Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae

John of St. Thomas (1589–1644)

Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.


Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica

Prooemium I: PROEMIO

Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA

Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS

Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE

Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus IV: SI LA LÓGICA ES CIENCIA ESPECULATIVA O PRÁCTICA

Articulus V: CÓMO SE DISTINGUE LA LÓGICA DOCENTE Y LA UTENTE

Quaestio II: DEL ENTE DE RAZÓN LÓGICO, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN

Articulus I: QUÉ SEA EL ENTE DE RAZÓN EN COMÚN Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus II: QUÉ SEA LA SEGUNDA INTENCIÓN Y LA RELACIÓN DE RAZÓN LÓGICA Y DE CUÁNTOS MODOS

Articulus III: QUÉ SEA LA DISTINCIÓN Y LA UNIDAD DE RAZÓN RACIOCINADA Y RACIOCINANTE

Articulus IV: POR QUÉ POTENCIA Y POR QUÉ ACTOS SE HACEN LOS ENTES DE RAZÓN

Articulus V: SI DIOS FORMA ENTES DE RAZÓN

Quaestio III: DEL UNIVERSAL SEGÚN SÍ

Articulus I: SE EXPLICA LA DIVERSA ACEPCIÓN DEL UNIVERSAL Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SI EL UNIVERSAL MATERIALMENTE TOMADO Y POR EL SUJETO SE HALLA DE PARTE DE LA COSA

Articulus III: SI LA UNIDAD FORMAL COMO DISTINTA DEL SINGULAR CONVIENE A LA NATURALEZA ANTE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Articulus IV: SI LA APTITUD E INDIFERENCIA A MUCHOS CONVIENE A LAS COSAS EXTRA DE LA OPERACIÓN DEL INTELECTO

Casi la misma controversia hay en esta cuestión que en la precedente. Pues quienes admiten la unidad formal común por naturaleza de la cosa, del mismo modo admiten que por naturaleza de la cosa conviene la indiferencia misma y la aptitud a muchos.

Por lo demás, en librar esta aptitud e indiferencia de la unidad de la universalidad que Platón puso no poco se trabaja por los autores de esta aserción. Pues Escoto in 2. dist. 3. q. 1. § Ad quaestionem y § Sed contra solo confiesa que la naturaleza en aquel estado o prioridad en que se considera según sí tiene unidad, ni singularizada ni universalizada, sino indiferente a una y otra. Y por eso esta indiferencia no basta para la universalidad en acto, porque es indiferente a tenerla; no tiene, empero, aquella universalidad por la que sea indiferente a la predicación y existencia en muchos. — Otros estiman que en la naturaleza misma según sí se da verdaderamente unidad de precisión de los inferiores y consiguientemente hábito próximo a existir en muchos singulares, supuesta la opinión de la distinción actual entre los grados superiores e inferiores, de la cual el art. 6. siguiente. Ni, con todo, dicen que se halle en la cosa la universalidad, porque aquella indiferencia no conviene a la naturaleza como predicado intrínseco, sino por razón de aquel estado de soledad, cuya soledad se disuelve descendiendo a los individuos. De lo cual véase Fonseca 5. Metaph. cap. 28. q. 5. sect. 3., Suárez disp. 5. Metaph. sect. 2. n. 9. in fine, quien, con todo, lo rechaza. Véanse otros en Conimbric. q. 4. de Univer. art. 3. sect. 2. — Otros, por último, aún peor dijeron que la aptitud a muchos también se halla en los individuos, pero a modo de acto, no a modo de potencia. Piensan, en efecto, que la naturaleza contraída y singular, cuanto es por la razón de naturaleza, permanece apta a varios, aunque aquella aptitud se impida por la diferencia singular para que no se predique de otros; como la materia prima, cuando está bajo una forma, retiene aptitud a tener otra, aunque impedida, cuando está bajo la primera forma. Y la naturaleza así contraída en varios dicen que es universal actual, no potencial, esto es, que tiene acto de existir en muchos, no potencia precisada de aquellos. Contra los cuales véase Conimbric. q. 4. de Univers. art. 4.

