Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber III

Francesco Silvestri

Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber III

Francesco Silvestri (1474–1528)

Commentaria in Summam contra Gentiles

First published 1926

In Book III of the Commentaria in Summam contra Gentiles, Francesco Silvestri of Ferrara (Ferrariensis) expounds Aquinas's account of providence, human happiness, moral action, and divine grace. The commentary accompanies the Leonine text in volume XIV (1926). The present digital edition includes the Latin text and an English translation.


Prooemium

Caput I: Quod Omne Agens Agit propter Finem

Caput II: Quod Omne Agens Agit propter Bonum

Caput III: Quod Malum est Praeter Intentionem in Rebus

Caput IV: Rationes Quibus Videtur Probari quod Malum non Sit Praeter Intentionem

Caput V: Solutio Rationum Praemissarum

Caput VI: Quod Malum non est Aliqua Essentia

Caput VII: Rationes Quibus Videtur Probari quod Malum Sit Natura vel Res Aliqua

Caput VIII: Solutio Rationum Praemissarum

I bis. A las objeciones antedichas responde Santo Tomás.

A la primera, en efecto, se dice primero que el mal y el bien son diferencias específicas en los morales, y las primeras. Porque los morales, como dependen de la voluntad, toman la especie del fin, que es el objeto de la voluntad: así como las acciones naturales la toman de la forma, que es principio de la acción. Ahora bien, el bien y el mal se dicen según el orden al fin o la privación del orden, como de la primera medida.

Se dice segundo que, como en los morales algunas cosas se dicen buenas o malas del fin de la razón como de la primera medida, aquello que en ellos toma la especie de un fin contrario al fin de la razón, se dice malo según su especie.

Se dice tercero que tal fin del mal, aunque quita el fin de la razón, es sin embargo algún bien. Se declara con el ejemplo de lo deleitable según el sentido, y de semejantes. Por ello el mal, según que es diferencia específica, no importa algo que sea según su esencia malo: sino algo que según sí es bien, y malo, empero, en cuanto priva del orden de la razón, que es el bien del hombre. Por esto quiere negar Santo Tomás que el mal tomado formalmente, del cual se entiende la conclusión, sea diferencia específica: aunque es verdadero del mal tomado per accidens y concretivamente.

II. En torno a esta proposición, «el bien y el mal se dicen según el orden al fin o la privación del orden», ha de considerarse que esto puede entenderse del bien y del mal en común, o del bien y del mal según que se encuentra en las acciones y en los hábitos. Si se entiende del primer modo, puede tener doble sentido. Uno es que el bien y el mal están sólo en aquellas cosas que nacieron para ser a causa del fin: bien, ciertamente, si es ordenable al fin y conveniente al fin; malo, en cambio, si no es ordenable al fin, sino desproporcionado a él. Este sentido no es verdadero. Porque el bien y el mal no sólo se encuentran en las cosas que son a causa del fin, sino también en el fin. Es más, principalmente se dice bien del fin: porque lo ordenado al fin no tiene razón de bien sino porque se ordena al bien, o carece del orden debido a él. — Otro sentido puede ser que el bien y el mal se dicen o según la concomitancia del fin, o según la negación de tal concomitancia. Pues la razón de fin acompaña a la razón de bien, si el bien se toma absoluta y simplemente: mas tal razón no acompaña a la razón de mal, antes a ésta la acompaña la privación del fin; pues así como el mal tomado absolutamente es privación del bien, así la privación del fin lo acompaña. Y este sentido es verdadero.

Si, empero, se entiende del segundo modo, el sentido es que el acto bueno y el hábito buenos se dicen según que se ordenan al fin, es decir, al debido: el malo, en cambio, según que carece de orden al fin debido.

Aunque lo que aquí se dice puede entenderse de ambos modos, sin embargo parece que debe entenderse del primer modo, en el sentido verdadero, es decir, del bien y del mal en común. Tanto porque Santo Tomás habla del fin de modo absoluto, y no hace mención alguna del fin debido. — Como también porque se adapta más convenientemente a lo premiso. Pues había dicho que los morales reciben la especie del fin, y concluye que, como el fin y el bien se acompañan mutuamente, y asimismo el mal y la negación del fin, por eso el bien y el mal son las primeras diferencias en los morales, es decir, extrínsecas, de las cuales se toman las diferencias intrínsecas.

III. En torno al segundo dicho de la respuesta, ha de advertirse que el fin de la razón se dice fin conforme al recto juicio de la razón, es decir, el que es apetecible según el recto juicio de la razón. Ahora bien, el fin contrario al fin de la razón es lo apetecible que se contrapone a lo apetecible según la recta razón: como lo deleitable según el sentido, no regulado por la razón, se contrapone a lo deleitable según la razón. Y como el hombre es hombre por la razón, por eso los bienes morales, que son del hombre en cuanto es hombre, toman la bondad y la malicia del orden al bien de la razón o a lo contrario de ese bien.

