Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber II

Francesco Silvestri

Commentaria in Summam contra Gentiles, Liber II

Francesco Silvestri (1474–1528)

Commentaria in Summam contra Gentiles

First published 1918

In Book II of the Commentaria in Summam contra Gentiles, Francesco Silvestri of Ferrara (Ferrariensis) expounds Aquinas's account of creation, the distinction of creatures, and the human soul. The commentary accompanies the Leonine text in volume XIII (1918). The present digital edition includes the Latin text and an English translation.


Caput I: Continuatio sequentium ad praecedentia

Caput II: Quod consideratio creaturarum utilis est ad fidei instructionem

Caput III: Quod cognoscere naturam creaturarum valet ad destruendum errores qui sunt circa Deum

Caput IV: Quod aliter considerat de creaturis philosophus et theologus

Caput V: Ordo dicendorum

Caput VI: Quod Deo competit ut sit aliis principium essendi

Caput VII: Quod in Deo sit potentia activa

Caput VIII: Quod Dei potentia sit eius substantia

Caput IX: Quod Dei potentia sit eius actio

Caput X: Qualiter potentia in Deo dicatur

Caput XI: Quod de Deo dicitur aliquid relative ad creaturas

Caput XII: Quod relationes dictae de Deo ad creaturas non sunt realiter in Deo

Caput XIII: Quomodo praedictae relationes de Deo dicantur

Caput XIV: Quod Deus sit omnibus causa essendi

Caput XV: Quod Deus ex nihilo produxit res in esse

Caput XVI: Quod creatio non est motus neque mutatio

Caput XVII: Quomodo solvantur ea quae contra creationem obiiciuntur

Caput XVIII: Quod in creatione non sit successio

Caput XIX: Quod nullum corpus potest creare

Caput XX: Quod solius Dei est creare

Caput XXI: Quod Deus omnia possit

Caput XXII: Quod Deus non agat ex necessitate naturae

Caput XXIII: Quod Deus agit secundum suam sapientiam

Caput XXIV: Qualiter omnipotens dicatur quaedam non posse

Caput XXV: Quod divinus intellectus non coartatur ad determinatos effectus

Caput XXVI: Quod divina voluntas ad determinatos effectus non artatur

Caput XXVII: Qualiter in rerum productione debitum inveniatur

Caput XXVIII: Qualiter in rebus creatis esse potest necessitas absoluta

Caput XXIX: Quod non est necessarium creaturas semper fuisse

Caput XXX: Rationes volentium probare aeternitatem mundi ex parte Dei acceptae

Caput XXXI: Rationes volentium probare aeternitatem mundi sumptae ex parte creaturarum

Caput XXXII: Rationes ad probandum aeternitatem mundi ex parte factionis

Caput XXXIII: Solutio rationum supra positarum et primo earum quae sumebantur ex parte Dei

Caput XXXIV: Solutio rationum quae sumuntur ex parte rerum factarum

Caput XXXV: Solutio rationum quae sumebantur ex parte factionis rerum

Caput XXXVI: Rationes quibus quidam conantur ostendere mundum non esse aeternum

Caput XXXVII: Quod distinctio rerum non est a casu

Caput XXXVIII: Quod materia non est prima causa distinctionis rerum

Caput XXXIX: Quod distinctio rerum non est propter contrarietatem agentium

Caput XL: Quod causa prima distinctionis rerum non est secundorum agentium ordo

Caput XLI: Quod rerum distinctio non est per aliquem de secundis agentibus inducentem in materiam diversas formas

Caput XLII: Quod distinctio rerum non processit ex meritorum vel demeritorum diversitate

Caput XLIII: Quae sit prima causa distinctionis rerum secundum veritatem

Caput XLIV: Quod oportuit ad perfectionem universi aliquas creaturas intellectuales esse

Caput XLV: Quod substantiae intellectuales sunt volentes

Caput XLVI: Quod substantiae intellectuales sunt liberi arbitrii in agendo

Caput XLVII: Quod substantia intellectualis non sit corpus

Caput XLVIII: Quod substantiae intellectuales sunt immateriales

Caput XLIX: Quod substantia intellectualis non sit forma materialis

Caput L: Quod in substantiis intellectualibus creatis differt esse et quod est

Caput LI: Quod in substantiis intellectualibus creatis est actus et potentia

Caput LII: Quod non est idem componi ex substantia et esse, et materia et forma

Caput LIII: Quod substantiae intellectuales sunt incorruptibiles

Caput LIV: Per quem modum substantia intellectualis possit corpori uniri

Caput LV: Positio Platonis de unione animae intellectualis ad corpus

Caput LVI: Quod nutritiva, sensitiva et intellectiva non sunt in homine tres animae

