Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.


Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica

Prooemium I: PROEMIO

Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA

Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS

Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE

Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA

Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE

Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE

Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN

Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN

Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ

Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA

Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN

Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA

Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL

Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO

Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO

Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS

Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»

Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN

Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN

Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES

Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES

Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES

Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA

Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA

Quaestio VII: DEL GÉNERO

Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA

Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO

Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA

Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE

Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE

Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE

Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO

Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE

Quaestio IX: DEL INDIVIDUO

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE

Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO

Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE

Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA

Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS

Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE

Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN

Quaestio XI: DEL PROPIO

Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES

Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME

Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO

Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES

Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS

Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES

Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS

Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS

Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES

Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO

Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO

Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS

Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA

Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO

Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA

Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD

Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD

Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD

Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD

Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN

Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL

Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES

Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO

Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO

Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN

Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN

Estas propiedades en esto tienen dificultad, porque en los relativos se da dependencia de la relación respecto del término, e igualmente uno por el otro se define. Ergo más bien se da prioridad que simultaneidad, si en verdad donde hay dependencia, allí se da prioridad de naturaleza.

Para que se resuelva esta dificultad HA DE SUPONERSE aquello que advierte el Mag. Soto in cap. Ad aliquid acerca del texto 5. e in cap. de Modis simul, que dos cosas se requieren para que algo sea simultáneo. Primera, que uno no sea causa del otro. Segunda, que mutuamente se infieran. Pues si uno es causa del otro, por esto mismo no son simultáneos, sino que uno es anterior al otro. Y por esto mismo de que son simultáneos, uno no está sin el otro y así mutuamente se infieren. Igualmente también ser simultáneos por cognición, según el Filósofo in cap. de Ad aliquid y D. Tomás opusc. 48. tract. de Relatione cap. 5. consiste en esto, que quien conoce uno necesariamente debe conocer también el otro, porque el ser de un relativo todo es a otro. Donde no se requiere que uno se defina por el otro como por causa, sino al otro como a término, y así el término no especifica causativamente, sino puramente terminativamente, como supra dijimos.

DIGO ERGO PRIMERO: Que la primera propiedad se inteligie de los relativos formalmente, en cuanto son relativos y según que están en el ejercicio de mirar, como advierte Cayetano sobre este cap. de Relatione y significa D. Tomás 1. p. q. 13. art. 7. ad 6., donde dice «que para conocer si los relativos son simultáneos por naturaleza o no, no es preciso considerar el orden de las cosas de las que se dicen, sino las significaciones de los relativos mismos. Si, en efecto, uno cierra en su intelecto al otro y al contrario, entonces son simultáneos por naturaleza, como el duplo y el subduplo, el padre y el hijo». Así, pues, en las cosas mismas que fundan la relación no es necesario que se dé simultaneidad; antes a menudo se funda la relación en la causa y el efecto, y así el padre es anterior al hijo en el causar, en el mirar empero es simultáneo.

Y LA RAZÓN ES que en la razón misma de mirar y en la formalidad del relativo no tienen causalidad, porque una relación no causa a la otra, sino que cualquiera se causa de su fundamento, y tienen conexión, porque uno no puede ser sin el otro; ergo son simultáneos por naturaleza.

PERO DIRÁS: Un relativo especifica al otro, como es término de aquel. Pero lo especificante es anterior a lo especificado, como es causa de aquel; ergo no es simultáneo. Segundo, en los relativos del tercer género solo hay relativo de razón, como no son relativos mutuos; la relación, empero, de razón no es simultánea con su correlativo, como pende de la cognición, no empero del solo fundamento y término. Ergo esta propiedad no es de cuarto modo respecto de toda relación predicamental. Por último, también los relativos de razón son simultáneos, como el género y la especie; ergo conviene a otros que a los relativos predicamentales esta propiedad.

Al primero se responde que el término como formalmente opuesto y correlativo no especifica primeramente y per se la relación, sino que más bien se especifica a aquel que de aquel, como supra dijimos. Concurren, en efecto, el fundamento como especificante por modo de principio y de causa, con orden con todo al término, en el que se completa y termina la especificación.

Al segundo se responde que en las relaciones no mutuas no se halla esta propiedad, sino fundamentalmente próximamente, porque no se halla allí formalmente el término, como supra dijimos, en cuanto opuesto y correlativo, sino porque el otro extremo recibe denominación extrínseca de la relación del otro a sí, y se dice fundamentalmente próximamente terminar, no formalmente; y así el término es simultáneo por naturaleza con la relación que es a aquel. Por lo cual lo scible no es simultáneo con la ciencia, ni por razón de la relación transcendental, porque como tal es objeto especificante y causa, ni por razón de la relación de razón, que es posterior, sino por razón del fundamento próximo terminante, por razón del cual se acepta como que termina la relación predicamental de aquel modo en que puede terminar. Y así es verdaderísima la regla de D. Tomás supra puesta, que para que los relativos sean simultáneos por naturaleza ha de atenderse a las significaciones de aquellos. Si, ergo, se considerara lo scible como objeto de la ciencia, así no cierra en su intelecto la relación de ciencia, ni es simultáneo por naturaleza con aquella, porque así se significa según el respecto transcendental de la ciencia. Si, empero, se considera no como objeto, sino como que termina la relación predicamental de la ciencia, al menos fundamentalmente próximamente, así se significa como correlativo al menos extrínsecamente y consiguientemente como simultáneo por naturaleza.

