Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.


Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica

Prooemium I: PROEMIO

Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA

Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS

Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE

Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA

Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE

Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE

Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN

Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN

Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ

Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA

Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN

Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA

Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL

Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO

Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO

Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS

Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»

Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN

Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN

Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES

Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES

Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES

Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA

Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA

Quaestio VII: DEL GÉNERO

Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA

Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO

Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA

Para que alguna naturaleza sea género requiere algunas CONDICIONES, que en este artículo han de explicarse por nosotros: Primera, que se tenga como todo respecto de los inferiores. Segunda, que no diga toda la naturaleza actualmente y explícitamente, sino parte. Tercera, que diga la parte de la naturaleza más potencial, por razón de la cual el género se dice todo potencial. Cuarta, que se tome de la materia, la diferencia, empero, de la forma.

CÓMO EL GÉNERO SEA TODO Y PARTE.

Dos cosas es preciso advertir: LO PRIMERO es que en los universales la razón de todo y de parte se considera por doble razón: Primero, por el modo de concebir; segundo, por parte de la cosa concebida y significada. Por parte del modo de concebir todo universal dice razón de todo y no de parte respecto de sus inferiores, si quiera de tal modo debe concebirse que pueda predicarse de cualquier inferior. Si, empero, se concibiera a modo de parte respecto de aquellos, no podría predicarse de aquellos, porque todo todo es mayor que su parte y toda parte menor que su todo. De donde, si se significa a modo de parte respecto de alguno, por esto mismo por el modo de significar se significa como menor que aquel, y consiguientemente no es el todo mismo, y por tanto no se predica de aquel; la predicación, en efecto, se significa por el verbo «es», en cuanto esto es aquello. Tal, ergo, razón de todo por el modo de concebir debe ser común a todo universal y a todo predicable, y así no pertenece especialmente a la razón de género.

Por parte, empero, de la cosa significada o concebida la razón de todo y la razón de parte se considera según que constituyen la quididad misma, o la quididad misma se considera como constituida. Y de este modo solo en los tres primeros predicables se halla la razón de todo y de parte, porque el género y la diferencia concurren a componer la especie y por eso designan partes de aquella; la especie, empero, es la quididad misma total e íntegra constituida de género y diferencia. De donde, aunque el género y la diferencia por el modo de concebir como universales tengan razón de todo, por parte, con todo, de la cosa que explican no explican toda la quididad, sino parte.

LO SEGUNDO que advertimos es que en la composición metafísica propiamente no hay partes como en la física, sino grados. En la composición, en efecto, física se unen dos partes separables, como consta que la materia ahora está bajo una forma, ahora bajo otra, y la forma racional también está sin materia, de donde de aquellas partes de tal modo se compone el todo que una parte no se incluye en la otra, ni se predica de la otra ni del todo; no decimos, en efecto, que el alma es cuerpo o hombre o al contrario. Mas las partes metafísicas no son cosas distintas que componen un todo, sino diversas designaciones de la misma cosa por lo más y lo menos determinado, como enseña santo Tomás in 3. cap. de Ente et Essentia. Por lo cual, como estos grados metafísicos solo difieren por la designación más o menos determinada de la misma cosa, no pueden propiamente importar partes que realmente entre sí sean distintas, sino el mismo todo más o menos designado y más o menos determinado. De donde la misma cosa o el mismo todo como que expresa o designa la razón de animal, que es menos determinada, y el mismo todo como que designa lo racional, que es razón más determinada, componen al hombre, que expresa la razón íntegra de la quididad humana. Por cuya razón ha de inteligirse el mismo Santo Doctor in 1. dist. 25. q. 1. art. 1. ad 2., donde dice que el hombre no es de animal y racional, sino animal racional, porque, a saber, no es de aquellos como de partes distintas, bien, con todo, como de grados que diversamente designan la misma cosa.

