Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO
Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA
Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE
Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE
Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE
Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO
Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE
Esta dificultad es afín a la precedente y de aquella más plenamente se inteligie cómo la especie pueda ser predicable de muchos, aunque aquellos no sean posibles por el modo de individuación. Como, empero, tanto en el género como en la especie se consideran dos cosas, a saber la naturaleza que explican actualmente y los varios a los que están en potencia, es cierto que tanto el género como la especie, cuanto a la naturaleza que actualmente dicen, en una especie y en un individuo pueden conservarse, porque el género comunica toda su esencia a cualquier inferior, ergo en cada uno se salva toda la naturaleza del género y de la especie. De donde dice santo Tomás 1. p. q. 77. art. 1. ad 1. que «el todo universal está presente a cualquiera según toda su esencia y virtud como el animal al hombre y al caballo». Ergo toda la esencia del género se salva en cualquier especie.
Se reduce, ergo, TODA LA DIFICULTAD a esto, si el género cuanto a la potencialidad y al orden que tiene a varios pueda respecto de una especie salvarse, aunque las demás fueran imposibles. Pues si son posibles, aunque de hecho no existan, es cierto que se salva la potencia del género a aquellas, porque de su existencia no pende, y de hecho después del día del juicio en todo el género de animal no habrá sino única especie de hombre, y aquello también hubiera podido hacerse desde el inicio. E igualmente hablamos de la especie según la potencia y aptitud a existir en varios. Y no es el sermón de las intenciones mismas, sino de la aptitud y potencia a varios, que es su fundamento. La intención, en efecto, es relación que sigue a la naturaleza del fundamento.
Algunos, ergo, en absoluto reputan que el género en una especie puede conservarse y la especie en un individuo. La misma, en efecto, es la razón de uno y de otro, porque igualmente son universales; el universal, empero, es uno en muchos; ergo si para la especie basta la muchedumbre solo por parte del modo de concebir, aunque no por parte de la cosa concebida, como en el art. prec. dijimos, igualmente basta para el género. Otros al contrario estiman que ni el género ni la especie en un solo inferior pueden salvarse, porque esencial es a cada universal dividirse por muchas diferencias, como es uno de muchos; ergo faltando los muchos falta el universal. Otros, por último, distinguen entre género y especie, y para conservar el género en razón de todo potencial estiman que se requieren varias especies, para salvar, empero, la especie no se requieren varios individuos. De cuyas sentencias véase Cursum Carmel. hic disp. 6. q. 2.
Esta última sentencia es más común y sin duda de D. Tomás in 1. Poster. lect. 12.,1 donde dice «que no es posible hallar algún género cuya una sola sea la especie. El género, en efecto, se divide en especies por diferencias opuestas; es preciso, empero, si uno de los contrarios se halla en la naturaleza, que también el restante se halle, como consta por el Filósofo in 2. de Coelo;2 y por eso si una especie se halla, se halla también la otra. Una, empero, especie se divide en diversos individuos por la división de la materia. Acontece, empero, que toda la materia proporcionada a alguna especie se comprenda por un individuo, y entonces no hay sino un individuo bajo una especie». Lo mismo enseña el Santo Doctor in 1. dist. 19. q. 4. art. 2. in corpore.3
Y se toma el FUNDAMENTO de esta sentencia de dos proposiciones puestas por D. Tomás. Primera, que el género se divide por diferencias opuestas. Segunda, que si un opuesto o contrario se halla en la naturaleza de las cosas, también el restante.
Y la primera proposición consta, porque el género se contrae por diferencias formalmente diversas o formas incompatibles y distantes en el mismo género. En esto, empero, consiste la oposición o contrariedad, que sean algunas formas distantes en el mismo género, y si máximamente distan, es perfecta contrariedad. Que el género se divida por diferencias formalmente diversas consta, porque el género se divide por diferencias que lo contraen a constituir la especie; ergo es preciso que diga naturaleza actuable y contrahible por diferencias formales que completen su actualidad y constituyan la esencia formal. De donde, si tiene varias diferencias, formalmente deben ser diversas, y no solo materialmente, esto es, en la razón formal misma de quididad, y por tanto es preciso que sean opuestas, como formalmente incompatibles.
La segunda, empero, proposición se prueba por el mismo D. Tomás 2. de Coelo lect. 4.,4 porque de los contrarios es la misma la materia y el sujeto, de otro modo no se expelerían mutuamente si no versaran alrededor del mismo sujeto. Ergo es preciso que la materia o sujeto de un contrario tenga potencia al otro contrario. Ergo si uno de los contrarios está en la naturaleza de las cosas, el otro también es posible, porque se da potencia susceptiva de aquel. Que si fuera imposible, por esto mismo se destruiría la potencialidad susceptiva de aquel que está en la materia o en el género, porque solo sería potencialidad receptiva de uno. Y así se destruiría la potencialidad del género a muchos, porque es a muchos como contrarios y formalmente opuestos.
