Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA
Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE
Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS
Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE
Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN
Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN
Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ
Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN
Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA
Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO
Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN
Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA
Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL
Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO
Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO
Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS
Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»
Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN
Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN
Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES
Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES
Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES
Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA
Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA
Quaestio VII: DEL GÉNERO
Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA
El género lógico se define por Porfirio: «Aquello que se predica de varios que difieren por especie en aquello que es quid». En cuya definición se explican tres cosas:
LO PRIMERO es la razón común a todo predicable, en aquellas palabras: «que se predica de varios»; esto, en efecto, es común a todo predicable. De donde inteligirás que no se define aquí el universal por lo material o substrato, sino por la razón misma de universal, porque aquel predicado común, a saber «predicarse de varios», no es la naturaleza, sino la universalidad.
LO SEGUNDO que se explica en la definición es aquello que especialmente pertenece a la razón de género por parte del término al que mira; por el término, en efecto, se especifican las relaciones. Y así se pone aquella partícula: «de varios distintos por especie»; esta, en efecto, mira por término la universalidad genérica.
LO TERCERO, por último, que se explica en esta definición es el modo o razón de predicar, a saber «in quid».
Cuanto a la primera partícula: Qué sea predicarse de varios ya suficientemente se ha explicado en lo superior; aquello, en efecto, pertenece a la razón de universalidad. Qué sea, empero, aquello que de varios se predica como definido esencial, a lo que esta definición esencialmente conviene, diremos en el art. sig. De donde para la exacta explicación de esta definición basta explicar en lo presente aquellas dos partículas: «de varios que difieren por especie» e «in quid».
Así pues, cuanto a la partícula anterior «de varios que difieren por especie», ha de decirse que aunque otros predicables puedan decirse de varios que difieren por especie, como algunas diferencias genéricas y propiedades también genéricas se dicen de sujetos que difieren por especie, con todo esto materialmente se tiene en tales predicables. Solo, empero, al género formalmente y por sí le conviene predicarse de varios que difieren por especie. Los demás predicables, en efecto, aunque puedan predicarse de varios que difieren por especie, con todo también se salvan sin esto de que se prediquen de varios que difieren por especie, como consta en las diferencias y propiedades específicas. De donde no tienen que diferir por especie aquellas que son inferiores de tales predicables por esto precisamente de que sean inferiores de aquellos. El género, empero, por esto precisamente de que es género tiene que aquellas que le son inferiores difieran por especie, porque por la razón intrínseca del género dice algo contrahible y divisible por diferencias diversas por especie, cuyas diferencias se contienen en el género mismo potencialmente y de aquel se originan, como bien notó Cayetano sobre este capítulo de Genere de Alberto Magno.1 De donde por la razón formal misma de género pide tener inferiores distintos por especie.
La segunda partícula, a saber «predicarse in quid», explica el modo y razón formal de la predicación del género, en cuanto es género.
Para inteligir lo cual es preciso advertir que aquella partícula «in quid», como a menudo enseña santo Tomás, puede preguntar o del supuesto o de la naturaleza, como al que pregunta qué nada en el mar responderemos que el pez; y al que pregunta qué es el hombre responderemos que animal racional. Y en lo presente, cuando se dice que el género se predica «in quid», se inteligie de este segundo modo, no del primero.
De nuevo, segundo, es preciso ver cómo la predicación in quid difiera de la predicación «in quale», no solo cuando es accidental, aquello, en efecto, es manifiesto, sino también cuando es esencial, como se predica la diferencia. No debemos, en efecto, decir en absoluto que la diferencia se predica «in quid», como admiten algunos más recientes. Sino que el género se predica «in quid» y la diferencia «in quale», esto es, el género se predica de modo substantivo quiditativo, la diferencia, empero, de modo adjetivo también esencialmente, como nota santo Tomás opusc. 48. tract. 1. cap. 2. de Genere, al fin.2 Y por eso se dice que la diferencia se predica in quale quid, esto es, in quale esencial o quiditativo; la diferencia, en efecto, aunque sea esencial, el oficio, con todo, y la predicación de diferencia los ejerce a modo de adyacencia, no a modo de substantivo, que pertenece al quid.
