Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.


Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica

Prooemium I: PROEMIO

Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA

Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS

Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE

Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA

Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE

Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE

Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN

Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN

Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ

Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA

Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN

Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA

Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL

Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO

Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO

Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS

Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»

Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN

Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN

Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES

Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES

Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES

Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA

Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA

Quaestio VII: DEL GÉNERO

Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA

Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO

Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA

Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE

Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE

Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE

Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO

Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE

Quaestio IX: DEL INDIVIDUO

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE

Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO

Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE

Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA

Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS

Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE

Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN

Quaestio XI: DEL PROPIO

Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES

Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME

Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO

SUPONEMOS la diferencia entre el accidente predicamental y el accidente predicable, que consiste en esto, que el accidente predicamental se contrapone a la substancia, que es el primer predicamento, y así solo está por el accidente inherente; el accidente, empero, predicable se contrapone al predicado esencial, y así cualquier cosa que no conviene esencial o necesariamente se dice accidente predicable, ya sea algo real ya de razón, ya inherente ya subsistente.

Ergo en lo presente Porfirio tres definiciones traditó del accidente.

Primera es: El accidente es «lo que está presente y ausente sin corrupción del sujeto».

Segunda: El accidente es «lo que al mismo puede inherir y no inherir».

Tercera: El accidente es «lo que ni es género ni especie ni diferencia ni propio, siempre, empero, inhiere en el sujeto».

Acerca de las cuales DOS COSAS HAN DE EXPLICARSE en el art. pres.: Primera, si se define aquí el accidente primero intencionalmente o por la segunda intención de este quinto predicable. Segunda es cómo han de inteligirse aquellas partículas de la definición: «lo que está presente y ausente sin corrupción del sujeto».

Acerca de lo primero estiman algunos, como Martínez hic super cap. de Accidente, que se define la segunda intención, porque se define algo que conviene al accidente por el intelecto, no en la cosa; aunque, en efecto, estar presente a uno y ausente de otro realmente convenga al accidente, con todo estar presente y ausente del mismo sujeto no conviene en la cosa, sino por razón, sobre todo al accidente inseparable. Y otros de esto prueban, porque si se definiera aquí el accidente por la primera intención, no convendría a todo predicado que puede estar presente y ausente. No, en efecto, convendría a los entes de razón, que no son primeras intenciones, sino segundas, y con todo muchos de aquellos se predican con predicación del quinto predicable, como cuando digo: «El animal es género».

NIHILOMENOS SE RESPONDE que la definición traditada conviene al substrato o primera intención de este quinto predicable; poder, con todo, añadiendo algo acomodarse a la segunda intención. E inteligimos por substrato de este quinto predicable no solo la primera intención real, sino cualquier predicado accidental, aunque sea ente de razón.

Es manifiesta la RAZÓN, porque aquello que explican estas definiciones se halla también en el accidente singular e individualmente aceptado. Pero cualquier cosa que se halla en los singulares y a aquellos desciende no pertenece solo a la segunda intención de predicabilidad y de universalidad, porque esta no desciende a los singulares. Ergo aquí se define la primera intención accidental.

La mayor se prueba, porque estar presente y ausente en el sujeto también conviene al accidente singular, como consta ya en el accidente separable, que alguna vez está presente, alguna vez ausente en el singular sin corrupción del sujeto, ya en el accidente inseparable, que también individualmente aceptado no pende de él el sujeto o naturaleza a la que inhiere, aunque la conservación individual alguna vez penda. Ergo aquello que explican estas definiciones conviene también a los accidentes singulares.

Si alguien, empero, quiere acomodar a la segunda intención del accidente la definición del accidente, es preciso subinteligir la partícula «de muchos» diciendo que el accidente es «lo que se predica de muchos como predicado que está presente y ausente extra de la corrupción del sujeto».

De donde consta la SOLUCIÓN DEL FUNDAMENTO CONTRARIO. Decimos, en efecto, a lo primero que estar presente y ausente a uno y al mismo sujeto conviene al accidente en la cosa, tanto en el accidente separable mismo como en el inseparable, por esto de que contingentemente y no necesariamente se conecta al sujeto. Nada, empero, otro significan aquellas palabras que la contingencia de la conveniencia.

A lo segundo se dice que también en los entes de razón puede hallarse la primera intención, como son muchas negaciones y privaciones y denominaciones extrínsecas. Puede también una segunda intención materialmente substernirse y denominarse accidentalmente de otra segunda intención, y así reviste como modo de primera intención respecto de aquella a la que se substierne.

INSTARÁS: Estar presente y ausente en la dicha definición se toma segundo intencionalmente por aquello que es afirmarse o negarse sin corrupción del sujeto. Ergo se tradita por aquello que es de segunda intención, a saber la afirmación y la negación.

