Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO
Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA
Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE
Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE
Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE
Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO
Para que el PUNTO DE LA DIFICULTAD se dé a conocer, dos cosas han de notarse.
Primero, que entre las naturalezas que no tienen sino un individuo puede considerarse triple diferencia. Pues cierta naturaleza es la que de hecho no tiene varios individuos, puede, con todo, tenerlos de lo posible, como la luna, el sol y semejantes, que tienen materia divisible en absoluto, pero no divisible naturalmente; de la división, empero, de la materia es nacida a seguirse la multiplicación de los individuos. Otra naturaleza es la que ni de hecho ni de lo posible puede tener multiplicación individual por parte de la división de la materia, porque carece de toda materia, como son las substancias espirituales completas, como los ángeles. Está, con todo, puesto en opinión si por otro caput que por la división de la materia puedan tener multiplicación numérica, y con todo, aunque no puedan tenerla, aún, con todo, puedan concebirse aquellas naturalezas como universales y según alguna indiferencia y potencialidad a aquel único individuo que tienen. Por último otra naturaleza es la que no solo no tiene varios individuos de hecho ni de lo posible según multiplicación de la naturaleza, sino que ni la naturaleza misma puede concebirse con alguna potencialidad a la individuación y como contrahible por la singularidad, porque es acto puro, a saber Dios, y así en el ser no puede ser universal, aunque pueda concebirse la naturaleza misma no explicada la individuación, y así puede significarse a modo de término común y no de término singular, como este nombre «Dios» es término común en el significar.
De la primera naturaleza no hay dificultad en lo presente, porque consta que aquella naturaleza puede predicarse de muchos, en la que son posibles muchos individuos de los que se predique. Igualmente de la tercera naturaleza no es la cuestión presente; de aquella, en efecto, tratamos arriba q. 5. art. 3. Sino que toda la dificultad es de la segunda naturaleza. Acerca de la cual no disputamos ahora si son posibles o no posibles varios ángeles solo distintos por número, de lo cual se trata 1. p. q. 50. Si, en efecto, son posibles varios distintos por número, la cuestión vacía de dificultad; ha de decirse, en efecto, de la naturaleza angélica como se dice del sol y de la luna y de otras naturalezas en las que varios individuos son posibles. Pero admitido que sean imposibles varios individuos en la naturaleza angélica, entonces surge la dificultad presente, si porque por el modo de concebir aquella naturaleza se concibe como indiferente a la individuación, baste para que sea especie predicable de muchos, no de los que de hecho tiene o puede tener en la cosa, sino de los que por el modo de concebir a aquella naturaleza así indiferente no repugnan.
Segundo advierte que tener varios individuos acontece doblemente, o positivamente o por no-repugnancia al menos por parte de algún principio. Cuya distinción se toma del Divino Tomás quaest. de Spirit. creat. art. 8. ad 4.1 Predicarse de muchos positivamente es cuando se da fundamento positivo en la cosa misma para que se haga predicación de muchos, a saber porque tal multiplicación se halla en la cosa. Y de ahí se toma el fundamento para concebir una naturaleza predicable de aquellos. Por no-repugnancia se dice predicarse de muchos cuando no se halla ciertamente en muchos de parte de la cosa, sino en uno solo, de tal modo, con todo, se tiene la naturaleza a aquel único individuo que puede abstraerse de aquel del mismo modo precisamente en que se abstrae de varios, a saber permaneciendo la naturaleza con indiferencia y potencialidad a aquella individuación. Y así por fuerza de tal abstracción no tiene la naturaleza repugnancia a varios individuos, aunque en la cosa por otro caput repugne, a saber por carencia de materia, sin cuya división no se hace la multiplicación de los individuos.
En esta, ergo, dificultad comúnmente EXTRA DE LA ESCUELA DE D. TOMÁS se tiene que, supuesta la sentencia de D. Tomás de la imposibilidad de varios individuos en la misma especie angélica, tal especie será subicible y no predicable. Parece, en efecto, contra toda razón que algo sea predicable de muchos a lo que repugna la predicación actual misma de muchos; que esta, empero, repugne es manifiesto, porque repugna que se den los muchos mismos. No niegan, con todo, estos autores que pueda concebirse la naturaleza angélica como universal negativamente y metafísicamente, porque puede concebirse sin alguna singularidad y diferencia individual, lo cual es permanecer precisada de la individuación.
