Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO
Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA
Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE
Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE
Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE
Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO
Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE
Quaestio IX: DEL INDIVIDUO
Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE
Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO
Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE
Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA
Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS
Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE
Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN
Quaestio XI: DEL PROPIO
Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES
Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME
Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE
Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO
Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES
Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS
Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS
Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES
Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS
Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS
Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES
Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS
Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO
Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS
Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO
Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS
Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS
Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL
Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL
Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA
Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA
Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO
Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA
Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD
Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD
Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD
Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD
Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD
Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN
Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS
Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL
Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES
Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO
Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO
Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN
Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN
Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD
Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES
Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES
Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS
Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS
CUATRO SENTENCIAS HAY acerca de la razón quiditativa de estos predicamentos, advierte Cayetano super hoc caput de Sex ultimis praedicamentis. Algunos dijeron que estos predicamentos significan algo absoluto con respecto, v. g. el dónde significa el lugar con respecto al ubicado. Otros dicen que consisten tan solo en la denominación extrínseca, como del lugar se denomina el ubicado; y favorece D. Tomás in 3. Phys. lect. 5.1 Otros dicen que consisten tan solo en el respecto. Pero porque la relación es otro predicamento distinto de estos, se dividen al explicar cómo estos predicamentos se distinguen de aquel de la relación. Y algunos dicen que el predicamento de la relación se funda sobre cosas absolutas, tanto espirituales como corporales; estos predicamentos, empero, se fundan sobre modos respectivos y tan solo corporales. Otros distinguen las relaciones en advenientes intrínsecamente o extrínsecamente, y llaman primeras a aquellas que, puestos los extremos en acto, necesariamente consurgen, y estas atañen al predicamento de la relación. Segundas dicen las que, puestos los extremos en acto, no resultan al instante, y en estas ponen los seis últimos predicamentos. V. g. puesto el generante y el engendrado resulta la relación de padre y de hijo; puesto, con todo, el agente y el paciente, también aproximados, no resulta necesariamente la acción, como en los agentes contingentes o libres.
PARA LA RESOLUCIÓN ha de distinguirse el denominante extrínseco de doble modo: Uno, que por sí mismo inmediatamente denomina sin alguna mudanza, como de la visión se denomina la cosa vista. Otro, que denomina mediante alguna aplicación y modo suyo a otro, de la cual mudanza o aplicación necesariamente algo casi mudado se deja en aquel a quien adyace o de quien depende, lo cual algunos explican por respecto, otros por modo. En verdad, en efecto, aquel modo o mudanza no es algo absoluto del todo de lo extrínseco, sino dependiente de aquello, aunque no sea a aquello como a término, pues esto es propio de la relación según el ser; y así el denominante principal es la forma misma extrínseca casi originativamente, pero aplicativamente es aquel modo por el que se aplica a informar. De donde proviene que a veces los autores atribuyan esta denominación a la forma extrínseca, a veces al modo mismo dejado de su adyacencia, como a veces el hábito se dice la vestimenta misma extrínseca, a veces algo medio entre la vestimenta y el vestido, como infra veremos.
SEA, ERGO, LA CONCLUSIÓN: Los seis últimos predicamentos no consisten en la denominación extrínseca ni en la relación según el ser, aunque se digan advenir extrínsecamente, sino en el modo dejado de la aplicación extrínseca, del cual depende en el denominar.
Esta conclusión es de varios autores y se toma de D. Tomás, ya in opusc. 48. cap. unico de Sex praedicamentis2, donde niega que estos predicamentos consistan en el respecto, de otro modo serían del predicamento de la relación, ya porque in 5. Metaph. lect. 15.3 dice que estos últimos predicamentos están determinados a algún género de cosas naturales, y lect. 17.4 añade que son algo consecuto de la relación más bien que relación causante. De donde se infiere que ni en la relación los constituye ni en la denominación puramente extrínseca, porque esta no es género de cosas naturales. Especialmente, empero, del hábito enseña que es medio entre la vestimenta y el vestido, 1. 2. q. 49. art. 1. y 5. Metaph. lect. 20.5 ex Philosopho.6 Ergo si es medio, y no relación, ni denominación puramente extrínseca, resta que sea algún modo dejado. Lo mismo insinúa del dónde y del cuándo in 4. dist. 16. q. 3. art. 1. quaestiunc. 1.7 tratando de las circunstancias. De la acción, empero, y de la pasión, cómo diga algo en el agente y en el paciente, diremos más ampliamente in 3. Phys.8 Deo dante.