Se responde ante todo que esto no convence que esta definición se tradita por la segunda intención de universalidad de este quinto predicable, sino por la segunda intención de afirmar y de negar, lo cual pertenece a la segunda operación del intelecto. Después se dice que afirmarse y negarse puede tomarse de uno y otro modo, y fundamentalmente, que es de primera intención y se halla en todo accidente, también singular; y formalmente por la segunda intención de afirmar y de negar, según que luego explicaremos.

Acerca del segundo punto hay controversia entre los autores de cómo deba inteligirse aquella partícula «está presente y ausente etc.», si se inteligia de presencia y ausencia real, o de afirmación y negación. Pues que no pueda inteligirse de presencia y ausencia real aquello parece convencer, porque el accidente inseparable no puede realmente estar presente y ausente, de otro modo sería separable. Si, empero, se dijera inteligirse segundo intencionalmente por afirmarse y negarse, se seguiría que todo accidente es separable, porque ninguno hay que por el intelecto no pueda separarse, también el propio mismo, sin el cual el sujeto puede óptimamente inteligirse.

Ni por esto se evade, sino que se supone la presencia y ausencia real, porque la afirmación y la negación o es verdadera o falsa. Si falsa, ergo es falso que el accidente esté presente y ausente sin corrupción del sujeto. Si verdadera, ergo así está de parte de la cosa que está presente y ausente en la cosa, ergo se da presencia y ausencia real del accidente. Si se dijera que no se inteligie estar presente y ausente de la afirmación y de la negación a modo de composición, sino a modo de simple precisión del que inteligie uno sin otro: En contra está, ya porque esto expresamente adversa a D. Tomás, quaest. de Spirit. creat. art. últ. ad 7. y opusc. 48. cap. de Accidente. Ya porque de este modo también el propio puede estar presente y ausente del sujeto, a saber por simple cognición precisando o inteligiendo uno sin otro.

Por esto algunos siguieron vía singular diciendo que en esta definición debe inteligirse que el mismo y un accidente puede estar presente y ausente respecto de diversos sujetos, intra de la esfera adecuada de aquellos a los que puede convenir, y así conviene a todo accidente por inseparable que sea; p. ej. la blancura tiene muchos cuerpos por sujeto adecuado, a saber la nieve, la piedra, el hombre etc.; extra de toda la adecuación no puede estar ausente, intra, con todo, de aquella adecuación a alguno determinado está ausente, a alguno, empero, está presente. Así Martínez sup. cap. de Accidente.

Por lo demás este modo de sentir no es verdadero: Ya porque Porfirio habla del accidente separable e inseparable como de diversos; en esta, empero, sentencia todo accidente es inseparable de la adecuación de todos sus sujetos, es, empero, separable de los sujetos inadecuados. Ya también porque entonces el sentido de la definición será que el accidente en parte está presente y en parte ausente sin corrupción del sujeto. Pero ¿respecto de cuál sujeto? Si respecto del total y adecuado, de este nunca puede estar ausente; si respecto del parcial, alguna vez se da algún sujeto determinado del que no puede estar ausente, como la blancura respecto de la nieve. Por lo cual esto no evita, sino que aumenta las dificultades. Por último porque puede darse algún accidente separable de toda la adecuación de su sujeto; ergo al menos respecto de aquel padece las mismas dificultades de cómo ha de inteligirse la definición de que está presente y ausente sin corrupción del sujeto. El antecedente consta; pues ser gramático es accidente y puede separarse de todo hombre, como consta si solo hay dos hombres en el mundo no gramáticos; e igualmente dormir es accidente que puede separarse en tal caso, si uno y otro hombre vela.

POR LO CUAL HA DE DECIRSE: Por aquellas palabras «está presente y ausente sin corrupción del sujeto» nada otro se significa que la contingencia del accidente que se predica y la indemnidad del sujeto en su quididad por la conveniencia o disconveniencia de tal accidente.

Lo cual parecen comúnmente sentir quienes la definición del quinto predicable así explican, que «es aquello que se dice de varios in quale contingentemente». De donde ni consiste en esto que es estar presente o ausente por presencia real, o afirmarse y negarse por predicación del intelecto precisamente, sino en tal fundamento de la negación o de la afirmación, que sin disolución de la quididad y de la naturaleza del sujeto pueda algún accidente convenir o disconvenir al sujeto.

