V: De bono in communi

Articulus I: Utrum bonum differat secundum rem ab ente

Articulus II: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam ens

Articulus III: Utrum omne ens sit bonum

Articulus IV: Utrum bonum habeat rationem causae finalis

Articulus V: Utrum ratio boni consistat in modo, specie et ordine

Articulus VI: Utrum convenienter dividatur bonum per honestum, utile et delectabile

Quaestio VI: De bonitate Dei

Articulus I: Utrum esse bonum Deo conveniat

Articulus II: Utrum Deus sit summum bonum

Articulus III: Utrum esse bonum per essentiam sit proprium Dei

Articulus IV: Utrum omnia sit bona bonitate divina

Quaestio VII: De Infinitate Dei

Articulus I: Utrum Deus sit infinitus

Articulus II: Utrum aliquid aliud quam Deus possit esse infinitum per essentiam

Articulus III: Utrum possit esse aliquid infinitum actu secundum magnitudinem

Articulus IV: Utrum possit esse infinitum in rebus secundum multitudinem

Quaestio VIII: De existentia Dei in rebus

Articulus I: Utrum Deus sit in omnibus rebus

Articulus II: Utrum Deus sit ubique

Articulus III: Utrum Deus sit ubique per essentiam, praesentiam et potentiam

Articulus IV: Utrum esse ubique sit proprium Dei

Quaestio IX: De Dei immutabilitate

Articulus I: Utrum Deus sit omnino immutabilis

Articulus II: Utrum esse inmutabile sit Dei proprium

Quaestio X: De Dei Aeternitate

Articulus I: Utrum convenienter definiatur aeternitas, quod est interminabilis vitae tota simul et perfecta possessio

Articulus II: Utrum Deus sit aeternus

Articulus III: Utrum esse aeternum sit proprium Dei

Articulus IV: Utrum aeternitas differat a tempore

Articulus V: De differentia aevi et temporis

Articulus VI: Utrum sit unum aevum tantum

Quaestio XI: De unitate Dei

Articulus I: Utrum unum addat aliquid supra ens

Articulus II: Utrum unum et multa opponantur

Articulus III: Utrum Deus sit unus

Articulus IV: Utrum Deus sit maxime unus

Quaestio XII: Quomodo Deus cognoscatur a nobis

Articulus I: Utrum aliquis intellectus creatus possit Deum videre per essentiam

Articulus II: Utrum essentia Dei ab intellectu creato per aliquam similitudinem videatur

Articulus III: Utrum Essentia Dei videri possit oculis corporalibus

Articulus IV: Utrum aliquis intellectus per sua naturalia Divinam Essentiam videre possit

Articulus V: Utrum intellectus creatus ad videndum Dei Essentiam aliquo creato lumine indigeat

Articulus VI: Utrum videntium Dei Essentiam unus alio perfectius videat

Articulus VII: Utrum videntes Deum per Essentiam, ipsum comprehendant

Articulus VIII: Utrum videntes Deum per Essentiam, omnia in Deo videant

Articulus IX: Utrum ea quae videntur in Deo a videntibus Divinam Essentiam, videantur per aliquas similitudines creatas

Articulus X: Utrum videntes Deum per Essentiam, simul videant omnia quae in ipso vident

Articulus XI: Utrum aliquis in hac vita possit videre Deum per Essentiam

Articulus XII: Utrum per rationem naturalem Deum in hac vita cognoscere possimus

Articulus XIII: Utrum per gratiam habeatur altior cognitio Dei quam ea, quae habetur per rationem naturalem

Quaestio XIII: De nominibus Dei

Articulus I: Utrum aliquod nomen Deo conveniat

Articulus II: Utrum aliquod nomen dicatur de Deo substantialiter

Articulus III: Utrum aliquod nomen dicatur de Deo proprie

Articulus IV: Utrum nomina dicta de Deo sint nomina synonyma

Articulus V: Utrum nomina, quae de Deo dicuntur et creaturis, univoce dicantur de ipsis

Articulus VI: Utrum nomina per prius dicantur de creaturis quam de Deo

Articulus VII: Utrum nomina quae important relationem ad creaturas, dicantur de Deo ex tempore

Articulus VIII: Utrum hoc nomen Deus sit nomen naturae

Articulus IX: Utrum hoc nomen Deus sit incommunicabile

Articulus X: Utrum hoc nomen Deus dictum de Deo per participationem, secundum naturam, et secundum opinionem

