Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber III

Francesco Silvestri

Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber III

Francesco Silvestri (1474–1528)

Commentaria in Summam contra Gentiles

First published 1926

In Book III of the Commentaria in Summam contra Gentiles, Francesco Silvestri of Ferrara (Ferrariensis) expounds Aquinas's account of providence, human happiness, moral action, and divine grace. The commentary accompanies the Leonine text in volume XIV (1926). The present digital edition includes the Latin text and an English translation.


Prooemium

Caput I: Quod Omne Agens Agit propter Finem

Caput II: Quod Omne Agens Agit propter Bonum

Caput III: Quod Malum est Praeter Intentionem in Rebus

De lo premiso deduce corolariamente Santo Tomás que el mal sucede fuera de la intención en las cosas y sobreviene fuera de la intención en los agentes. Y en razón de este corolario hace la determinación sobre la naturaleza del mal.

Sobre esto, pues, hace dos cosas: primero, determina sobre la naturaleza del mal; segundo, infiere un corolario, cap. XV.

En torno a lo primero hace tres cosas: primero, muestra que el mal sucede fuera de la intención, lo cual se sigue inmediatamente de lo que precede; segundo, trata de la naturaleza del mal, cap. VII; tercero, de su causalidad, cap. X.

En torno a lo primero hace tres cosas: primero, muestra lo propuesto; segundo, mueve dudas, en el capítulo siguiente; tercero, responde, en el capítulo VI.

I. En orden a lo primero, argumenta primero así. El mal es diverso del bien que todo agente intenta. Luego sucede fuera de la intención: porque aquello que de la acción se sigue diverso de lo que era intentado por el agente, acaece fuera de la intención.

Segundo. El agente intenta el fin correspondiente a su virtud. Luego lo que se sigue respondiendo al defecto de la virtud está fuera de la intención. Luego también el mal. — Se prueba el antecedente. Porque el agente, en cuanto actúa, así intenta el fin. Pero actúa según lo que tiene de virtud activa, no según padece defecto de virtud. — La segunda consecuencia se prueba. Porque el defecto en el efecto y en la acción sigue a algún defecto en los principios de la acción: como es manifiesto en los partos monstruosos y en la claudicación.

Advierte que, cuando se dice que el defecto en la operación y en el efecto sigue a algún defecto en los principios de la acción, el defecto del principio puede tomarse de dos maneras. De un modo, por la privación de alguna perfección debida que ha de inherecirle para la recta generación, provenga de cualquier agente alterante. De otro modo, por el impedimento del principio proveniente de fuera: así, que el fuego no queme perfectamente algún leño puede provenir de la interposición de algún cuerpo que impida que la acción del fuego llegue completamente al leño; entonces hay algún defecto en el agente, en cuanto no puede usar de toda su virtud a causa de algún impediente. Pero es verdad que este defecto se reduce de algún modo al defecto de una causa intrínseca: en cuanto, a saber, tiene una virtud que, por su imperfección, puede ser impedida. — En el asunto, pues, se toma el defecto del principio comúnmente, ya sea intrínseco ya extrínseco. Y se entiende de los principios no solo de la acción, sino también materiales: pues si acaece defecto en el efecto, esto proviene o del defecto del agente o del defecto de la materia.

II. Tercero . Lo móvil tiende con su movimiento a la forma, pero a la privación llega per accidens y fuera de la intención. Luego intenta con su movimiento llegar al bien, pero llega al mal fuera de la intención. Luego, como todo agente y motor tiende al bien, el mal proviene fuera de la intención del agente.

El antecedente se declara en la generación y la corrupción, donde consta que la materia no intenta la privación, aunque está en potencia a ella: pues es imposible que ella esté bajo la privación solamente. Se declara también en los demás movimientos. — La primera consecuencia se prueba. Porque el bien es según que la materia es perfecta por la forma, y la potencia por el acto propio; el mal, en cambio, según que está privada del acto debido. — La segunda también se prueba. Porque a lo mismo tiende el movimiento de lo móvil y la moción del motor: puesto que el acto del motor y del móvil es el mismo, como se dice en III Physicorum .