Cuya resolución y explicación ha de tomarse de D. Tomás q. 2. de Anima art. 12. ad 7., donde toda la dificultad así resuelve: «Tres», dice, «son los géneros de accidentes: algunos se causan de los principios de la especie y se dicen propios, como lo risible al hombre; algunos se causan de los principios del individuo, y esto se dice o porque tienen causa permanente en el sujeto, y estos son accidentes inseparables, como lo masculino y lo femenino y otros semejantes; algunos, empero, tienen causa no permanente en el sujeto y estos son accidentes separables, como sentarse y andar. Es, empero, común a todo accidente que no sea de la esencia de la cosa, y así no cae en la definición de la cosa, de donde inteligimos cualquier cosa sin esto de que inteligamos alguno de sus accidentes. Pero la especie no puede inteligirse sin los accidentes que se siguen al principio de la especie; puede, con todo, inteligirse sin los accidentes del individuo, también inseparables; sin los separables, empero, puede ser no solo la especie, sino también el individuo». Así el Santo Doctor.

De cuya doctrina colegimos que aquella partícula «está presente y ausente sin corrupción del sujeto» es lo mismo que decir: Conviene al sujeto sin disolución de la quididad y de la naturaleza de aquel en los predicados esenciales. Que, empero, el accidente sea separable o inseparable no respecto de la especie y de la naturaleza del sujeto, sino respecto de los individuos se toma, en los que alguna vez tiene causa permanente, alguna vez transitiva. Y así puede el accidente convenir o estar ausente del sujeto con corrupción del individuo, no, con todo, con corrupción de la especie, sino con indemnidad de aquella. En lo cual se distingue del propio, que si está ausente, esto es, si no conviene ni se conecta con la especie, se disuelve la especie. Y de esto consta que el individuo puede pender en su conservación y existencia, más aún en la individuación misma, de los accidentes; la especie, empero, y la quididad de ningún accidente penden. Y así cualquier afirmación o negación, conveniencia o disconveniencia del accidente al sujeto siempre es sin corrupción, sino con indemnidad de la quididad.

Y bien nota que aquello de estar presente y ausente no se toma aquí por lo que es inherir o no inherir, aquello, en efecto, solo al accidente predicamental conviene, sino que se toma por lo que es convenir o disconvenir accidentalmente. Ni negamos que «estar presente y ausente» signifique afirmarse o negarse, sino no solo esto, sino también el fundamento de aquello, que es convenir o no convenir a la naturaleza específica sin esto de que disuelva la conexión esencial de sus predicados. De lo cual se sigue que pueda afirmarse o negarse con indemnidad de la quididad en el sujeto, y en esto consiste la contingencia del accidente en el convenir o disconvenir al sujeto.

A LOS FUNDAMENTOS OPUESTOS: Se dice a lo primero que el accidente inseparable no puede estar presente y ausente según ausencia y presencia real respecto del individuo, en orden al cual se toma esta distinción de separable e inseparable. Respecto, con todo, de la especie o quididad en el sujeto mismo puede estar presente y ausente, esto es, convenir o disconvenir sin destrucción del sujeto en su quididad, aunque en su existencia se destruya.

A lo segundo se dice que todo accidente puede separarse de la especie misma o quididad, pase; del individuo mismo y de su existencia, que se sigue a la individuación, niego, porque puede tener causa permanente en aquel; separable, empero, e inseparable se dice en los accidentes respecto del sujeto por parte de la individuación, estar presente y ausente sin corrupción del sujeto respecto de la quididad. Y así puede inteligirse de estar presente y ausente realmente, y afirmarse y negarse verdaderamente sin corrupción del sujeto por parte de la quididad, aunque no sin corrupción por parte de la individuación o de la existencia que se sigue a la individuación. O segundo estar presente y ausente se toma condicionadamente, esto es, ya esté presente ya ausente el accidente, sin corrupción del sujeto por parte de la quididad aquello se hará.

Que si instas: Porque la separación o conveniencia respecto de la especie, según que se distingue del individuo, es segunda intención de razón, porque la especie no se distingue del individuo sino por razón; ergo esta definición se inteligie segundo intencionalmente.

Se responde que con el nombre de especie no inteligimos el estado mismo de abstracción de los individuos, sino la naturaleza específica misma, que también en los individuos se halla, de donde más bien usamos el nombre de quididad diciendo que el accidente está presente y ausente sin corrupción de la quididad también individualmente tomada en el sujeto.

AÚN, CON TODO, INQUIERES cómo por esto se distinga el accidente del propio, si quiera también el propio puede inteligirse y separarse de la esencia sin corrupción de la quididad misma, como está extra de la definición de aquella.

