Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Philosophiae Naturalis

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Philosophiae Naturalis

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars philosophiae naturalis (de ente mobili corruptibili) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-II.

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Praefatio I: A los lectores

Dedicatio I: Dedicatoria

Prooemium I: Proemio

Liber I: Acerca del libro primero de la generación y corrupción

Quaestio I: De la generación sustancial

Articulus I: Qué es la generación comúnmente dicha y la generación propia de los vivientes

Articulus II: Con qué principios la filosofía alcanza que se da generación sustancial

Articulus III: En qué acción y mutación consiste la generación sustancial

Articulus IV: Cuál es el término formal, y cuál el adecuado de la generación sustancial

Articulus V: Cuál es el sujeto de la generación, y de su distinción de la creación

Triple sujeto o triple razón de sujeto puede distinguirse en la generación. Es, en efecto, sujeto de mutación; es sujeto de producción, que más puede decirse objeto, porque es aquello a lo cual tiende la generación; es finalmente sujeto de denominación, a saber, la cosa, que se denomina generada. En la generación, pues, se muda la materia de privación a forma, pero no se denomina producida ni generada. Se dice, en cambio, producida la forma, que se educa, o el compuesto, que de nuevo recibe ser. Se denomina, en cambio, generado el mismo supuesto, que como engendrado mira al mismo generante.

Entre estos sujetos inquirimos, cuál de ellos sea sujeto de inherencia, al cual inhiere la generación. Es, en cambio, dificultad de la diferencia entre la alteración y la generación, porque la alteración tanto por parte de sí como por parte de su término, que es la cualidad, supone por sujeto sustancia completa y en acto, que es capaz de accidentes; la acción, en cambio, generativa no supone sino materia prima, que no es capaz de accidente, antes de que tenga forma sustancial. Esta, en cambio, se produce por la misma generación, luego no se supone a ella como sujeto. De otra parte, en cambio, la materia prima es sujeto de mutación, porque ella sola, y no el todo compuesto es, la que se transmuta de una forma a otra, y en ella misma se recibe la forma sustancial y a ella inmediatamente se une. Luego en ella misma debe estar la generación, porque la acción está en aquel sujeto, en el cual está su término; no, en efecto, separadamente del término se recibe la acción o mutación. Y a lo mismo hacen las autoridades del Divino Tomás y del Filósofo después aducendas.

Digo, pues, primero: El sujeto de mutación en la generación sustancial es sola la materia prima, de inherencia, en cambio, no es sola la materia prima ni la materia prima como sujeta a la forma de corporeidad, sino el todo compuesto, que se genera por ella.

De la primera parte de la conclusión no puede haber duda, y en ese sentido habla S. Tomás, cuando por sujeto de la generación asigna la materia prima, y no la sustancia en acto. Expresamente, en efecto, habla de la generación, en cuanto es mutación y del sujeto de mutación, como es patente en el 1. de la Generación lect. 10. al fin, donde dice: «Compara las predichas transmutaciones según el sujeto, que es solamente ente en potencia, y dice que la materia prima es máximamente propio sujeto susceptible de generación y corrupción». Del mismo modo habla en la 1. p. q. 45. art. 1. ad 2. hablando solamente de mutación, y más abiertamente en la q. 3. de Potentia art. 3. ad 4., donde dice «que en la generación hay y mutación y relación, por la cual se refiere el engendrado al generante. En razón, pues, de mutación no tiene por sujeto el mismo generado, sino su materia, sino en razón de relación tiene sujeto el mismo generado. En la creación, en cambio, hay relación, pero no mutación, y por ello no es semejante». Había dicho, en cambio, en la solución al 3. inmediatamente antes, que aquella relación de la creación, como es accidente, inhiere al sujeto y es posterior a aquel, lo cual generalmente de todo accidente se probará abajo en la q. 9., a saber, que el sujeto de inherencia ut quod es el compuesto.