Caput LVII: Quod intellectus possibilis hominis non est substantia separata

Caput LVIII: Quod homo non sortitur speciem per intellectum passivum, sed per intellectum possibilem

Caput LIX: Quod praedicta positio est contra sententiam Aristotelis

Caput LX: Contra opinionem Alexandri de intellectu possibili

Caput LXI: Quod anima non sit complexio, ut posuit Galenus

Caput LXII: Quod anima non sit corpus

Caput LXIII: Contra ponentes intellectum et sensum esse idem

Caput LXIV: Contra ponentes intellectum possibilem esse imaginationem

Caput LXV: Qualiter substantia intellectualis possit esse forma corporis

Caput LXVI: Solutio rationum quibus supra probatur quod substantia intellectualis non potest uniri corpori ut forma

Caput LXVII: Quod secundum dicta Aristotelis oportet ponere intellectum uniri corpori ut formam

Caput LXVIII: Quod anima immediate unitur corpori

Caput LXIX: Quod anima sit tota in toto et tota in qualibet parte

Caput LXX: Quod intellectus possibilis non est unus in omnibus hominibus

Caput LXXI: De opinione Avicennae, qui posuit formas intelligibiles non conservari in intellectu possibili

Caput LXXII: Solutio rationum quibus videtur probari unitas intellectus possibilis

Caput LXXIII: Quod intellectus agens non sit substantia separata, sed aliquid animae

Caput LXXIV: Quod non est impossibile intellectum possibilem et agentem in una substantia animae convenire

Caput LXXV: Quod non fuit sententia Aristotelis de intellectu agente quod sit substantia separata, sed magis quod sit aliquid animae

Caput LXXVI: Quod anima humana, corrupto corpore, non corrumpitur

Caput LXXVII: Rationes probantes animam corrumpi corrupto corpore (et solutio ipsarum)

Caput LXXVIII: Quod animae brutorum animalium non sunt immortales

Caput LXXIX: Quod anima humana incipiat cum corpore

Caput LXXX: Solutio rationum praemissarum

Caput LXXXI: Quod anima non sit de substantia Dei

Caput LXXXII: Quod anima humana non traducatur cum semine

Caput LXXXIII: Quod anima humana producatur in esse a Deo per creationem

Caput LXXXIV: Rationes ad probandum quod anima humana causetur ex semine

Caput LXXXV: Solutio rationum praemissarum

Caput LXXXVI: Quod nulli alii corpori nisi humano unitur substantia intellectualis ut forma

Caput LXXXVII: Quod sunt aliquae substantiae intellectuales corporibus non unitae

Caput LXXXVIII: De multitudine substantiarum separatarum

Caput LXXXIX: Quod in substantiis separatis non sunt multae unius speciei

Caput XC: Quod substantia separata et anima non sunt unius speciei

Caput XCI: Quomodo accipiatur genus et species in substantiis separatis

Puesto que se ha demostrado que las sustancias separadas son específicamente distintas, cómo haya en ellas género y especie, porque presenta dificultad, queda por investigar . Acerca de esto el Santo Tomás hace tres cosas: primero, muestra de dónde proviene la dificultad; segundo, declara lo propuesto ; tercero, infiere algunos corolarios .

I. En cuanto a lo primero, dice que de aquí surge la dificultad, porque las sustancias separadas no están compuestas de materia y forma, de modo que en ellas el género pueda tomarse de aquello que es material y la diferencia específica de aquello que es formal, como sucede en las cosas materiales; y por eso no aparece según qué puedan tomarse en ellas el género y la diferencia específica.

II. En cuanto al segundo , presupone que, puesto que las diversas especies de las cosas poseen gradualmente la naturaleza del ente —como es patente tanto en la primera división del ente, que es por sustancia y accidente y por acto y potencia, como en las demás divisiones de los géneros en especies; por lo cual se dice en VIII Metaph., texto 10, que las distinciones de las cosas son como las de los números, en los cuales la unidad añadida o sustraída varía la especie—, la razón de la especie determinada consiste en que la naturaleza común se coloca en un grado determinado de ente.

