Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO
Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA
Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE
Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE
Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE
Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO
Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE
Quaestio IX: DEL INDIVIDUO
Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE
Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO
Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE
Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA
Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS
Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE
Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN
Quaestio XI: DEL PROPIO
Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES
Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME
DOS COSAS SON las que en este cuarto predicable, en cuanto es universal, necesitan explicación: Primera, si la razón del cuarto predicable convenga solo al propio del cuarto modo, o también a los demás. Segunda, respecto de cuáles inferiores le convenga esta universalidad del cuarto predicable.
Acerca de lo primero no pocos DOCTORES estiman que la intención del cuarto predicable no solo al propio del cuarto modo, sino también al propio del segundo modo conviene, o también a todos. Y todo el fundamento parece reducirse a esto, porque estos propios, al menos el que es propio del segundo modo, se predican in quale accidentalmente y de modo distinto del quinto predicable, que solo dice poder estar presente y ausente, y convienen necesariamente, porque lo que es propio del segundo modo, como que el hombre sea bípede, necesariamente le conviene, aunque no solo a él, ergo pertenece al cuarto predicable.
Y se confirma, porque ningún accidente hay que de alguna substancia no dimane, aunque también pueda convenir a otros sujetos de los que no dimana. De donde santo Tomás in 7. cap. de Ente et Essentia1 en absoluto enseña que todos los accidentes dimanan de la substancia. Lo cual consta, porque todo accidente es cierta participación de la substancia. Ergo bajo aquella razón por la que dimana de la substancia debe pertenecer al cuarto predicable, aunque en cuanto se comunica a otros de los que no dimana falle de la razón perfecta de propio.
NIHILOMENOS ha de tenerse lo opuesto. Y digo: Solo el propio del cuarto modo, o lo que a aquel se reduce, es el substrato de la intención del cuarto predicable.
Cuya sentencia es más común entre los tomistas, de lo cual puede verse Soto, Masius, Araujo y otros con Cursu Carmel. disp. 8. q. 1.
La RAZÓN se toma de lo determinado por el Filósofo 1. Poster. cap. 4.2 lect. 10. apud D. Thomam3, donde asignando cuatro modos per se y explicando el segundo, a saber cuando el sujeto se pone en la definición del predicado, dice que esta es la diferencia entre el accidente propio y el común, que cuando en la definición de algún predicado se pone el sujeto, es accidente propio. Si, empero, algún predicado no se pone en la definición del sujeto ni el sujeto en la definición del predicado, tales son accidentes comunes y por accidente se predican. Pero cuando algo no se significa como propio del cuarto modo, que a todo, solo a aquel y siempre conviene, el sujeto no se pone en la definición del accidente mismo, como el hombre no se pone en la definición de bípede ni el cisne en la definición de blanco; ergo aquello no es propio, según que se discierne del quinto predicable. Y que no se ponga el sujeto en la definición de tal predicado consta, porque se salva extra de aquel sujeto, porque aunque competa a todo, no, empero, solo a aquel.
Dirás: Con esta razón se probaría que lo risible no sería propio del cuarto modo respecto de Pedro y de los demás individuos, porque también Pedro no se pone en la definición de risible, como ni el hombre en la definición de bípede.
Se responde que Pedro no por razón de la singularidad, sino por razón de la naturaleza específica que en Pedro está, se pone en la definición de risible. Todo, en efecto, lo que pertenece a la naturaleza específica de Pedro se pone en la definición de risible, pero no lo que pertenece a la singularidad de Pedro; no, empero, toda la naturaleza del hombre se pone en la definición de bípede. Y esta es la causa de que de las propiedades genéricas más se hagan propios del segundo modo respecto de las especies que de las específicas.
Después, como óptimamente nota santo Tomás opusc. 48. cap. de Proprio4, los accidentes comunes solo tienen habitud al sujeto como a causa material y receptiva, porque la causa material como tal no pone conexión necesaria con la forma accidental. El propio, empero, no mira al sujeto solo como causa receptiva, sino como principio del que dimana, porque tiene causa de conexión con aquel. Lo cual también advierte santo Tomás 1. Poster. en el lugar cit. Ergo para que algo sea propio cuarto predicable, según que se discierne del quinto, es preciso que el sujeto no solo tenga recibir, sino también tenga ser raíz de tal accidente y conexión necesaria con aquel. Pero si no le conviene solo a él, no tiene conexión necesaria con aquel, si quiera es común a otros y no puede tener por principio esencial y radical diversas esencias según que son diversas; ergo para que sea cuarto predicable debe convenir a todo, solo a aquel y siempre. De donde dice D. Tomás in 1. dist. 8. q. 1. art. 1. ad 1.5 que «cuando se dice que algo propiamente conviene por parte del sujeto, es preciso que por la propiedad se excluya todo extraño de la naturaleza del sujeto, como cuando se dice propio del hombre ser risible, porque a ninguno extraño de la naturaleza del hombre compete». Lo que, ergo, a todo compete, pero no solo a aquel, conviene a extraño de la naturaleza del sujeto, y así no propiamente conviene.