La razón, en cambio, de esta primera parte es porque aquello es sujeto de mutación o movimiento, que es sujeto del término del movimiento o de los términos, entre los cuales el movimiento se versa. Consta, en cambio, que los términos, entre los cuales se versa la generación, como es mutación, son forma y privación. Ambos, en cambio, tienen por sujeto la materia prima. Pues ella misma está privada de forma sustancial, y ella misma también inmediatamente se informa por la forma sustancial, luego ella misma es sujeto de esta mutación, que es la generación. De donde en el 1. de los Físicos se asigna triple principio, a saber, materia, forma y privación para la misma cosa natural en el hacerse o para la generación. La materia, en cambio, no es principio de la generación a menos que como sujeto de tal mutación, porque el sujeto de mutación debe ser principio de la cosa móvil no solamente en el hecho de ser, sino también en el hacerse y en la misma generación, puesto que en esto se distingue de la creación, que procede de la transmutación de algún sujeto; luego conviene que la materia sea principio de la generación como sujeto, no en cambio el mismo compuesto, porque este es principiado, y no principio.

La segunda parte de la conclusión, a saber, que la materia prima, como subyace a la forma de corporeidad, no es sujeto de inherencia de la misma generación, consta manifiestamente suponiendo aquello que en los libros del Alma más ampliamente se expenderá, que en cualquier compuesto sustancial solamente hay única forma sustancial, que da todos los grados específicos y genéricos, no en cambio una forma da el grado de corporeidad, otra de viviente, otra de sensible, como óptimamente prosigue el D. Tomás en el 1. de la Generación lect. 10. al fin y nosotros en la q. 1. del Alma probaremos. Supuesto lo cual rectamente se sigue que el sujeto de la generación no es la materia prima, como subyace a la forma de corporeidad, porque ninguna forma sustancial así concomita a la materia, que nunca se exuya de ella, sino por esto mismo, que se corrompe una forma sustancial, todos los grados se corrompen, porque todos aquellos son la misma y única entidad de la forma. Luego corrompida la forma la materia no permanece bajo alguna forma o grado de corporeidad para recibir la forma de nuevo engendrada, sino sola y desnuda materia recibe aquella, y la forma presta a la materia todo grado, no solamente el primero y remoto, así como es el grado de corporeidad, sino también el último y específico, y así quita todo grado, que la forma corrompida prestaba.

Acerca de la tercera parte de la conclusión, a saber, que el sujeto de inherencia sea el mismo todo compuesto, tomando la generación no por la misma alteración precedente, que consta recibirse en el compuesto antecedente, que se corrompe, sino tomando la generación por aquella acción sustancial distinta de la alteración, como ahora suponemos distinguirse de lo dicho arriba en el art. 3. De esto mayor es la dificultad incluso entre los tomistas. Varios, en efecto, estiman que el sujeto de inherencia de ella es la misma materia prima, como parece sentir Cayetano en la 3. p. q. 25. art. 1. y otros, a los cuales cita y sigue el Curso Carmelitano aquí disp. 2. q. 5. § 2. Otros, en cambio, con el Mag. Báñez en el 1. de la Generación cap. 4. q. 11. dicen que el todo compuesto es sujeto de inherencia respecto de la misma generación.

Decimos, pues, que supuestos dos principios, uno por nosotros arriba admitido y probado, que la generación es acción distinta de la alteración ni es pura y desnuda resultante, otro abajo por probar y admitir, a saber, que la materia prima inmediatamente y por sí no es capaz de inherencia de accidente, de modo que por la materia se sustente en el ser el mismo accidente, es necesario decir que la generación, en cuanto es acción del predicamento de la acción, no puede tener por sujeto de inherencia sola la materia prima.

De donde el Curso Carmelitano donde arriba § 4. n. 61. confiesa que la generación sustancial tomada por mutación instantánea separadamente de la alteración no es accidente, sino algo sustancial como modo. Rubio en cambio y otros admiten que algún accidente, si es incompleto y como vial, puede estar en la materia, y no en el todo.