Se responde de D. Tomás quaest. de Spirit. creat. cit. art. últ. ad 7., donde dice «que doble es la operación del intelecto, otra por la que inteligie quod quid est, y con tal operación puede inteligirse la esencia de la cosa tanto sin el propio como sin el accidente, como ninguno de aquellos entra en la esencia. Otra es la operación del intelecto que divide y compone, y así puede inteligirse la substancia sin predicado accidental, aunque según la cosa sea inseparable, como puede inteligirse el cuervo blanco; no, en efecto, hay allí repugnancia de intelectos, como lo opuesto del predicado no pende de los principios de la especie que se significa con el nombre puesto en el sujeto. Con esta, empero, operación del intelecto no puede inteligirse la substancia sin el propio; no, en efecto, puede inteligirse que el hombre no sea risible, o que el triángulo no tenga tres ángulos iguales a dos rectos; aquí, en efecto, hay repugnancia de intelectos, porque lo opuesto del predicado pende de la naturaleza del sujeto». Así D. Tomás. De lo cual se colege no solo la solución del argumento, sino también que aunque la proposición en la que el accidente inseparable se niega del sujeto y en la que se niega el propio una y otra sea falsa, porque en la cosa no así está, con todo la falsedad de una más destruye que la de la otra. De esto, en efecto, de que se niegue convenir el accidente inseparable no se destruye la quididad; si, empero, se niega convenir la pasión propia y arraigarse en la naturaleza, se destruye la esencia. Lo cual, con todo, no quita que de hecho pueda Dios separar la pasión propia del sujeto, no cuanto a la conveniencia, sino cuanto a la existencia.

DIRÁS: La muerte es predicado accidental respecto del animal, y con todo no solo corrompe al individuo, sino también a la naturaleza, porque el concepto de naturaleza de animal no compadece con el concepto de muerte. Ergo se da algún accidente que destruye al sujeto también cuanto a la quididad. Y omito este predicado «existente», que se dice ciertamente contingentemente del ente creado y con todo no está ausente sin corrupción de aquel. Por lo demás, la ausencia de existencia no induce corrupción de la quididad, como la conjunción de la muerte cuando se predica.

Se responde que aquel predicado «muerte» o puede tomarse por la muerte in fieri, como cuando el hombre exhala el alma se dice morir. Si se toma de este segundo modo, es predicado accidental respecto del hombre y se verifica para aquel tiempo en que se acerca a la muerte, ni quita la esencia del hombre, sino que la supone, dispone, empero, a la corrupción. Si del primer modo se toma, así no es predicado del quinto predicable: «El hombre está muerto», porque respecto del hombre es predicado que repugna, respecto del cadáver es predicado esencial. Y así «hombre» se aliena en aquella proposición de aquel predicado «muerto» y está por el hombre no vivo, que equívocamente es hombre; así es proposición esencial. Si, empero, no se aliena, sino que permanece en su significado propio «hombre», así el predicado no se verifica del sujeto, sino que le repugna, y así no pertenece al quinto predicable. Si, empero, se toma por ampliación, de modo que el sentido sea: «El hombre está muerto», esto es: «El que fue hombre está muerto», así también la proposición es esencial, porque aquello que fue hombre ahora es cadáver, y así esencialmente le conviene tal predicado. Algunos también dicen verificarse esta proposición por sínécdoque, esto es, por razón de la parte, porque el cuerpo que está muerto es el mismo que estuvo en el hombre, por razón de la materia.

POR ÚLTIMO INQUIERES si todo accidente sea pasión propia respecto de algún sujeto al que por sí se siga. Algunos responden afirmativamente. Pero más verdadero es que no todos los accidentes son pasiones propias ni se siguen de los principios formales de la naturaleza, sino que algunos se siguen de los materiales e individuantes. Cuya es la expresa sentencia de D. Tomás 7. cap. de Ente et Essentia e in 1. dist. 17. q. 1. art. 2. ad 2. y 1. Poster. lect. 14. Y consta manifiestamente en algunos accidentes que no inmediatamente se siguen a la substancia, sino a algunos otros accidentes, como los actos inmanentes, las especies representantes, los hábitos sobrenaturales, y en los cuerpos la hermosura, la sanidad, la enfermedad y semejantes, que son accidentes que contingentemente convienen y no necesariamente ni de los principios de la naturaleza. Y tales accidentes primero convienen a los individuos que a la especie. Al contrario, empero, las pasiones propias primero convienen a la especie que a los individuos, aunque cuanto a la inherencia primero se sustenten de los individuos, que son primera substancia.

Y SI DICES que todo lo que conviene por accidente debe reducirse a aquello que conviene por sí: se responde que se reduce a aquello que es por sí, no cuanto a la conexión necesaria con algún sujeto del que dimana, sino cuanto a la causalidad eficiente o final, porque no por accidente se causan de alguna causa, sino por sí. No, en efecto, es necesario que todo lo que conviene por accidente se reduzca a todo modo por sí, sino que basta que a alguno, como es a la causalidad por sí, aunque no a la conexión por sí con el sujeto.

Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES

TRES COSAS brevemente en este artículo han de tratarse: Primera, cómo el predicado accidental se verifique del sujeto, si por razón del nombre o por razón de la cosa que le inhiere. Segunda, respecto de cuáles inferiores se diga quinto predicable, si respecto de sus singulares, como lo blanco respecto de este y de aquel blanco, o respecto de los sujetos. Tercera, si solo se predique el quinto predicable respecto de los sujetos existentes o también respecto de los posibles.

A lo primero algunos afirman que cuando el accidente se predica del sujeto, el nombre desnudo se predica. Dice, en efecto, el Filósofo cap. 5. in Antepraedicamentis que de aquellos que están en el sujeto el nombre predicarse del sujeto nada prohíbe, la razón, empero, es imposible que se predique. Cuya razón es que la predicación por el verbo substantivo «es» dice identidad del predicado con el sujeto, esta, empero, no se da entre el sujeto, que es substancia, y el accidente.

NIHILOMENOS del todo ha de decirse lo opuesto, a saber que se predica en estas predicaciones accidentales no el nombre mismo, sino la cosa significada por el nombre, denominativamente, con todo.

Y falla mucho esta sentencia, porque no distingue que la denominación se hace doblemente: primero por parte del nombre, como lo blanco de la blancura; segundo por parte de la forma significada, aunque en el mismo nombre no participen, como del oficio se deriva este nombre oficioso, no cuanto al nombre, sino cuanto a la cosa significada por el efecto o diligencia, de donde no predica el nombre, sino la cosa. Y consta manifiestamente que cuando digo que Pedro es blanco, no verifico esto por razón del nombre, sino por razón de la cosa significada. Si, en efecto, aquel nombre se verifica de Pedro, es preciso que por razón de su significado se verifique, no por razón de la voz misma; ridículo, en efecto, sería decir que Pedro es aquella voz «blanco»; el significado, empero, es la cosa misma, a saber el que tiene blancura. Ergo esta se predica y se verifica en estas predicaciones accidentales. Y esto es lo que intendemos significar por estas predicaciones, a saber que aquellos accidentes inheran y convengan a aquellos sujetos, no, empero, solo los nombres.

Y de estas más dijimos arriba cuest. 5. tratando de la predicación de los concretos accidentales.

DE DONDE AL FUNDAMENTO CONTRARIO se responde que la común exposición de Aristóteles es que los accidentes se dicen del sujeto según el nombre y no según la razón, esto es, no quiditativamente, sino denominativamente, porque allí «razón» significa la esencia, la esencia, empero, del accidente no conviene a la esencia del sujeto; de otro modo si según el nombre solamente y no según la cosa significada se predicaran, solo serían comunes cuanto al nombre y no cuanto a la cosa, y por tanto serían equívocos.

Al argumento de la razón se responde que el accidente es el mismo según la cosa con el sujeto, con identidad denominativa y concreta, no esencial e intrínseca, porque, como dice D. Tomás 1. p. q. 13. art. 12., «en la proposición verdadera afirmativa es preciso que el predicado y el sujeto signifiquen lo mismo según la cosa de algún modo» (nota según la cosa, y no según el nombre), porque también en los predicados accidentales «el predicado y el sujeto son el mismo supuesto». El accidente, ergo, en concreto, p. ej. lo blanco, porque dice el que tiene blancura, por razón de «el que tiene» es el mismo con el sujeto. Y porque otra es la predicación por identidad, otra por denominación, como dice santo Tomás in 3. dist. 5. in expositione litterae, concedemos ciertamente que a toda predicación se requiere alguna identidad, pero basta la denominativa y accidental, como se halla entre el accidente en concreto y el sujeto, no, empero, es necesaria la omnímoda y esencial.

Acerca de la segunda dificultad se responde que los inferiores del quinto predicable son los sujetos mismos de los que se dice denominativa y accidentalmente, no los constituidos mismos del accidente y del sujeto, de los que se dice por sí y quiditativamente. P. ej. lo blanco de este y de aquel blanco se predicará esencialmente, pero como quinto predicable de los sujetos a los que inhiere, ya se distingan entre sí por especie ya no.

Y LA RAZÓN ES MANIFIESTA, porque el quinto predicable se predica in quale accidentalmente. Ergo es preciso que sus inferiores sean aquellos a los que se compara in quale accidentalmente. Solo, empero, respecto de los sujetos se compara de este modo, porque accidentalmente les conviene y a modo de forma que actua y cualifica. Respecto, empero, de los inferiores propios, como lo blanco respecto de este y de aquel blanco, se predica esencialmente, porque dice toda la quididad de aquellos. Por lo cual, como lo blanco dice la blancura en concreto, o puede mirar a los inferiores de la blancura misma, que son inferiores por parte de la forma, o a los inferiores por parte del sujeto que se connota de lo blanco. Si mira a los inferiores de la forma, esencialmente se dice de aquellos, porque como esta y aquella blancura esencialmente participa la blancura, así este y aquel blanco esencialmente participa lo blanco por parte de la forma. Si, empero, se consideran los inferiores por parte del sujeto, así accidentalmente participan la razón de blanco, y consiguientemente respecto de aquellos se predica in quale accidentalmente, lo cual es el quinto predicable.