De cuyas proposiciones abiertamente se deduce la diferencia entre el género y la especie, porque el género se tiene a las diferencias específicas como materia potencial a las formas actuales y formalmente opuestas o incompatibles. La especie, empero, dice orden a varios solo materialmente diversos y solo materialmente incompatibles, y así no se tiene a las diferencias individuantes como la materia a la forma, sino más bien como la forma a la división material. Lo que, empero, se tiene como materia, si es comunicable a varios, debe suponer la posibilidad de aquellos a los que es comunicable. Aquello, empero, que se tiene como forma, por la razón misma y el concepto de forma es comunicable a varios, aunque por defecto de la materia recipiente pueda impedirse la comunicación. Y la razón de esto es que la materia y aquello que por parte de la materia se tiene más bien de sí es principio de incomunicabilidad, como también de limitación y restricción, pero como es el último sujeto extra del cual no se da comunicación, sino que si la materia es comunicable a varios, de esto es, porque aquellos varios son posibles alrededor de tal materia. De donde de la posibilidad de las formas alrededor de algún sujeto o materia se toma la potencialidad de la materia a varios. Que si la materia se comunica a la forma, más bien es para que se perfeccione en sí por la forma que para que ella misma se comunique, porque comunicarse es propio del bien. La materia, empero, no es buena en acto, porque no es perfecta ni en acto, y como dice D. Tomás 1. p. q. 5. art. 3. ad 3., la materia prima no es apetecible, sino apetente. De donde la forma no tanto apetece la materia cuanto ser en la materia.
Por lo cual ser la materia comunicable a varios no es otra cosa que poder y perfeccionarse por varios. Ergo la potencialidad de la materia o del género a varios nace de la pluralidad misma de las formas que pueden perfeccionarla. Mas la forma por la razón misma de forma, que es acto y perfección, es comunicable a varios cuanto es de sí, porque es perfección y acto; la perfección, empero, es bien, y el bien como bien es comunicativo de sí. De donde no de la pluralidad de los recipientes pende que de sí sea comunicable, sino que aquello lo tiene de la razón de forma y de acto. De donde 1. Periherm. lect. 10.5 dice D. Tomás que «toda forma que es nacida a recibirse en la materia, cuanto es de sí es comunicable a muchas materias». Y 1. p. q. 3. art. 2. ad 3. y 7. Metaph. lect. 15. § Ponit aliam rationem6 universalmente dice que «cualquier forma, cuanto es de sí, es nacida a ser en varios». Como, ergo, la especie se toma de la forma y dice la esencia formalmente completa por el modo mismo de concebirla, no repugna concebirse como comunicable a varios, aunque por defecto de la materia recipiente y materialmente dividente no siempre pueda en el ejercicio comunicarse, como dijimos en el art. prec. de las especies angélicas. De sí, ergo, cualquier especie, también cuanto a la comunicabilidad a varios, no pende de varios individuos; el género, empero, pende de varias especies.
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.
Primero se argumenta para probar que el género puede salvarse en una sola especie, porque en una sola especie puede aceptarse el grado o razón indeterminada y potencial y la razón o grado actual y determinado; ergo puede aceptarse género y diferencia.
El antecedente consta, porque aquella especie estaría en el predicamento, como sería cosa creada. Ergo tendría grado superior e inferior, y consiguientemente determinable y determinado, si quiera no todos los predicados de aquella serían de igual actualidad y determinación.
SE RESPONDE que aquella especie estaría ciertamente en el predicamento por razón de la naturaleza limitada y tendría grado superior e inferior, no ciertamente con superioridad más extensa y amplia respecto de los inferiores, sino menos determinada y actual, o más potencial por parte de la quididad, que la diferencia que contrae. De donde no sería universal genéricamente, aunque tuviera naturaleza más potencial que la diferencia, como tiene el género. Sería, ergo, potencialidad que mira solo a una forma, no que se tiene indiferentemente a varias, como la potencia del alma y del ángel a suscipir el intelecto, que no es potencialidad a muchos, sino solo a uno.
Y cuando se insta que aquel predicado genérico no sería igual con el predicado específico y diferencial, ergo sería superior como género:
Se responde que no sería igual en actualidad, porque la diferencia lo actuaría, pero sería igual en extensión, porque no se extendería a más que la especie y la diferencia. La universalidad, empero, genérica pide extensión a muchos cuanto a la razón de todo potencial, aunque la naturaleza que explica sea más imperfecta y más potencial que la diferencia que contrae en razón de quididad.