Por lo demás nuestra sentencia, que abajo mostraremos, afirma que ningún accidente puede por inherencia sujetarse en la materia como en sujeto quod, sino que debe estar en el todo compuesto. Esto, en cambio, o es el mismo generante o aquello que se corrompe, o aquello que de nuevo se genera. Y ciertamente el generante no es sujeto de la generación, puesto que no es acción inmanente, a menos que quizá se diga sujeto de la acción transeúnte el mismo agente. Pero este resta inquirir el sujeto de la generación, como es pasión; pues en toda sentencia la pasión no está en el agente. Y así resta explicando, si la materia es sujeto de esta generación así aceptada pasivamente o más bien el mismo compuesto. Y luego resta dificultad en la opinión, que la acción esté subjetivamente en el paciente, y no en el agente, cómo la generación inhiere en el agente, puesto que la generación está en el paciente en esta sentencia. Conviene, pues, asignar otro sujeto. Este, en cambio, no puede ser la cosa, que se corrompe, porque en el instante, en el cual es verdadero decir «ahora es generación», es verdadero decir «ahora no es la cosa corrompida», porque deja de ser por el primer no ser. Luego no puede aquella generación, que entonces primero existe, inherir en la misma sustancia corrompida; luego solamente resta que inhiere en la sustancia engendrada.

Cómo, en cambio, el término de la generación pueda ser sujeto, en el cual inhiere, se explica de ello, que el sujeto mudado por la misma generación es la materia prima, que es parte componiente el mismo término, que es el todo. Por lo cual puesto que la acción no inhiere a menos que mediante el término producido o tocado por la acción, con el cual, en efecto, se identifica la acción, y el mismo término total se compone de materia y forma o tiene la materia parte de sí, en lo mismo coincide sujeto y término, porque el término es sustancia, y así no tiene otro sujeto, al cual inhiere la acción a menos que en aquel, que es el término total, con el cual ella misma se identifica. Por lo demás el sujeto de los accidentes siempre debe distinguirse del mismo término, cuando se produce el accidente, por el hecho de que por tal acción no se produce sujeto actual, sino se supone; por la generación sustancial, en cambio, se produce sujeto actual, que es el compuesto. Y aunque se suponga la materia prima, que es principio de recibir incluso los mismos accidentes, sin embargo ni es principio quod recipiente de ellos, sino principio quo, es decir, razón, por la cual el mismo compuesto como sujeto quod tiene recibir accidentes. Ni tampoco es principio de sustentar en el ser los mismos accidentes, porque el principio sustentante en el ser se supone tener existencia, que preste a los accidentes. La materia prima, en cambio, no tiene aquella a menos que por la forma, como en la q. 3. de los Físicos mostramos y arriba en el art. 1.; tiene, sin embargo, la materia ser sujeto respecto de la forma sustancial, porque la forma no se sustenta en la materia presuponiendo ser, sino se recibe para que de ella misma y de la materia se constituya el compuesto, que es el que tiene ser. Y así distingue el D. Tomás entre sujeto y materia en el opúsc. 31. al principio. Puesto, pues, que la generación en cuanto acción es accidente, conviene que por sujeto de inherencia y sustentación tenga el compuesto, y no solamente la materia prima, aunque aquella sea principio quo de recibir y sujeto también de mutación, como se dijo.

Digo segundo: La generación y la creación tanto completa y adecuada, que simplemente se dice creación, como inadecuada e incompleta, que se dice concreación, cual es la producción de la materia prima o la producción de la forma dependiente de la materia, cuando se hace por creación, difieren tanto por parte del término formal, como por parte del modo de producir, aunque en el término total materialmente tomado tanto la generación como la creación completa convengan.

Esta conclusión se toma de la doctrina de S. Tomás en la 1. p. q. 45. art. 2. y 3. y 4. y en la q. 3. de Potentia art. 1. y 2.

Para cuya explicación dos cosas advierte: Primero, que aunque la creación sea única e indivisible acción que alcanza el mismo todo y produce las partes, sin embargo no igualmente se denominan todas crearse, sino al mismo todo conviene crearse como a cosa subsistente y que tiene ser ut quod, a las partes, en cambio, conviene crearse como a principios constituyentes aquel todo y que tienen ser no ut quod, sino ut quo. De aquí nace aquella distinción de la creación, que otra es adecuada y completa; la primera, en efecto, se dice respecto del todo, que se alcanza por la creación, como absolutamente y subsistente que tiene ser. La segunda, en cambio, respecto de las partes, que se alcanzan como que tienen ser en otro y con otro, del cual dependen y al cual subyacen, para que sean, y por ello se dicen crearse. La cual doctrina es del D. Tomás, quien en varios lugares enseña que solamente se crean propiamente las cosas subsistentes o el mismo todo y compuesto, la materia, en cambio, y la forma no propiamente se crean o se hacen, sino se concrean, como es patente en la 1. p. q. 45. art. 4. y q. 44. art. 2. y q. 7. art. 2. ad 3. y en la q. 3. de Potentia art. 1. ad 12.