Mas para la solución ha de notarse que con el nombre de «aptitud» o «potencia indiferente a muchos» no se inteligie en lo presente alguna potencia positiva a obrar algo o a recibir, como el universal de que tratamos en lo presente no mira a los inferiores como efectos, porque no es universal en el causar; sino que es potencia a modo de capacidad o no-repugnancia a que se multiplique en muchos y esté en aquellos por identidad y consiguientemente por predicación, en cuanto el universal y el particular, el superior y el inferior significan cierto todo, a saber el universal como indeterminado y abstracto, el particular, empero, como determinado y contraído. Y porque lo indeterminado puede hacerse determinado, se dice que tiene aptitud a que esté en aquel y se predique de aquel.

Y ciertamente esta aptitud puede considerarse formal y positivamente, en cuanto mira a los inferiores, o fundamentalmente, por la capacidad misma o no-repugnancia a mirar a los inferiores y descender a aquellos. En esta, en efecto, no-repugnancia se funda aquel respecto, y cuando se toma positivamente o a modo de respecto, es la intención formal misma o universalidad en acto; que de parte de la cosa se dé también Escoto lo negó, admitiendo solo comunidad negativa por naturaleza de la cosa, que no es otra cosa que que la naturaleza de sí no sea singular.

Por lo cual el PUNTO DE LA DIFICULTAD en lo presente es si por razón de esta comunidad negativa se halla en la naturaleza tomada según sí alguna no-repugnancia o capacidad a que esté en varios y se predique de aquellos.

Ni distinguimos en lo presente la aptitud a ser en muchos y a predicar de muchos, porque aunque sean respectos distintos la universalidad y la predicabilidad (si quiera la predicabilidad es pasión de la universalidad, como abajo se dirá), con todo la capacidad o no-repugnancia es la misma a ser en muchos y a predicar de muchos, porque estas dos, a saber ser y predicarse, de tal modo se coordinan esencialmente que, puesto uno, se sigue el otro. Cuando, empero, algunos actos se ordenan esencialmente, la misma aptitud o no-repugnancia es a uno y al otro; como el unirse la forma a la materia y el recibir la materia el ser de aquella se fundan en la misma capacidad o no-repugnancia de la materia.

SEA ERGO ÚNICA CONCLUSIÓN: Esta aptitud o no-repugnancia, que es fundamento próximo de la universalidad, de ningún modo se halla en la naturaleza según sí, ni como contraída en los individuos, sino en la naturaleza abstracta y precisada por el intelecto. Así pues, aquella no-repugnancia a ser en muchos se sigue de la naturaleza por razón del estado, no por razón de la quididad.

Esta conclusión es de santo Tomás y común de los tomistas. De la cual puede verse Cayetano cap. 4. de Ente et Essentia q. 7. Y se toma de D. Tomás in opusc. 56., donde dice: «La habilidad de ser en varios no es de la esencia del hombre, porque entonces el hombre que está en Sócrates sería hábil a la participación de varios, lo cual es imposible». Y 4. cap. de Ente et Essentia: «No puede», dice, «decirse que la razón de universal convenga a la naturaleza así aceptada» (a saber según sí), «porque de la razón de universal es la unidad y la comunidad. A la naturaleza, empero, humana ni lo uno ni lo otro conviene según su consideración absoluta. Si, en efecto, la comunidad fuera del intelecto del hombre, entonces en cualquiera en que se hallara la humanidad se hallaría la comunidad. Queda, ergo, que la razón de especie acontece a la naturaleza humana según aquel ser que tiene en el intelecto etc.». Y prosigue D. Tomás mostrando cómo la naturaleza en el intelecto tiene unidad por esto de que tiene razón uniforme a todos los individuos que están extra del alma, según que es imagen de todos.

Y LA RAZÓN única y eficaz por la conclusión se deduce de esto, que esta aptitud, que es fundamento próximo de la universalidad, no es sola la comunidad negativa o negación de tener singularidad, sino que es capacidad o no-repugnancia a que la naturaleza, existiendo una, se multiplique en muchos. Ergo en el estado en que la naturaleza no es una ni varias, o en el estado en que está contraída a la individuación, no tiene capacidad de unidad a la multiplicación; en el estado de singularidad tiene repugnancia a esta multiplicación; en el estado, empero, de soledad o de la naturaleza según sí aún no tiene unidad multiplicable en varios, sino solo predicados quiditativos, entre los cuales no puede numerarse esta capacidad o no-repugnancia de la unidad a la multiplicación. De otro modo, doquiera estuviera la naturaleza le convendría tal capacidad, lo cual manifiestamente es falso, como de parte de la cosa es incapaz de existir en muchos.