Al último se dice que los relativos de razón no son simultáneos por naturaleza, porque no tienen ser, sino solo ser conocidos, y por eso no más son simultáneos por naturaleza que las cogniciones mismas de las que resultan.

DIGO SEGUNDO: La otra propiedad, a saber que los relativos son simultáneos por cognición, se inteligie de los relativos formalmente según el ejercicio de mirar, no según las cosas que materialmente son relativas, ni según que la relación se considera como informante, sino como que mira.

La RAZÓN de esta conclusión es que lo material y fundamental en la relación puede conocerse como anterior a su término, como puede ser causa de aquel o especificativo u objeto de aquel. Y así aunque no pueda definirse sin aquel, con todo no es simultáneo por cognición, porque más bien es causa de conocer y de explicar aquello, como es definiente. Solo, empero, los relativos, en cuanto correlativamente se tienen y ejercen oposición, tienen simultaneidad, porque tienen conexión de respecto y de puro término y no causalidad. Que si la relación misma se considera en fuerza de forma y in actu signato, esto es según que ejerce el oficio de informar en el sujeto, no según el oficio de mirar al término, así no es necesario que sea simultánea por cognición con su correlativo, porque así reviste el modo de inherente, que es común al relativo y al absoluto; de donde según esto no es necesario conocerse simultáneamente con el término o correlativo, sino entonces cuando se conoce según aquello que es propio del relativo, a saber según que ejerce el oficio de mirar. Y así en lo divino cuando concebimos la relación de paternidad como subsistente y constituyente de la persona, no es necesario que concibamos que se termina al hijo, sino que como principio del hijo subsiste.

De lo cual se sigue primero que los relativos son simultáneos por cognición tanto cuanto a la quididad cuanto a la existencia. Cuanto a la quididad, porque la razón propia y quiditativa del relativo es a otro y consiguientemente de los principios esenciales pide conexión con otro, y no causalidad, sino terminación, lo cual es tenerse simultáneamente. Cuanto a la existencia, porque no puede en la cosa darse relativo sin término y correlativo; pide, en efecto, la relación real término realmente existente, como a menudo se ha dicho.

Se sigue segundo que aunque a veces en la definición de los relativos se ponga el fundamento, como cuando se dice: «Padre es el que engendró semejante en naturaleza», con todo la simultaneidad de cognición no por razón de los fundamentos les proviene, en los que más bien a veces hay prioridad y dependencia, sino por razón de la oposición correlativa, aunque esta no siempre se ponga expresamente, ni en todos intrínseca y formalmente, como en los no mutuos.

COORDINACIÓN DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN.

El género supremo es la relación real según el ser. Se divide en tres géneros inmediatos: Primero, el que se funda en la cantidad o proporción; segundo, en la acción y la pasión; tercero, en la medida.

El primer género se divide en relaciones de igualdad y de desigualdad, de semejanza y de desemejanza, de conveniencia y de diversidad, de proporción, como duplo, subduplo etc., las cuales todas son especies átomas.

El segundo género se divide en relaciones de causa y de efecto, de acción y de movimiento o mudanza, de proximidad y de receso, según que estas penden del movimiento. Y cada una puede dividirse en varias especies según las varias razones de causa y de efecto, como otra es la relación de causa eficiente o material o formal etc. Y otra es la relación fundada en el movimiento de generación o de alteración o en la acción de creación etc.

El tercer género se divide en la relación a la medida, que es objeto, o que es ejemplar o prototipo. La relación al objeto en la relación de potencia o de hábito o de acto. Y cada una en varias especies, según que es potencia activa o pasiva, cognoscitiva o apetitiva, y aquella en varias especies de lo cognoscitivo, como a lo visible, a lo audible, a lo inteligible etc. E igualmente los ejemplares pueden fundar diversas relaciones de especie, según que de diverso modo se dicen ejemplarizar e idear.

Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD

Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES

Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS

Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y LA PASIÓN PREDICAMENTALES

Articulus III: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO DÓNDE Y EL SITIO

Articulus IV: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO CUÁNDO Y EL HÁBITO

Textus I: TEXTO DESPUÉS DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XX: DE LOS POSTPREDICAMENTOS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS OPOSICIONES

Articulus II: QUÉ HAYA DE NOTARSE ACERCA DE LOS RESTANTES POSTPREDICAMENTOS

Liber II: SOBRE LOS LIBROS PERIHERMENIAS

Quaestio XXI: DEL SIGNO SEGÚN SÍ

Articulus I: SI EL SIGNO SEA EN EL GÉNERO DE LA RELACIÓN

Articulus II: SI EN EL SIGNO NATURAL LA RELACIÓN SEA REAL O DE RAZÓN

Articulus III: SI SEA LA MISMA RELACIÓN DEL SIGNO AL SIGNADO Y A LA POTENCIA

Articulus IV: CÓMO SE DIVIDA EL OBJETO EN MOTIVO Y TERMINATIVO

Articulus V: SI EL SIGNIFICAR SEA FORMALMENTE CAUSAR ALGO EN EL GÉNERO DE EFECTUAR

Articulus VI: SI EN LOS BRUTOS Y EN LOS SENTIDOS EXTERNOS HAYA VERDADERA RAZÓN DE SIGNO

Quaestio XXII: DE LAS DIVISIONES DEL SIGNO

Articulus I: SI SEA UNÍVOCA Y BUENA LA DIVISIÓN DEL SIGNO EN FORMAL E INSTRUMENTAL

Articulus II: SI EL CONCEPTO SEA SIGNO FORMAL

Articulus III: SI LA ESPECIE IMPRESA SEA SIGNO FORMAL

Articulus IV: SI EL ACTO DE CONOCER SEA SIGNO FORMAL

Articulus V: SI SEA BUENA LA DIVISIÓN EN SIGNO NATURAL Y AD PLACITUM Y DE COSTUMBRE

Articulus VI: SI EL SIGNO DE COSTUMBRE SEA VERDADERAMENTE SIGNO

Quaestio XXIII: DE LAS NOTICIAS Y DE LOS CONCEPTOS

Articulus I: SI LA NOTICIA INTUITIVA Y LA ABSTRACTIVA DIFERENCIEN ESENCIALMENTE EN LA RAZÓN DE COGNICIÓN

Articulus II: SI PUEDA DARSE COGNICIÓN INTUITIVA DE LA COSA FÍSICAMENTE AUSENTE, YA EN EL INTELECTO YA EN EL SENTIDO EXTERIOR

Articulus III: CÓMO DIFERENCIE EL CONCEPTO REFLEJO DEL DIRECTO

Articulus IV: CUÁL SEA LA DISTINCIÓN ENTRE EL CONCEPTO ULTIMADO Y EL NO ULTIMADO

Liber III: SOBRE LOS LIBROS DE LOS POSTERIORES

Quaestio XXIV: DE LOS PRECONOCIDOS Y DE LAS PREMISAS

Articulus I: SE EXPLICA QUÉ SEAN LOS PRECONOCIDOS Y LAS PRENOCIONES

Articulus II: SI LAS PREMISAS INFLUYAN EFICIENTEMENTE EN LA CONCLUSIÓN O EN OTRO GÉNERO DE CAUSA

Articulus III: SI LAS PREMISAS NECESITEN AL ASENSO DE LA CONCLUSIÓN, DE MODO QUE LA MENOR SE CONOZCA A LA VEZ CON LA CONCLUSIÓN

Articulus IV: QUÉ SEA LA PROPOSICIÓN PER SE NOTA E INMEDIATA, EL PREDICADO DE TODO Y PER SE Y SECUNDUM QUOD IPSUM

Quaestio XXV: DE LA DEMOSTRACIÓN

Articulus I: SI RECTAMENTE ESTÉ DEFINIDA LA DEMOSTRACIÓN POR ARISTÓTELES

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA PROPOSICIÓN SEA DEMOSTRABLE

Articulus III: SI TODA DEMOSTRACIÓN CIRCULAR SEA VICIOSA

Articulus IV: QUÉ SEA LA DEMOSTRACIÓN QUIA Y PROPTER QUID, Y SI SEA BUENA LA DIVISIÓN

Quaestio XXVI: DE LA CIENCIA TANTO SEGÚN SÍ COMO EN ORDEN A LA OPINIÓN Y A LA FE

Articulus I: QUÉ SEA LA CIENCIA Y CÓMO SE DISTINGA DE LOS RESTANTES HÁBITOS EVIDENTES

Articulus II: QUÉ SEAN LA CIENCIA SUBALTERNANTE Y LA SUBALTERNADA Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus III: SI LA CIENCIA SUBALTERNADA SEA VERDADERA Y PROPIAMENTE CIENCIA, AUNQUE NO SE CONTINÚE CON LA SUBALTERNANTE

Articulus IV: CUÁLES SEAN LOS HÁBITOS INEVIDENTES Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus V: SI LA OPINIÓN Y LA FE CON LA CIENCIA INTRÍNSECAMENTE REPUGNEN

Quaestio XXVII: DE LA UNIDAD Y DISTINCIÓN DE LAS CIENCIAS

Articulus I: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD O DIVERSIDAD ESPECÍFICA DE LAS CIENCIAS EN RAZÓN DE COGNOSCIBLE

Articulus II: SI LA CIENCIA SEA UNA SIMPLE CUALIDAD Y HÁBITO

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