Segundo, que suponemos, es que tanto la creación como la generación sustancial convienen en esto, que es producir el todo compuesto o hacer cosa subsistente y completa, a la cual por sí conviene ser. Pero difieren, que la generación supone aquellas, de las cuales debe constar este todo, o todas o al menos la materia prima. La generación, en efecto, del hombre ni hace la materia ni la forma, sino ambas conjuga, otras, en cambio, generaciones al menos suponen la materia prima, aunque eduquen y produzcan la forma. En cambio la creación así produce el todo compuesto, que nada supone de aquellas, de las cuales coalesce, sea partes sea todo, sino cualquier entidad que hay en la cosa, hace. Y así la creación es de tal virtud, que de fuerza de su razón formal tiene alcanzar en la cosa creada toda razón de ente, sea materia sea forma, sea potencia sea acto. Por lo cual la generación necesariamente debe suponer la creación, ni pudieron las cosas primero comenzar por movimiento.

En lo cual alucinaron algunos antiguos filósofos y Aristóteles mismo, quienes estimando que no se daba otro modo de producir las cosas que por movimiento y generación incurrieron en aquel inconveniente de la eternidad del mundo no encontrando inicio, por el cual las cosas primero fueron producidas, si todas por movimiento fueron producidas; pues de este modo siempre se suponía algo, del cual se hiciera la mutación o movimiento. Si, en efecto, se produjera algo no suponiendo otro, del cual se hiciera, sin mutación se produciría, porque de nada, y no de sujeto se haría. Para, pues, que no pongamos proceso infinito y eternidad de generaciones en los movimientos, conviene devenir a la producción de la materia no de otro sujeto, sino de nada, y consiguientemente por creación. Y porque la materia no esté sola y sin forma, sino bajo ella y dependiente de ella, así como de hecho fue, cuando en el principio creó Dios el cielo y la tierra, por ello la creación siempre es de subsistentes y compuestos, de la parte, en cambio, es concreación.

De las cuales la conclusión puesta puede constar, y declararse la diferencia entre la creación y la generación tanto por parte del término formal como por parte del modo de proceder. Por parte, en efecto, del término formal, porque la generación solamente tiene por término formal la forma especificante, sea como educida sea como unida, la creación, en cambio, tiene por término formal toda la razón de ente, que se encuentra en el compuesto sea por parte de la forma sea por parte de la materia, y así coincide allí el término adecuado y formal. De donde S. Tomás en la 1. p. q. 45. art. 4. ad 1. explicando aquel axioma del libro de las Causas «la primera de las cosas creadas es el ser» dice que ly esse no importa la sustancia creada, sino importa la propia razón del objeto de la creación. Pues de ello se dice algo creado, porque es ente, no de ello, que es este ente, puesto que la creación es emanación de todo el ser del ente universal. Así, pues, la razón formal o término de la creación no es la forma, que informa y da especie a la naturaleza, sino toda la razón de ente, que se encuentra en tal cosa. Y así por parte del término formal mucho difieren la generación y la creación, puesto que aquello que es total en la generación, es formal en la creación.

Por parte, en cambio, del diverso modo de proceder difieren la generación y la creación tanto por parte del término ad quem, como por parte del término a quo. Por parte, en efecto, del término ad quem, porque la creación hace el mismo todo simplemente produciendo todas las cosas, que en él están; la generación, en cambio, hace el todo uniendo las partes, no produciendo, o al menos no todas, porque presupone la materia. Por parte del término a quo porque la creación es de pura negación o de nada, porque ningún sujeto supone, la generación, en cambio, de privación, porque supone sujeto carente de forma.

Si la creación es de la misma razón en los simples y en los compuestos

De las cuales se deduce que la creación es de la misma razón, sea cuando produce entidad simple como el ángel, sea cuando produce compuesta como el cielo o la tierra.