Advierte, en torno a esta proposición, el bien es según que la materia es perfecta por la forma, y la potencia por el acto propio, que Santo Tomás añadió cautamente el término propio. Porque el bien de la potencia no es estar bajo un acto cualquiera, sino solo bajo el propio y a ella debido: así como no es bien del agua estar bajo la calidez, sino bajo la frialdad, que es la perfección que le es debida. Aunque, en efecto, toda forma y acto sea per se cierta perfección, no por ello es bien o perfección de cualquier cosa, tomando perfección por aquello que se le debe a la naturaleza y según lo cual se dice que la naturaleza está completa en su esse.

III. En torno a lo que se dice en este argumento ocurren muchas dudas. La primera es porque el apetito y la intención de la materia no es otra cosa que su potencia receptiva: según es la mente de Santo Tomás en II Sent., d. XVIII, q. 1, a. 2; y Verit., q. XXII, a. 1, ad 3. Si, pues, la materia está en potencia a la privación, y a ella llega por el movimiento junto con la forma, se sigue que el apetito y la intención de la materia son a la privación. Luego incluye repugnancia lo que aquí se dice, a saber, que la materia está en potencia a la privación y, sin embargo, mientras se mueve no intenta la privación.

  1. La segunda es la siguiente : porque alguien podría decir que la materia, aunque —como no puede estar bajo la privación solamente— no apetece la privación separadamente y aparte de la forma, sin embargo la apetece e intenta junto con la forma: así como simultáneamente está en potencia a ambas y simultáneamente tiende a ambas.

  2. La tercera es en torno a esta proposición, la materia no puede estar bajo la privación solamente . Pues puede argumentarse contra ella con los argumentos de Escoto, que sostiene en II Sent., d. XII, q. II , que la materia puede ser sin toda forma.

Primero. Lo absoluto distinto y anterior a otro absoluto puede ser, sin contradicción, sin aquél. La materia es un absoluto distinto y anterior a cualquier forma. Luego, etc.

Segundo. Dios da el esse a la materia mediante la forma, la cual no es de la esencia de la materia. Luego Dios puede dar esse a la materia sin forma. — Se prueba la consecuencia. Porque todo lo que Dios hace absoluto en las criaturas mediante una causa segunda que no es de la esencia de lo causado, puede hacerlo sin ella.

Tercero. Dios crea inmediatamente la materia. Luego puede conservarla inmediatamente, sin alguna otra entidad absoluta posterior.

Cuarto. No hay necesidad absoluta de la conexión de la materia a la forma. Luego, etc. — Se prueba el antecedente. Porque entonces la materia se determinaría de necesidad alguna forma: pues lo que se determina a sí algún género, se determina a sí alguna especie en aquel género; y lo que se determina a sí alguna especie, se determina de necesidad ser en algún individuo único de aquella especie.

Se confirma. Porque la materia se comporta contingentemente respecto de cualquier forma. Luego también se comporta contingentemente respecto de todo el género de la forma.

Se sigue, pues, de esto que no es absolutamente imposible que la materia esté bajo la privación solamente.

IV. A la primera duda se dice que la potencia de la materia a la privación no tiene propia y per se la razón de potencia receptiva en comparación a la misma privación, ya que la privación, tomada formalmente, no pone ningún esse en la materia; sino que per accidens se dice receptiva de la privación, en cuanto es receptiva de la forma que puede perder, y en cuanto es receptiva de otra forma a la que necesariamente se junta la privación de la forma que tiene. Y por eso, cuando se dice que la materia está en potencia a la privación de la forma que posee, debe entenderse per accidens y secundariamente, es decir, en razón de la forma a la que se junta. Pero el apetito y la inclinación de la materia se dice potencialidad y habilidad de la materia respecto de aquello que per se respecta, no habilidad y potencialidad respecto de lo que respecta secundaria y per accidens: porque el apetito de una cosa respecta su perfección, no la negación de la perfección.

V. A la segunda duda se dice que, si la privación fuese respectada igualmente que la forma por la potencia, convendría que ambas fuesen a la vez intentadas y apetecidas por la materia, ya que a la vez tiende a ellas. Pero porque la materia no respecta per se la privación, sino solo per accidens, en cuanto se junta a la forma, por eso no es apetecida per se por la materia junto con la forma, sino solo per accidens, en cuanto es apetecida la forma a la que se junta. Pero Santo Tomás habla aquí del apetito y la intención per se, no del apetito per accidens.

