Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO
Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA
Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE
Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE
Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE
Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO
Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE
Quaestio IX: DEL INDIVIDUO
Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE
Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO
Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE
Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA
Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS
Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE
Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN
Quaestio XI: DEL PROPIO
Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES
Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME
Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE
Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO
Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES
Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS
Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS
Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES
Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS
Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS
Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES
Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS
Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO
Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS
Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO
Algunos estiman que la analogía del ente ni es de proporción ni de proporcionalidad, sino cierta tercera que dicen de trascendencia; de lo cual Mag. Cabero tract. 4. disp. 3. dub. 3. Otros estiman que el ente respecto de la substancia y del accidente solo tiene voz común y es como análogo de proporción, p. ej. lo sano a la medicina y a la orina, como P. Vázquez 2. tomo 1. p. disp. 121. cap. 2. Pero estos hablan comúnmente de todo análogo, que solo por la voz piensan que es común, contra los cuales no tratamos en lo presente, sino que en la cuest. prec. tratamos. Otros, por último, inteligien que se da analogía de proporcionalidad propia, y esto es más verdadero.
DE DONDE HAY UNA ÚNICA CONCLUSIÓN: La analogía del ente a los diez predicamentos no se explica suficientemente diciendo que es de trascendencia, sino que ha de decirse que es analogía de proporcionalidad propia formalmente, aunque virtualmente incluya analogía de atribución o de proporción.
La PRIMERA PARTE consta, porque la trascendencia no es especie de analogía, sino que es sujeto de analogía, y denominativamente es análogo aquello que es transcendente, como el animal denominativamente es género. Y la razón es manifiesta, porque lo transcendente es algo real que en todos se halla. La analogía, empero, como la univocación y la equivocación, formalmente es intención segunda, como el género formalmente es segunda intención; pertenece, en efecto, al modo de predicabilidad y de universalidad y conviene por media abstracción del intelecto. Ergo decir que la trascendencia es especie de analogía es como decir que el animal es especie de universal o de predicable. Es preciso, ergo, asignar la razón formal de analogía que se halla en el ente y en los transcendentales como en sujeto.
La SEGUNDA PARTE manifiestamente consta, porque el ente y los transcendentales intrínsecamente se hallan en todos y no por denominación extrínseca; de otro modo los transcendentales no serían. De donde D. Tomás a menudo enseña que los accidentes tienen su ser y esencia verdadera y propiamente distinta de la substancia, como es patente in 4. dist. 12. q. 1. art. 1. quaestiunc. 3. ad 5.1 e in 4. Contra Gent. cap. 14. ad 9. rationem, donde dice que «los accidentes son ciertas formas sobreañadidas a la substancia y causadas por los principios de la substancia; de donde es preciso que su ser sea sobreañadido sobre el ser de la substancia y dependiente de aquel». E igualmente enseña que la quididad del accidente es cosa que pide ser por inherencia, cit. loco ex 4. Sentent. quaestiunc. 1. ad 2.2 y 3. p. q. 77. art. 2. y Quodlib. 9. art. 5. ad 2.3 Lo cual todo no puede estar sino el accidente sea intrínseca y quiditativamente ente. Cuando, empero, dice S. Tomás 1. 2. q. 55. art. 4. ad 1. que los accidentes y las formas no subsistentes no tienen ser, el sentido es manifiesto, que inteligie que no tienen ser per se y como ut quod, como los supuestos, no empero como las formas. Por último abiertamente enseña S. Tomás in 1. dist. 19. q. 5. art. 2. ad 1.4 que la analogía según el ser y la intención, que es analogía de proporcionalidad, conviene al ente y a los transcendentales. Y tales, dice, es preciso que tengan «ser en cada uno de aquellos de los que se dicen». Y lo mismo puede tomarse de q. 7. de Potentia art. 7.5
Y la razón es manifiesta, porque la analogía de proporcionalidad en esto se distingue de la analogía de atribución, que esta se dice por denominación de una forma que está intrínsecamente en uno principal y denominativamente en los otros, aquella empero se dice según formas existentes intrínsecamente en cada analogado, pero no convenientes en alguno uno simpliciter, sino proporcionalmente uno. El accidente, empero, intrínsecamente es ente, porque verdaderamente está extra de la nada y verdaderamente inhiere prestando efectos reales, como ser cuanto, colorado, cálido etc. Ergo el ente se dice de aquel con analogía de proporcionalidad propia.
