Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.


Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica

Prooemium I: PROEMIO

Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA

Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS

Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE

Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA

Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE

Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE

Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN

Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN

Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ

Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA

Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN

Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA

Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL

Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO

Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO

Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS

Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»

Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN

Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN

Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES

Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES

Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES

Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA

Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA

Quaestio VII: DEL GÉNERO

Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA

Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO

Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA

Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE

Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE

Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE

Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO

Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE

Quaestio IX: DEL INDIVIDUO

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE

Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO

Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE

Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA

Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS

Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE

Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN

Quaestio XI: DEL PROPIO

Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES

Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME

Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO

Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES

Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS

Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES

Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS

Los equívocos definió Aristóteles: «se dicen aquellos cuyo nombre es común, la razón, empero, de la substancia significada diversa». En cuya definición claramente consta que quiso tratar de los equívocos equivocados, tanto porque definió en plural los equívocos, cuanto porque dice: «cuyo nombre es común». No, ergo, el equívoco mismo equivocante, que es el nombre, sino aquellas cosas que por el nombre se significan definió. Y estas son los equívocos equivocados. Pero porque no se dicen equivocados sino por razón de alguna intención que se llama equivocación, y esta, como luego diremos, no conviene a las cosas significadas sino según que están bajo el nombre, no empero al concepto ultimado, por eso se tradita la definición por el nombre, en orden al cual se toma la intención de equivocación.

Las PARTÍCULAS de la definición no necesitan larga exposición. Se dice: «cuyo nombre», esto es, voz significativa, ya sea propiamente nombre ya verbo o cualquier otro término significativo. Se dice: «razón significada diversa», tomando «razón», como bien nota Cayetano in praesenti, por el concepto significado por el nombre y principalmente por el concepto objetivo. Si, empero, también el concepto formal deba ser diverso, luego diremos. Y se dice: «razón de la substancia», esto es, de la quididad o de la cosa, porque los equívocos significan cosas de diversa quididad; de otro modo serían unívocos, si significaran por la misma quididad.

El DEFINIDO, empero, en esta definición ha de explicarse como en las demás definiciones lógicas, como dijimos del definido del género, que es la intención segunda misma en concreto, según que conviene a los equívocos equivocados.

Insurgirán, empero, algunas dificultades para la más plena explicación de aquellas cosas que de los equívocos se dicen.

Primera, si se da pura equivocación en el concepto de la mente ultimado, como en la voz.

A lo cual brevemente respondimos en el 1. libro de las Súmulas cap. 6. Negativamente. Y el fundamento es que equívoco es lo que significa varios significados en cuanto diversos, esto es, en cuanto en nada convienen. Si, en efecto, significara varios según que convienen en algo como simpliciter uno o al menos proporcionalmente uno, no sería pura equivocación, sino univocación o analogía. El concepto, empero, como es natural semejanza de las cosas, no puede ser uno si los objetos son varios y de ningún modo unos, porque su unidad en razón de representación y de semejanza se toma de alguna unidad de la cosa representada; del objeto, en efecto, toma especificación y, consiguientemente, unidad específica. Si, ergo, los objetos así se representan como varios, de modo que no según que convienen en algo —lo cual es representar varios en cuanto diversos—, no queda algo de donde tome unidad aquel concepto, porque la representación natural solo de la unidad del objeto toma unidad.

De lo cual consta que no es semejante la razón de la voz misma o concepto no ultimado, que es el concepto de la voz significativa. Pues la voz significativa no es intrínsecamente significativa, sino por imposición; no repugna, empero, a la misma voz acumular varias imposiciones; repugna, empero, que varias representaciones naturales convengan al mismo concepto, como su razón esencial consiste en la representación. Ni tampoco es semejante de la analogía, que mira a sus analogados no según razón del todo diversa, sino de algún modo una, al menos proporcionalmente, lo cual basta para la unidad del concepto, como después diremos, o si ella no basta, mucho menos bastará la univocación. Como también, en sentencia probable, el sujeto y el predicado en la misma proposición se attingen con única cualidad representativa, porque bajo alguna unidad al menos de predicación y de conjunción convienen.

Segunda dificultad, si el nombre equívoco ha de decirse un nombre o varios, como la proposición equívoca se llama proposición varias.