Segundo se argumenta: Si toda la potencialidad del género no pudiera salvarse en única especie, ergo ni en dos ni en diez ni en algún otro número cierto, porque no hay mayor razón de que aquella potencialidad se agote por dos especies que por veinte o por ciento. Y así cualquier género requeriría infinitas especies, ni podría de potencia absoluta salvarse toda la potencialidad del género en una especie o en dos, como con todo puede toda la potencialidad de la materia saciarse con única forma incorruptible. Más aún, de esta razón se seguiría que ni la especie podría salvarse en único individuo, porque está en potencia a varias condiciones individuantes que en un solo individuo no pueden salvarse. Ergo como el género no se salva en una sola especie porque está en potencia a varias diferencias, así tampoco la especie en un individuo, porque no pueden todas las condiciones individuantes recogerse en uno.
SE RESPONDE que la potencialidad del género suficientemente se salva por esto mismo de que tenga varias especies, ya estén en número determinado ya infinito; de esto, en efecto, no disputamos. Se requieren, ergo, al menos y bastan dos especies bajo un género, ni puede su potencialidad extensiva salvarse, también de potencia absoluta, respecto de una sola especie por la razón dicha.
Y al ejemplo aducido de la materia decimos que o aquella materia es capaz de varias formas corruptibles o solo es capaz de una forma incorruptible, como muchos estiman de la materia del cielo. Si de este segundo modo se tiene, no se salva en aquella materia la potencialidad de contrariedad y de extensión a varios, sino solo la potencialidad de actuación e información, que se hace por uno. Si del primer modo, siempre aquella materia permanece con potencialidad a varios por los que es potente a informarse, aunque de hecho no esté en estado de transmutación a aquellos, si tiene forma incorruptible por la que se sacia cuanto a la transmutación a otras, no cuanto a la capacidad de aquellas.
Y al ejemplo de la especie respecto de varios individuos se responde que es verdadero que en único individuo no puede la especie tener todas las propiedades y diferencias individuantes, si de hecho son posibles, pero tiene en un individuo la naturaleza que por el concepto de forma y de acto por el que se constituye no repugna ser comunicable a varias diferencias individuantes, aunque por defecto de la materia aquellas sean imposibles. Mas el género de esto de que esté en una especie no es comunicable a varias especies, si aquellas son imposibles, porque la materia de sí no es principio de comunicar a varios, sino de recibir varios. De donde si aquellos son imposibles, no permanece potencialidad a recibirlos. Y lo mismo es del género, cuya potencialidad se asimila a la de la materia en orden a las formas o diferencias formales.
Último se argumenta: Si alguna especie se conserva en único individuo, o tiene anexa esencialmente la repugnancia a varios o no la tiene. Si no la tiene, ergo aquellos varios son posibles y así se quita el caso de que solo un individuo sea posible. Si tiene intrínseca repugnancia, ergo ni por el modo de concebir puede aceptarse como comunicable y universal a varios, y así no habrá diferencia entre ella misma y el género.
Y se confirma, porque en aquel caso la especie y el individuo no se distinguen, porque no es posible sino un individuo. Ergo no se salva en aquel la indiferencia a varios, como se requiere para la universalidad de la especie; o si se halla indiferencia porque es predicado superior, lo mismo diremos del predicado genérico en una sola especie.
SE RESPONDE que aunque la especie tenga anexa esencialmente la repugnancia a varios individuos, puede salvarse la razón de su universalidad si aquella repugnancia la tiene no del concepto de naturaleza como naturaleza es, sino del modo de individuación que radicalmente se contiene en la naturaleza específica misma, como dijimos en el art. prec. De donde no repugna por el modo de concebir tal naturaleza inadecuadamente y bajo el concepto precisado de naturaleza y de forma concebirse como comunicable a varios no-repugnantemente por fuerza de tal precisión y concepto inadecuado, aunque en la cosa repugne por otro principio que también pertenece a la esencia misma, a saber porque carece de materia en cuyas diversas partes se reciba diversa naturaleza individual.
A la confirmación se responde que aquella naturaleza específica se distingue solo por razón de aquel único individuo. Pero, con todo, se dice que fundamentalmente permanece la indiferencia y potencialidad a varios en tal especie, no, empero, en el género, no solo porque es predicado superior, sino porque es tal predicado superior, a saber a modo de quididad formal, que según las propiedades de la forma por el concepto mismo de forma y de naturaleza es comunicable a varios, aunque aquellas a las que podría comunicarse no se den. El género, empero, por fuerza de su concepto precisado no dice comunicabilidad a varios como la forma, sino como la materia, que a no ser que haya varias formas posibles no tiene potencialidad a recibirlas.
De lo cual también se resuelve otra instancia, a saber cómo la especie, como es todo potencial respecto de los individuos, se salve en un único individuo, que es parte de aquella, como todo todo es mayor que su parte.
Se responde, en efecto, que la especie existente en un único individuo es todo potencial no respecto de aquel solo, sino respecto de varios a los que por fuerza de su concepto formal no repugna comunicarse, aunque en la cosa no sean posibles muchos a los que se comunique. De donde no decimos que respecto de un único individuo se salve la especie, sino que existiendo en un individuo no repugna que se conciba como comunicable a varios, cuanto es por el modo de concebir aquella forma o naturaleza.