Y la razón es que el oficio de la diferencia no es prestar el primer fundamento de la quididad, sino sobrevenir al género y determinarlo para que se constituya la especie. De donde nunca se tiene como primer fundamento y primera razón de quididad, sino como razón que contrae y sobreviene a otro y lo determina; de donde su modo es determinar y actuar algo antes presupuesto y contrahible como género. Y por eso al género pertenece el modo substantivo, a la diferencia, empero, el modo cualificativo o de adyacencia, y aquello se dice quid, esto quale. Y cuando el Filósofo dijo in 7. Topic. cap. 3.3 que una y otra parte de la definición se predica in quod quid, el sentido es que una y otra parte se predica esencialmente, de diverso modo, con todo, el género in quid y la diferencia in quale.
Tercero se considera aún en el modo mismo de predicar in quid la diferencia por la que se predica el género in quid y por la que se predica la especie. Se predica, en efecto, la especie in quid completamente, porque predica la razón íntegra y completa de quididad, y el género se predica in quid incompletamente, porque predica la parte constitutiva de la esencia, que es potencial y primera, y como fundamento de la diferencia que contrae. Uno y otro, empero, modo de significar dice modo substantivo e in quid.
Cuya razón es que la substancia se significa como ente todo y completo; pertenece, en efecto, a la substancia tener razón de todo y de supuesto. Igualmente pertenece al modo de substancia ser como substante o fundamento de los demás y aquello que tiene razón de primero en algún género. De ahí se ha traído la semejanza, para que de modo substantivo se digan significar o aquellas que se significan a modo de todo, o las que se significan a modo de fundamento y de primero en algún orden. Y la especie ciertamente significa a modo de quid o a modo substantivo, porque significa lo íntegro y completo en razón de quididad. El género, empero, significa a modo de quid y también de modo substantivo, porque significa a modo de primer predicado, que es fundamento y raíz de los demás. Y todo esto lo explica la definición misma diciendo en la definición del género que «se predica in quid de varios que difieren por especie», esto es, como contrahible por diferencias específicas. Aquello, empero, que es contrahible es el primer predicado que las contiene en potencia. En la definición, empero, de la especie se dice: «in quid de varios que difieren por número», por lo cual se designa la razón íntegra de quididad no ya contrahible por diferencias formales y específicas, sino multiplicable por los singulares, que son materiales.
SI INQUIERES si esta definición del género sea esencial o descriptiva, se responde que, como se tradita por Porfirio, es descriptiva, como él mismo significa, y D. Tomás así la llama opusc. 48. cap. 2.4 La esencia, en efecto, del género consiste en la razón de universalidad que de tal modo mira a los inferiores que son distintos por especie y a modo de quid. Su definición, empero, se tradita por la predicabilidad, que es pasión del universal. Ergo explica la naturaleza del género por la propiedad, lo cual es ser descriptiva. Puede, con todo, reducirse a esencial diciendo: «El género es el universal que mira (o apto a mirar, si se tradita fundamentalmente) a varios distintos por especie in quid». Donde se tradita la definición por predicado superior o genérico, que es «universal», y por diferencia intrínsecamente, a saber mirar de tal modo, esto es in quid, y tener tal término, a saber varios distintos por especie.
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.
Contra la partícula «in quid» se argumenta: Pues conviene a otros que el definido, también si se toma la predicación in quid de varios distintos por especie; y predicarse in quale puede convenir al género; ergo mal se pone aquella partícula.
El antecedente cuanto a la primera parte se prueba: Pues el ente se predica in quid de varios distintos por especie; es, en efecto, predicado quiditativo, como embebido en las quididades mismas, y con todo no es género, como es análogo. También la definición misma se predica in quid del definido; al que pregunta, en efecto, qué es el hombre, rectamente se responde: animal racional. Y también la diferencia misma, como es más noble que el género, también de modo más noble debe predicarse. Es, empero, más noble el modo de predicarse in quid, esto es, predicarse substantivamente que predicarse in quale, que es predicarse adjetivamente y a modo de accidente; ergo debe convenirle, y no solo al género.