Cuyo opuesto siente el P. Vázquez en la 1. p. 2. tom. disp. 174. cap. 4. n. 17. y otros, que lo siguen. Quien dice primero que la creación no solamente es de subsistentes simplemente y totalmente, sino que basta que sea producción de algo, que por su propia naturaleza puede subsistir, y no inerse a otro sino depender así como el alma racional.

Segundo añade que en cualquier cosa compuesta hay singulares producciones de singulares partes y otra del todo, porque de la composición se confla. Tal, en cambio, compuesto según aquella razón, por la cual se distingue de las partes, no puede crearse, porque su ser es de algo, a saber, de las partes, que por prioridad de naturaleza preceden, luego no es de nada, así como se requiere para la creación. Que, en efecto, nada preceda en tiempo, de ningún modo se requiere, como es patente, si las cosas de eterno se crearan; por verdadera, en efecto, creación se harían, y sin embargo no habría precedido en tiempo nada.

Añade tercero que la materia se crea por verdadera y propia creación, porque de nada se hace, y aunque dependa de la forma, no sin embargo según su entidad, de otro modo mudada la forma se mudaría en ser y entidad, es más, que cualquier agente que introduce forma en la materia haría aquella existir, porque el que produce la forma no solamente hace aquella ser, sino también que por ella tenga ser; lo mismo, en efecto, es producir la forma y el efecto formal de ella. Y luego si Dios conserva la materia mediante la forma como principio, y la materia es de ella, no se creará por Dios, cuantas veces se produce como conjunta a la forma; y así ningún compuesto se haría por creación excepto el hombre, porque todo otro según aquello propiamente se produce por la primera forma no se educa de la materia, según la razón de compuesto es de partes, no de nada, según la materia es de la forma, puesto que se hace dependiente de ella. Finalmente la creación de la materia asimila a la creación del alma racional, porque aquella naturalmente se hace con conjunción a la forma, esta naturalmente con infusión a la materia, aunque de potencia absoluta cada uno separadamente pueda hacerse.

Sin embargo ha de decirse: En la creación, por la cual se crean las cosas compuestas, no importarse varias acciones, por las cuales parcialmente se crean las singulares partes, y otra, que de las partes produzca el todo, sino por única acción producirse el todo y las partes, y así ser de la misma razón la creación de la cosa simple total y de la cosa compuesta, porque en ambas se intenta el ente en cuanto ente, materialmente, en cambio, se tiene que se componga de partes o no.

De donde S. Tomás perpetuamente excluye de la propiedad de la creación la materia y la forma y las partes, las cuales solamente dice concrearse, el mismo todo, en cambio, subsistente propiamente crearse, como puede verse en la q. 3. de Potentia art. 1. ad 12. y en la 1. p. q. 7. art. 2. ad 3., donde expresamente afirma que la materia y la forma propiamente no se hacen ni se crean, sino se concrean. Especialmente, en cambio, hablando de la materia, que Vázquez dice crearse, el compuesto, en cambio, no, diametralmente se opone a él el Divino Tomás, quien en la 1. p. q. 44. art. 2. poniendo aquel argumento, que la materia no se crea, porque no tiene ser en acto, por la creación, en cambio, solamente se hace ente en acto, responde que el argumento prueba que la materia no se crea sola, sino bajo la forma, por el hecho de que también aquello que se tiene por parte de la potencia en la criatura, es de Dios. De nuevo, en cambio, en la q. 45. art. 4. poniendo el argumento opuesto, a saber, que aquello propiamente se produce por la primera emanación, que se supone en la segunda, pero lo que se supone por la generación, es la materia, luego la materia propiamente se crea, y no el compuesto, lo cual ciertamente es el fundamento de Vázquez. Responde S. Tomás con la misma solución, con la cual al argumento antes puesto, «a saber, que aquella razón no prueba que sola la materia se crea, sino que la materia no sea a menos que de creación; pues la creación es producción de todo el ser, y no solamente de la materia». Siente, pues, S. Tomás que aquel ser del todo, como se distingue de la razón de materia parcialmente tomada, termina la creación; y así es falso decir que el compuesto no puede crearse, sino solamente aquella parte, que no es de otro, así como es la materia.