Articulus XI: Utrum hoc nomen Qui est sit maxime Dei proprium

Articulus XII: Utrum propositiones affirmativae possint formari de Deo

Quaestio XIV: De scientia Dei

Articulus I: Utrum in Deo sit scientia

Articulus II: Utrum Deus intelligat se

Articulus III: Utrum Deus comprehendat seipsum

Articulus IV: Utrum ipsum intelligere Dei sit eius substantia

Articulus V: Utrum Deus cognoscat alia a se

Articulus VI: Utrum Deus cognoscat alia a se propria cognitione

Articulus VII: Utrum scientia Dei sit discursiva

Articulus VIII: Utrum scientia Dei sit causa rerum

Articulus IX: Utrum Deus habeat scientiam non entium

Articulus X: Utrum Deus cognoscat mala

Articulus XI: Utrum Deus cognoscat singularia

Articulus XII: Utrum Deus possit cognoscere infinita

Articulus XIII: Utrum scientia Dei sit futurorum contingentium

Articulus XIV: Utrum Deus cognoscat enuntiabilia

Articulus XV: Utrum scientia Dei sit variabilis

Articulus XVI: Utrum Deus habeat de rebus scientiam speculativam

Quaestio XV: De Ideis

Articulus I: Utrum ideae sint

Articulus II: Utrum sint plures ideae

Articulus III: Utrum omnium quae cognoscit Deus, sint ideae

Quaestio XVI: De Veritate

Articulus I: Utrum veritas sit tantum in intellectu

Articulus II: Utrum veritas sit in intellectu componente et dividente

Articulus III: Utrum verum et ens convertantur

Articulus IV: Utrum bonum secundum rationem sit prius quam verum

Articulus V: Utrum Deus sit veritas

Articulus VI: Utrum sit una sola veritas, secundum quam omnia sunt vera

Articulus VII: Utrum veritas creata sit aeterna

Articulus VIII: Utrum veritas sit immutabilis

Quaestio XVII: De Falsitate

Articulus I: Utrum falsitas sit in rebus

Articulus II: Utrum in sensu sit falsitas

Articulus III: Utrum falsitas sit in intellectu

Articulus IV: Utrum verum et falsum sint contraria

Quaestio XVIII: De vita Dei

Articulus I: Utrum omnium naturalium rerum sit vivere

Articulus II: Utrum vita sit quaedam operatio

Articulus III: Utrum Deo conveniat vita

Articulus IV: Utrum omnia sint vita in Deo

Quaestio XIX: De voluntate Dei

Articulus I: Utrum in Deo sit voluntas

Articulus II: Utrum Deus velit alia a se

Articulus III: Utrum quicquid Deus vult, ex necessitate velit

Articulus IV: Utrum voluntas Dei sit causa rerum

Articulus V: Utrum voluntatis divinae sit assignare aliquam causam

Articulus VI: Utrum voluntas Dei semper impleatur

Articulus VII: Utrum voluntas Dei sit mutabilis

Articulus VIII: Utrum voluntas Dei necessitatem rebus volitis imponat

Articulus IX: Utrum voluntas Dei sit malorum

Articulus X: Utrum Deus habeat liberum arbitrium

Articulus XI: Utrum sit distinguenda in Deo voluntas signi

Articulus XII: Utrum convenienter circa divinam voluntatem ponantur quinque signa

Quaestio XX: De amore Dei

Articulus I: Utrum amor sit in Deo

Articulus II: Utrum Deus omnia amet

Articulus III: Utrum Deus aequaliter diligat omnia

Articulus IV: Utrum Deus semper magis diligat meliora

Quaestio XXI: De iustitia et misericordia Dei

Articulus I: Utrum in Deo sit iustitia

Articulus II: Utrum iustitia Dei sit veritas

Articulus III: Utrum misericordia competat Deo

Articulus IV: Utrum in omnibus operibus Dei sit misericordia et iustitia

Quaestio XXII: De Providentia Dei

Articulus I: Utrum providentia Deo conveniat

Articulus II: Utrum omnia sint subiecta divinae providentiae

Articulus III: Utrum Deus immediate omnibus provideat

Articulus IV: Utrum providentia rebus provisis necessitatem imponat

Quaestio XXIII: De Praedestinatione

Articulus I: Utrum homines praedestinentur a Deo

Articulus II: Utrum praedestinatio aliquid ponat in praedestinato

Articulus III: Utrum Deus aliquem hominem reprobet

Articulus IV: Utrum praedestinati eligantur a Deo

Articulus V: Utrum praescientia meritorum sit causa praedestinationis

Articulus VI: Utrum praedestinatio sit certa

Articulus VII: Utrum numerus praedestinatorum sit certus

Articulus VIII: Utrum praedestinatio possit iuvari precibus sanctorum

Quaestio XXIV: De Libro vitae

Articulus I: Utrum liber vitae sit idem quod praedestinatio

Articulus II: Utrum liber vitae sit solum respectu vitae gloriae praedestinatorum

Articulus III: Utrum aliquis deleatur de libro vitae

Quaestio XXV: De potentia Dei

Articulus I: Utrum in Deo sit potentia

Articulus II: Utrum potentia Dei sit infinita

Articulus III: Utrum Deus sit omnipotens

Articulus IV: Utrum Deus possit facere quod praeterita non fuerint

Articulus V: Utrum Deus possit facere quae non facit

Articulus VI: Utrum Deus possit facere meliora ea quae facit

Quaestio XXVI: De Divina beatitudine

Articulus I: Utrum beatitudo Deo competat

Articulus II: Utrum Deus dicatur beatus secundum intellectum

Articulus III: Utrum Deus sit beatitudo cuiuslibet beati

Articulus IV: Utrum in Dei beatitudine omnis beatitudo includatur

↑ Top of work