IV. En torno al tercer dicho hay que atender a dos cosas. La primera es que el bien o el mal, por su orden a otro, como tal, no tiene bondad o malicia sino según la bondad o malicia de aquello a lo que se ordena. Y por eso, si aquello es bueno según algo y malo según algo, lo ordenado a ello será bueno según algo, y malo según algo. Pues según que se termina a una cosa buena, será bueno; y según que se termina a una cosa que tiene alguna malicia, tal orden será malo: pues no tiene, en cuanto tal, bondad o malicia alguna, sino de la bondad o malicia de aquello a lo que se ordena. Por ello, como el mal que es diferencia específica en el género de los morales es algo que según sí es bueno y según algo es malo, en cuanto, a saber, priva del orden de la razón, que es el bien del hombre, aparece que el hábito malo es según algo bueno, a saber, en cuanto mira al bien; y según algo malo, en cuanto, a saber, mira a la privación del orden de la razón unida a ese bien.

La segunda es que algo se dice malo de dos maneras, como pone Santo Tomás en II Sent., d. xxxiv, a. 2, según la mente de Avicena en su Metafísica: a saber, per se y per accidens. El mal per se es la misma privación del bien tomada abstractamente. El mal per accidens es el mismo sujeto de tal privación; y aquello que la causa en otro. Así pues, el mal que se pone como diferencia constitutiva en los morales no es per se y abstractamente malo, sino que es mal per accidens y concretivo. Que es tanto decir: no es la misma privación del bien tomada formal y abstractamente, sino el sujeto y naturaleza a la cual se une la privación del bien. Pues el orden positivo a un fin malo tiene unida la privación del orden al fin debido, como se dijo: así como el fin indebido tiene unida la privación del fin debido. Por eso se dice malo per accidens y concretivamente, así como el fin al que se termina.

  1. Pero ocurre una duda. Pues si del fin se especifica el hábito y el acto moral, o se especifica de él según que tiene bondad, o según que tiene privación y malicia. Si en cuanto tiene alguna bondad, se sigue que el hábito y el acto no es malo: pues lo que dice orden a algo en cuanto es bueno, no lo tiene de ello para ser malo. Si en cuanto tiene privación y malicia, se sigue que se especifica del mal per se y abstractamente considerado. Y así también el mal tomado formalmente y per se será diferencia específica en los morales. Lo cual niega Santo Tomás aquí y en otros muchos lugares.

Se responde que la división es insuficiente, si se toman la bondad y la malicia del fin según omnímoda precisión de la una respecto de la otra. Pues ni por razón de la bondad tomada precisamente, con exclusión de la malicia, ni por razón de la malicia tomada precisamente, se especifica el hábito y el acto malos, sino por razón de la una en cuanto se une a la otra. Pues se especifica del mismo bien en cuanto es bien que subsiste bajo tal privación y malicia; y semejantemente puede decirse que se especifica de la malicia, no absolutamente, sino en cuanto está en tal naturaleza. Por eso dice Santo Tomás en Prima, q. xlviii, a. 1, ad 2, que el mal, en cuanto mal, no es diferencia constitutiva, sino por razón del bien adjunto; y en II Sent., d. xl, a. 1, ad 2, que el mal es diferencia según que se funda en algún fin indebido a la voluntad, que sin embargo no carece del todo de bondad. Pero aquí dice que el mal, según que es diferencia específica en el género de las costumbres, no importa algo que según su esencia sea malo, sino algo que es bueno según sí, y malo, empero, para el hombre. De lo cual aparece que puede decirse ambas cosas: a saber, tanto que el fin indebido especifica por razón de la malicia según que se funda en el bien, en cuanto, a saber, el bien no especifica sino en cuanto subsiste bajo la malicia; y que especifica por razón de la bondad, en cuanto, a saber, la malicia no especifica sino en cuanto se funda en la bondad; de modo que lo uno sin lo otro no especificaría. Pero por razón de cuál tenga más principalmente que especificar, parece, por lo que se dice en la Prima Parte; y en II Sent., d. xxxiv y xl; y semejantemente en Qu. de Virtutibus, q. I, a. 2, ad 5, que lo tiene por razón de la bondad, aunque por razón de la malicia da la malicia al hábito. Pues quiere Santo Tomás en los lugares prealegados que el mal no constituye la especie por razón de la privación, sino por razón de aquello que sirve de sustrato a la privación; y aquí se dice que el mal que es diferencia específica importa algo que es según sí bueno. Esto también es consonante a la razón: porque, como la especie dice cierta naturaleza y esencia, no ha de especificarse sino por aquello que importa naturaleza.