VI. Para la evidencia de la tercera duda , debe considerarse que la materia pueda ser sin toda forma, y por consiguiente solo bajo la privación, puede entenderse de dos maneras. Primero, hablando de lo posible absolutamente, según que se dice posible aquello que no implica contradicción. Y así, que la materia pueda ser sin toda forma es que no implica contradicción que esté en acto y no tenga ninguna forma. Y como por Dios puede hacerse todo lo que no implica contradicción, si de ese modo fuese posible que la materia fuese sin forma, podrá Dios hacer que esté sin forma. — Segundo, hablando de lo posible por comparación a la potencia activa natural. Y así, que la materia pueda ser sin toda forma es que pueda hacerse por alguna virtud natural de modo que tenga esse sin toda forma.

Escoto, pues, sostuvo que por potencia divina la materia puede tener esse sin forma: y que ella ser sin forma no implica contradicción. — Pero Santo Tomás, en Prima, q. LXVI, a. 1; Pot., q. IV, a. 1; Quolibetis, quol. 3, a. 1, sostiene, con Averroes, II Physic., comm. 12; y Avicena, en el segundo libro de su Metaphysica, cap. III, que implica contradicción que la materia exista actualmente sin toda forma, y por consiguiente no es algo factible por Dios. Pues entonces habría algo en acto sin acto; y algo sería ente que no sería determinado a algún modo de ente. — Pero como esta cuestión está disputada por otros tomistas , y principalmente por Capreolo, in II Sent., d. XII , basta por ahora responder a los argumentos de Escoto.

  1. A lo primero se niega la mayor, cuando dos absolutos tienen entre sí necesaria conexión. No es, en efecto, verdadera universalmente, como es manifiesto en la cantidad y la cualidad: pues la cantidad no puede ser en la naturaleza si no tiene alguna figura; y, sin embargo, la cantidad es algo absoluto anterior a la cualidad. Pero la materia, en orden a la actualitad de la existencia, tiene con la forma natural y necesaria conexión. De donde, en verdad es verdadero que todo lo que puede existir sin otro, pero no aquél otro sin él, es anterior a él; no, en cambio, a la inversa, que todo lo anterior pueda ser sin lo posterior.

Se dice segundo que aquella proposición mayor, si tiene verdad, vale solo en lo anterior y lo posterior de los cuales cada uno dice algún acto; no, en cambio, en lo anterior que no dice acto alguno, sino pura potencia, cual es la materia prima.

Se dice tercero que, si tiene verdad, se entiende de la separación respecto de cualquier posterior tomado separadamente, no conjuntamente. Pues el animal, aunque pueda existir sin cada una de sus especies tomada separadamente y per se, no puede, sin embargo, ser sin toda especie animal conjuntamente, de modo que haya un animal en la naturaleza de las cosas que no exista en ninguna especie animal. Del mismo modo, aunque la materia pueda ser sin cualquier forma tomada particularmente, no puede, sin embargo, ser sin toda forma conjuntamente, de modo que exista en la naturaleza de las cosas sometida a ninguna forma.

  1. A lo segundo se niega la consecuencia. A la prueba se dice que lo asumido es verdadero de la causa segunda agente, no de la formal. Pues todo lo que Dios hace mediante una causa segunda eficiente puede operar por sí solo sin causa segunda; no, en cambio, todo lo que hace mediante causa formal puede operar sin tal causa: pues no puede hacer una pared blanca sin blancura, ya que ser blanco es tener blancura. Ahora bien, Dios da el esse a la materia mediante la forma como causa formal, no como causa eficiente. Por eso el argumento no se sigue.

  2. Y por esto es manifiesta la respuesta a lo tercero. Pues aunque Dios cree inmediatamente la materia por remoción de la causa media eficiente, no, sin embargo, por remoción de la causa media formal.