Ni basta decir que es incapaz de parte de la cosa hablando en absoluto, pero no es incapaz por fuerza de los principios esenciales. Esto, digo, no basta, porque aunque la naturaleza según sí no sea incapaz ni a existir en muchos ni a la singularidad en uno, con todo no puede decirse que allí tiene capacidad de unidad a muchos, cual se requiere para fundar la universalidad, que es capacidad en absoluto, y no solo que por alguna parte no sea incapaz. Como también en la piedra hay incapacidad simpliciter a inteligir, y consiguientemente no tiene fundamento de intelectualidad, aunque por esto precisamente de que sea substancia no sea incapaz a la intelectualidad. Así una cosa es decir que la naturaleza según sí no es incapaz de unidad a muchos; otra que según sí determinadamente y positivamente sea capaz y tenga tal no-repugnancia, como aún no tiene la unidad misma, que es multiplicable en muchos.

Y se confirma, porque la naturaleza según sí y en los singulares no es capaz de la intención y respecto positivo a muchos, ergo ni del fundamento próximo de esta relación, cual es la aptitud de la unidad a muchos. Ergo no se da tal aptitud en la naturaleza según sí ni en los individuos. Sino que del todo ha de decirse que esta aptitud necesariamente supone la unidad capaz de multiplicación en muchos. De donde mientras en la naturaleza no se halla tal unidad, tampoco se halla la aptitud. Esta, empero, unidad solo es unidad abstracta y no real, o de la naturaleza según sí.

DIRÁS: No es sólido aquel fundamento de D. Tomás, que las que convienen a la cosa según sí siempre convienen. Pues el continuo de sí es divisible en partes, y con todo en el cielo no puede dividirse. Y de sí toda cantidad puede dividirse al infinito, no con todo la cantidad en la cosa natural así puede dividirse.

SE RESPONDE que estas se dicen convenir según sí no positiva y absolutamente, sino negativamente, esto es, tienen el no-repugnar, y solo por algún estado, no convenir en acto por todo. Del mismo modo, ergo, a la naturaleza según sí no le repugna, cuanto es por los principios esenciales, tener universalidad o particularidad. Si, con todo, positiva y absolutamente le conviniera según sí la capacidad a predicar uno de muchos, en todo estado convendría. Y esto prueba eficazmente la razón de D. Tomás.

SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.

Varios argumentos que se traen por la sentencia de Escoto, o más bien se le atribuyen, se fundan en aquella equivocación resuelta en el art. prec., de la negativa a la afirmativa por el predicado infinito, como: La naturaleza según sí no es singular, ergo según sí es común; no es incapaz por los principios esenciales a ser en muchos, ergo es capaz.

Y segundo se funda esto en las propiedades de la naturaleza universal, que convienen a la naturaleza según sí, como ser objeto del intelecto, ser de verdad perpetua, tener una definición, y otras semejantes, que no convienen a la naturaleza en el individuo, y con todo convienen a la naturaleza según sí y ante la operación del intelecto, porque el objeto precede a su acto. Si, ergo, el acto del intelecto versa acerca del universal, se da el universal ante aquel acto.

Por último, porque no repugnan estas dos, que la naturaleza por los principios materiales sea singular y contraída, por los principios, con todo, formales y específicos sea indeterminada y consiguientemente apta a ser en varios, aunque se impida por la singularidad misma; como la materia prima tiene aptitud a varias formas, aunque esté impedida mientras está bajo una, para que sea informada por aquellas; y la naturaleza angélica es apta a ser en muchos en la sentencia de los tomistas, aunque en absoluto le repugne estar en aquellos.

TODAS ESTAS quedan resueltas de lo dicho en el art. prec. Pues cuanto atañe a la primera prueba, consta que, puesta la partícula «según sí», pueden negarse del sujeto las que no le convienen esencialmente. Para afirmar, empero, que algo convenga, aunque sea algo negativo, es preciso que convenga según conexión esencial; si no, de ningún modo conviene puesta la partícula «según sí», porque designa que algo conviene por fuerza de la quididad, y así de la negación de aquello que accidentalmente conviene no se infiere que convenga lo opuesto afirmativo de predicado infinitado. Y así no vale: La naturaleza según sí no es singular, ergo según sí es no singular, y mucho menos: Ergo es universal.