Se responde que simpliciter ha de decirse un nombre, aunque tenga varias significaciones, porque la unidad de algún concreto accidental se toma de la unidad del sujeto, como a menudo afirma D. Tomás, sobre todo 3. p. q. 3. art. 7. ad 2. Como el hombre vestido con varios vestidos no se dice varios vestidos, sino un vestido, y un cuerpo con varias cualidades no se dice varios cuales, sino uno. Se numeran, en efecto, los concretos accidentales por razón de los supuestos, no por razón de las formas, que per se no tienen ser, sino por el sujeto. Como, ergo, el nombre o término es concreto accidental que consta de voz y significación, no puede numerarse si no se multiplica el sujeto, y no solo las significaciones, que son formas. En los equívocos, empero, hay una y la misma voz; tienen, en efecto, nombre común; luego no han de decirse varios nombres simpliciter. Y esta es expresa sentencia de S. Tomás, aunque algunos más recientes contradigan, como puede verse en Quodlib. 4. art. 17., cuando dice que «la unidad o diversidad de la voz significativa no pende de la unidad o diversidad de la cosa significada; de otro modo no habría algún nombre equívoco». E igualmente in opusc. 39. cap. 4. dice que la apariencia en la falacia de equivocación «es la unidad de la dicción la misma simpliciter». Y puede verse también cap. 33. 1. Contra Gent. y 11. Metaph. lect. 3. Y consta de la definición del Filósofo, porque dice que los equívocos son aquellos cuyo nombre es común; si, empero, no fuera uno y el mismo nombre, ni sería común. Ni dijo el Filósofo: «cuya voz es común», sino «cuyo nombre», y así no basta decir que el equívoco es uno materialmente por razón de la voz, sino en cuanto nombre.

Ni obsta que la proposición equívoca, esto es, que consta de término equívoco, se diga proposición varias; se dice, en efecto, varias no vocalmente sino mentalmente, porque no se subordina a una proposición en la mente; en la voz, empero, es única proposición. De donde dice S. Tomás opusc. 39. cap. 5. que «como la equivocación proviene de que la dicción del todo la misma significa varios, así la anfibología de que una oración del todo la misma significa varios»; la anfibología, empero, es oración que consta de término equívoco.

PERO DIRÁS: El nombre equívoco tiene varias formas constitutivas del nombre, a saber las significaciones, y solo tiene unidad de sujeto, lo cual pertenece a la unidad material, no a la formal, que se toma de la forma. Basta, empero, para la pluralidad de los accidentes en concreto la pluralidad por parte de la forma, aunque el sujeto sea el mismo: Tanto porque de otro modo todos los accidentes que están en un sujeto tendrían la misma unidad y harían el mismo concreto, p. ej. en el hombre lo blanco, lo cálido, lo sano serían el mismo concreto, si en verdad se toma de la unidad del sujeto; lo cual, como es absurdo, consiguientemente también ha de decirse que la unidad numérica del accidente en concreto podrá multiplicarse no multiplicado el sujeto, sino solo la forma. Tanto también porque los substantivos se multiplican según la multiplicación de su forma, como enseña S. Tomás 1. p. q. 39. art. 4., ergo mucho más los accidentales, sobre todo cuando también se significan substantivamente, como «nombre», «término». Pues menos parece requerirse para la multiplicación del accidente que de la substancia, sobre todo como la multiplicación es del género de los males, que de cualquier defecto nace. Ergo si para la multiplicación de la substancia basta la multiplicación de la forma, también para la multiplicación de los accidentes.

Se responde que en la pluralidad numeral una cosa es qué se requiera como razón y principio de la multiplicación numeral, otra qué se requiera como condición. En las substancias, en verdad, la razón de la multiplicación se toma de la diversidad de la forma, no de cualquier modo, sino que trae consigo el supuesto, porque esta condición de traer el supuesto es connatural a la forma substancial. De donde, si falta, por más que se multipliquen las formas no se hace numeración individual, como D. Tomás enseña 3. p. q. 3. art. 7. en el caso en que fueran asumidas por la Persona Divina tres naturalezas humanas. En los accidentes, empero, al contrario, para multiplicar numeralmente los concretos de las formas está la multiplicación de los supuestos. De donde decimos que la pluralidad del accidente sigue a la pluralidad de la forma, según fuere la pluralidad. Pues la específica sigue a la pluralidad de la forma absoluta y en abstracto según los principios formales; la pluralidad numérica sigue a la forma como supuesta per se, si fuere substancia, o como sujetada en otro, si es accidente.

Y a la réplica, que todos los accidentes serán en el sujeto un accidente en número, se responde que no se sigue que sean el mismo en número, sino en cuanto se significan intra la misma forma específica. Y así, aunque el hombre sea cálido y blanco, no se dice, empero, varios cuales, sino un cual, porque los accidentes de diversa especie que están en el mismo sujeto no tienen la misma unidad numérica, sino que cada uno tiene la suya intra su especie. Por lo demás, la concreción según la significación de la misma forma no la multiplican, si no se multiplican los sujetos, porque las formas mismas no son de suyo concreto o supuesto, sino por razón del sujeto al que inheren.