V. A la segunda objeción se responde que son contrarios según que se toman en el género de los morales. Ahora bien, el mal, en cuanto mal, es privación del bien.

Adviértase que el mal, si se toma formal y abstractivamente, que llama Santo Tomás mal en cuanto mal, no puede tener respecto del bien razón de contrario, porque es sola privación, y no dice formalmente naturaleza o esencia alguna: sino que se le opone privativamente. Si, empero, se toma también subjetivamente, es decir, por el sujeto de la privación, así dice alguna esencia y naturaleza sujetas a la privación: y así puede tener razón de contrario. Por eso, como el mal en los morales se toma concretivamente, es decir, por el acto o hábito carente del orden debido y de la debida perfección, por eso dice Santo Tomás que en los morales el bien y el mal son contrarios.

  1. Pero entonces ocurre una duda, tocada en Qq. de Malo, q. 1, a. 1. Pues según aquello que sirve de sustrato al mismo mal, el mal conviene con el bien. Luego no se contrapone al bien por razón del sustrato, sino en cuanto es malo.

Se responde, y se dice primero, según el mismo allí, y es de la mente de Simplicio en los Praedicamenta, que el mal no es privación que consiste en el haber sido privado, como la muerte y la ceguera; sino que es privación que consiste en el estar privándose, como la enfermedad y la oftalmía, de las cuales la una es camino hacia la muerte y la otra camino hacia la ceguera. Por eso el mal puede decirse contrario: porque no priva de todo el bien, sino que deja algo del bien, en cuanto se funda en el bien. Pues privaciones de esta índole pueden decirse contrarias, en cuanto todavía se conserva en aquello que es privado.

Se dice segundo que, aunque no baste para la razón de contrariedad de su relación al bien aquello en que conviene con el bien, sin embargo sin esto la contrariedad no podría darse: así como, aunque aquello en que conviene lo negro con lo blanco no baste para su contrariedad, sin embargo sin esto la contrariedad no podría darse. Por eso se concede que el mal moral no se contrapone al bien sólo por razón del sustrato: pero bien es verdadero que se contrapone por él mismo juntamente con la privación. De modo que, si todo bien sustrato se quitara, no tendrá razón de contrario, sino sólo razón de opuesto privativamente, antes incluso de opuesto contradictoriamente.

VI. A la tercera objeción se dice primero, conforme a lo precedente, que el bien y el mal, según están en los morales, son géneros de contrarios: porque en los morales, o ambos contrarios son malos, como la prodigalidad y la illiberalidad; o el uno es bueno y el otro malo, como la liberalidad y la illiberalidad.

Se dice segundo, que tal mal moral es género y diferencia, no según que es privación del bien de la razón, de lo cual se dice malo: sino por la naturaleza del acto o hábito ordenado a algún fin que repugna al fin de la razón. Se declara con el ejemplo del hombre ciego; y de la diferencia de éste, que es lo irracional.

Adviértase que la respuesta tiende a esto: que el argumento no va contra la determinación hecha. Porque cuando se dijo que el mal no es esencia alguna, se entiende del mal tomado formal y abstractamente: la proposición de Aristóteles, empero, se entiende del mal moral, que es mal concretivo, pues es hábito o acto al cual se une algún mal. Pero cuando se dice que el mal es género y diferencia, género, a saber, de los males, y diferencia del mal moral respecto del bien moral, no según que es privación, sino por la naturaleza del acto y del hábito: entiende, como en la respuesta precedente, que la misma privación no es género y diferencia, sino el acto y el hábito, según, sin embargo, que a tal privación se subyacen.

Se dice tercero, que podría decirse que Aristóteles no dijo aquello según su propia opinión, así como también en muchos libros lógicos usa ejemplos según la opinión de otros: sino según la opinión de Pitágoras, que decía que el bien y el mal son los primeros géneros y primeros principios, bajo cuyo uno y otro puso los diez primeros contrarios.

Se dice cuarto, que el dicho de Pitágoras tiene alguna verdad. Porque de todos los contrarios el uno es perfecto y el otro disminuido, como teniendo mezclada cierta privación. Toda disminución y privación, empero, pertenece a la razón del mal; y toda perfección y complemento a la razón del bien. Y según esto, el bien y el mal parecen ser géneros de todos los contrarios, en cuanto el uno parece comprenderse bajo la razón de bien, y el otro, en cambio, parece acercarse a la razón del mal.

  1. Ha de advertirse aquí primero, que esta respuesta — a saber, que Aristóteles ejemplificó en los Praedicamenta acerca del bien y del mal como de contrarios y géneros de contrarios — fue de Jámblico, como refiere Simplicio en los Praedicamenta. Pues Pitágoras hizo dos ordenaciones de las cosas, a saber, una de los buenos y otra de los malos; y decía que el bien y el mal son los primeros géneros y primeros principios de aquellas ordenaciones contrarias: por eso Aristóteles, siguiendo la opinión de Pitágoras, dijo que el bien y el mal son contrarios como géneros de contrarios.