NIHILOMENOS la sentencia opuesta comúnmente defienden los TOMISTAS y estiman: Por esto mismo de que se da fundamento en tal naturaleza para que se conciba precisada de aquella única individuación y con indiferencia y potencialidad a ella misma, poderse concebir como universal y como especie predicable. Para esto, con todo, es necesario que no se conciba la naturaleza angélica adecuada y plenamente según que está en sí, sino inadecuadamente y a instar de las cosas compuestas de materia y forma.
Y se toma abiertamente esta sentencia de la doctrina de santo Tomás in quaest. de Spirit. creat. art. 8. ad 4.,2 donde así dice: «Como esta blancura no se prohíbe que tenga bajo sí muchos individuos de esto de que es blancura, sino de esto de que está en esto, que pertenece a la razón de individuo, así la naturaleza de este ángel no se prohíbe que esté en muchos de esto de que es naturaleza en tal orden de las cosas, que pertenece a la razón de especie, sino de esto de que no es nacida a recibirse en algún sujeto, que pertenece a la razón de individuo». Así D. Tomás. Cuyas palabras son más claras que para que necesiten alguna ponderación. Lo mismo afirma in opusc. 42. cap. 5.3 y 1. p. q. 13. art. 9. y allí Cayetano y 5. cap. de Ente et Essentia4 q. 9. ad 2. y sobre cap. de Specie in Logica.
TODO, EMPERO, EL FUNDAMENTO de esta sentencia es que aunque no pueda en tal naturaleza concebirse un respecto que positivamente tienda a varios individuos ni la unidad de la naturaleza colectada de varios individuos, porque en la verdad de la cosa no se dan, puede, con todo, concebirse la indiferencia de la naturaleza y la potencialidad a un individuo tal que de sí bastaría para varios, si de otra parte se pusieran en la cosa. Así pues, la indiferencia de la naturaleza por su modo propio es comunicable a varios; por parte, empero, de aquellos a los que ha de hacerse la comunicación, tal comunicabilidad no puede ejercerse. La razón de esto es que no puede negarse que se dé el individuo de la naturaleza angélica puesto en el predicamento, como el ángel que se halla en la cosa es substancia predicamental. Y no se pone inmediatamente bajo el género, ergo inmediatamente está puesto bajo alguna especie átoma. Pero la especie átoma bajo la cual se contiene el individuo es superior respecto de aquel, ergo universal y predicable respecto de aquel. Tal, en efecto, especie no se predica del individuo como igual, de otro modo del individuo de Gabriel no se predicaría la especie con predicación de superior del inferior, sino que sería como predicación idéntica, como cuando el individuo se predica del individuo. Es, ergo, predicación de superior del inferior, de otro modo no podría conservarse la especie en un solo individuo, como diremos en el art. sig., si teniendo solo un individuo no pudiera concebirse como superior. De esto, empero, manifiestamente se sigue que aquella naturaleza y especie así concebida como superior respecto de aquel individuo tenga indiferencia que de sí basta para varios individuos, aunque de hecho no pueda ejercerse la multiplicación por defecto de la condición requerida, a saber de la división por parte de la materia. Pues aquella especie así abstraída de la individuación no incluye en acto aquella, sino en potencia, y consiguientemente como ni incluye la unidad o pluralidad individual, así tampoco por fuerza de aquel concepto excluye la pluralidad de los individuos. Ergo si por fuerza de aquel no excluye, tiene por fuerza de la indiferencia orden a varios no positivamente, sino no-repugnantemente.