  3. A lo cuarto se niega el antecedente. A cuya prueba se niega la consecuencia. A la prueba de la consecuencia puede responderse de dos maneras. Primero, que lo asumido tiene verdad observadas dos condiciones: la primera, que tal determinante de sí un género sea algo completo en acto; la segunda, que el género que se determina le sea esencial. Así, en efecto, es verdadero que todo lo que se determina a sí un género se determina a sí alguna especie de aquel género: porque, como se dice en los Praedicamenta , lo que está en algún género está en alguna especie de aquel género. No es, en cambio, verdadero donde falta alguna de aquellas condiciones, y mucho menos donde falta la una y la otra. En el asunto, empero, falta la una y la otra condición: porque la materia no es ente completo en acto, ya que es pura potencia; ni la forma es de la esencia de la materia absolutamente tomada. Por eso aquel supuesto no tiene verdad en el asunto. — La razón, empero, por la que la materia, que es ente incompleto, existiendo una, no se determina a sí alguna especie especialísima del género substancia ni algún individuo, es porque, en razón de su potencialidad, es susceptible de diversas formas; y como la forma es aquello de lo que cada cosa tiene la especie, así como está en potencia a diversas formas, así está en potencia e indiferente a diversas especies y a diversos individuos.

Puede responderse segundo a ese mismo supuesto, hablando del género extrínseco a la esencia de aquella potencia a la que se determina aquel género, que puede entenderse de dos maneras que el que se determina a sí un género extrínseco se determina a sí la especie de aquel género: de un modo, que se determine a sí, en el ser, alguna especie determinada de aquel género; de otro, que se determine a sí una u otra de aquellas bajo disyunción. Del primer modo, el supuesto es falso; del segundo modo, es verdadero. Pues la potencia visual, que se determina a sí el color por objeto de su operación, no se determina a sí lo blanco determinada y signadamente, de modo que no pueda ver sino blanco, ni tampoco, semejantemente, lo negro o cualquier otro color; no puede, sin embargo, ver si no ve algún color particular, a saber, o éste o aquél. Semejantemente este cuerpo, por ejemplo el leño, se determina a sí el lugar; no se determina a sí, sin embargo, este lugar signadamente, de modo que no pueda ser sin este lugar; pero es verdadero que no puede ser, según naturaleza, si no está en éste o en aquel lugar, enumerando todos los lugares. Del mismo modo, no es necesario que la materia, que se determina a sí la forma en el ser, se determine a sí ésta signadamente, por ejemplo la forma del hombre, de modo que, así como no puede ser sin forma, tampoco pueda ser sin la forma del hombre; pero conviene bien que se determine a sí alguna forma particular bajo disyunción; pues no puede estar en acto si no está bajo alguna forma particular, o bien ésta o aquélla, enumerando todas las formas.

Por esto es manifiesta la respuesta a la confirmación. Pues la consecuencia es falsa. Porque lo que se comporta contingentemente respecto de cualquier contenido bajo un género tomado signada y determinadamente —como es verdadero que la materia se comporta contingentemente respecto de toda forma— no conviene que se comporte contingentemente respecto de todo el género. De donde, según el mismo Escoto, II Sent., d. xv , esa consecuencia debe negarse: Este cuerpo puede ser sin este lugar y sin aquél (y así de los demás signadamente). Luego puede ser sin todo lugar. Pero es muy verdadero que lo que se comporta contingentemente respecto de todo contenido bajo un género tomado vaga e indeterminadamente y bajo disyunción, se comporta contingentemente respecto de todo el género. Pero no decimos en este sentido que la materia se comporte contingentemente respecto de toda forma. Antes bien, necesariamente se comporta respecto de ella: porque no puede ser sin ésta o aquélla.

VII. Cuarto . En los agentes por entendimiento y por estimación cualquiera, el mal está fuera de la intención. Luego también en los agentes por naturaleza. Luego en todos los agentes.

Se prueba el antecedente. En tales agentes la intención sigue a la aprensión, ya que tiende a aquello que es aprehendido como fin. Luego, si se llega a algo que no tiene la especie aprehendida, será fuera de la intención: como acaece en quien, creyéndose comer miel, come hiel. Pero tal agente tiende a algo según que lo recibe bajo la razón de bien. Luego, si aquello a lo que se llega no es bien, sino mal, será fuera de la intención. — Se prueba también la primera consecuencia. Porque tender al bien es común al agente por entendimiento y al agente por naturaleza.