Ha de advertirse segundo, según Santo Tomás en II Sent., dist. xxxiv, lugar prealegado, que según aquel modo en que se dice que el bien y el mal, tomados simple y universalmente, pueden de algún modo decirse géneros de contrarios (la cual parece que fue la interpretación de Teofrasto), el género no se toma según su propia significación, es decir, por aquello que se predica unívocamente de muchos que difieren en especie en aquello que es (in eo quod quid est): sino impropiamente, según que todo aquello que con su comunidad abraza y contiene muchos puede decirse género. Y así tomaron los porfirianos el nombre de género en aquella proposición, como refiere Simplicio. De donde también Ammonio dice que éstos se dicen géneros porque se encuentran en todos los géneros, así como Platón puso como géneros del ente el ente, lo mismo, lo diverso, el movimiento y la quietud: no, empero, como si fueran géneros distintos aparte de los otros diez géneros.

Ha de advertirse tercero, cuando dice Santo Tomás que toda disminución y privación pertenece a la razón del mal, que allí no se toma el mal simplemente, según que en el cap. VI declaró que se dice simplemente malo aquello que es mal del sujeto en el que está, cuando, a saber, priva al sujeto de aquello que es nato y debe tener: pues no es mal para la negrura carecer de la perfección de la blancura, como tampoco es mal del hombre no tener alas. Sino que se toma el mal universalmente por la carencia de la perfección que algo de su género es nato y debe tener.

VII. A la cuarta objeción se dice primero, según la sentencia de Dionisio, cap. iv de Div. Nom., que el mal no obra sino per accidens, por razón del bien al cual se adjunta.

Se dice segundo, que el mal se dice corromper el bien, no sólo obrando en virtud del bien, sino también formalmente según sí: como la ceguera se dice corromper la vista porque es corrupción de la vista.

Adviértase que la respuesta es ésta: que si hablamos del que corrompe por modo de eficiente, el mal no corrompe per se, sino per accidens. Si verdaderamente hablamos del que corrompe formalmente, el mal corrompe per se. Pero no es necesario que sea eficazmente corruptor per accidens, es decir, porque se una a la virtud que corrompe per se; ni que el corruptor formalmente sea alguna naturaleza.

VIII. A la quinta objeción se responde que algo se dice más o menos malo que otro por la retirada del bien: porque así se intensifican y remiten las privaciones, como es patente en lo disímil y en lo desigual. Pues no se intensifican como teniendo alguna esencia, como las formas: sino por el aumento de la causa privante, que hace que el sujeto diste más de la forma. Se muestra con el ejemplo de la tiniebla, que proviene en el aire de la interposición de un obstáculo.

De esto aparece ser falsa aquella proposición: «En cuantas cosas se encuentra más y menos, es necesario que sean algunas cosas que tienen orden». Pues falla en aquellas en que se dice más y menos por la retirada del opuesto. — Del más y del menos se ha dicho bastante en lo precedente, en cuanto toca al propósito.

IX. A la sexta objeción se responde que, como el ente se dice de dos maneras, según es patente en V Metaph., es decir, según que significa la esencia de la cosa, y según que significa la verdad de la composición; el mal y la privación no se dicen ente del primer modo, sino del segundo modo, en cuanto por la privación se dice que algo está privado, y por el mal se dice que alguna cosa es mala.

  1. Para la declaración de esta respuesta, ha de considerarse, por la doctrina de Santo Tomás en los lugares prealegados, y por el Comentario, V Metaph., coment. 14, que el ente tomado del primer modo y el ente dicho del segundo modo difieren de dos maneras. Primero, porque el ente que significa la esencia de la cosa, predicado de algo, es predicado sustancial; mas el ente que significa la composición del entendimiento es predicado accidental.

Segundo, porque lo primero responde a la pregunta qué es; lo segundo, empero, responde a la pregunta si es. Donde ha de advertirse que «si es», aunque a primera vista parezca preguntar por el ser en la naturaleza de las cosas, no obstante no pregunta por el ser real de aquello de lo que se pregunta si es: sino que pregunta absolutamente si verdaderamente puede afirmarse de él que está en la naturaleza de las cosas, y si puede fundar la verdadera composición del entendimiento que dice que él es, o que afirma de él algo, ya sea como algo afirmado, ya como negación. Y por eso, cuando se responde que es, la partícula «es» dice la verdad de la composición del entendimiento: y el sentido es que verdadera es la composición del entendimiento que dice que está en la naturaleza de las cosas, y que verdaderamente se afirma de alguno, por ejemplo, porque es verdadero que algo está privado, como que el hombre está ciego; de modo que composiciones de esta índole tienen en la misma privación el fundamento de su verdad. Y aunque en locuciones semejantes parezca significarse que las privaciones tienen algún ser en la cosa, sin embargo se significa más que hay un no-ser de la forma opuesta, que un ser de la privación. De donde Agustín, sobre aquello: «Las tinieblas estaban sobre la faz del abismo», dice que así se dijo: «Las tinieblas estaban sobre la faz del abismo», como si se hubiera dicho: «No había luz sobre el abismo». Y en el libro III De la Vida Bienaventurada, cap. III, dice que un lugar tener tinieblas no es otra cosa que no tener luz.