Y se confirma, porque la repugnancia a varios individuos en la naturaleza angélica no es según todos los predicados de la naturaleza, sino según la razón precisada de irreceptibilidad en la materia, porque, a saber, no se individua por designación de la materia, sino por carencia de aquella. De donde la repugnancia a la pluralidad no es de la naturaleza, sino del modo de individuar la naturaleza, porque no hay otro principio de individuar que la irrecepción misma de la forma; de ahí, en efecto, y no de otra parte tiene la incomunicabilidad, que es la razón de individuación. Ergo si se concibe la naturaleza inadecuadamente, esto es, cuanto a la razón de especie, y no el modo mismo de individuar la naturaleza, no se acepta la naturaleza como que repugna a la multiplicación de los individuos y consiguientemente como que tiene varios individuos no-repugnantemente, aunque positivamente no mire a muchos, no por defecto suyo, sino porque aquellos muchos no son.
Que, empero, algunos dicen que la naturaleza angélica es común positivamente a un individuo real y a varios fingidos, es fútil, porque mirar a varios fingidos es no mirar a varios en los que pueda ser y de los que pueda predicarse. De varios, en efecto, fingidos no sino fingidamente se predica; predicarse, empero, fingidamente es no predicarse verdaderamente ni concebirse verdaderamente como predicable.
DIRÁS: Ergo ninguna diferencia hay entre Dios y la naturaleza angélica. Pues también Dios puede concebirse como rey común sin singularidad y significarse como término común, como arriba dijimos q. 5.5 Ergo por el modo de concebir tendrá universalidad y consiguientemente grado de superior e inferior, lo cual en Dios no puede admitirse.
Se responde que hay razón dispar, porque Dios, aunque pueda concebirse sin singularidad y consiguientemente significarse de modo común, con todo la naturaleza misma así concebida no permanece con indiferencia y potencialidad a la individuación, si quiera se concibe como acto puro, el cual ciertamente, aunque por el modo de nuestro concepto imperfecto no siempre explique la singularidad, con todo por parte suya no permanece indiferente a aquella, como cuando un atributo concebimos sin otro, no permanece uno en potencia e indiferente al otro, sino que solo no lo expresa. De donde la naturaleza divina solo por un título es común, a saber por razón de nuestro concepto imperfecto, no, con todo, por razón de indiferencia y potencialidad por parte de la naturaleza. La naturaleza, empero, compuesta por triple título es universal, a saber por el modo de concebir abstrayendo de los singulares y por la indiferencia de la naturaleza según sí y por la pluralidad de los individuos a los que puede terminarse el respecto universal. La naturaleza, empero, angélica solo por doble título, a saber por el modo de concebir y por la indiferencia misma de la naturaleza según sí, aunque por defecto de muchos individuos no pueda ejercerse en la cosa esta comunicabilidad a varios, y así es universalidad sin ejercicio. Para que, empero, la naturaleza divina se signifique con término común basta que por el modo de significar se conciba sin singularidad. Para que, empero, sea género o especie se requiere que se conciba como contrahible y determinable, y consiguientemente que la razón que contrae sea más determinada y más actuante, lo cual sin potencialidad en lo contrahible mismo y mayor actualidad en lo que contrae no puede concebirse. Lo cual todo repugna al acto puro.
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.
Primero se argumenta con el argumento insinuado refiriendo la sentencia opuesta: Pues la especie angélica tiene repugnancia a que se predique de varios, y esto de lo intrínseco de la naturaleza misma, porque de lo intrínseco es imposible la multiplicación de tal naturaleza en los singulares. Ergo repugna que sea especie predicable de muchos. A aquello, en efecto, a lo que la predicación misma repugna, la predicabilidad no conviene, como a aquello a lo que la visión repugna, la potencia de ver no conviene.
Y se confirma, porque la unidad formal que se halla en la especie predicable se toma por el intelecto de la semejanza y desemejanza de los individuos y de la conveniencia de aquellos entre sí; ni, en efecto, otro es el fundamento de esta unidad formal. Ergo faltando la conveniencia de varios individuos, no resta de dónde se tome la unidad formal de la especie, que es unidad de conveniencia de varios en algún grado.