LA RAZÓN DE ESTO CUANTO A LA PRIMERA PARTE, que no sean denominación extrínseca pura, se toma de que tal denominación extrínseca, en cuanto extrínsecamente toca las cosas denominadas, no dice alguna naturaleza real, pues en aquellas nada pone; en cuanto, empero, se tiene de parte de la forma denominante, que en el sujeto es intrínseca, ya se supone estar en su predicamento, como la visión, en cuanto es acto del ojo, tiene su predicamento, v. g. de la cualidad. Ergo no puede ponerse de nuevo en otro predicamento por razón de la denominación extrínseca, ya porque aquella denominación en cuanto extrínseca no añade nueva naturaleza real, ergo tampoco nueva razón de ponerse en otro predicamento; ya por último porque la forma misma y la información no dicen dos predicamentos. Ergo mucho menos por razón de la información o denominación extrínseca, que es mucho menor, pues ninguna realidad añade sobre la forma.
CUANTO A LA SEGUNDA PARTE de la relación según el ser también adveniente extrínsecamente se prueba primero, porque que la relación advenga extrínseca o intrínsecamente y resulte necesariamente puestos los extremos o no resulte, no varía la razón esencial de la relación, porque nada muda de su definición, que solo consiste en esto, que todo su ser sea a otro; esto, empero, se salva en una y otra relación. Ergo no hay por qué esta segunda, si es verdadera relación y le conviene esta definición, se excluya del predicamento de la relación. Si, empero, no se salva esta definición en aquella, no será relación según el ser, sino según el decir.
Segundo, porque es falso que, puestos el fundamento y el término en estas relaciones extrínsecas, si el fundamento próximo está, no resulte al instante la relación. La razón, en efecto, de fundar la acción y la pasión no es sola la posición de la cosa que es agente y de la cosa que es paciente y la aplicación de uno y otro, sino que ultra esto se requiere la posición del efecto. De aquel, en efecto, se denomina el agente, y del cuerpo no de cualquier modo, sino circunscribiente, se denomina el dónde, y de la vestimenta como circundante se denomina el vestido. Puesta, empero, la circunscripción, necesariamente se sigue el dónde, y puesto el efecto necesariamente se sigue la denominación de la acción, no menos que puesto el doble blanco se sigue la relación de semejanza, porque no solo se ponen los extremos, sino también el fundamento próximo, que es la conveniencia; remoto, empero, el fundamento próximo, por más que se pongan los extremos, tampoco resulta la relación. Y por eso no vale la respuesta de los autores de la sentencia opuesta, que puesto uno y otro extremo referible en las relaciones intrínsecas, v. g. el doble blanco, no puede impedirse la relación, puesto empero uno y otro extremo en las relaciones extrínsecas, v. g. el agente y el paciente, no se sigue al instante la relación. En esto, en efecto, no hay comparación igual, porque cuando se pone el doble blanco se ponen los extremos remotos y próximos de la relación; pues se pone también la identidad o conveniencia, que es el fundamento próximo. El agente y el paciente, empero, también aplicados, solo son extremos remotos. La razón próxima, en efecto, de denominar agente es la posición del efecto (sin este, en efecto, no se da término y consecuentemente ni acción), no sola la aplicación del paciente; puesto, empero, el efecto, no es impedible aquella denominación.
Que, empero, no sean formalmente relaciones estos predicamentos, sino aquellos modos dejados de alguna adyacencia de la cosa extrínseca, es patente, porque ninguno de ellos consiste formalmente en el ad como ad. Pues la acción es de otro como emanación, la pasión en alguno como inmutación, el dónde en el lugar absolutamente, el sitio en la disposición de las partes, el cuándo en el tiempo, el hábito en el estar vestido por la adyacencia de la vestimenta. Ninguno, ergo, formalmente mira un puro término en razón de ad, lo cual esencialmente pide la relación, ya advenga intrínseca ya extrínsecamente, sino que solo de algún extrínseco depende en el denominar, por razón de lo cual no son modos del todo absolutos, aunque del término estén absolutos.
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.
Primero se argumenta de la autoridad de Divi Thomae 3. Phys. lect. 5.9, donde afirma que estos últimos seis predicamentos se toman del modo de predicar extrínseco, y así prosigue allí mostrando que son denominaciones extrínsecas. Y del mismo modo habla 5. Metaph. lect. 9.10 en la colección de los predicamentos. Similarmente enseña que el movimiento local se termina a algo extrínseco, a saber al lugar, ut 1. p. q. 110. art. 3. Ergo contra D. Tomás se niega que sean denominaciones extrínsecas.
Se confirma, porque aquello que formalmente denomina en estos predicamentos es algo extrínseco, aunque su aplicación ponga algún modo extrínseco, no que sea forma, sino que sea aplicación de la forma; de otro modo no se salva D. Tomás cuando dice que estos no denominan intrínsecamente, ni se adquiere algo intrínseco, cuando el lugar en el dónde y el tiempo en el cuándo concurren a estas denominaciones no efectivamente ni en otro género de causa que el formal. Ergo simpliciter es denominación extrínseca, porque que sea extrínseca no ha de tomarse de la aplicación, sino de la forma.