Pero objetarás: Lo blanco p. ej. no puede ser universal respecto de Pedro y de Pablo sino que abstraga de aquellos, no según que son sujetos, sino según que son blancos. Ergo los sujetos mismos según sí no son inferiores de este predicable.

La consecuencia consta, porque aquellos son inferiores de los que abstrae; ergo si no abstrae en cuanto sujetos, sino en cuanto blancos, en cuanto blancos serán inferiores. El antecedente se prueba, ya porque la abstracción del accidente del sujeto según que es sujeto es abstracción formal, abstrae, en efecto, la forma de la materia; la abstracción, empero, del universal debe ser total. Ya también porque este universal que es el quinto predicable debe abstraer de los inferiores en cuanto son semejantes o en cuanto convienen en algo, y no en cuanto convienen esencialmente, ergo en cuanto convienen accidentalmente. Pero convienen accidentalmente en lo blanco en cuanto son blancos, ergo de aquellos en cuanto blancos abstrae lo blanco en común.

Y se confirma, porque los sujetos mismos son inferiores a lo blanco por accidente, porque por accidente se identifican Pedro y Pablo en lo blanco. Ergo respecto de estos sujetos lo blanco es universal y predicable por accidente, y por tanto no es una de las especies de los predicables, porque los predicables son universales por sí.

SE RESPONDE que lo blanco puede de uno y otro modo abstraer, y de este y de aquel blanco, y de sus sujetos. Pero de los sujetos doblemente: De un modo como forma física del sujeto y como abstracto del concreto; de otro modo como denominativo del denominado. Si se hace abstracción como forma del sujeto o como abstracto del concreto, será abstracción formal, ni entonces se abstrae lo blanco, sino la blancura, y esto no se predica del sujeto, porque se significa como parte respecto del todo que es lo blanco. Si, empero, se hace abstracción como denominativo del denominado, así se abstrae lo blanco como quinto predicable de este y de aquel sujeto, que es inferior a lo blanco mismo por parte de lo connotado, no por parte de la forma. Y así para la abstracción formal se requiere que no se abstraga el accidente en concreto, sino en abstracto y como forma de la materia. Pero si se abstrae lo blanco en concreto, a modo de abstracción total se tiene, y comparado a los sujetos es quinto predicable, comparado a los inferiores de la forma es quiditativo.

Y así también inteligirás que aquello que está presente y ausente según la inherencia física no es lo blanco, sino la blancura; lo que, empero, está presente y ausente según la denominación es lo blanco en concreto.

A la segunda probación se dice que lo blanco no se abstrae de Pedro y de Pablo o de otros sujetos en cuanto formalmente blancos (así, en efecto, son inferiores de la forma importada por lo blanco), sino en cuanto denominativos o más bien en cuanto denominables de lo blanco. Y según que así convienen en lo blanco accidental o denominativamente, y se contiene en aquellos lo blanco no formalmente, sino denominativamente, porque así se consideran no como sujetos formalmente blancos, sino como denominables de lo blanco, y así convienen en algo que es extrínseco a ellos mismos, a saber en lo blanco, y consiguientemente son inferiores a aquel accidentalmente, como al quinto predicable.

A la confirmación se responde que los inferiores son sujetos por accidente por parte de la cosa que se sujeta, pero la intención de subicibilidad y de predicabilidad por sí es verdadera intención de predicar y de sujetar, como se requiere para la universalidad. Así pues, la intención del quinto predicable por sí es intención universal y por sí postula inferiores, pero no inferiores que tengan perseitas en la naturaleza y en la forma que se predica, sino contingencia. Y así a aquello que se predica accidentalmente de muchos le conviene por sí la universalidad o el respecto a muchos, como a la opinión por sí le conviene versar alrededor de proposiciones contingentes, y a la libertad por sí le conviene operar contingentemente.

Acerca de la tercera dificultad. CONSTA como cierto que los predicados accidentales para que en acto ejerzan la predicación afirmativa requieren como condición la existencia del sujeto.

La razón es que en las predicaciones accidentales el verbo «es» no se absuelve del tiempo; ergo se verifica dependientemente de la existencia de los extremos y no existiendo el sujeto no se verifica. E inteligio que se requiere la existencia según fuere la predicación pretérita para los pretéritos y futura para los futuros.