SE RESPONDE: Se distingue el antecedente: La naturaleza angélica tiene repugnancia a que se predique de muchos por el modo de individuación y de incomunicabilidad de la forma misma, se concede; por fuerza de la naturaleza y de su indiferencia, se niega. Y aunque el modo mismo de individuación sea intrínseco a la naturaleza angélica, no, con todo, según el concepto de naturaleza como naturaleza es, sino como irreceptible e incluyendo el modo de la naturaleza por el que ella misma se individua. De donde aunque concebida adecuadamente la naturaleza con el modo no pueda predicarse de muchos, si, con todo, inadecuadamente se concibe sin aquel modo y con potencia a él mismo, se concibe como predicable de muchos, no positivamente, porque no son muchos los que terminen el respecto de predicabilidad, sino no-repugnantemente, cuanto es por parte del concepto de naturaleza como naturaleza concebida sin aquel modo, aunque aquel modo por propia razón de la naturaleza convenga. Y muchas cosas hay que en absoluto y simpliciter no pueden ponerse en la cosa, y con todo porque por fuerza de algún principio no repugnan, bajo el concepto de tal principio se dicen no repugnar. Como advierte D. Tomás quaest. de Spirit. creat. art. últ. ad 7.,6 que la substancia puede inteligirse sin algún accidente, pero en la cosa no puede crearse alguna substancia sin algún predicado accidental, al menos sin la existencia misma. Así, estando la naturaleza angélica con su modo de individuación que tiene en la cosa, esto es, sin aquella recepción y división de la materia, no está el que se multipliquen los individuos, y con todo por fuerza de la naturaleza, no como reviste el modo de individuación, sino bajo el concepto precisado de naturaleza como en potencia a esta individuación, no-repugnantemente se tiene a varios. Y a aquello a lo que la visión repugna, repugna la potencia de ver, si de lo intrínseco la visión misma repugna; si, empero, de algún modo o impedimento extrínseco, no continuo la potencia de ver repugna por fuerza del principio intrínseco.
Y cuando se insta que no puede ser universal sino a muchos individuos fingidos, como en la cosa son imposibles.
Se responde que por fuerza del concepto de naturaleza aquellos muchos individuos no son imposibles, ni, con todo, por fuerza de aquel son absolutamente posibles y en la cosa, porque para que algo sea posible en la cosa es preciso que, atendidas todas las que en la cosa concurren, sea posible. En la cosa, empero, concurre el modo de individuar en la naturaleza misma, de lo cual tienen ser imposibles. Para que, empero, se diga no imposible cuanto es por fuerza de la naturaleza, basta que por aquella parte o por fuerza del concepto de naturaleza precisamente no tenga imposibilidad. Y por eso solo se dice que no-repugnantemente mira a aquellos varios, y cuanto es por fuerza de la naturaleza, no positivamente en la cosa y en absoluto.
A la confirmación se responde que la unidad formal en las naturalezas compuestas se toma de la conveniencia positiva de varios individuos; en las naturalezas, empero, simples no se toma de la conveniencia positiva de varios, sino de la unidad misma de la naturaleza concebida sin individuación y con indiferencia, que de sí no repugna comunicarse a muchos cuando se concibe sin el modo de individuación y a instar de cosa compuesta. Mejor es, empero, que la unidad formal se tome de la indivisión de la naturaleza específica que de la conveniencia de varios individuos.
Segundo se argumenta: Aquel modo de irrecepción en la materia esencialmente conviene al ángel, si quiera por esto se distingue del alma racional, que es forma recibida. Ergo no puede abstraerse la naturaleza específica del ángel de aquel modo de individuación que es por irrecepción en la materia.
El consecuente consta, porque por más que se abstraga la naturaleza angélica, no puede abstraerse de aquello que le es esencial. Así, en efecto, no se abstraería, sino que se destruiría, como si el hombre se concibiera sin animal, lo cual es concebir alguna esencia sin aquello que le es esencial.
Ni obsta que se conciba inadecuadamente o a instar de cosa compuesta, y así pueda concebirse de modo comunicable a varios.
Contra lo primero, en efecto, se insta, porque de otro modo Pedro podría concebirse como universal, e igualmente la naturaleza divina. Porque Pedro concebido inadecuadamente solo explica la naturaleza, no la individuación, y consiguientemente si el concepto inadecuado de cosa intrínsecamente singular, cual es el ángel, basta para que pueda denominarse universal, ¿por qué también Pedro, que intrínsecamente es singular, si se concibe inadecuadamente, esto es, cuanto a la naturaleza, no cuanto a la individuación, no podrá concebirse como universal? Y lo mismo es de la naturaleza divina, que esencialmente es singular.