De lo cual se colige que el género no se dice parte física, sino metafísica, que a la vez puede ser todo: parte ciertamente, en cuanto explica y designa un solo constitutivo de la quididad específica; todo, empero, en cuanto implícitamente por el modo mismo de significar y de concebir dice todo lo que está en el inferior de quien se predica. P. ej. el animal por parte de la cosa significada solo designa y explica la razón sensitiva, donde no se explica todo lo que pertenece a la esencia del hombre o del caballo o de las demás especies, pero, con todo, implícitamente dice cuanto está en el hombre o en el caballo, porque de tal modo dice la forma sensitiva explicando sola la razón de sensitivo que no excluye todo lo otro que a tal forma sensitiva puede conjungirse. Y así dice cualquier forma que es sensitiva, ya solo sea sensitiva ya tenga algo más. Y esto que es no excluir todo lo otro que a tal forma sensitiva puede conjungirse es contenerlo implícitamente. Que si se significara aquella forma de animal o genérica con tal precisión que excluyera cualquier otro que no es forma sensitiva, como cuando se significa con el nombre abstracto de animalidad, entonces no podría predicarse de los inferiores en concreto, como arriba q. 5. largamente dijimos.

De donde se resuelve aquella cuestión, si el género se predique como todo o como parte de los inferiores. Consta, en efecto, de lo dicho que el género se predica como todo por parte del modo de concebir, pero por parte de la cosa predicada no explica sino parte de la quididad de aquella cosa de la que se predica. Cuando, en efecto, predico el animal del hombre, aquello que se explica con el nombre de animal es la razón de la forma sensitiva; el modo, empero, por el que se predica es en absoluto diciendo todo lo que está en el hombre, en cuanto implícitamente envuelve no solo la forma sensitiva con exclusión de ulterior perfección, sino que dice cuanto es sensitivo, aunque tenga algo ulterior, y por esta razón es simpliciter el todo mismo. Y así se concilian las sentencias que en esta parte parecen ser opuestas, ni las razones de una y de otra prueban ya más.

CÓMO EL GÉNERO SEA TODO POTENCIAL.

Para que no nazca confusión en el nombre de «todo potencial», es preciso advertir que aquí no se acepta el todo potencial como se distingue del todo esencial, del modo en que suele decirse que el todo potencial se divide en partes potestativas de las que no se predica, el todo, empero, esencial se divide en partes subjetivas de las que se dice. Sino que el género se dice todo potencial como se opone al todo actual, porque no explica el todo actualmente constituido, sino parte de aquel ulteriormente actuable y contrahible y por tanto que se tiene potencialmente.

De este, ergo, todo potencial DOS COSAS RESTAN POR EXPLICAR: Primera, respecto de cuáles se diga que el género es potencial e implícito, y consiguientemente si esta potencialidad le conviene en cuanto todo o en cuanto parte. Segunda, qué sea aquello actual por comparación al cual el género se dice potencial.

A lo primero se responde: PRIMERO que el género se dice potencial en cuanto importa alguna razón común contrahible por adición de alguna diferencia que en acto no se incluye en aquella razón superior, sino en potencia. Pero esto es común a todo unívoco, también a la especie misma, a diferencia de los transcendentes y de los análogos, que se embeben en las diferencias mismas. De donde a los transcendentes no se añade algo como extraño porque en toda cosa se incluyen, por esto de que son transcendentes. Y por esta razón no abstraen perfectamente de sus inferiores, como diremos q. 13. El unívoco, empero, porque perfectamente se abstrae de los inferiores y no se incluye en las diferencias mismas, se dice que permanece en potencia a aquellas.

SEGUNDO se dice de modo especial que el género es algo potencial respecto de la composición metafísica, porque en la quididad específica misma el género designa la parte contrahible por la diferencia y así más indeterminada y potencial, la diferencia, empero, dice la parte que contrae y determina y por eso se predica a modo de qualis aunque esencialmente, porque lo que determina y afecciona a otro como lo cualifica. Y así el género se tiene potencialmente respecto de la diferencia que contrae, como la materia respecto de la forma y respecto del todo constituido como lo incompleto respecto de lo completo.