Supuesto esto, puesto que de las cosas materiales llegamos al conocimiento de las cosas inmateriales, primero muestra de dónde se toman el género y la diferencia en las cosas materiales; segundo, de dónde en las inmateriales. Dice, pues, primero, que en las cosas compuestas de materia y forma, la razón de género se toma de lo material, pero la razón de diferencia de lo formal: porque en ellas la forma es como término; aquello que por ella se determina es la materia o lo material. — De esto se sigue, primero, que del género y de la diferencia se hace uno, como de la materia y de la forma. — Se sigue, segundo, que la diferencia no añade una naturaleza extraña sobre el género, sino que es cierta determinación de este mismo, como es patente en este género animal y esta diferencia duos habens pedes: así como una y la misma es la naturaleza que se constituye de materia y forma. — De donde ulteriormente se sigue que acaece que el género y la diferencia tienen la determinación que importa la diferencia causada desde otro principio que la naturaleza del género: por esto, digo, que la naturaleza que significa la definición está compuesta de materia y forma, como de lo terminado y lo terminante.

En segundo lugar muestra de dónde se toman en las sustancias separadas el género y la diferencia. Y dice que de la misma razón de la naturaleza se toma la razón del género; pero de su terminación, en cuanto está en tal grado de entes, se toma la diferencia. La razón de esto es que la naturaleza simple está terminada por sí misma, y en ella no cabe tomar una parte terminada y una parte terminante.

III. En cuanto a lo tercero, se deducen tres corolarios . El primero es que en la naturaleza infinita, en cuanto es divina, no cabe admitir ni género ni diferencia.

En segundo lugar, que en las sustancias separadas no hay dos iguales según el orden: pues todas se distinguen por la especie, y las diversas especies en ellas se toman según diversos grados. — Lo cual confirma también con la autoridad de Job 38, «¿Acaso conoces...?», etc.; y de Dionisio, capítulo 10 de la Jerarquía celestial.

Tercero está, * que se excluye el error de Orígenes, quien sostenía que desde el principio todas las sustancias espirituales fueron creadas iguales, entre las cuales cuenta también las almas, y que la diversidad de estas provenía de la diversidad de sus méritos.* Pues por lo anterior consta que esto es falso.

IV. Pero en torno a esta declaración surge una duda. Según esta doctrina, en efecto, el género y la diferencia se dicen de dos maneras en las cosas compuestas de materia y forma. Una es cuando se toman de algo formal y de algo material. Y se pone como ejemplo la naturaleza sensitiva y la intelectiva: de una de ellas se toma el género del hombre, que es animal, mientras que de la otra se toma racional, que es la diferencia. — La otra es cuando la diferencia no añade una naturaleza extraña sobre el género.

De estas premisas se sigue, en efecto, que en las cosas materiales la naturaleza de la cual se toma el género, la cual se comporta como material y determinable, y la naturaleza de la cual se toma la diferencia, la cual se comporta como formal y determinante, son una y la misma naturaleza según la realidad, como la naturaleza sensitiva e intelectiva en el hombre; pero se distinguen por la razón, en cuanto esa misma naturaleza, en tanto se comporta a modo de potencia y de determinable, se distingue por la razón de sí misma en tanto se comporta a modo de forma y de determinante.

Pero esto mismo se encuentra también en las realidades inmateriales. Pues, como se tiene en la Prima, q. 50, a. 2, ad 1, en ellas una y la misma naturaleza es determinable de un modo considerada, y de otro modo considerada es determinante; y de ella misma en cuanto determinable, y por consiguiente potencial, se toma el género; pero de ella misma en cuanto determinante y formal se toma la diferencia; pues el género, dondequiera que se ponga, significa algo determinable, y la diferencia algo determinante. Por lo tanto, no se pone convenientemente una diferencia en la aceptación del género y de la diferencia entre las realidades materiales y las realidades inmateriales, porque en aquellas se toman de algo formal y de algo material, mientras que en estas no. Antes bien, a partir de la declaración del modo hallado en las realidades materiales debía concluirse un modo semejante en las realidades inmateriales.

V. Para la evidencia de esto, y de lo que toca Santo Tomás en esta sutil declaración, debe saberse en primer lugar que del género podemos hablar de dos maneras: a saber, según la primera intención, por la misma naturaleza significada con el nombre de primera intención, a la cual el intelecto atribuye la intención de género, como por este género que digo animal; y según la segunda intención, es decir, por la misma habitud significada con este nombre género, la cual el intelecto atribuye a la naturaleza considerada sin las diferencias limitantes.