X. Pero en torno a esto se duda de dos maneras. Primero, porque la composición del entendimiento no es verdadera sino si algo le responde en la cosa. Si, pues, la privación no tiene algún ser real de existencia actual fuera del entendimiento, no será verdadera la composición del entendimiento que dice que la privación es.

Segundo, porque, como se dice en VI Metaph., lo verdadero y lo falso se distinguen del bien y del mal, porque lo verdadero y lo falso están en el entendimiento, pero el bien y el mal están en las cosas. Luego el mal y la privación ponen algún ser en las cosas.

  1. A lo primero se responde, y se dice primero, que a la composición del entendimiento no es necesario que corresponda en la cosa algo que sea real, o que tenga ser real fuera del alma: pues es patente que a esta composición verdadera, «El no ente es no ente», no corresponde nada real por parte de lo significado o de lo entendido. Pero sí es necesario que la cosa entendida o significada se proporcione y adecue a la composición del entendimiento. Y esto se significa cuando se dice que lo entendido se entiende como es en la cosa.

Se dice segundo que, si el entendimiento entendiera que la privación tiene ser real positivo en la naturaleza, entendería falsamente: porque lo entendido no sería adecuado y proporcionado al que entiende. Pero esto no entiende cuando dice que la privación es: sino sólo que la privación tiene ser, de cualquier manera que a ella le convenga ser; ya, digo, al modo de lo que tiene alguna naturaleza y esencia; ya al modo de las negaciones que a sí mismas determinan sujeto. Por eso no es necesario que a esta composición corresponda en la cosa algún ser real de la privación: sino que basta que tenga ser a su modo, es decir, como negación cuyo ser consiste en que por ella misma el sujeto sea tal, de lo cual tiene que sea fundamento de la proposición verdadera, y así se adecua a la composición hecha de suyo.

Se dice tercero, que también a tal composición responde algo real, es decir, el sujeto carente de la forma, de lo cual tiene la composición que sea verdadera. Pues como en la naturaleza hay un ojo carente de la potencia visiva, por eso verdadera es esta composición, La ceguera es, y ésta, La ceguera está en el ojo.

  1. A lo segundo se dice que, como el bien y el mal pertenecen al apetito, el cual se termina a la cosa externa, el bien y el mal no están primero en el entendimiento objetivamente como conocido, sino en las mismas cosas como terminando el apetito: a saber, el bien per se, y el mal, empero, per accidens; item, el bien como poniendo en la cosa alguna perfección, y el mal, empero, como remoción y privación de la perfección. De donde en el De Malo, q. 1, a. 1, ad 20, dice Santo Tomás que el mal está ciertamente en las cosas, pero como privación, y no, empero, como algo real. Por lo tanto esta consecuencia no vale: El mal no está primero en el entendimiento como término del entendimiento, o como conocido, sino en las cosas. Luego pone algún ser real en las cosas.

Si, empero, se probara la consecuencia así: Todo ente o es real, o de razón. El mal no es ente de razón: porque no conviene a la cosa, por ti, según que está objetivamente en el entendimiento, lo cual es condición del ente de razón. Luego es ente real: — se responde que la privación del ente real es ciertamente ente real, no como poniendo ente real en la cosa, sino como remoción del ente real; pues la afirmación y la negación pertenecen al mismo género. Pero esto no va contra la respuesta: porque no se negó que la privación sea ente real a modo de negación, sino que ponga formalmente algo real en las cosas.

O bien ha de decirse que la división aducida es insuficiente. Pues no cada una es o ente real o ente de razón: sino, o ente real; o ente de razón; o negación de ente real; o negación de ente de razón.