De lo cual consta si el género ha de decirse todo potencial o parte potencial. Uno y otro, en efecto, debe decirse según diversas consideraciones. Pues como las partes metafísicas no son propiamente partes, sino grados, realmente, empero, son el todo mismo implícito y no totalmente explicado cuanto a la quididad, como explica la especie, por eso el género cuando se considera como parte también es todo, pero de aquel todo no explica el todo, sino la parte o grado designable y completable con ulterior actualidad, que es la diferencia. De donde por parte de la quididad que explica, comparativamente a la diferencia es parte potencial; respecto, empero, de la especie inferior es todo potencial, esto es, el todo que está en la especie no totalmente designado y explicado, sino aceptado indeterminadamente.

A lo segundo, empero, que propusimos explicar, se responde que el predicado actual, en orden al cual se toma la mayor o menor potencialidad del género, es la última diferencia específica, que vuelve alguna quididad de tal modo formada y determinada que no es ya contrahible sino por diferencias individuales, que no hacen diferir formal y quiditativamente, sino material y numéricamente, como más ampliamente se explicará q. 9.

QUÉ SEA QUE EL GÉNERO SE TOME DE LA MATERIA Y LA DIFERENCIA DE LA FORMA.

Vulgar es este axioma, aunque no del mismo modo pueda aplicarse a todas las naturalezas que suben a la intención de género. Algunas, en efecto, naturalezas son compuestas de forma y materia. Algunas son solo formas, aunque dependientes de la materia, como los accidentes. Algunas ni tienen composición de materia ni orden a aquella, como los ángeles. Y de todas estas, cómo tomen el género de la materia y la diferencia de la forma, trata D. Tomás 6. y 7. cap. de Ente et Essentia y opusc. 42. cap. 4. y 5. y 1. p. q. 50. art. 2. ad 1. y quaest. de Spirit. creat. art. 1. ad 24. y 7. Metaph. lect. 9. y 8. Metaph. lect. 3. y en otros lugares frecuentemente.

Ha de considerarse, ergo, que cuando decimos que el género se toma de la materia, la diferencia de la forma, no es el sentido que el género diga sola la materia y la diferencia sola la forma, sino porque la forma es principio de la diferencia, de la cual aquella se toma; como cuando decimos que el principio de individuación es la materia signada no es el sentido que la individuación consista formalmente en la materia signada, sino que de allí como de raíz se toma, como nota santo Tomás 6. cap. de Ente et Essentia. Y esto consta manifiestamente, porque el género, como a menudo se ha probado, dice toda la esencia de aquello de lo que se predica. Ergo no dice sola la materia, ni la diferencia sola la forma. Así, en efecto, no diferirían las partes físicas y las metafísicas.

En los grados, ergo, genéricos y específicos o diferenciales ha de distinguirse aquello que tienen de potencialidad y aquello que explican de actualidad; como el alma, p. ej., actualmente explica la forma sensitiva y potencialmente envuelve aquellas que a tal forma se unen.

Digo, ergo, que en el grado genérico mismo no se importa pura potencialidad como en la materia prima, sino también algo de determinada actualidad y quididad, aunque no del todo completa y determinada. Y por eso no debe tomarse próximamente la razón genérica de sola la materia, que es parte física, sino de aquello que es material o potencial en cada cosa, ya sea compuesta ya simple.