  1. Aquí deben advertirse dos cosas. La primera es que algo ser aprehendido como fin puede entenderse de dos maneras: de un modo, como que se conozca que a aquél conviene la razón de fin; de otro, como que sea aprehendido como per se apetecible, aprehendiéndolo, a saber, como conveniente absolutamente, no como útil a otra cosa. Del primer modo conviene solo a los que tienen entendimiento, a los cuales pertenece conocer qué es el fin. Del segundo modo conviene también a los brutos. Por esto dijo Santo Tomás no solo de los agentes por entendimiento, sino también de los agentes por estimación cualquiera, como son, a saber, los brutos, que por estimación natural son movidos a sus operaciones, que la intención sigue a la aprensión, porque tiende a aquello que es aprehendido como fin. Pues también la intención conviene de algún modo a los brutos, como fue declarado más arriba en el segundo Libro .

La segunda es que, aunque al agente por naturaleza y al agente por entendimiento convenga diversamente tender al bien, esto, sin embargo, es común a ambos: que la intención sigue a la forma por la que el agente opera. Y por eso, así como en el agente por entendimiento la intención sigue a la aprensión por la cual éste actúa, y todo lo que se sigue no conforme a su aprensión está fuera de su intención, así la intención del agente por naturaleza sigue a la forma por la que el agente natural actúa, y todo lo que sobreviene no conforme a la inclinación de la forma del agente está fuera de su intención. Y por eso, como el mal discuerda de la inclinación de la forma natural, que inclina al bien, del mismo modo que de la aprensión del agente por entendimiento; así como está fuera de la intención del agente por entendimiento, así está fuera de la intención del agente natural. Por esto usa óptimamente Santo Tomás, para mostrar que el mal está fuera de la intención del agente natural si está fuera de la intención del agente por entendimiento, de este argumento: que tender al bien es común a ambos agentes. En último lugar se confirma la conclusión por la autoridad de Dionisio, cap. IV del de Divinis Nominibus.

Caput IV: Rationes Quibus Videtur Probari quod Malum non Sit Praeter Intentionem

Caput V: Solutio Rationum Praemissarum

Caput VI: Quod Malum non est Aliqua Essentia

Caput VII: Rationes Quibus Videtur Probari quod Malum Sit Natura vel Res Aliqua

Caput VIII: Solutio Rationum Praemissarum

Caput IX: Quod Causa Mali est Bonum

Caput X: Quod Malum Fundatur in Bono

Caput XI: Quod Malum non Totaliter Consumit Bonum

Caput XII: Quod Malum Habet Aliquo Modo Causam

Caput XIII: Quod Malum est Causa per Accidens

Caput XIV: Quod non est Summum Malum

Caput XV: Quod Finis Cuiuslibet Rei est Bonum

Caput XVI: Quod Omnia Ordinantur in Unum Finem, qui est Deus

Caput XVII: Quomodo Deus Sit Finis Rerum

Caput XVIII: Quod Omnia Intendunt Assimilari Deo

Caput XIX: Quomodo Res Imitentur Divinam Bonitatem

Caput XX: Quod Res Intendunt Naturaliter Assimilari Deo in Hoc quod est Causa

Caput XXI: Quomodo Diversimode Res Ordinantur in Suos Fines

Caput XXII: Quod Motus Caeli est a Principio Intellectivo

Caput XXIII: Quomodo Appetunt Bonum Etiam quae Cognitione Carent

Caput XXIV: Quod Intelligere Deum est Finis Omnis Intellectualis Substantiae

Caput XXV: Utrum Felicitas Consistat in Actu Voluntatis

Caput XXVI: Quod Felicitas Humana non Consistit in Delectationibus Carnalibus

Caput XXVII: Quod Felicitas non Consistit in Honoribus

Caput XXVIII: Quod Felicitas Hominis non Consistit in Gloria

Caput XXIX: Quod Felicitas Hominis non Consistit in Divitiis

Caput XXX: Quod Felicitas non Consistit in Potentia Mundana

Caput XXXI: Quod Felicitas non Consistit in Bonis Corporis

Caput XXXII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Sensu

Caput XXXIII: Quod Ultima Hominis Felicitas non Consistit in Actibus Virtutum Moralium