La DIFICULTAD, EMPERO, ES si no solo el ejercicio de la predicación accidental, sino también la universalidad misma, que es aptitud a predicar accidentalmente, solo mire a los inferiores existentes. Y algunos afirman, movidos de aquella razón, porque no pueden ser mirados por el accidente los sujetos no existentes sino a modo de posibles, en los que posiblemente puede ser. Pero la existencia posible no se predica accidentalmente, sino esencialmente, como si dices: «Adán posiblemente anda o posiblemente es blanco». Ergo la universalidad del quinto predicable no mira a los posibles.

Y se confirma, porque respecto de los sujetos no existentes la predicación se vuelve imposible, como es contingente, que requiere la existencia como condición. Si, empero, la predicación es imposible, la universalidad o predicabilidad no puede darse.

NIHILOMENOS lo opuesto parece más verdadero: no destruirse la universalidad del quinto predicable por sola la destrucción de la existencia de los sujetos, porque la universalidad consiste en la aptitud cuanto es por parte de la naturaleza para que se predique de muchos. Que, empero, aquellos muchos de hecho no se den no es impedimento intrínseco de aquella aptitud ni se le opone, sino que solo se opone al ejercicio mismo de la predicación. Lo que, empero, se opone al acto o ejercicio no destruye la aptitud y la potencia; la oposición, en efecto, al acto no es oposición a la potencia.

Y se confirma en el accidente físico y real, que de esto de que se separa del sujeto no pierde la aptitud a inherir en aquel, porque esta se sigue a la naturaleza del accidente. Ergo igualmente el accidente concreto metafísicamente considerado no pierde la potencia a que se predique de muchos contingentemente, porque esta habilidad no se quita por defecto de la existencia de los sujetos, sino solo la aplicación de aquellos para que en aquellos esté.

Dirás: Se quita la razón de concreto, porque se destruye todo sujeto que pueda concernir, y así permanece solo el accidente en abstracto.

Pero en contra, porque solo se destruyen los sujetos singulares por defecto de existencia; el sujeto, empero, en común aún puede concebirse. El concreto, empero, del accidente en común no es el sujeto singular, sino el sujeto aceptado en común, como lo blanco como tal no tiene por sujeto de su concreción solo este o aquel cuerpo, sino el cuerpo en común.

AL FUNDAMENTO OPUESTO se responde que el accidente respecto de los sujetos no existentes solo tiene respecto posible a que les convenga. Por lo demás, esta existencia y respecto posible no es aquello que se predica, sino condición por parte de la cosa predicable. Y si la posibilidad misma se predicara, no accidentalmente, sino esencialmente se predicaría del sujeto. Toda, en efecto, proposición modal si es verdadera es proposición esencial. Y así proceden los ejemplos aducidos. Nosotros, empero, decimos que el accidente en común, remota la existencia de los sujetos, tiene aptitud a que se predique de aquellos contingentemente, no cuanto a la posibilidad predicando aquella, sino cuanto a la forma que contingentemente puede convenir cuando los sujetos existieren.

Así pues, en una palabra: La posibilidad como predicada hace proposición esencial; la posibilidad, empero, por parte de los sujetos de los que puede predicarse la forma accidental no hace predicación esencial, sino que deja aquella con su aptitud y potencia a que pueda contingentemente predicarse, aunque el ejercicio de aquella sin existencia de los sujetos no pueda hacerse.

Al segundo fundamento se dice que tal predicación es imposible a los sujetos no existentes, no por defecto del accidente según sí, sino por defecto de la aplicación por parte de los sujetos, como el accidente separado retiene la posibilidad de inherir, aunque en acto no inhiera ni se aplique estando tal estado.

Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS

Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES

Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS

Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS

Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES

Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO

Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO

Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS

Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA

Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO

Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA

Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD

Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD

Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD

Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD

Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN

Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL

Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES

Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO

Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO

Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN

Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN

Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD

Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES

Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS

Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y LA PASIÓN PREDICAMENTALES

Articulus III: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO DÓNDE Y EL SITIO

Articulus IV: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO CUÁNDO Y EL HÁBITO

Textus I: TEXTO DESPUÉS DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XX: DE LOS POSTPREDICAMENTOS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS OPOSICIONES