A LOS FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA OPUESTA se responde que los demás propios, también los que del segundo modo son propios, no se predican necesariamente con necesidad como formal y de conexión intrínseca, sino con necesidad como material o necesidad de materia individual, como se toma de D. Tomás opusc. 48. cap. de Proprio6, como diremos del accidente inseparable en la cuest. sig. Lo que, empero, se predica necesariamente con necesidad como formal y de los principios de la naturaleza y no solo de los principios individuales y de necesidad de la materia, esto es el propio cuarto predicable. Se dice, empero, quinto predicable lo que puede estar presente y ausente, porque no tiene conexión intrínseca ni raíz en los propios de la naturaleza, aunque de alguna causa extrínseca no pueda separarse cuanto a la existencia.
En el hombre, empero, ser bípede, si es propio del cuarto modo respecto de algún grado subalterno, respecto de aquel será cuarto predicable, y solo según qué estará en el segundo modo de propio, en cuanto no se dice a convertencia respecto del hombre.
A la confirmación se responde que todos los accidentes se causan de la substancia, como allí dice D. Tomás, pero algunos según principios formales, y estos son pasiones propias, porque tienen conexión de necesidad formal; algunos de principios materiales, y son accidentes comunes o accidentes de los individuos, como allí dice D. Tomás. Los que, empero, de principios formales se causan, si a otro sujeto se comunican, serán accidentes comunes respecto de aquel al que se comunican, como el calor respecto del agua o de la leña, pero propios respecto de aquel del que se causan.
Acerca del segundo punto, a saber respecto de cuáles sujetos convenga la razón del cuarto predicable, si respecto de la especie con la que la pasión se convierte, o respecto de los inferiores de los que se dice.
La RAZÓN DE DUDAR es que el propio del cuarto modo ni conviene a los individuos necesariamente ni convertiblemente, ergo respecto de aquellos no es predicable como propio. El antecedente consta, porque el propio no conviene solo al individuo, sino a otros; ergo no tiene conexión necesaria con el individuo en cuanto tal. Ni se convierte con aquel, porque no vale la consecuencia mutua entre los individuos y el propio; aunque, en efecto, valga: «Es Pedro, ergo es risible», no, con todo, al contrario: «Es risible, ergo es Pedro». Ergo no se tiene convertiblemente con los individuos.
Y se confirma, porque las pasiones propias del género respecto de los inferiores no se tienen como propio del cuarto modo, sino del segundo; ergo no se dice cuarto predicable respecto de los inferiores, sino respecto de la naturaleza con la que se convierte. El antecedente se prueba, porque bípede es pasión propia del animal condiviso contra los cuadrúpedos, que es género innominado respecto de todos los bípedes, y con todo respecto del hombre es propio del segundo modo. Más aún todos los accidentes comunes, como la blancura y la negrura y semejantes, respecto de algún sujeto son propio del cuarto modo, y con todo de los cuerpos singulares se dicen como accidentes comunes; ergo el cuarto predicable no se dice tal respecto de los inferiores. Y por último puede hacerse semejante argumento como arriba de la diferencia, porque esta predicación: «El hombre es risible» es del cuarto predicable, como no pertenece a otro modo de predicar, y es universal, porque se predica del universal a convertencia; a saber del hombre, ergo es universal del cuarto predicable respecto de la especie.
Omito las razones para probar que los inferiores del propio no deban ser los propios mismos singularizados, p. ej. respecto de lo risible este y aquel risible, porque en lo semejante ya esto resolvimos en la cuest. prec. de la Diferencia.