Contra lo segundo, empero, se insta, porque aunque concibamos a los ángeles a instar de cosa corpórea, no, con todo, les atribuimos las propiedades de la cosa corpórea, sino que las removemos de ellos, porque les repugnan. Ergo como la multiplicación numérica que conviene a las cosas corpóreas repugna a las espirituales, no podemos atribuírsela.
SE RESPONDE: Admitiendo que la naturaleza angélica esencialmente es irreceptible en la materia y carente de aquella, y de esta carencia de materia nunca puede precisarse, negamos, con todo, que no pueda precisarse de su singularidad, porque la carencia de materia y la irreceptibilidad no es la individuación misma del ángel, sino la raíz de aquella. La individuación, en efecto, en el ángel no dice solo la raíz y el principio de incomunicabilidad, sino también la designación formal y la determinación cierta del individuo, que también en los ángeles depende o dice orden a predicados extrínsecos, pongamos a la subsistencia y a los accidentes. Consta, en efecto, que puede separarse en el ángel la personalidad propia, como si la naturaleza angélica fuera asumida por Dios; la personalidad, empero, es término de la singularidad. De donde la singularidad y la individuación dicen orden a algunos extrínsecos ni puramente pertenecen a la constitución esencial del ángel. Como, empero, en las cosas corpóreas la materia tiene doble consideración, a saber componer o constituir la naturaleza misma, y radicalmente ser principio de individuación y de multiplicación numérica, según sí ciertamente remotamente, como, empero, signada por la cantidad, próximamente; y con todo cuando se considera la naturaleza en común, se considera la razón de materia como que constituye, no como que es principio de individuar. Así en su opuesto, que es la carencia de materia y la irreceptibilidad en ella, cual se halla en el ángel, puede atenderse doble consideración, y según que pertenece a la constitución misma de la forma simple y puramente espiritual, y según que pertenece al modo de individuación, en cuanto vuelve incomunicable e inmultiplicable a tal naturaleza espiritual. Y una consideración se discierne de la otra de tal modo que la carencia misma de materia, como se requiere para la constitución de tal naturaleza, no es otra cosa que la razón misma de forma simple según que es forma inmaterial, y como tal aún no funda la repugnancia de multiplicación. La carencia misma, empero, de forma como presta el modo de incomunicabilidad y funda la subsistencia y la singularidad completa, así presta el modo de individuación y repugna a la multiplicación. De donde cuando abstraemos la naturaleza específica del ángel del modo de individuar, no precisamos en tal naturaleza aquello que es esencial en la carencia de materia cuanto a la constitución de la quididad, sino aquello que en aquella naturaleza pertenece al modo de individuación, que radicalmente ciertamente se origina en la naturaleza específica misma, no, con todo, formalmente consiste en ella, como depende en su designación de predicados extrínsecos.
A las instancias, empero, aducidas se responde: A la primera, que Pedro no solo radicalmente, sino también formalmente explica la individuación misma, de donde no puede concebirse sin diferencia individual, también inadecuadamente, sino destruido el concepto de Pedro y aceptando el concepto de naturaleza. La naturaleza, empero, angélica no explica formalmente la individuación misma, aunque incluya su raíz bajo la formalidad de constituir la naturaleza inmaterial, no bajo la formalidad de emitir y fundar la individuación. La naturaleza, empero, divina puede ciertamente concebirse a modo de naturaleza sin singularidad, no, con todo, como universal, porque no puede concebirse como contrahible por diferencias, como es acto puro y de ningún modo en potencia.
A la segunda instancia se dice que cuando concebimos al ángel a modo de cosa corpórea, no le atribuimos las condiciones de la cosa corpórea a modo de atribución y de juicio, sino a modo de simple representación a instar de cosa corpórea lo aprehendemos sin individuación, no explicando todo lo que está en la naturaleza angélica, no ciertamente por parte de los predicados que constituyen la quididad, sino en cuanto es raíz de individuación. Si, en efecto, plena y adecuadamente se concibiera, explicando aquello que radical e implícitamente se contiene en la naturaleza, no podría concebirse como universal, porque explicaría el modo de la naturaleza, que es la singularidad y la inmultiplicabilidad. Lo cual también afirma santo Tomás 1. p. q. 13. art. 9.