Caput IX: Quod Causa Mali est Bonum

Caput X: Quod Malum Fundatur in Bono

Caput XI: Quod Malum non Totaliter Consumit Bonum

Caput XII: Quod Malum Habet Aliquo Modo Causam

Caput XIII: Quod Malum est Causa per Accidens

Caput XIV: Quod non est Summum Malum

Caput XV: Quod Finis Cuiuslibet Rei est Bonum

Caput XVI: Quod Omnia Ordinantur in Unum Finem, qui est Deus

Caput XVII: Quomodo Deus Sit Finis Rerum

Caput XVIII: Quod Omnia Intendunt Assimilari Deo

Caput XIX: Quomodo Res Imitentur Divinam Bonitatem

Caput XX: Quod Res Intendunt Naturaliter Assimilari Deo in Hoc quod est Causa

Caput XXI: Quomodo Diversimode Res Ordinantur in Suos Fines

Caput XXII: Quod Motus Caeli est a Principio Intellectivo

Caput XXIII: Quomodo Appetunt Bonum Etiam quae Cognitione Carent

Caput XXIV: Quod Intelligere Deum est Finis Omnis Intellectualis Substantiae

Caput XXV: Utrum Felicitas Consistat in Actu Voluntatis

Caput XXVI: Quod Felicitas Humana non Consistit in Delectationibus Carnalibus

Caput XXVII: Quod Felicitas non Consistit in Honoribus

Caput XXVIII: Quod Felicitas Hominis non Consistit in Gloria

Caput XXIX: Quod Felicitas Hominis non Consistit in Divitiis

Caput XXX: Quod Felicitas non Consistit in Potentia Mundana

Caput XXXI: Quod Felicitas non Consistit in Bonis Corporis

Caput XXXII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Sensu

Caput XXXIII: Quod Ultima Hominis Felicitas non Consistit in Actibus Virtutum Moralium

Caput XXXIV: Quod Ultima Felicitas non Sit in Actu Prudentiae

Caput XXXV: Quod Felicitas non Consistit in Operatione Artis

Caput XXXVI: Quod Ultima Felicitas Hominis Consistit in Contemplatione Dei

Caput XXXVII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae Communiter Habetur a Pluribus

Caput XXXVIII: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae Habetur per Demonstrationem

Caput XXXIX: Quod Felicitas Humana non Consistit in Cognitione Dei quae est per Fidem

Caput XL: Utrum in Hac Vita Homo Possit Intelligere Substantias Separatas per Studium et Inquisitionem Scientiarum Speculativarum

Caput XLI: Quod non Possumus in Hac Vita Cognoscere Substantias Separatas sicut Ponit Alexander

Caput XLII: Quod non Possumus in Hac Vita Intelligere Substantias Separatas sicut Ponit Averroes

Caput XLIII: Quod Ultima Felicitas Hominis non Consistit in Cognitione Substantiarum Separatarum Qualem Praedictae Opiniones Fingunt

Caput XLIV: Quod non Possumus in Hac Vita Intelligere Substantias Separatas

Caput XLV: Quod Anima in Hac Vita non Intelligit Seipsam per Seipsam

Caput XLVI: Quod non Possumus in Hac Vita Videre Deum per Essentiam

Caput XLVII: Quod Ultima Hominis Felicitas non Sit in Hac Vita

Caput XLVIII: Quod Substantiae Separatae non Vident Deum per Essentiam ex Hoc quod Cognoscunt eum per Suam Essentiam

Caput XLIX: Quod in Naturali Cognitione Quam Habent Substantiae Separatae de Deo non Quiescit Earum Naturale Desiderium

Caput L: Quomodo Deus per Essentiam Videatur

Caput LI: Quod Nulla Creata Substantia Potest Sua Naturali Virtute Pervenire ad Videndum Deum per Essentiam

Caput LII: Quod Intellectus Creatus Indiget Aliqua Influentia Divini Luminis ad Hoc ut Deum per Essentiam Videat

Caput LIII: Rationes Quibus Videtur Probari quod Deus non Possit Videri per Essentiam, et Solutiones Earum

Caput LIV: Quod Intellectus Creatus non Comprehendit Divinam Substantiam

Caput LV: Quod Nullus Intellectus Creatus, Videndo Deum, Videt Omnia quae in Eo Videri Possunt

Caput LVI: Quod Omnis Intellectus, Cuiuscumque Gradus, Particeps esse Potest Divinae Visionis

Caput LVII: Quod Unus Alio Perfectius Deum Videre Potest

Caput LVIII: Quomodo Videntes Divinam Substantiam Omnia Vident

Caput LIX: Quod Videntes Deum Omnia Simul Vident in Ipso

Caput LX: Quod per Visionem Dei Aliquis Fit Particeps Vitae Aeternae

Caput LXI: Quod Videntes Deum in Perpetuum eum Videbunt

Caput LXII: Qualiter in Illa Ultima Felicitate Omne Desiderium Hominis Completur

Caput LXIII: Quod Deus Sua Providentia Gubernat Res

Caput LXIV: Quod Deus Conservat Res in esse

Caput LXV: Quod Nihil Dat esse Nisi Inquantum Agit in Virtute Divina

Caput LXVI: Quod Deus est Causa Operandi Omnibus Operantibus

Caput LXVII: Quod Deus est Ubique

Caput LXVIII: De Opinione Eorum qui Rebus Naturalibus Proprias Subtrahunt Actiones