Cuando, pues, buscamos de qué se toma el género y la diferencia, no buscamos respecto del género y de la diferencia según segunda intención, sino según primera intención: buscamos, en efecto, de qué se toma aquella razón a la cual el entendimiento atribuye la intención de género, y de qué se toma aquella razón a la cual se atribuye la intención de diferencia.

  1. Debe saberse, en segundo lugar, que cada especie contiene aquello que le es común con las demás; y, además de esto, un grado determinado en aquello que le es común a ella y a las otras. Ahora bien, estos dos elementos en la especie son una y la misma cosa, a saber, la naturaleza específica: así, la naturaleza sensitiva en el hombre, según la cual conviene con los brutos, y la naturaleza intelectiva, según la cual difiere de ellos, no están en el hombre realmente distintas, sino que son lo mismo que la humanidad. Pero aunque estos dos elementos sean una sola cosa, sin embargo el entendimiento puede formar de aquella cosa varios conceptos: uno que le convenga según incluye aquello que es común a muchos, que es el concepto genérico; otro que le convenga en cuanto contiene el grado por el cual se distingue de los demás bajo aquel común, que es el concepto diferencial; y otro también que le convenga en cuanto abraza juntamente ambas perfecciones, que es el concepto específico. Y así como el entendimiento concibe de modos diversos una misma e idéntica cosa, así también, mediante diversos conceptos, la significa con nombres diversos; y les atribuye diversas intenciones, a saber, las del género, de la diferencia y de la especie.

Esto, sin embargo, no se encuentra solo en los compuestos de materia y forma, sino también en las sustancias inmateriales. Pues, dado que entre ellas existe distinción específica, tienen algo en lo que convienen; y algo por lo cual se distinguen entre sí según grados determinados del ente.

  1. Debe saberse, en tercer lugar, como puede deducirse de la doctrina de Santo Tomás en De Spiritualibus a. 1, ad 24; y en el Tratado del Esse y la Esencia; así como en II Sent., d. III, q. 1, a. 5, que en las cosas materiales hay dos elementos de los cuales se toma la razón de género, y dos de los cuales se toma la razón de diferencia: a saber, aquello de lo cual se toman próximamente; y aquello de lo cual se toman remotamente y originalmente. Lo próximo de donde se toman es la misma naturaleza de la especie, la cual está hecha para fundar conceptos diversos, como dijimos. Y así, de una misma cosa se toman próxima e inmediatamente el género y la diferencia: por ejemplo, de aquella entidad que es la humanidad se toma animal y racional, y tanto animal como racional significan esa misma naturaleza, aunque bajo una y otra razón distintas: animal, en cuanto es naturaleza sensitiva; racional, en cambio, en cuanto es intelectiva. — Pero lo que funda primera y originalmente el género y la diferencia son la materia y la forma. En efecto, la materia recibe de una sola forma diversas perfecciones según cierto orden, así como está hecha para recibir ordenadamente formas diversas: de modo que bajo una perfección se compara con otra como lo potencial a lo actual, como lo perfectible a la perfección, y como lo determinable a lo determinante. La forma, en cambio, es la que termina la potencialidad de la materia, dándole esse y complemento. Y así, la naturaleza imperfecta tiene de la materia el ser posible respecto de un esse perfecto, en cuanto la potencialidad de la materia no se completa por ese esse imperfecto, sino que más bien queda dispuesta hacia un esse perfecto: del mismo modo que, en el proceso de la generación, mediante la forma imperfecta se dispone hacia la forma perfecta. Pero el esse perfecto lo tiene de la forma, en cuanto ésta es actualidad y terminación, ya que la forma mediante tal esse termina y completa la potencialidad de la materia y su esse imperfecto. — Y por esto dice bien aquí que de la materia se toma el género en las cosas materiales, o de lo material: porque evidentemente de toda la naturaleza de la especie, en cuanto es potencial, se toma próximamente, como de la naturaleza significada por el mismo nombre del género; pero de la materia se toma remota y originalmente, como de la primera origen de la potencialidad de la naturaleza. Semejantemente, de esa misma naturaleza específica, en cuanto es actual y determinante, se toma próximamente la diferencia, como de la naturaleza significada por el nombre de la diferencia; pero de la forma se toma remota y originalmente, como de la primera origen de la actualidad.