Aún, con todo, instarás, porque la naturaleza angélica no solo según que se concibe a instar de cosa corpórea, sino también según sí está en el predicamento, como es ente finito y creado. Ergo según sí, aunque a instar de cosa corpórea no se conciba, tiene razón de género y de especie predicable, porque sin esto no se pone en el predicamento.
Igualmente se insta, porque la naturaleza corpórea, puesta la raíz de individuación que es la materia signada, no puede concebirse como universal, porque la naturaleza universal abstrae de esta raíz. Ergo si la especie misma de la naturaleza angélica es raíz de individuación por razón de la incomunicabilidad e irreceptibilidad en la materia, no puede también inadecuadamente concebirse como universal, sobre todo porque lo que conviene a alguno por sí, lo opuesto ni por accidente puede convenirle. Ergo como le conviene por la razón misma de naturaleza la inmultiplicabilidad, no puede también por accidente y por razón del concepto inadecuado convenirle la multiplicabilidad en varios, como se requiere para la especie predicable de muchos.
Se responde que la naturaleza angélica según sí está en el predicamento cuanto a la coordinación de los grados superiores e inferiores; según sí, en efecto, es quididad compuesta de género y diferencia. Pero que esta especie tenga universalidad predicable de muchos no pertenece a la razón de ponerse en el predicamento, sino a la condición o modo de la cosa que se pone en el predicamento. Y tal modo no repugna que la naturaleza angélica lo tenga por esto de que se conciba inadecuadamente y a instar de cosa corpórea, a lo cual, con todo, presta fundamento la naturaleza misma.
A la segunda instancia se responde que la materia signada es principio de individuación determinado y signado, no remoto, de cuya signatura debe abstraerse la naturaleza universal; de la materia misma, empero, que es principio remoto de individuación no abstrae la naturaleza universal. Así en el ángel la carencia de materia y la irreceptibilidad en ella, como conduce a la razón de espiritualidad y de forma simple en el ángel, no es principio próximo de individuación, sino remoto. Como, empero, funda la subsistencia y el orden a los accidentes extrínsecos que designan la naturaleza misma en singular, así es principio próximo de individuación, y de este abstrae la naturaleza angélica concebida en universal. — Y cuando se dice que si algo conviene por sí, lo opuesto no puede convenir ni por accidente: se responde que otra cosa es no convenir, otra no repugnar por alguna parte. La multiplicación ciertamente en varios de ningún modo conviene a la naturaleza angélica positiva y simpliciter; por lo demás no le repugna por fuerza de la naturaleza indiferentemente concebida, y por eso por fuerza de esta como tal puede ser predicable de muchos, no ciertamente positivamente, sino no-repugnantemente.
Que si dices: Ergo tal naturaleza no es universal lógicamente, sino metafísicamente, porque la universalidad lógica se hace por comparación positiva a varios; la especie, empero, angélica no es positivamente universal ni puede compararse a varios sino fingidos, ergo no es universal lógicamente.
Se responde que la naturaleza angélica tiene intención lógica, no la que en acto se compara a varios positivamente atingiéndolos, si quiera no son sino fingidos, sino atingiendo en acto un individuo positivamente y varios no-repugnantemente. Y esto basta para la relación de la intención lógica. Como en la sentencia de santo Tomás 3. p. q. 35. art. 5. una relación de padre mira a varios hijos, si están en acto; si, empero, no hay sino solo un hijo, de hecho no atinge a varios, pero aquella relación que atinge a uno positivamente no-repugnantemente atinge a varios, porque de tal modo se tiene que si se dieran varios, a aquellos atingiría. Así aquella relación de la naturaleza específica de tal modo mira a un individuo positivamente que de sí podría atingir a varios, si se dieran, cuanto es por fuerza de aquel concepto.