De donde también en las cosas compuestas dijimos que de la misma forma se toman todos los grados; la materia, empero, no da el grado, sino que lo recibe y se informa por aquel. Remotamente, con todo, puede tomarse en las cosas compuestas el género de la materia, en cuanto es principio de toda potencialidad, y así la forma según el grado perfecto que informa la materia y la deja informable por ulterior grado se dice raíz y principio del género, así también por parte de la materia misma informable. Así se toma del Divino Tomás en el lugar cit. de Spirit. creat., donde dice que «el género se toma de la materia, de tal modo, con todo, que por materia no se inteligia la materia prima, sino según que por la forma recibe cierto ser imperfecto y material respecto del ser específico, como el ser de animal es imperfecto y material respecto del hombre». E igualmente in cap. 6. de Ente et Essentia: «En los sensibles», dice, «el género se toma de aquello que es material en la cosa, la diferencia, empero, de aquello que es formal en ella misma. De donde dice Avicena que la forma, en las cosas compuestas de materia y forma, es diferencia simple, no, empero, de tal modo que la forma misma sea la diferencia, sino porque es principio de la diferencia». Así pues, el género no se toma de sola la materia prima nuda, sino de la materia como que tiene ser imperfecto de la forma, y la materia así teniendo ser imperfecto se dice material respecto del grado más perfecto. El género, en efecto, dice alguna naturaleza determinada, aunque aún no perfecta con toda perfección; la materia, empero, según sí no dice ningún grado determinado ni determinada actualidad, está, en efecto, en potencia a toda actualidad substancial, como en los Físicos más largamente se probará. Y dado que ella misma tenga alguna actualidad substancial, con todo consta manifiestamente que de la forma recibe no solo la última actualidad y grado, sino diversos grados y perfecciones más o menos determinadas. De donde aquellos géneros que corresponden a estos grados más imperfectos no pueden tomarse de la materia nuda, sino de la materia informada según la razón y el grado más imperfecto a ella misma como informable por grado y razón más perfectos.

CUANDO, EMPERO, dice D. Tomás opusc. 42. cap. 5., que «la potencialidad del todo compuesto en las cosas materiales es de la materia, por eso de ella se toma el género; la perfección, empero, del todo es de la forma, por eso de la forma se toma la diferencia»; y 1. p. q. 50. art. 2. ad 1. dice que «en las cosas materiales otra cosa es lo que determina el grado especial, a saber la forma, y otra lo que se determina, a saber la materia»; y por tanto parece afirmar que el género se toma de sola la materia, la diferencia de sola la forma.

Se responde que el sentido de D. Tomás de sus palabras es perspicuo, a saber que la materia en los compuestos es la primera raíz de la potencialidad. Y así, aunque el grado genérico se tome de la forma por aquella parte por la que el grado dice actualidad, con todo la potencialidad del género se devuelve a la materia como a raíz, aunque próximamente se tome no de la materia nuda, sino de aquello que es material respecto de aquello que es más formal y más perfecto. Y a esto material llama D. Tomás materia, a aquello más formal forma, no la materia nuda de la que se tome el género.

Mas en las cosas no compuestas, a saber en los ángeles, que no convienen en materia con los cuerpos (y por eso a veces se dicen diferir por género de aquellos, esto es, por la materia, que es género físico), no se verifica que el género se tome de la materia también remotamente, porque carecen de aquella, sino que se toma de aquello que es más potencial y como material en tales substancias. Esto, empero, como dice santo Tomás 6. cap. de Ente et Essentia y 1. p. q. 50. art. 3. ad 1., es la intelectualidad misma o inmaterialidad precisamente o indeterminadamente aceptada, esto es, en cuanto es intelectualidad finita y limitada y en potencia a que por mayor o menor acceso y participación del acto puro sea más perfecta o más imperfecta. Esto, en efecto, presta la razón de diferencia y de perfección gradual, en cuanto un intelecto uniforme inteligie más que otro, y así es más semejante a Dios y más accede a aquel.

Por último en los accidentes el género tampoco se toma de una materia intrínseca a sí, porque carecen de ella, sino de la diversa habitud a la substancia, como diremos in Antepraedicamentis; como la cantidad se dice de esto, que mira a la substancia midiendo a modo de extensión, la cualidad afeccionando a modo de virtud o de ornato, y así de las demás. Las diferencias, empero, de las que nacen los accidentes propios, o de los efectos de tales accidentes las tomamos, como a posteriori, porque ignoramos las diferencias propias. Véanse D. Tomás 7. cap. de Ente et Essentia.