SE RESPONDE que D. Tomás habla según la distinción supra11 puesta de aquello que extrínsecamente denomina mediante algún modo o inmutación intrínseca, no puramente extrínsecamente, como dijimos que denominan estos predicamentos. Y similarmente enseña que el movimiento local adquiere algo extrínseco, a diferencia del movimiento de alteración y de aumentación, que producen alguna forma que denomina puramente intrínsecamente; el movimiento local, empero, adquiere el lugar, que sin lo extrínseco no se inteligie ni denomina, aunque deje un dónde intrínseco.
Y a la confirmación se responde que la forma denominante no es solo la forma extrínseca en cuanto extrínsecamente permanece, sino en cuanto deja de su adyacencia exterior alguna mudanza en la cosa, que no es sola aplicación y condición, sino razón de denominar con orden y dependencia esencial de lo extrínseco que concurre a la denominación misma. Así, si la forma mediante inherencia informa, resulta forma intrínseca en razón de informar. Si mediante algún modo que no sea inherencia, sino mudanza dejada de la adyacencia, es forma que no denomina puramente intrínsecamente ni tampoco puramente extrínsecamente, sino cosa extrínseca mediante inmutación intrínseca, que es la razón denominante. Si, empero, denomina, sublata toda inherencia y modo de inmutar, es denominación puramente extrínseca, como la visión denomina la cosa vista.
Segundo se argumenta: Estos seis últimos predicamentos, cuanto a la razón intrínseca de sí, dicen respecto a algo extrínseco como existente, de modo que ablata su existencia se quita la denominación, como ablato el efecto se quita la acción y ablato el lugar y el vestido se quita el dónde y el hábito. Ergo no son relaciones transcendentales, porque dependen de la existencia del término, ni cosas del todo absolutas, porque dependen de algún extrínseco.
Se confirma: Pues si son entidades absolutas, necesariamente tienen ser por acción cuando de nuevo se hacen, y así a la acción se daría acción. Es más, no sería asignable el sujeto de la acción y de la pasión, porque si la acción estuviera en el agente, se mudaría el agente según forma absoluta para obrar y el paciente no podría padecer inmediatamente de la forma, v. g. de la cualidad o de la cantidad, sino que padecería inmediatamente de aquella forma absoluta que es la pasión.
SE RESPONDE que estos predicamentos dependen de algún extrínseco existente, no como de término, como la relación según el ser, sino como de principio y forma de la que se origina o acerca de la cual versa la denominación. Y este respecto es según el decir o transcendental, porque, aunque dependa de la existencia de aquel extrínseco para que denominando exista en acto, con todo, porque esencialmente y per se de tal extrínseco depende, como el dónde del lugar, la acción del efecto etc., por eso se dice aquella relación transcendental y según el decir. La relación según el ser, empero, no consiste solo en esto, que penda de la existencia del término para existir en acto, lo cual a otros es común, sino que sea a aquel solo como a puro término.
A la confirmación se responde que no es necesario que a toda entidad absoluta se dé per se acción cuando o es la acción misma o algún modo o razón esencialmente conexa o consecuta a algo anterior, como la subsistencia, la unión y otros modos, es más también las pasiones propias. Y con todo al dónde se da per se el movimiento local en estos predicamentos. En la opinión, empero, de Escoto, que pone que a las relaciones extrínsecas, que son estos predicamentos, se da per se acción, manifiestamente se sigue que o a la acción se da per se acción, o la acción no es relación adveniente extrínsecamente, o tal relación no requiere acción ultra la posición del fundamento y del término.
A la última parte del argumento, del sujeto de la acción, remitimos a 3. Phys. para tratar aquella dificultad, si esté en el paciente o en el agente12; y para lo presente solo decimos que, como la denominación de este predicamento de la acción se toma del efecto producido como de algo extrínseco, ut D. Thomas docet in 3. Phys. lect. 5.13 y opusc. 48. tract. de Actione14 y se verá en el art. sig., no es difícil inteligir que el efecto denomina al agente mediante la egresión misma, que deja al agente mismo determinado y aplicado no a obrar por modo de virtud, sino agente en acto segundo; como el lugar mediante el dónde deja al ubicado sujeto a sí, y similarmente la pasión es el modo por el que la forma misma inherente, como procediendo del agente, inmuta al paciente no mediante otra forma, sino mediante otro modo de la forma. Y así la cantidad o la cualidad en razón de forma se reciben inmediatamente, aunque consecute algo en razón de modo.