El fundamento, en cambio, de esto, del cual también se abre la decepción de la sentencia opuesta, está en esto, porque a la creación concurren dos cosas: Una por parte del modo de producir, a saber, que no se haga de otro presupuesto, sino de nada; otra por parte del término producido, a saber, que se produzca toda la razón de ente o el todo e íntegro ser de alguna cosa. De donde necesariamente exige que no se haga el ser de la cosa por transmutación de la parte y conjunción de ellas en uno; esto, en efecto, propiamente pertenece a la generación. No excluye, sin embargo, la creación que haga algo de sus partes, de modo que preste al mismo todo todos sus constitutivos y partes, aunque no presuponga alguna, para que de la transmutación de aquella pervenga al mismo todo.

Y en esto mucho equivoca y claudica el fundamento de Vázquez, mientras confunde hacerse de algo como de parte constituyente solamente o hacerse de algo como de principio de transmutación, que es principio del mismo hacerse. Que, en efecto, se haga algo como constante de algo como de parte o predicado constituyente de sí, no quita que se haga simplemente de nada, si de otro modo ningún principio presupone, por cuya transmutación se haga; esto, en efecto, es lo que solamente se opone a la misma creación, como es de nada.

Cuya razón es manifiesta, porque en la creación hacerse de nada se tiene por parte del término a quo, en el compuesto, en cambio, constar de partes y ser de ellas como de constituyentes se tiene solamente por parte del término ad quem, puesto que pertenecen al constitutivo de tal término. Luego esto, que es ser de algo como de parte constituyente, no se opone a esto, que es ser de nada simplemente como de término a quo, luego ni se opone a la misma creación, porque la creación se salva en esto precisamente, que sea de nada como de término a quo, y consiguientemente no que presuponga algo como sujeto transmutado. Si, en cambio, el sujeto mismo se haga, como es parte constitutiva del todo, más se hace el mismo todo que la parte, puesto que no de presuposición de la parte como que ha de transmutarse para esto, que se haga el todo, sino sin tal transmutación el mismo todo se hace. Si, en cambio, no presupone la parte, para que de su transmutación se haga el todo, sino solamente hace la parte como constituyente del todo, ciertamente por el mismo todo hace la parte y como algo menor que el mismo todo la hace, luego principalmente mira el todo y menos principalmente la parte, luego directamente por creación se hace el mismo compuesto, no en cambio la parte, que es la materia, sino esta se concrea como menos principal a la creación del todo, al cual directamente conviene ser como a cosa subsistente ut quod y consiguientemente crearse ut quod, porque la creación directamente mira el ser. Así, pues, hacerse de algo como de parte constituyente y perteneciente al ser de la cosa, no quita la creación ni constituye la generación, sino hacerse de algo como de principio presupuesto, por cuya transmutación se haga la misma cosa, esto constituye la generación, porque la generación es transmutación.

Dirás: S. Tomás en la 2. dist. 1. q. 1. art. 3. dice «que el ser es por creación, y las otras perfecciones superaditas por información, y en los compuestos principalmente aquel ser de la primera parte, a saber, de la materia». Luego presupone S. Tomás que la creación primero y directamente se termina a la materia y a ella conviene ser. Se responde que aquel ser de la primera parte, a saber, de la materia, es ser de potencia, y se dice principalmente ser por creación por aquella parte, por la cual no presupone algún sujeto, del cual se haga, no por aquella parte, por la cual tenga ser absolutamente y simplemente; esto, en efecto, no lo tiene a menos que dependientemente de la forma, y por esta razón se dice concrearse, como de los lugares del D. Tomás consta, a saber, en razón del ser habido por la forma, no absolutamente en sí.

A las instancias aducidas por el P. Vázquez se responde a aquello que dice que el compuesto se hace de algo, a saber, de las partes, y así no se hace de nada, ya respondimos que no se hace de algo como de principio de transmutación, sino de algo como intrínsecamente constituyente, lo cual no quita la creación, ni el compuesto hacerse de nada como de término a quo, puesto que la parte constituyente solamente se tiene por parte del término ad quem.