Caput LXIX: Quomodo Idem Effectus Sit a Deo et a Natura Agente

Caput LXX: Quod Divina Providentia non Excludit Totaliter Malum a Rebus

Caput LXXI: Quod Divina Providentia non Excludit Contingentiam a Rebus

Caput LXXII: Quod Divina Providentia non Excludit Arbitrii Libertatem

Caput LXXIII: Quod Divina Providentia non Excludit Fortunam et Casum

Caput LXXIV: Quod Providentia Dei Sit Singularium Contingentium

Caput LXXV: Quod Providentia Dei Sit Omnium Singularium Immediate

Caput LXXVI: Quod Executio Divinae Providentiae Fit Mediantibus Causis Secundis

Caput LXXVII: Quod Mediantibus Creaturis Intellectualibus Aliae Creaturae Reguntur a Deo

Caput LXXVIII: Quod Substantiae Intellectivae Inferiores Reguntur per Superiores

Caput LXXIX: De Ordinatione Angelorum ad Invicem

Caput LXXX: De Ordinatione Hominum ad Invicem et ad Alia

Caput LXXXI: Quod Inferiora Corpora Reguntur a Deo per Corpora Caelestia

Caput LXXXII: Epilogus Praedictorum

Caput LXXXIII: Quod Corpora Caelestia non Imprimant in Intellectus Nostros

Caput LXXXIV: Quod Corpora Caelestia non sunt Causae Voluntatum et Electionum Nostrarum

Caput LXXXV: Quod Corporales Effectus in Istis Inferioribus non Sequuntur ex Necessitate a Corporibus Caelestibus

Caput LXXXVI: Quod Motus Caelestis Corporis non Sit Causa Electionum Nostrarum ex Virtute Animae Moventis, ut Quidam Dicunt

Caput LXXXVII: Quod Substantiae Separatae Creatae non Possunt esse Causa Directe Electionum et Voluntatum Nostrarum, sed Solus Deus

Caput LXXXVIII: Quod Motus Voluntatis Causatur a Deo, et non Solum Potentia Voluntatis

Caput LXXXIX: Quod Electiones et Voluntates Humanae Subduntur Divinae Providentiae

Caput XC: Quomodo Res Humanae ad Superiores Causas Reducantur

Caput XCI: Quomodo Dicitur Aliquis Bene Fortunatus, et Quomodo Adiuvatur Homo ex Superioribus Causis

Caput XCII: De Fato: an Sit, et Quid Sit

Caput XCIII: De Certitudine Divinae Providentiae

Caput XCIV: Quod Immobilitas Divinae Providentiae Utilitatem Orationis non Excludit

Caput XCV: Quod Deus non Omnes Orationes Exaudit

Caput XCVI: Quomodo Dispositio Providentiae Habeat Rationem

Caput XCVII: Quomodo Deus Possit Facere Praeter Ordinem Suae Providentiae, et Quomodo non

Caput XCVIII: Quod Deus Potest Operari Praeter Ordinem Rebus Inditum, Producendo Effectus absque Causis Proximis

Caput XCIX: Quod Ea quae Deus Facit Praeter Naturae Ordinem non sunt contra Naturam

Caput C: De Miraculis

Caput CI: Quod Solus Deus Facit Miracula

Caput CII: Quod Substantiae Spirituales Aliqua Mirabilia Operantur, quae tamen non sunt Vere Miracula

Caput CIII: Quod Opera Magorum non sunt Solum ex Impressione Caelestium Corporum

Caput CIV: Unde Magorum Operationes Efficaciam Habeant

Caput CV: Quod Substantia Intellectualis quae Praestat Efficaciam Magicis Operibus, non est Bona secundum Virtutem

Caput CVI: Quod Substantia Intellectualis Cuius Auxilio Magicae Artes Utuntur, non est Mala secundum Suam Naturam

Caput CVII: Rationes Quibus Probari Videtur quod in Daemonibus non Possit esse Peccatum

Caput CVIII: Quod in Daemonibus Possit esse Peccatum, et Qualiter

Caput CIX: Solutio Praemissarum Rationum

Caput CX: Quod Speciali Quadam Ratione Creaturae Rationales Divinae Providentiae Subduntur

Caput CXI: Quod Creaturae Rationales Gubernantur propter Seipsas, Aliae Vero in Ordine ad Eas

Caput CXII: Quod Rationalis Creatura Dirigitur a Deo ad Suos Actus non Solum secundum Ordinem ad Speciem, sed Etiam secundum quod Congruit Individuo