A la segunda réplica, que los substantivos se multiplican por la multiplicación de las formas, ya dijimos que se inteligie por la multiplicación de las formas que importan consigo el supuesto. De otro modo, si el supuesto permanece uno, las formas no se multiplican sino específicamente y según nombres que significan diversa especie, no según concreción numeral. Lo cual mucho más corre de los accidentes, aunque se signifiquen substantivamente, porque ellos según sí no llevan supuesto, sino que tienen concreción por razón del sujeto. Y así menos se requiere para la multiplicación concreta del accidente que de la substancia, a saber sola la numeración de los supuestos. Para la multiplicación, empero, de la substancia se requiere multiplicación del supuesto y de la forma, o más bien de la forma como que lleva consigo el supuesto. Ni la multiplicación acontece de cualquier defecto, sino tal multiplicación, a saber numérica, de tal defecto, a saber porque no se multiplican los supuestos.

De los equívocos o análogos dos reglas traditamos lib. 1. Summul. cap. 5. PRIMERA: El análogo tomado per se está por el significado más famoso, como si dices: «El león corre», está por el león verdadero, no metafórico. Y se inteligie la regla de los análogos de dos conceptos, como son los análogos de atribución o de metáfora. Cuya regla se tiene en D. Tomás in 1. dist. 9. q. 1. art. 2. ad 2.: «Cuando», dice, «algo se dice absolutamente, se inteligie de aquello que simpliciter es, como el ente absolutamente dicho significa la substancia».

SEGUNDA regla: Tales son los sujetos cuales se permiten por sus predicados. La cual también se toma de D. Tomás q. 7. de Veritate art. 5. ad 3., donde dice «que algo simpliciter dicho se inteligie a veces de aquello que posteriormente se dice por razón de algún adjunto».

Y la primera regla se inteligie del análogo tomado per se sin alguna restricción, ya por parte del sujeto ya por parte del predicado. Por razón, en efecto, de la unión también el sujeto restringe, como si dices: «El prado ríe», «ríe» está metafóricamente por razón de la unión al prado. En la segunda, empero, regla cuida de que no se ponga distribución por parte del sujeto. Aquella, en efecto, impide la alienación, que es cierta restricción, y así en rigor es falso decir: «Todo ente es Dios», «todo hombre es pintado», aunque por el modo de hablar y no por rigor lógico se conceda esta proposición: «Todos los reyes de España están en esta aula», inteligiendo de los reyes pintados. Segundo observa que, puesta la alienación en algún análogo por partícula adjunta, como en esta: «El hombre es pintado», donde está por el hombre pintado, no por el verdadero, su contradictoria se dé así: «Ningún hombre pintado es pintado», para que se conserve el mismo sujeto con la misma alienación, porque si así no se hiciera, en aquella distributiva se impediría la alienación por la distribución, como también se impide por la negación, como cuando se dice: «El hombre no es pintado», «no» se aplica, pero se remueve la alienación, como también en esta: «Dios no genera», no se restringe «Dios» a estar por el Padre, como S. Tomás enseña 1. p. q. 39. art. 4. ad 3.

Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS

Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES

Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO

Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO

Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS

Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA

Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO

Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA

Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD

Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD

Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD

Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD

Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN

Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL

Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES

Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO

Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO

Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN

Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN

Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD

Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES

Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS

Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y LA PASIÓN PREDICAMENTALES

Articulus III: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO DÓNDE Y EL SITIO

Articulus IV: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO CUÁNDO Y EL HÁBITO

Textus I: TEXTO DESPUÉS DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XX: DE LOS POSTPREDICAMENTOS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS OPOSICIONES