Articulus II: QUÉ HAYA DE NOTARSE ACERCA DE LOS RESTANTES POSTPREDICAMENTOS

Liber II: SOBRE LOS LIBROS PERIHERMENIAS

Quaestio XXI: DEL SIGNO SEGÚN SÍ

Articulus I: SI EL SIGNO SEA EN EL GÉNERO DE LA RELACIÓN

Articulus II: SI EN EL SIGNO NATURAL LA RELACIÓN SEA REAL O DE RAZÓN

Articulus III: SI SEA LA MISMA RELACIÓN DEL SIGNO AL SIGNADO Y A LA POTENCIA

Articulus IV: CÓMO SE DIVIDA EL OBJETO EN MOTIVO Y TERMINATIVO

Articulus V: SI EL SIGNIFICAR SEA FORMALMENTE CAUSAR ALGO EN EL GÉNERO DE EFECTUAR

Articulus VI: SI EN LOS BRUTOS Y EN LOS SENTIDOS EXTERNOS HAYA VERDADERA RAZÓN DE SIGNO

Quaestio XXII: DE LAS DIVISIONES DEL SIGNO

Articulus I: SI SEA UNÍVOCA Y BUENA LA DIVISIÓN DEL SIGNO EN FORMAL E INSTRUMENTAL

Articulus II: SI EL CONCEPTO SEA SIGNO FORMAL

Articulus III: SI LA ESPECIE IMPRESA SEA SIGNO FORMAL

Articulus IV: SI EL ACTO DE CONOCER SEA SIGNO FORMAL

Articulus V: SI SEA BUENA LA DIVISIÓN EN SIGNO NATURAL Y AD PLACITUM Y DE COSTUMBRE

Articulus VI: SI EL SIGNO DE COSTUMBRE SEA VERDADERAMENTE SIGNO

Quaestio XXIII: DE LAS NOTICIAS Y DE LOS CONCEPTOS

Articulus I: SI LA NOTICIA INTUITIVA Y LA ABSTRACTIVA DIFERENCIEN ESENCIALMENTE EN LA RAZÓN DE COGNICIÓN

Articulus II: SI PUEDA DARSE COGNICIÓN INTUITIVA DE LA COSA FÍSICAMENTE AUSENTE, YA EN EL INTELECTO YA EN EL SENTIDO EXTERIOR

Articulus III: CÓMO DIFERENCIE EL CONCEPTO REFLEJO DEL DIRECTO

Articulus IV: CUÁL SEA LA DISTINCIÓN ENTRE EL CONCEPTO ULTIMADO Y EL NO ULTIMADO

Liber III: SOBRE LOS LIBROS DE LOS POSTERIORES

Quaestio XXIV: DE LOS PRECONOCIDOS Y DE LAS PREMISAS

Articulus I: SE EXPLICA QUÉ SEAN LOS PRECONOCIDOS Y LAS PRENOCIONES

Articulus II: SI LAS PREMISAS INFLUYAN EFICIENTEMENTE EN LA CONCLUSIÓN O EN OTRO GÉNERO DE CAUSA

Articulus III: SI LAS PREMISAS NECESITEN AL ASENSO DE LA CONCLUSIÓN, DE MODO QUE LA MENOR SE CONOZCA A LA VEZ CON LA CONCLUSIÓN

Articulus IV: QUÉ SEA LA PROPOSICIÓN PER SE NOTA E INMEDIATA, EL PREDICADO DE TODO Y PER SE Y SECUNDUM QUOD IPSUM

Quaestio XXV: DE LA DEMOSTRACIÓN

Articulus I: SI RECTAMENTE ESTÉ DEFINIDA LA DEMOSTRACIÓN POR ARISTÓTELES

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA PROPOSICIÓN SEA DEMOSTRABLE

Articulus III: SI TODA DEMOSTRACIÓN CIRCULAR SEA VICIOSA

Articulus IV: QUÉ SEA LA DEMOSTRACIÓN QUIA Y PROPTER QUID, Y SI SEA BUENA LA DIVISIÓN

Quaestio XXVI: DE LA CIENCIA TANTO SEGÚN SÍ COMO EN ORDEN A LA OPINIÓN Y A LA FE

Articulus I: QUÉ SEA LA CIENCIA Y CÓMO SE DISTINGA DE LOS RESTANTES HÁBITOS EVIDENTES

Articulus II: QUÉ SEAN LA CIENCIA SUBALTERNANTE Y LA SUBALTERNADA Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus III: SI LA CIENCIA SUBALTERNADA SEA VERDADERA Y PROPIAMENTE CIENCIA, AUNQUE NO SE CONTINÚE CON LA SUBALTERNANTE

Articulus IV: CUÁLES SEAN LOS HÁBITOS INEVIDENTES Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus V: SI LA OPINIÓN Y LA FE CON LA CIENCIA INTRÍNSECAMENTE REPUGNEN

Quaestio XXVII: DE LA UNIDAD Y DISTINCIÓN DE LAS CIENCIAS

Articulus I: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD O DIVERSIDAD ESPECÍFICA DE LAS CIENCIAS EN RAZÓN DE COGNOSCIBLE

Articulus II: SI LA CIENCIA SEA UNA SIMPLE CUALIDAD Y HÁBITO

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