A LA DIFICULTAD, ERGO, PROPUESTA RESPONDO según lo dicho en la cuest. prec. de la Diferencia, que el propio no reviste la razón de cuarto predicable sino respecto de los individuos de la especie misma con la que se convierte. Así pues, solo a la razón metafísica de pasión propia, a saber la razón de conexión necesaria y la convertibilidad con aquello de lo que es propio, todo esto lo tiene respecto de la especie con la que se dice a convertencia, y es más bien cuarto predicado que cuarto predicable. Cuanto, empero, a la razón de cuarto universal lógico, así necesariamente debe mirar a los inferiores de la especie misma con la que se convierte.
Y LA RAZÓN ES que el propio respecto de sus singulares, p. ej. la risibilidad a esta y aquella risibilidad, es ciertamente superior y universal, pero no in quale, sino in quid, como la especie y los individuos. El accidente, en efecto, propio también tiene su quididad y naturaleza, que predica de sus inferiores. Respecto, empero, de la especie o naturaleza de la que dimana el propio, tomada en común, se predica ciertamente in quale, pero no como superior, sino como igual y convertiblemente. De donde concomitantemente será universal, pero no formalmente respecto de aquella, como no es respecto de aquella superior. De donde como el propio se predica por sí y de todo, por sí ciertamente se dirá respecto del sujeto o naturaleza de la que dimana, de todo, empero, respecto de los contenidos bajo tal naturaleza, como egregiamente anotó D. Tomás 1. Poster. lect. 9. § Interponit etc.7
A LOS FUNDAMENTOS OPUESTOS se responde: A lo primero: Se niega el antecedente. A la probación se dice que el propio tiene conexión necesaria con los individuos mediatamente y por razón de la naturaleza de la que dimana, no por razón de la individuación a la que se comunica. Igualmente mutuamente se convierte con aquellos por razón de la naturaleza de aquellos, no por razón de la individuación. Que, empero, sea común a muchos no quita la razón de propio respecto de la naturaleza, porque esta comunidad no es a extraños, sino a los individuos de la naturaleza propia. Ni se requiere que la conexión necesaria se funde en algo por razón de todos los que en él están o bajo él se contienen, sino por razón de la naturaleza o raíz y principio en el que se funda. De donde no se requiere que haya consecuencia mutua entre el propio de alguna naturaleza y cualquier individuo, sino que basta que entre la naturaleza misma y el propio haya conexión y consecuencia mutua.
A la confirmación se responde que aquellos que verdaderamente son pasiones del género convienen a todos los inferiores como propio del cuarto modo, no menos que los propios específicos a los individuos de tal especie, como lo táctil, que es propiedad del animal, y la cantidad respecto del cuerpo, si, con todo, se sigue a la forma del cuerpo y no solo a la materia. Pues que la cantidad sea propiedad del cuerpo suficientemente significa D. Tomás quaest. de Spirit. creat. art. 3. ad 18.8 Otros, empero, de esto dudan; de lo cual Cayetano de Ente et Essentia cap. 7. q. 16. ad 1. Esto, con todo, a lo presente no atañe.
Que, empero, se dice del bípede, no del todo consta que sea propio del cuarto modo; pues entre las diferencias esenciales se pone por D. Tomás 5. Metaph. lect. 16. al principio9, pero, con todo, en absoluto se numera entre las diferencias accidentales 1. de Anima lect. 1. al fin10. Y se dice aceptarse como diferencia esencial porque usamos de diferencias accidentales más notorias para nosotros por esenciales.
A aquello que se dice de los demás accidentes se responde que no todos son pasiones propias, porque no todos nacen de los principios formales de la naturaleza, sino que algunos nacen de los materiales, como arriba dijimos del Divino Tomás 7. cap. de Ente et Essentia11. Y lo mismo tiene in 1. dist. 17. q. 1. art. 2. ad 2.12 Y otros no son pasiones propias de alguna naturaleza, aunque de lo extrínseco puedan tener causa de inseparabilidad en algún sujeto, como la negrura en el cuervo.
Al argumento, empero, de la predicación del propio de la especie se responde que es ciertamente predicación de cosa universal, pero, con todo, no que tenga universalidad respecto de la especie, que le es igual, no inferior; el universal, empero, formalmente solo es respecto de los inferiores.
Por último advierte que a veces la pasión propia no es accidente determinado, sino disyunto, como par o impar respecto del número, masculino y femenino respecto del animal, y entonces cualquiera de aquellos determinadamente es accidente, aquello, empero, disyunto es lo que conviene por sí. De lo cual véase D. Tomás 1. Poster. lect. 10. al fin13.