DIRÁS: No puede del mismo principio y raíz tomarse el género y tomarse la individuación, como el género es máximamente indeterminado, el individuo últimamente determinado. Ergo inconvenientemente se dirá que el género se toma de la materia, como en la sentencia de D. Tomás de ella se toma la individuación.

Se responde que uno y otro conviene a la materia según diversos respectos y consideraciones. Pues la materia mira a la forma como sujeto primero y potencial, a saber que está en potencia a recibir la forma y sus grados, no tiene, empero, la materia misma ulteriormente otro sujeto en el que se reciba. De donde respecto de la forma, teniendo potencialidad, deja indeterminación e indiferencia a recibir el grado imperfecto de una forma y ulteriormente otro más perfecto hasta el último, lo cual es ser raíz y principio del género. Porque, empero, recibiendo la forma de tal modo es sujeto último que es ulteriormente incomunicable a otro sujeto, por razón de esta última incomunicabilidad es principio de individuación, que no es ya común a varios ni comunicable.

QUÉ NATURALEZAS SEAN CAPACES DE GÉNERO.

Respondo: Todas aquellas que directamente pueden estar en el predicamento, ya real ya de razón, ya sean accidente ya modos o substancias. Así pues, todo ente que tiene modo o razón de todo, que consta de composición metafísica, es capaz de tener género y diferencia que a modo de todo predique de aquel la parte quiditativa. Las que, empero, solo son partes simples, ya físicas, como la materia y la forma, ya integrantes, e igualmente las diferencias, no tienen por sí razón de género, sino solo reductivamente. Cuya es la sentencia de santo Tomás in 3. dist. 6. q. 1. art. 1. ad 1. y opusc. 42. cap. 10, de Cayetano in cap. de Specie y de otros.

La RAZÓN para excluir las partes físicas e integrantes es aquella, que estas partes no pueden tener género supremo, ergo ni subalterno, porque como en los géneros no hay proceder al infinito, es preciso detenerse en uno, y aquel será el supremo.

El antecedente se prueba, porque si tuvieran género supremo, o aquel es substancia completa, que es el género supremo predicamental, o incompleta. Completa no puede ser, porque esta no se predica verdaderamente de las partes, ergo ni genéricamente. Incompleta no puede ser, porque esta se embebe en cualquier diferencia, y así también en las diferencias mismas de las partes se embeberá, pues también son algo incompleto, y así se tiene transcendentalmente, no, empero, a modo de género, que debe estar extra del concepto de las diferencias. Y un argumento semejante puede hacerse del cuerpo y de lo viviente etc. En los accidentes, empero, no es necesario hacer este argumento, porque no tienen partes, sino que son formas simples; si, con todo, las tuvieran, se haría el mismo argumento.

La RAZÓN, empero, para excluir las diferencias de la razón de género es aquella, que se seguiría proceso al infinito. Pues si lo racional, p. ej., tiene género, debe contraerlo por otra diferencia; todo, en efecto, género es contrahible por diferencia. De nuevo aquella diferencia que así contrae tendría también su género, no, en efecto, hay mayor razón de una que de otra; ergo se contraería por otra diferencia. Y aquella de nuevo tendría otro género y diferencia, y así al infinito. No, ergo, las diferencias tienen género directamente, sino que se reducen como al lado.

De esto, con todo, no infieras que los abstractos de las substancias no son géneros y especies, porque aunque se significan a modo de parte, son, con todo, formas totales y tienen composición de género y diferencia, como la humanidad respecto de la animalidad y de la racionalidad. De donde no se sigue el mismo inconveniente que en las demás partes.

Que si objetas: Pues estas partes y diferencias tienen algunos predicados superiores quiditativos extra del ente; tienen, en efecto, conveniencia más con una parte que con otra, como la forma del león más conviene con la forma del buey que con la forma de la piedra. Ergo pueden tener género, que es predicado superior como aquello en lo que convienen, e igualmente su diferencia.