Caput XXXIV: Quod Ultima Felicitas non Sit in Actu Prudentiae

Caput XXXV: Quod Felicitas non Consistit in Operatione Artis

Caput XXXVI: Quod Ultima Felicitas Hominis Consistit in Contemplatione Dei

Caput XXXVII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae Communiter Habetur a Pluribus

Caput XXXVIII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae Habetur per Demonstrationem

Caput XXXIX: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae est per Fidem

Caput XL: Utrum in Hac Vita Homo Possit Intelligere Substantias Separatas per Studium et Inquisitionem Scientiarum Speculativarum

Caput XLI: Quod non Possumus in Hac Vita Cognoscere Substantias Separatas sicut Ponit Alexander

Caput XLII: Quod non Possumus in Hac Vita Intelligere Substantias Separatas sicut Ponit Averroes

Caput XLIII: Quod Ultima Felicitas Hominis non Consistit in Cognitione Substantiarum Separatarum Qualem Praedictae Opiniones Fingunt

Caput XLIV: Quod non Possumus in Hac Vita Intelligere Substantias Separatas

Caput XLV: Quod Anima in Hac Vita non Intelligit Seipsam per Seipsam

Caput XLVI: Quod non Possumus in Hac Vita Videre Deum per Essentiam

Caput XLVII: Quod Ultima Hominis Felicitas non Sit in Hac Vita

Caput XLVIII: Quod Substantiae Separatae non Vident Deum per Essentiam ex Hoc quod Cognoscunt eum per Suam Essentiam

Caput XLIX: Quod in Naturali Cognitione Quam Habent Substantiae Separatae de Deo non Quiescit Earum Naturale Desiderium

Caput L: Quomodo Deus per Essentiam Videatur

Caput LI: Quod Nulla Creata Substantia Potest Sua Naturali Virtute Pervenire ad Videndum Deum per Essentiam

Caput LII: Quod Intellectus Creatus Indiget Aliqua Influentia Divini Luminis ad Hoc ut Deum per Essentiam Videat

Caput LIII: Rationes Quibus Videtur Probari quod Deus non Possit Videri per Essentiam, et Solutiones Earum

Caput LIV: Quod Intellectus Creatus non Comprehendit Divinam Substantiam

Caput LV: Quod Nullus Intellectus Creatus, Videndo Deum, Videt Omnia quae in Eo Videri Possunt

Caput LVI: Quod Omnis Intellectus, Cuiuscumque Gradus, Particeps esse Potest Divinae Visionis

Caput LVII: Quod Unus Alio Perfectius Deum Videre Potest

Caput LVIII: Quomodo Videntes Divinam Substantiam Omnia Vident

Caput LIX: Quod Videntes Deum Omnia Simul Vident in Ipso

Caput LX: Quod per Visionem Dei Aliquis Fit Particeps Vitae Aeternae

Caput LXI: Quod Videntes Deum in Perpetuum eum Videbunt

Caput LXII: Qualiter in Illa Ultima Felicitate Omne Desiderium Hominis Completur

Caput LXIII: Quod Deus Sua Providentia Gubernat Res

Caput LXIV: Quod Deus Conservat Res in esse

Caput LXV: Quod Nihil Dat esse Nisi Inquantum Agit in Virtute Divina

Caput LXVI: Quod Deus est Causa Operandi Omnibus Operantibus

Caput LXVII: Quod Deus est Ubique

Caput LXVIII: De Opinione Eorum qui Rebus Naturalibus Proprias Subtrahunt Actiones

Caput LXIX: Quomodo Idem Effectus Sit a Deo et a Natura Agente

Caput LXX: Quod Divina Providentia non Excludit Totaliter Malum a Rebus

Caput LXXI: Quod Divina Providentia non Excludit Contingentiam a Rebus

Caput LXXII: Quod Divina Providentia non Excludit Arbitrii Libertatem

Caput LXXIII: Quod Divina Providentia non Excludit Fortunam et Casum

Caput LXXIV: Quod Providentia Dei Sit Singularium Contingentium

Caput LXXV: Quod Providentia Dei Sit Omnium Singularium Immediate

Caput LXXVI: Quod Executio Divinae Providentiae Fit Mediantibus Causis Secundis

Caput LXXVII: Quod Mediantibus Creaturis Intellectualibus Aliae Creaturae Reguntur a Deo