En las cosas inmateriales, en cambio, no hay distinción entre fundamento próximo y remoto del género y de la diferencia, puesto que allí no hay composición a partir de varias partes: sino que de la misma naturaleza, en cuanto concebible mediante un concepto determinable, se toma la razón del género; pero en cuanto concebible mediante un concepto determinante, se toma la razón de la diferencia. Y esto es lo que aquí pretende Santo Tomás, cuando dice que de la razón misma de la naturaleza, es decir, considerada absoluta e indeterminadamente, se toma el género; pero de su terminación según está en tal grado de ente, se toma su diferencia específica.

VI. De lo anterior se sigue que el género y la diferencia concuerdan en dos aspectos, tanto en las cosas materiales como en las inmateriales, y difieren en uno. Concuerdan primero en cuanto a que, en ambos casos, el género significa una naturaleza determinable y la diferencia una naturaleza determinante, lo cual conviene por sí mismo al género y a la diferencia. — Concuerdan segundo en que es una y la misma naturaleza según la realidad, difiriendo solo según la razón, de la cual se toma inmediatamente la razón del género y la razón de la diferencia en ambos casos. — Difieren, sin embargo, según aquello que le acontece al género y a la diferencia en cuanto están en esto. Porque en las cosas materiales el género y la diferencia se toman primordial y originalmente de partes diversas: del género desde la materia, y de la forma la diferencia. En las sustancias inmateriales, en cambio, no se toman de ningún modo de partes diversas de la especie, puesto que son naturalezas simples; sino que la sola naturaleza de la especie, en cuanto diversamente concebible y significable, es aquello de lo cual se toma tanto el género como la diferencia.

Al dubio, pues, se responde que ciertamente, como ya dijimos, la aceptación del género y de la diferencia en las cosas inmateriales no difiere de su aceptación en las cosas materiales en cuanto a aquello de lo que se toman inmediatamente, como prueba el argumento; ni esto es lo que Santo Tomás pretende deducir. Pero difieren solo en cuanto al primer origen y primera raíz de tal aceptación: porque en las cosas materiales la materia y la forma son el origen del género y de la diferencia, pero no así en las cosas inmateriales. Y esta es la diferencia que Santo Tomás deduce en su declaración.

VII. Pero aún queda por investigar, cuando el género se toma en las sustancias intelectuales a partir de la misma naturaleza intelectual considerada de manera indeterminada, y la diferencia, en cambio, a partir de la determinación hacia tal grado de entes, en qué sentido debe entenderse esa determinación hacia un cierto grado de ente.

  1. Para evidencia de esto, debe considerarse, según la doctrina de Santo Tomás en II Sent., en el lugar antes citado, y en el Tratado del Ente y la Esencia, así como en el Tratado sobre la Naturaleza del Género , que, puesto que la razón de sustancia, que es género predicamental, según el pensamiento de Avicena, es tener un esse distinto de su quididad, por sí y no en otro; esto es común a toda sustancia existente en el género: que en ella haya composición de esencia y esse. Y como la esencia, distinta del esse, se compara con su esse como la potencia al acto, por eso en toda sustancia existente en el género hay algo de potencialidad y algo de actualidad.

Dado, pues, que el género dice algo potencial, es necesario que el género se tome de la misma quididad, la cual es potencial respecto del esse. Y también la diferencia, como no puede tomarse del esse, que es actual —más aún, acto—, porque aquello de lo cual se toma la diferencia debe pertenecer a la quididad y a la esencia de la cosa, siendo el esse ajeno a la quididad de la cosa creada: es necesario que igualmente se tome de la misma quididad, pero de modo diverso. Pues puede considerarse la quididad absoluta e indistintamente, como potencial respecto del esse; y puede considerarse como próxima al mismo esse, en cuanto determinada y constituida en cierto grado próximo al esse. De la quididad en cuanto absolutamente potencial se toma la razón de género; mas de ella en cuanto tiene una determinación según la cual se aproxima al esse, se toma la diferencia.