Cuanto a la segunda parte se prueba, porque en el predicamento de substancia los géneros y las especies se llaman segundas substancias. Estas, empero, dice el Filósofo in cap. de Substantia5 que significan quale quid, y añade que el género y la especie alrededor de la substancia determinan la cualidad; ergo el género se predica in quale. Después esta predicación del género, como esta: «La blancura es color», y con todo lo colorado se predica a modo de adyacente y consiguientemente in quale. Ergo no es de la razón del género predicarse in quid.
SE RESPONDE: Se niega el antecedente.
A la primera parte se responde que el ente no es predicado quiditativo, sino transcendente y embebido en toda cosa, ya pertenezca a la quididad ya no. De donde lo que es común a la quididad y a lo no-quididad no puede constituir concepto quiditativo. Y así el concepto transcendente se presupone al concepto de quididad, no lo constituye, ni más pertenece al quid que al quale. Como, en efecto, cuando decimos: «Qué es el hombre» y se responde que ente, así también cuando decimos: «Cuál es el hombre» y puede responderse que ente. Y ulteriormente, porque el ente es análogo, no se predica in quid simpliciter y según una razón, sino según varias, y solo proporcionalmente una; el género, empero, se predica in quid simpliciter y como uno.
A aquello que se dice de la definición se responde que la definición es algo complexo y contiene no solo la razón in quid, sino también la razón in quale; consta, en efecto, de género y diferencia, ni se predica in quid como el género, sino a modo de especie a modo de quididad íntegra, que explica.
A aquello que se dice de la diferencia se responde que aunque sea más noble que el género por parte de la cosa significada, por parte, con todo, del modo de predicar no se predica in quid, porque el modo de predicar no sigue precisamente el modo de ser en la cosa, sino el modo de concebir. Lo cual enseña santo Tomás 7. Metaph. lect. 1.6 y opusc. 42. cap. 19.7 La diferencia, empero, se concibe a modo de lo que determina y actua, el género, empero, como determinable y contrahible. Y por eso esto funda in quid del modo explicado, aquella, empero, in quale.
A la segunda parte del argumento se responde que el Filósofo llama a las segundas substancias quale quid, y que determinan la cualidad, no respecto de la naturaleza y quididad, sino por comparación a las primeras substancias, que significan el supuesto que sustenta. Respecto, en efecto, del supuesto tanto la especie como el género y los demás grados superiores tienen razón de predicado y razón de forma sustentada por el supuesto. Comparativamente, empero, a la naturaleza y esencia que constituyen, una parte que constituye, a saber el género, se dice in quid, y la otra, a saber la diferencia, se dice in quale. De cuya solución ha de verse Cayetano sobre cap. 5. Categor.
De donde también se resuelve otra instancia, porque el género se tiene como forma respecto del inferior de quien se predica; ergo no se predica in quid, sino como que informa. Se responde, en efecto, que el género se tiene como forma no por parte de la cosa que explica, ni comparativamente a la naturaleza que constituye, sino por parte del modo de tenerse como predicado, que respecto del sujeto reviste el modo de forma, y comparativamente a la primera substancia por la que se sustenta. En cuyo sentido D. Tomás 1. 2. q. 18. art. 7. ad 3. dice que el género se compara a la especie como algo más formal, en cuanto es menos contraído.
A la última probación se responde que en aquella predicación: «Lo blanco es colorado» «colorado» se tiene substantivamente respecto de lo blanco, aunque sea adjetivo respecto del cuerpo o sujeto del color. De donde respecto del sujeto será predicación denominativa y adjetiva; respecto, con todo, de lo blanco, que es su inferior, es predicación quiditativa por razón de la forma importada.