Caput LXXVIII: Quod Substantiae Intellectivae Inferiores Reguntur per Superiores

Caput LXXIX: De Ordinatione Angelorum ad Invicem

Caput LXXX: De Ordinatione Hominum ad Invicem et ad Alia

Caput LXXXI: Quod Inferiora Corpora Reguntur a Deo per Corpora Caelestia

Caput LXXXII: Epilogus Praedictorum

Caput LXXXIII: Quod Corpora Caelestia non Imprimant in Intellectus Nostros

Caput LXXXIV: Quod Corpora Caelestia non sunt Causae Voluntatum et Electionum Nostrarum

Caput LXXXV: Quod Corporales Effectus in Istis Inferioribus non Sequuntur ex Necessitate a Corporibus Caelestibus

Caput LXXXVI: Quod Motus Caelestis Corporis non Sit Causa Electionum Nostrarum ex Virtute Animae Moventis, ut Quidam Dicunt

Caput LXXXVII: Quod Substantiae Separatae Creatae non Possunt esse Causa Directe Electionum et Voluntatum Nostrarum, sed Solus Deus

Caput LXXXVIII: Quod Motus Voluntatis Causatur a Deo, et non Solum Potentia Voluntatis

Caput LXXXIX: Quod Electiones et Voluntates Humanae Subduntur Divinae Providentiae

Caput XC: Quomodo Res Humanae ad Superiores Causas Reducantur

Caput XCI: Quomodo Dicitur Aliquis Bene Fortunatus, et Quomodo Adiuvatur Homo ex Superioribus Causis

Caput XCII: De Fato: an Sit, et Quid Sit

Caput XCIII: De Certitudine Divinae Providentiae

Caput XCIV: Quod Immobilitas Divinae Providentiae Utilitatem Orationis non Excludit

Caput XCV: Quod Deus non Omnes Orationes Exaudit

Caput XCVI: Quomodo Dispositio Providentiae Habeat Rationem

Caput XCVII: Quomodo Deus Possit Facere Praeter Ordinem Suae Providentiae, et Quomodo non

Caput XCVIII: Quod Deus Potest Operari Praeter Ordinem Rebus Inditum, Producendo Effectus absque Causis Proximis

Caput XCIX: Quod Ea quae Deus Facit Praeter Naturae Ordinem non sunt contra Naturam

Caput C: De Miraculis

Caput CI: Quod Solus Deus Facit Miracula

Caput CII: Quod Substantiae Spirituales Aliqua Mirabilia Operantur, quae tamen non sunt Vere Miracula

Caput CIII: Quod Opera Magorum non sunt Solum ex Impressione Caelestium Corporum

Caput CIV: Unde Magorum Operationes Efficaciam Habeant

Caput CV: Quod Substantia Intellectualis quae Praestat Efficaciam Magicis Operibus, non est Bona secundum Virtutem

Caput CVI: Quod Substantia Intellectualis Cuius Auxilio Magicae Artes Utuntur, non est Mala secundum Suam Naturam

Caput CVII: Rationes Quibus Probari Videtur quod in Daemonibus non Possit esse Peccatum

Caput CVIII: Quod in Daemonibus Possit esse Peccatum, et Qualiter

Caput CIX: Solutio Praemissarum Rationum

Caput CX: Quod Speciali Quadam Ratione Creaturae Rationales Divinae Providentiae Subduntur

Caput CXI: Quod Creaturae Rationales Gubernantur propter Seipsas, Aliae Vero in Ordine ad Eas

Caput CXII: Quod Rationalis Creatura Dirigitur a Deo ad Suos Actus non Solum secundum Ordinem ad Speciem, sed Etiam secundum quod Congruit Individuo

Caput CXIII: Quod Divinitus Hominibus Leges Dantur

Caput CXIV: Quod Lex Divina Principaliter Hominem Ordinat in Deum

Caput CXV: Quod Finis Legis Divinae est Dilectio Dei

Caput CXVI: Quod Divina Lege Ordinamur ad Dilectionem Proximi

Caput CXVII: Quod per Divinam Legem Homines ad Rectam Fidem Obligantur

Caput CXVIII: Quod per Quaedam Sensibilia Mens Nostra Dirigitur in Deum

Caput CXIX: Quod Latriae Cultus Soli Deo est Exhibendus

Caput CXX: Quod Divina Lex Ordinat Hominem secundum Rationem circa Corporalia et Sensibilia