Caput CXIII: Quod Divinitus Hominibus Leges Dantur

Caput CXIV: Quod Lex Divina Principaliter Hominem Ordinat in Deum

Caput CXV: Quod Finis Legis Divinae est Dilectio Dei

Caput CXVI: Quod Divina Lege Ordinamur ad Dilectionem Proximi

Caput CXVII: Quod per Divinam Legem Homines ad Rectam Fidem Obligantur

Caput CXVIII: Quod per Quaedam Sensibilia Mens Nostra Dirigitur in Deum

Caput CXIX: Quod Latriae Cultus Soli Deo est Exhibendus

Caput CXX: Quod Divina Lex Ordinat Hominem secundum Rationem circa Corporalia et Sensibilia

Caput CXXI: Qua Ratione Fornicatio Simplex secundum Legem Divinam Sit Peccatum: et quod Matrimonium Sit Naturale

Caput CXXII: Quod Matrimonium Debet esse Indivisibile

Caput CXXIII: Quod Matrimonium Debeat esse Unius ad Unam

Caput CXXIV: Quod Matrimonium non Debet Fieri inter Propinquos

Caput CXXV: Quod non Omnis Carnalis Commixtio est Peccatum

Caput CXXVI: Quod Nullus Cibi Usus est Peccatum secundum se

Caput CXXVII: Quomodo secundum Legem Dei Homo Ordinatur ad Proximum

Caput CXXVIII: Quod in Actibus Humanis sunt Aliqua Recta secundum Naturam, et non Solum Quasi Lege Posita

Caput CXXIX: De Consiliis quae Dantur in Lege Divina

Caput CXXX: De Errore Impugnantium Voluntariam Paupertatem

Caput CXXXI: De Modis Vivendi Eorum qui Voluntariam Paupertatem Sequuntur

Caput CXXXII: Quomodo Paupertas Sit Bona

Caput CXXXIII: Solutio Rationum Supra Inductarum contra Paupertatem

Caput CXXXIV: Solutio Eorum quae Obiiciebantur contra Diversos Modos Vivendi Eorum qui Assumunt Voluntariam Paupertatem

Caput CXXXV: De Errore Eorum qui Perpetuam Continentiam Impugnant

Caput CXXXVI: Contra eos qui Matrimonium Virginitati Aequabant

Caput CXXXVII: Contra Eos qui Vota Impugnant

Caput CXXXVIII: Quod neque Merita neque Peccata Sint Paria

Caput CXXXIX: Quod Actus Hominis Puniuntur vel Praemiantur a Deo

Caput CXL: De Differentia et Ordine Poenarum

Caput CXLI: Quod non Omnia Praemia et Poenae sunt Aequales

Caput CXLII: De Poena quae Debetur Peccato Mortali et Veniali per Respectum ad Ultimum Finem

Caput CXLIII: Quod per Peccatum Mortale Ultimo Fine Aliquis in Aeternum Privatur

Caput CXLIV: Quod Peccata Puniuntur Etiam per Experientiam Alicuius Nocivi

Caput CXLV: Quod Iudicibus Licet Poenas Inferre

Caput CXLVI: Quod Homo Indiget Divino Auxilio ad Beatitudinem Consequendam

Caput CXLVII: Quod per Auxilium Divinae Gratiae Homo non Cogitur ad Virtutem

Caput CXLVIII: Quod Divinum Auxilium Homo Promereri non Potest

Caput CXLIX: Quod Praedictum Auxilium Gratia Nominatur. et Quid Sit Gratia Gratum Faciens

Caput CL: Quod Gratia Gratum Faciens Causat in Nobis Dilectionem Dei

Caput CLI: Quod Divina Gratia Causat in Nobis Fidem

Caput CLII: Quod Divina Gratia Causat in Nobis Spem

Caput CLIII: De Donis Gratiae Gratis Datae. in Quo de Divinationibus Daemonum

Caput CLIV: Quod Homo Indiget Divino Auxilio ad Perseverandum in Bono

Caput CLV: Quod Ille qui Decidit a Gratia per Peccatum, Potest Iterum per Gratiam Reparari

Caput CLVI: Quod Homo a Peccato Liberari non Potest Nisi per Gratiam

Caput CLVII: Qualiter Homo a Peccato Liberatur

Caput CLVIII: Quod Rationabiliter Homini Imputatur si ad Deum non Convertatur, Quamvis Hoc sine Gratia non Possit

Caput CLIX: Quod Homo in Peccato Existens sine Gratia Peccatum Vitare non Potest

Caput CLX: Quod Deus Aliquos a Peccato Liberat, et Aliquos in Peccato Relinquit

Caput CLXI: Quod Deus Nemini est Causa Peccandi

Caput CLXII: De Praedestinatione, Reprobatione, et Electione Divina

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