A las instancias, que aduce para probar que la materia se crea primero y por sí, se responde que la materia se hace de nada no como que tiene ser, sino como parte en potencia a la forma de la cosa que tiene ser. No es, en cambio, inconveniente que la materia se mude en el ser actual, así como se muda en la información transitando de privación a acto y de una forma a otra, y consiguientemente de un ser a otro, lo cual no es corromperse a menos que por accidente y cuanto a la sucesión en el ser, no cuanto a la total desición, porque la misma entidad de la materia es capaz de existir por cualquier forma de estas, que puede recibir. De donde ser ahora bajo una forma, ahora bajo otra no es totalmente dejar de ser y perder el ser, sino transmutar aquel dejando un modo inadecuado de ser y adquiriendo otro dentro de la esfera de sus formas, de las cuales tiene ser, así como si mi humanidad ahora se asumiera por persona divina, recibiría otro ser y subsistir, no sin embargo se corrompería, porque así exuiría el propio ser, que se subroga otro en lugar de aquel. Y en una palabra: perder el ser adecuadamente y totalmente es corromperse, perder el ser inadecuadamente y con subrogación y sucesión de otro, no es dejar de ser ni corromperse. Ni de modo semejante el generante, que induce la forma en la materia, se dice producir o generar la materia, aunque haga aquella existir. No, en efecto, hace la materia cuanto a su entidad potencial, que es la propia entidad de la materia, ni de algún sujeto educa, así como se requiere para la generación, sino educiendo la forma de ella transmuta su ser, y así no hace aquella absolutamente existir, por el hecho de que la entidad de la materia no está limitada al ser de una forma, sino es capaz de tener ser bajo cualquier forma. Y por ello el que transmuta las formas en la materia no da a la materia ser absolutamente, sino transmutativamente de una forma a otra, así como el existente en el lugar, cuanto se mudan las superficies, se dice permanecer en el mismo lugar, porque tiene el mismo efecto de existir en el lugar proveniente de diversas superficies sucesivamente, de las cuales una se subroga a la otra en el locar. Y el animal se dice tener el mismo cuerpo, aunque diversas partes sucedan, porque bajo la misma forma y disposición y orden suceden. Así aunque a la materia sucedan diversos seres inadecuadamente de diversas formas, porque sin embargo suceden en orden a conservar la misma entidad potencial de la materia, que es capaz de todas las formas, por ello permanece la misma entidad de la materia bajo diversa sucesión de existencia y ser de las formas, y por ello el generante tales formas, aunque comunique a la materia el efecto formal y el ser de la forma, no sin embargo se dice corromper o generar la materia, porque no primero y adecuadamente da ser, sino conserva su entidad en sucesión de diverso ser; así como al contrario, quien diversas partes de materia sucesivamente aggenera al animal, aunque diverso cuerpo materialmente atribuya, no sin embargo se dice generar aquel, sino bajo el mismo cuerpo conservar. Ni sin embargo porque la materia se hace por Dios bajo la forma, se dice hacerse de ella como de sujeto, sino dependientemente de ella como de acto. Por lo cual de ningún modo puede la creación de la materia asimilarse a la creación del alma racional, porque el alma se hace como que tiene en sí ser y subsistente independiente de la materia, aunque comunicablemente a la materia, y porque comunicablemente, no supositalmente, la materia, en cambio, no se hace como que tiene ser independiente de la forma, sino como recipiente de la forma.

A la razón de dudar desde el principio para probar que el sujeto de la generación, cuanto a la inherencia, no sea la cosa generada, se responde de lo dicho, que el sujeto de mutación no es sujeto de inherencia bajo la misma formalidad y razón. Es, en efecto, sujeto de mutación, en cuanto está en potencia a alguna forma, es, en cambio, de inherencia, no solamente como recibe, sino como está en acto dando ser y sustentando en el ser la forma inherente. De donde puesto que en razón de la materia la sustancia está en potencia a las formas sustanciales, en razón del todo tiene existencia, de modo que la misma materia según sí no la tiene, sino en cuanto en el todo, de allí se hace que en razón de sí la materia sea sujeto de mutación, no en cambio sea sujeto de inherencia a menos que mediante el todo, en el cual solamente se tiene la existencia y la razón de sustentar en el ser, como diremos abajo en la q. 9. Esto, en cambio, no es la cosa, que se corrompe, porque deja de ser, luego la cosa, que se genera.

Pero instarás: Pues el sujeto de la forma educida o unida no solamente cuanto a la mutación, sino también cuanto a la información es la materia, no el compuesto, luego también el sujeto de la educación o generación.