A la segunda instancia se dice que ser objeto del intelecto y ser de verdad perpetua, cuanto a la razón objetiva misma por parte de la cosa conocida, se halla objetivamente, aunque no siempre exista realmente, y así objetivamente precede al intelecto. Cuanto, empero, a la condición de universalidad que concomitante al objeto en el conocimiento mismo, esta no precede al acto del intelecto, sino que de aquel resulta en el objeto, y así la definición se vuelve una por unidad fundamental por parte de la cosa definida, positiva, empero, formalmente por parte del intelecto. E igualmente se tiene el objeto en cuanto uno y universal.

A la tercera instancia se dice que es razón dispar entre la aptitud de la materia y la aptitud de la universalidad, porque la materia por su naturaleza propia tiene capacidad a varias formas, y su aptitud y potencia a aquellas es su entidad. De donde doquiera se salva la entidad de aquella, se salva también esta aptitud, porque le conviene según sí. Mas la aptitud a ser y predicarse de muchos se sigue de la naturaleza por razón del estado y de la unidad abstracta. Es, en efecto, aptitud no de cualquier modo, sino a esto, a que una naturaleza se multiplique en muchos, cuya unidad no le conviene ante la operación del intelecto. Lo que, empero, se añade de la naturaleza angélica, más largamente discutiremos abajo q. 8. Pero en lo presente basta decir que al ángel, si se concibe perfecta y adecuadamente, le repugna la aptitud a ser en muchos, porque le repugna concebirse sin individuación. Si, con todo, una vez se concibe sin aquella por el concepto imperfecto e inadecuado del ángel, como de tal concepto imperfecto tiene unidad de abstracción, así también aptitud y no-repugnancia a ser en muchos, cuanto es por parte de la naturaleza así imperfectamente concebida.

Segundo se argumenta: El acto de esta aptitud es real, ergo también la aptitud misma conviene a la cosa según sí o de parte de la cosa.

La consecuencia es nota, porque la potencia toma su especificación del acto. Así, en efecto, se verifica que la potencia y el acto están en el mismo género cuando es por sí especificativo de la potencia; ergo si el acto es real, también la potencia. El antecedente, empero, consta, porque el acto de esta aptitud es existir en varios singulares, lo cual es algo real; el ser, en efecto, particular es algo real, ergo también su correlativo, que es ser universal.

Y se confirma, porque esta aptitud es fundamento de la universalidad. Ergo no es segunda intención, sino primera; la segunda, en efecto, intención se funda en la primera. Que si dices que es fundamento próximo, que debe ser de la misma razón que la intención y relación fundada en aquel, en contra hay doble instancia: Primera, porque si esta aptitud se hace por el intelecto, ergo primero es conocido el objeto que resulte aquella aptitud; y así no se requiere la universalidad también fundamental para que algo sea objeto del intelecto. Segunda, porque si se hace por el intelecto, ergo es algo singular, como resulta de acto singular; ergo no puede constituir formalmente el universal.

SE RESPONDE que el acto de esta aptitud no es algo real. No, en efecto, el acto de la aptitud universal es la existencia de varios individuos, sino la predicación o contracción de una naturaleza a varios individuos, lo cual es algo de razón. La existencia, empero, de varios individuos solo puede ser fundamento para que se abstraga la unidad universal y se vuelva apta a esta predicación. El particular, empero, no es correlativo del universal sino que se tome segundo-intencionalmente. Si, empero, se toma por el particular como se halla en la cosa o primer-intencionalmente, así no es correlativo del universal, sino fundamento de aquel.

A la confirmación se responde que la segunda intención tiene por fundamento remoto la primera intención, pero por fundamento próximo dice algo de razón, no ciertamente que sea relación de segunda intención, sino que sea alguna negación o denominación extrínseca; como la universalidad supone que la cosa es conocida y abstracta de los individuos, de cuya abstracción se sigue la unidad de precisión, que es negación y no-repugnancia a varios, que es aptitud a aquellos; y de ahí se sigue la relación.