Y se confirma: Pues la materia celeste y la sublunar difieren por especie según la sentencia de santo Tomás 1. p. q. 66. art. 2. Ergo una y otra tiene su especie distinta, y consiguientemente tienen género en el que convienen y diferencia por la que se dividen.

SE RESPONDE que estas partes tienen predicados superiores quiditativos, pero porque por sí no son algún todo y completo, no constituyen directamente especie y consiguientemente ni directamente tienen género, sino que todo esto lo tienen reductivamente, como lo incompleto se reduce a lo completo. Más aún, más estas predicaciones en tales partes y entes incompletos son transcendentales que genéricas, porque se incluyen en las diferencias mismas, lo cual no conviene al género. Y así no basta tener predicados superiores quiditativos para esto de que sean genéricos, sino que es preciso que no sean transcendentales, sino que se tengan extra de las diferencias.

Y si preguntas de esta predicación: «Esta forma es forma», «esta mano es mano» etc., si sea de especie del individuo: Se responde que esto no es sino según qué y reductivamente, como cuando se dice: «Esta persona es persona», «este individuo es individuo», porque allí no se predica la naturaleza, sino algo de la naturaleza, y aunque sea predicación esencial, es, con todo, incompleta y consiguientemente reductivamente perteneciente a la completa.

A la confirmación se responde que la materia celeste y la sublunar son de diversa especie de modo incompleto, porque, a saber, no dicen orden y capacidad a las mismas formas, y así una materia no transita de una forma a otra. Esta, con todo, diversidad de capacidades no añade alguna diferencia que a modo de actualidad determine y constituya la materia, como una y otra es pura potencia, y así en las diferencias mismas de una y otra materia se incluye la potencialidad misma que constituye la materia en común, y la substancia que de aquellas se predica es substancia incompleta, que se predica más transcendentalmente que genéricamente, como se ha dicho. Y del mismo modo se inteligie que la materia tiene razón de naturaleza y demás predicados quiditativos, a saber de modo incompleto transcendental, no genérico.

Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE

Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE

Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE

Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO

Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE

Quaestio IX: DEL INDIVIDUO

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE

Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO

Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE

Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA

Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS

Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE

Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN

Quaestio XI: DEL PROPIO

Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES

Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME

Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO

Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES

Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS

Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES

Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS

Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS

Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES

Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO

Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO

Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS

Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA

Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO

Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA

Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD

Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD

Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD

Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD

Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN

Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL

Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES

Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO

Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO

Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN

Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN

Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD

Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES

Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS

Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y LA PASIÓN PREDICAMENTALES

Articulus III: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO DÓNDE Y EL SITIO

Articulus IV: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO CUÁNDO Y EL HÁBITO

Textus I: TEXTO DESPUÉS DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XX: DE LOS POSTPREDICAMENTOS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS OPOSICIONES