Y esto es común tanto a las cosas materiales como a las inmateriales. Pero en esto difiere la cosa material de la inmaterial: que la potencialidad de la quididad tiene su origen en la materia, que es el primer receptivo y el primer sujeto; mientras que la determinación de la quididad se toma originalmente de la forma, a la cual corresponde determinar la potencialidad de la materia. Por eso, en ellas el género y la diferencia se toman no solo de la quididad en cuanto determinable y en cuanto determinada, sino también originalmente de la materia y de la forma, como mostramos antes — En cambio, en las cosas inmateriales, como no tienen materia ni forma, el género se toma solo de la quididad misma y de la naturaleza intelectual aceptadas absoluta e indistintamente, en cuanto son potenciales respecto del esse; y la diferencia se toma de la quididad misma en cuanto así determinada y próxima al esse.

  1. De esto se sigue claramente lo que se propone. Puesto que en ellas la diferencia se toma del alejamiento de la potencialidad y de la cercanía al esse, el grado específico en ellas se tomará según la mayor o menor cercanía al esse. En efecto, cuanto más se aparta una naturaleza intelectual de la potencialidad y más se aproxima al esse y al acto, tanto es más noble y de grado superior, por cuanto está más próxima al ente perfectísimo, que es Dios, mediante una mayor participación del esse divino; pero cuanto más dista del esse y de la actualidad, tanto es de grado más imperfecto, por cuanto está más alejada del primer acto y participa menos del esse divino. Pero, como dice Santo Tomás en el Tratado de Natura Generis , nosotros no podemos conocer estos grados: solo los conocen quienes contemplan su cercanía a Dios y su alejamiento de las cosas compuestas y corruptibles.

VIII. Además, en el mismo proceso de Santo Tomás hay que atender a dos cosas. La primera concierne a aquella proposición, En la primera división del ente se encuentra de inmediato lo perfecto, a saber, el ente por sí y el ente en acto, y otra imperfecta, a saber, el ente en otro y el ente en potencia. En efecto, esto no debe entenderse como si una y la misma división del ente fuera por sustancia y accidente, y por acto y potencia; sino porque ambas pertenecen a las primeras divisiones del ente, según las cuales este se divide según determinados modos de ser. Pone, sin embargo, ambas divisiones como una sola división primera, porque estas divisiones se acompañan mutuamente: en todo género, tanto del accidente como de la sustancia, se encuentra potencia y acto, como se dice en el libro IX de la Metafísica

  1. Lo segundo es en torno a esta proposición, Así como una y la misma es la naturaleza que se constituye de materia y forma, así también la diferencia no añade sobre el género una naturaleza extrínseca. Esta semejanza puede tener un doble sentido. El primero es que se haga comparación del género y de la diferencia con la materia y la forma, las cuales constituyen una naturaleza. Y así no lo entiende Santo Tomás. Porque, aunque de aquellas se haga una naturaleza, no son sin embargo materia y forma una sola cosa. Por eso no podría argüirse de aquí que el género y la diferencia sean una sola cosa, como quiere entenderlo Santo Tomás; sino solo que del género y de la diferencia se constituya uno según la consideración lógica, a saber, la especie, así como en el esse de la naturaleza uno se constituye de la materia y de la forma.

Puede haber otro sentido en la comparación del género y la diferencia con la naturaleza constituida por la materia y la forma. Pues, como se ha dicho que en las cosas materiales el género se toma de aquello que es material y potencial, y la diferencia de aquello que es formal y determinado, y que la materia es aquello de donde se toma la materialidad y la potencialidad de la naturaleza, mientras que la forma es aquello de donde se toma la determinación: si aquello potencial que se toma de la materia constituyera por sí, separado de la materia, y aquello formal y actual que se toma de la forma constituyera también por sí, separado de la forma, de modo que hubiera dos naturalezas, entonces sería cierto que la diferencia, que importa lo formal, añadiría al género una naturaleza extraña. Pero como una y la misma naturaleza es la que se constituye de la materia y de la forma, y la que tiene la razón de potencial de la materia y la razón de formal de la forma, por eso la misma diferencia, que se toma de lo formal, no añade una naturaleza extraña sobre el género, que se toma de lo potencial y material. Y este es el verdadero sentido que Santo Tomás pretende en esta comparación.

Caput XCII: Quod substantiae separatae non accipiunt cognitionem a sensibilibus

Caput XCIII: Quod intellectus substantiae separatae semper intelligit actu

Caput XCIV: Quomodo una substantia separata intelligit aliam

Caput XCV: Quod substantiae separatae cognoscunt materialia

Caput XCVI: Quod substantiae separatae cognoscunt singularia

Caput XCVII: Utrum substantiae separatae naturali cognitione cognoscant omnia simul

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