Caput CXXI: Qua Ratione Fornicatio Simplex secundum Legem Divinam Sit Peccatum: et quod Matrimonium Sit Naturale

Caput CXXII: Quod Matrimonium Debet esse Indivisibile

Caput CXXIII: Quod Matrimonium Debeat esse Unius ad Unam

Caput CXXIV: Quod Matrimonium non Debet Fieri inter Propinquos

Caput CXXV: Quod non Omnis Carnalis Commixtio est Peccatum

Caput CXXVI: Quod Nullus Cibi Usus est Peccatum secundum se

Caput CXXVII: Quomodo secundum Legem Dei Homo Ordinatur ad Proximum

Caput CXXVIII: Quod in Actibus Humanis sunt Aliqua Recta secundum Naturam, et non Solum Quasi Lege Posita

Caput CXXIX: De Consiliis quae Dantur in Lege Divina

Caput CXXX: De Errore Impugnantium Voluntariam Paupertatem

Caput CXXXI: De Modis Vivendi Eorum qui Voluntariam Paupertatem Sequuntur

Caput CXXXII: Quomodo Paupertas Sit Bona

Caput CXXXIII: Solutio Rationum Supra Inductarum contra Paupertatem

Caput CXXXIV: Solutio Eorum quae Obiiciebantur contra Diversos Modos Vivendi Eorum qui Assumunt Voluntariam Paupertatem

Caput CXXXV: De Errore Eorum qui Perpetuam Continentiam Impugnant

Caput CXXXVI: Contra eos qui Matrimonium Virginitati Aequabant

Caput CXXXVII: Contra Eos qui Vota Impugnant

Caput CXXXVIII: Quod neque Merita neque Peccata Sint Paria

Caput CXXXIX: Quod Actus Hominis Puniuntur vel Praemiantur a Deo

Caput CXL: De Differentia et Ordine Poenarum

Caput CXLI: Quod non Omnia Praemia et Poenae sunt Aequales

Caput CXLII: De Poena quae Debetur Peccato Mortali et Veniali per Respectum ad Ultimum Finem

Caput CXLIII: Quod per Peccatum Mortale Ultimo Fine Aliquis in Aeternum Privatur

Caput CXLIV: Quod Peccata Puniuntur Etiam per Experientiam Alicuius Nocivi

Caput CXLV: Quod Iudicibus Licet Poenas Inferre

Caput CXLVI: Quod Homo Indiget Divino Auxilio ad Beatitudinem Consequendam

Caput CXLVII: Quod per Auxilium Divinae Gratiae Homo non Cogitur ad Virtutem

Caput CXLVIII: Quod Divinum Auxilium Homo Promereri non Potest

Caput CXLIX: Quod Praedictum Auxilium Gratia Nominatur. et Quid Sit Gratia Gratum Faciens

Caput CL: Quod Gratia Gratum Faciens Causat in Nobis Dilectionem Dei

Caput CLI: Quod Divina Gratia Causat in Nobis Fidem

Caput CLII: Quod Divina Gratia Causat in Nobis Spem

Caput CLIII: De Donis Gratiae Gratis Datae. in Quo de Divinationibus Daemonum

Caput CLIV: Quod Homo Indiget Divino Auxilio ad Perseverandum in Bono

Caput CLV: Quod Ille qui Decidit a Gratia per Peccatum, Potest Iterum per Gratiam Reparari

Caput CLVI: Quod Homo a Peccato Liberari non Potest Nisi per Gratiam

Caput CLVII: Qualiter Homo a Peccato Liberatur

Caput CLVIII: Quod Rationabiliter Homini Imputatur si ad Deum non Convertatur, Quamvis Hoc sine Gratia non Possit

Caput CLIX: Quod Homo in Peccato Existens sine Gratia Peccatum Vitare non Potest

Caput CLX: Quod Deus Aliquos a Peccato Liberat, et Aliquos in Peccato Relinquit

Caput CLXI: Quod Deus Nemini est Causa Peccandi

Caput CLXII: De Praedestinatione, Reprobatione, et Electione Divina

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