Articulus II: QUÉ HAYA DE NOTARSE ACERCA DE LOS RESTANTES POSTPREDICAMENTOS

Liber II: SOBRE LOS LIBROS PERIHERMENIAS

Quaestio XXI: DEL SIGNO SEGÚN SÍ

Articulus I: SI EL SIGNO SEA EN EL GÉNERO DE LA RELACIÓN

Articulus II: SI EN EL SIGNO NATURAL LA RELACIÓN SEA REAL O DE RAZÓN

Articulus III: SI SEA LA MISMA RELACIÓN DEL SIGNO AL SIGNADO Y A LA POTENCIA

Articulus IV: CÓMO SE DIVIDA EL OBJETO EN MOTIVO Y TERMINATIVO

Articulus V: SI EL SIGNIFICAR SEA FORMALMENTE CAUSAR ALGO EN EL GÉNERO DE EFECTUAR

Articulus VI: SI EN LOS BRUTOS Y EN LOS SENTIDOS EXTERNOS HAYA VERDADERA RAZÓN DE SIGNO

Quaestio XXII: DE LAS DIVISIONES DEL SIGNO

Articulus I: SI SEA UNÍVOCA Y BUENA LA DIVISIÓN DEL SIGNO EN FORMAL E INSTRUMENTAL

Articulus II: SI EL CONCEPTO SEA SIGNO FORMAL

Articulus III: SI LA ESPECIE IMPRESA SEA SIGNO FORMAL

Articulus IV: SI EL ACTO DE CONOCER SEA SIGNO FORMAL

Articulus V: SI SEA BUENA LA DIVISIÓN EN SIGNO NATURAL Y AD PLACITUM Y DE COSTUMBRE

Articulus VI: SI EL SIGNO DE COSTUMBRE SEA VERDADERAMENTE SIGNO

Quaestio XXIII: DE LAS NOTICIAS Y DE LOS CONCEPTOS

Articulus I: SI LA NOTICIA INTUITIVA Y LA ABSTRACTIVA DIFERENCIEN ESENCIALMENTE EN LA RAZÓN DE COGNICIÓN

Articulus II: SI PUEDA DARSE COGNICIÓN INTUITIVA DE LA COSA FÍSICAMENTE AUSENTE, YA EN EL INTELECTO YA EN EL SENTIDO EXTERIOR

Articulus III: CÓMO DIFERENCIE EL CONCEPTO REFLEJO DEL DIRECTO

Articulus IV: CUÁL SEA LA DISTINCIÓN ENTRE EL CONCEPTO ULTIMADO Y EL NO ULTIMADO

Liber III: SOBRE LOS LIBROS DE LOS POSTERIORES

Quaestio XXIV: DE LOS PRECONOCIDOS Y DE LAS PREMISAS

Articulus I: SE EXPLICA QUÉ SEAN LOS PRECONOCIDOS Y LAS PRENOCIONES

Articulus II: SI LAS PREMISAS INFLUYAN EFICIENTEMENTE EN LA CONCLUSIÓN O EN OTRO GÉNERO DE CAUSA

Articulus III: SI LAS PREMISAS NECESITEN AL ASENSO DE LA CONCLUSIÓN, DE MODO QUE LA MENOR SE CONOZCA A LA VEZ CON LA CONCLUSIÓN

Articulus IV: QUÉ SEA LA PROPOSICIÓN PER SE NOTA E INMEDIATA, EL PREDICADO DE TODO Y PER SE Y SECUNDUM QUOD IPSUM

Quaestio XXV: DE LA DEMOSTRACIÓN

Articulus I: SI RECTAMENTE ESTÉ DEFINIDA LA DEMOSTRACIÓN POR ARISTÓTELES

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA PROPOSICIÓN SEA DEMOSTRABLE

Articulus III: SI TODA DEMOSTRACIÓN CIRCULAR SEA VICIOSA

Articulus IV: QUÉ SEA LA DEMOSTRACIÓN QUIA Y PROPTER QUID, Y SI SEA BUENA LA DIVISIÓN

Quaestio XXVI: DE LA CIENCIA TANTO SEGÚN SÍ COMO EN ORDEN A LA OPINIÓN Y A LA FE

Articulus I: QUÉ SEA LA CIENCIA Y CÓMO SE DISTINGA DE LOS RESTANTES HÁBITOS EVIDENTES

Articulus II: QUÉ SEAN LA CIENCIA SUBALTERNANTE Y LA SUBALTERNADA Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus III: SI LA CIENCIA SUBALTERNADA SEA VERDADERA Y PROPIAMENTE CIENCIA, AUNQUE NO SE CONTINÚE CON LA SUBALTERNANTE

Articulus IV: CUÁLES SEAN LOS HÁBITOS INEVIDENTES Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus V: SI LA OPINIÓN Y LA FE CON LA CIENCIA INTRÍNSECAMENTE REPUGNEN

Quaestio XXVII: DE LA UNIDAD Y DISTINCIÓN DE LAS CIENCIAS

Articulus I: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD O DIVERSIDAD ESPECÍFICA DE LAS CIENCIAS EN RAZÓN DE COGNOSCIBLE

Articulus II: SI LA CIENCIA SEA UNA SIMPLE CUALIDAD Y HÁBITO

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