Segundo se argumenta contra la partícula: «de varios que difieren por especie». Pues el género también se predica de varios que difieren por número, como el animal de Pedro y de Pablo; ergo no se explica en la definición el término adecuado del género.
Si dices que solo se explica el inmediato, que es la especie, se insta en la predicación del género de los individuos genéricos, como cuando se predica el animal de este animal y de aquel animal, entonces, en efecto, inmediatamente se predica de los individuos, y no de las especies; ergo la definición es diminuta. Igualmente el género puede predicarse de varios que difieren no solo por especie, sino también por género, como el género supremo, que se predica de varios géneros medios, que son especies subalternas. Ergo aquella partícula: «de varios que difieren por especie» no explica suficientemente la intención de género en común.
SE RESPONDE que el género se predica de varios que difieren por número mediatamente, a saber por esto mismo de que se predica de varios que difieren por especie. Como, en efecto, bajo la especie se contienen los individuos, y cuanto se predica universalmente de alguno se predica de todo lo contenido bajo aquel por el principio «dici de omni». Consiguientemente el género se predica también de varios que difieren por número, no, con todo, como la especie ínfima, que inmediatamente se predica de aquellos.
Y a la réplica de los individuos genéricos se responde que también se predica de aquellos mediatamente, ya estén contenidos en la misma especie ínfima ya en diversas. Expresan, en efecto, los individuos genéricos el grado genérico individuado, no expresando el grado específico mediante el cual se contiene bajo el genérico. Y porque no expresan el grado específico mismo, lo incluyen, con todo, y mediante él pertenecen al genérico, por eso se dicen contenidos mediatamente, aunque no repugne que tales individuos genéricos pertenezcan a diversas especies por razón de la inclusión de tales especies. Siempre, con todo, de aquellos, en cuanto son individuos, el grado genérico no se predica sino mediatamente, porque mediatamente se contrae y conviene a los individuos, aunque a veces solo el grado genérico se exprese omitido el específico, y de este modo se predican aquellos individuos genéricos.
A la segunda parte del argumento se dice que el género supremo se predica de varios que difieren por género, no en cuanto son géneros, sino en cuanto subalternos. El género, empero, que se subalterna a otro superior, se sujeta a aquel en cuanto es cierta especie, porque se sujeta a aquel en cuanto consta de aquel y de la diferencia, lo cual es ser especie. De donde el género se predica de varios en cuanto difieren por especie, porque en cuanto especies se le sujetan. Y por eso no se dicen diferir por género sino las que difieren por predicamento. Pues las que están intra del mismo predicamento difieren por las diferencias que contraen y consiguientemente que constituyen alguna especie; toda, en efecto, diferencia constituye especie.
Último se argumenta probando que esta definición es esencial, porque la intención de predicabilidad se incluye en la razón de esta intención, que es el género, como santo Tomás dice in 4. cap. de Ente et Essentia al fin.8 Donde también añade que predicarse conviene al género por sí, como se pone en su definición. Ergo siente que la predicabilidad esencialmente pertenece a la esencia del género, y sobre todo porque este tratado trata por sí de los predicables. Ergo las cosas en cuanto pertenecen a este tratado se definen esencialmente cuando se definen por la predicabilidad.
SE RESPONDE que el sentido de D. Tomás es llano, que la predicabilidad es de la razón del género y por sí le conviene o esencialmente, tomando la predicabilidad por la raíz, no por la intención formal misma de predicabilidad. La raíz, empero, de la predicabilidad es la universalidad. O si la predicabilidad se toma formalmente, se inteligie que conviene por sí al género y que se cierra en su intención con perseitas del segundo modo y como pasión, no con perseitas del primer modo y como predicado esencial. En este, empero, tratado trata Porfirio de los predicables, no según que se distinguen del universal, sino según que en aquel se radican, e incluyendo la razón misma de universal, no excluyéndola. De donde es preciso que las definiciones esenciales también se traditan por la razón misma de universal.