La TERCERA PARTE, empero, se prueba porque, como en la cuest. prec. dijimos, el Filósofo y D. Tomás a menudo comparan la analogía del ente a la analogía de lo sano al animal y a la medicina, que es análogo de atribución, como in 4. Metaph. lect. 1.6 y 11. Metaph. lect. 3.7 y q. 2. de Veritate art. 11.8, no porque solo sea esta analogía; pues in 1. Ethic. lect. 7.9 abiertamente atribuye al bien analogía de proporcionalidad, y la misma razón es del ente. Sino porque el accidente tan dependiente es de la substancia y ente del ente, que si por imposible no tuviera en sí intrínsecamente entidad, aún por denominación extrínseca podría del ser de la substancia decirse ente, porque a aquel se ordena y a aquel sirve. Virtualmente, ergo, tiene el accidente analogía de atribución a la substancia. Pero porque intrínsecamente tiene ser, formalmente no se dice por atribución ente, sino que tiene de donde podría decirse, si intrínsecamente ente no fuera. O, como dice S. Tomás 4. Metaph. cit., el ente se dice como lo sano respecto de la substancia y del accidente, no por atribución de causa eficiente o final, sino material, en cuanto el accidente inhiere en la substancia o en el sujeto. De donde de esto más bien se deduce que también debe tener ser intrínsecamente, a saber por inherencia, no por atribución a causa o efecto extrínseco.
INSTARÁS: Aquella proporción del accidente al ser o de la substancia al suyo es proporción de razón, no real; ergo no basta para constituir analogía real y según conveniencia intrínseca.
El antecedente se prueba: La proporción es relación; aquella relación es de razón, porque no es entre extremos reales —nada, en efecto, se distingue de su ser—, ergo es de razón. Igualmente esta proporcionalidad que hay entre el accidente y la substancia no se significa con este nombre «ente», ni basta constituir analogía por esto de que se ejercite, aunque no se signifique, porque también entre dos especies contenidas bajo un género puede ejercitarse proporcionalidad; como, en efecto, esta especie se tiene a su género, así también la otra, y con todo no quita la univocación, ergo tampoco en el ente.
SE RESPONDE ante todo que en la sentencia de D. Tomás que distingue realmente la existencia de la esencia no tiene lugar la instancia, porque allí se hallan los extremos en los que se ejercite relación real. Pero también extra de esta sentencia decimos que la analogía formalmente es segunda intención y así por la segunda intención no es relación real, sino de razón como la intención de género o de especie. Tiene, empero, por fundamento la proporción, no en cuanto formalmente es relación, sino en cuanto conveniencia y semejanza proporcional de muchos, ya en entes reales ya de razón, como la intención de género se funda en la conveniencia de semejanza genérica, ya en entes reales ya de razón.
A la segunda parte del argumento se responde: Que la proporcionalidad misma no debe significarse como in actu signato, sino ejercitarse en los análogos, como tampoco la igualdad o unidad se significa en los unívocos. Que, empero, en las especies del mismo género se ejercite proporcionalidad, ya dijimos en la cuest. prec.10 que aquella proporción cae sobre conveniencia absoluta y perfecta. Y así la unidad de las especies bajo el género no se toma de sola la proporcionalidad, si en verdad se supone otra unidad mayor. Mas en los análogos toda la unidad o conveniencia se toma de la proporcionalidad, no se presupone otra unidad mayor. Y esta es la diferencia entre la proporcionalidad que se halla en los análogos y la que se halla en los unívocos.