El antecedente es cierto, porque aquello que es informable por la forma sustancial, no es sino la materia prima; aquello, en cambio, se dice sujeto de la forma, que es informable por ella. La consecuencia se tiene, porque la acción se identifica con el término; luego lo que es sujeto del término o forma, será sujeto de la acción a ella.

Se confirma, porque en otros movimientos en aquel sujeto está la acción, donde está el término, porque el sujeto, en el cual inhiere la mutación, debe ser común a ambos términos de la mutación. Luego puesto que el sujeto de ambos términos o forma, que se genera, es la materia prima (ella, en efecto, recibe ambas formas), aquella también debe ser sujeto de la generación cuanto a la inherencia.

Finalmente hacen a esto las autoridades de S. Tomás como en el 1. de la Generación lect. 10. y en el 8. de la Metafísica lect. 1. y en la 1. p. q. 45. art. 2. ad 2. y en la q. 3. de Potentia art. 3. ad 4. y en la 2. dist. 12. q. 1. art. 1. ad 2. Donde perpetuamente asigna por sujeto propio susceptible de generación y corrupción la materia prima.

Se responde negando la consecuencia cuanto al sujeto de inherencia. Y a la prueba se responde que la acción se identifica con la forma, distingo: inadecuadamente como con término formal, concedo; adecuadamente y como con término total, niego.

Así, pues, puede retorcerse el argumento. Pues la generación se identifica con el término total, el término total es el compuesto, luego la generación está en el compuesto, y no en sola la materia, y así el sujeto de inherencia no será sujeto de la forma, con la cual se identifica la generación como con término formal solamente. Sino que el sujeto de la generación cuanto a la sustentación en el ser será el mismo todo, al cual directamente conviene ser sustentativo; la materia prima, en cambio, será sujeto quo de recibir, no sujeto quod de sustentar.

A la confirmación se responde que en otras mutaciones el sujeto, que se muda, es el mismo compuesto o ente completo en acto, por el hecho de que aquellas mutaciones son a accidentes, y por ello lo mismo es sujeto de inherencia y de mutación. Lo cual de otro modo acontece en la generación sustancial, que es a forma sustancial, donde no puede asignarse sujeto de inherencia y de mutación bajo la misma formalidad, sino que el sujeto de inherencia es el mismo todo, según que induce ser subsistente y sustentante, es, en cambio, sujeto de mutación en razón de la materia, cuya potencialidad se muda a la forma. Ni conviene que permanezca a ambas formas o término sujeto común de inherencia. Basta que permanezca sujeto común de mutación, aunque la acción inhiere en el compuesto, en el cual está tal sujeto de mutación, porque la materia prima no es suficiente para sustentar accidentes, a menos que dependientemente del todo como sujeto quod; esto, en efecto, es inherir a aquel, como más ampliamente diremos en la q. 9.

A las autoridades del D. Tomás se responde hablar del sujeto de la generación, como es mutación, no del sujeto de inherencia excluyendo el compuesto. Es más, expresamente en el lugar citado de la q. 3. de Potentia art. 3. ad 4. enseña que la generación según la razón de mutación está en la materia prima, según, en cambio, la relación está en el compuesto, como arriba relatamos.

Articulus VI: Si en la generación sustancial se hace resolución de toda forma hasta la materia prima

Articulus VII: Cómo la última disposición se causa, o causa la generación sustancial

Quaestio II: De la corrupción

Articulus I: Cómo difiere la corrupción en razón de mutación de la generación y de la aniquilación

Articulus II: Si la corrupción y la generación son la misma acción, en razón de la cual la generación de uno es corrupción de otro

Articulus III: Si la corrupción es natural y por sí intentada por la naturaleza

Quaestio III: De la alteración en común

Articulus I: Qué es la alteración y cuántupla

Articulus II: A qué especies de cualidad se da por sí la alteración

Articulus III: Si la alteración es un solo movimiento y continuo

Quaestio IV: De la intensión y remisión

Articulus I: Qué es la intensión y remisión, y en qué formas se encuentra

Articulus II: Si la intensión se hace por adición de grado a grado o por mayor radicación en el sujeto

Articulus III: Se expiden los argumentos contra la sentencia propuesta

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