Articulus II: QUÉ HAYA DE NOTARSE ACERCA DE LOS RESTANTES POSTPREDICAMENTOS

Liber II: SOBRE LOS LIBROS PERIHERMENIAS

Quaestio XXI: DEL SIGNO SEGÚN SÍ

Articulus I: SI EL SIGNO SEA EN EL GÉNERO DE LA RELACIÓN

Articulus II: SI EN EL SIGNO NATURAL LA RELACIÓN SEA REAL O DE RAZÓN

Articulus III: SI SEA LA MISMA RELACIÓN DEL SIGNO AL SIGNADO Y A LA POTENCIA

Articulus IV: CÓMO SE DIVIDA EL OBJETO EN MOTIVO Y TERMINATIVO

Articulus V: SI EL SIGNIFICAR SEA FORMALMENTE CAUSAR ALGO EN EL GÉNERO DE EFECTUAR

Articulus VI: SI EN LOS BRUTOS Y EN LOS SENTIDOS EXTERNOS HAYA VERDADERA RAZÓN DE SIGNO

Quaestio XXII: DE LAS DIVISIONES DEL SIGNO

Articulus I: SI SEA UNÍVOCA Y BUENA LA DIVISIÓN DEL SIGNO EN FORMAL E INSTRUMENTAL

Articulus II: SI EL CONCEPTO SEA SIGNO FORMAL

Articulus III: SI LA ESPECIE IMPRESA SEA SIGNO FORMAL

Articulus IV: SI EL ACTO DE CONOCER SEA SIGNO FORMAL

Articulus V: SI SEA BUENA LA DIVISIÓN EN SIGNO NATURAL Y AD PLACITUM Y DE COSTUMBRE

Articulus VI: SI EL SIGNO DE COSTUMBRE SEA VERDADERAMENTE SIGNO

Quaestio XXIII: DE LAS NOTICIAS Y DE LOS CONCEPTOS

Articulus I: SI LA NOTICIA INTUITIVA Y LA ABSTRACTIVA DIFERENCIEN ESENCIALMENTE EN LA RAZÓN DE COGNICIÓN

Articulus II: SI PUEDA DARSE COGNICIÓN INTUITIVA DE LA COSA FÍSICAMENTE AUSENTE, YA EN EL INTELECTO YA EN EL SENTIDO EXTERIOR

Articulus III: CÓMO DIFERENCIE EL CONCEPTO REFLEJO DEL DIRECTO

Articulus IV: CUÁL SEA LA DISTINCIÓN ENTRE EL CONCEPTO ULTIMADO Y EL NO ULTIMADO

Liber III: SOBRE LOS LIBROS DE LOS POSTERIORES

Quaestio XXIV: DE LOS PRECONOCIDOS Y DE LAS PREMISAS

Articulus I: SE EXPLICA QUÉ SEAN LOS PRECONOCIDOS Y LAS PRENOCIONES

Articulus II: SI LAS PREMISAS INFLUYAN EFICIENTEMENTE EN LA CONCLUSIÓN O EN OTRO GÉNERO DE CAUSA

Articulus III: SI LAS PREMISAS NECESITEN AL ASENSO DE LA CONCLUSIÓN, DE MODO QUE LA MENOR SE CONOZCA A LA VEZ CON LA CONCLUSIÓN

Articulus IV: QUÉ SEA LA PROPOSICIÓN PER SE NOTA E INMEDIATA, EL PREDICADO DE TODO Y PER SE Y SECUNDUM QUOD IPSUM

Quaestio XXV: DE LA DEMOSTRACIÓN

Articulus I: SI RECTAMENTE ESTÉ DEFINIDA LA DEMOSTRACIÓN POR ARISTÓTELES

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA PROPOSICIÓN SEA DEMOSTRABLE

Articulus III: SI TODA DEMOSTRACIÓN CIRCULAR SEA VICIOSA

Articulus IV: QUÉ SEA LA DEMOSTRACIÓN QUIA Y PROPTER QUID, Y SI SEA BUENA LA DIVISIÓN

Quaestio XXVI: DE LA CIENCIA TANTO SEGÚN SÍ COMO EN ORDEN A LA OPINIÓN Y A LA FE

Articulus I: QUÉ SEA LA CIENCIA Y CÓMO SE DISTINGA DE LOS RESTANTES HÁBITOS EVIDENTES

Articulus II: QUÉ SEAN LA CIENCIA SUBALTERNANTE Y LA SUBALTERNADA Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus III: SI LA CIENCIA SUBALTERNADA SEA VERDADERA Y PROPIAMENTE CIENCIA, AUNQUE NO SE CONTINÚE CON LA SUBALTERNANTE

Articulus IV: CUÁLES SEAN LOS HÁBITOS INEVIDENTES Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus V: SI LA OPINIÓN Y LA FE CON LA CIENCIA INTRÍNSECAMENTE REPUGNEN

Quaestio XXVII: DE LA UNIDAD Y DISTINCIÓN DE LAS CIENCIAS

Articulus I: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD O DIVERSIDAD ESPECÍFICA DE LAS CIENCIAS EN RAZÓN DE COGNOSCIBLE

Articulus II: SI LA CIENCIA SEA UNA SIMPLE CUALIDAD Y HÁBITO

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