A la primera réplica se dice que primero es conocido el objeto por el intelecto que resulte esta aptitud, y así la universalidad no se requiere para el objeto del intelecto como antecedentemente, sino como consiguientemente, porque no está que sea objeto conocido en acto sino que se siga aquella universalidad; o si se inteligie que se requiere la universalidad antecedentemente al acto del intelecto, se inteligie del universal fundamentalmente, no formalmente.

A la segunda réplica se dice que aquello que se hace por el intelecto como efecto es algo singular. Lo que, empero, resulta como conocido o consecutivo del conocimiento es universal o intención y forma de universalidad, que a su vez formalmente y ut quo es universal, esto es, formalmente volviendo universal a la naturaleza, denominativamente, empero, y ut quod es singular, en cuanto se atribuye a determinado objeto por determinado conocimiento.

Articulus V: SI LA UNIVERSALIDAD CONSISTE ESENCIALMENTE EN LA RELACIÓN

Articulus VI: SI LOS GRADOS METAFÍSICOS EN CUALQUIER COSA SE DISTINGUEN SOLO POR DISTINCIÓN DE RAZÓN, O POR NATURALEZA DE LA COSA

Quaestio IV: DE LA CAUSA DEL UNIVERSAL

Articulus I: SI POR BENEFICIO DEL INTELECTO AGENTE EN LA ESPECIE PRODUCIDA POR ÉL SE REPRESENTA EL UNIVERSAL METAFÍSICO

Articulus II: SI EL UNIVERSAL METAFÍSICO CONOCIDO EN ACTO SE HACE POR ACTO ABSOLUTO DEL INTELECTO, Y EL UNIVERSAL LÓGICO POR EL COMPARATIVO

Quaestio V: DEL ACTO DEL UNIVERSAL, QUE ES PREDICARSE DE MUCHOS

Articulus I: QUÉ SEA EN LA NATURALEZA UNIVERSAL «SER EN MUCHOS» Y «PREDICARSE DE MUCHOS»

Articulus II: QUÉ SEA LA PREDICACIÓN Y QUÉ SE REQUIERA PARA SU VERIFICACIÓN

Articulus III: CÓMO SE REQUIERAN MUCHOS PARA QUE ALGO SE DIGA UNIVERSAL O COMÚN

Articulus IV: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS SUBSTANCIALES

Articulus V: CÓMO SE VERIFIQUEN LAS PREDICACIONES EN LOS CONCRETOS Y ABSTRACTOS ACCIDENTALES

Quaestio VI: DE LA DIVISIÓN DEL UNIVERSAL EN CINCO PREDICABLES

Articulus I: SI ESTA DIVISIÓN SEA BUENA Y ADECUADA

Articulus II: SI ESTA DIVISIÓN SEA DE GÉNERO EN ESPECIES E INMEDIATA

Quaestio VII: DEL GÉNERO

Articulus I: SI LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO TRANSMITIDA POR PORFIRIO SEA BUENA

Articulus II: CUÁL SEA EL DEFINIDO EN LA DEFINICIÓN DEL GÉNERO, SI LA INTENCIÓN MISMA O EL SUJETO O EL COMPUESTO DE UNO Y OTRO

Articulus III: CÓMO EL GÉNERO SE DIGA TODO POTENCIAL Y SE TOME DE LA MATERIA

Quaestio VIII: DE LA ESPECIE PREDICABLE Y SUBICIBLE

Articulus I: SI LA ESPECIE SE CONSTITUYA EN RAZÓN DE ESPECIE POR LA RAZÓN DE SUBICIBLE O DE PREDICABLE

Articulus II: SE EXPLICAN LAS DEFINICIONES DE LA ESPECIE

Articulus III: SI PUEDA DARSE ESPECIE SUBICIBLE QUE NO SEA PREDICABLE DE MUCHOS, SINO QUE SOLO TENGA UN INDIVIDUO

Articulus IV: SI LA ESPECIE PUEDA CONSERVARSE EN UN SOLO INDIVIDUO Y EL GÉNERO EN UNA SOLA ESPECIE

Quaestio IX: DEL INDIVIDUO

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES DEL INDIVIDUO SE EXPLIQUEN RECTAMENTE

Articulus II: QUÉ SEA EL INDIVIDUO EN COMÚN O INDIVIDUO VAGO

Quaestio X: DE LA DIFERENCIA COMÚNMENTE DICHA Y SEGÚN QUE ES EL TERCER PREDICABLE

Articulus I: SI BIEN SE DIVIDA LA DIFERENCIA EN COMÚN, PROPIA Y PROPRIÍSIMA

Articulus II: SI LAS DEFINICIONES DE LA DIFERENCIA DEL TERCER PREDICABLE SEAN BUENAS

Articulus III: SI LA DIFERENCIA SE DIGA UNIVERSAL RESPECTO DE SU ESPECIE O RESPECTO DE LOS INFERIORES DE TAL ESPECIE

Articulus IV: SI LAS DIFERENCIAS SUPERIORES Y GENÉRICAS SE INCLUYAN EN LAS DIFERENCIAS ÁTOMAS Y DE AQUELLAS SE PREDIQUEN

Quaestio XI: DEL PROPIO

Articulus I: SE EXPLICA LA NATURALEZA DEL PROPIO Y SE SOPESAN SUS DIVISIONES

Articulus II: QUÉ SEA EL PROPIO CUARTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES SE TOME

Quaestio XII: DEL ACCIDENTE QUINTO PREDICABLE

Articulus I: SI LAS DEFINICIONES Y DIVISIONES DEL ACCIDENTE RECTAMENTE HAYAN SIDO TRADITADAS POR PORFIRIO

Articulus II: CÓMO EL ACCIDENTE SE DIGA QUINTO PREDICABLE Y RESPECTO DE CUÁLES INFERIORES

Liber I: LIBRO DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XIII: DE LOS ANTEPREDICAMENTOS Y DE LOS ANÁLOGOS

Articulus I: QUÉ SEAN LOS ANTEPREDICAMENTOS Y POR QUÉ DE ELLOS AQUÍ TRATÓ ARISTÓTELES

Articulus II: DE LA DEFINICIÓN Y DIVISIÓN DE LOS EQUÍVOCOS

Articulus III: QUÉ Y CUÁNTUPLE SEA LA ANALOGÍA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES DE ESTOS ANÁLOGOS

Articulus V: SI EN LOS ANÁLOGOS SE DA UN CONCEPTO PRESCINDIDO DE LOS INFERIORES

Quaestio XIV: DEL ENTE PREDICAMENTAL Y DE LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus I: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO Y QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGO ESTÉ EN PREDICAMENTO

Articulus II: SI EL ENTE SEA UNÍVOCO O ANÁLOGO A LOS DIEZ PREDICAMENTOS

Articulus III: CON QUÉ ANALOGÍA EL ENTE SEA ANÁLOGO

Articulus IV: SI EL ACCIDENTE SEA UNÍVOCO A LOS NUEVE GÉNEROS

Articulus V: SI SEA ADECUADA Y BUENA LA DIVISIÓN EN DIEZ PREDICAMENTOS

Quaestio XV: DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN FORMAL CONSTITUTIVA DE LA SUBSTANCIA PREDICAMENTAL

Articulus II: SI BIEN SE DIVIDA LA SUBSTANCIA EN PRIMERA Y SEGUNDA

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS DEFINICIONES DE LA PRIMERA Y DE LA SEGUNDA SUBSTANCIA

Articulus IV: CUÁLES SE RECHAZAN Y SE PONEN EN ESTE PREDICAMENTO

Articulus V: SI EL SUSCIPIR CONTRARIOS SEA PROPIO DE CUARTO MODO DE LA SUBSTANCIA

Quaestio XVI: DE LA CANTIDAD

Articulus I: CUÁL SEA LA RAZÓN PROPIA Y FORMAL DE LA CANTIDAD

Articulus II: SI LA CANTIDAD DISCRETA SEA VERDADERA ESPECIE DE CANTIDAD

Articulus III: SI EL TIEMPO Y EL MOVIMIENTO, EL LUGAR Y LA ORACIÓN SE RECHACEN DE LAS ESPECIES DE CANTIDAD

Articulus IV: SI LA LÍNEA, LA SUPERFICIE Y EL CUERPO SEAN VERDADERAS ESPECIES DE CANTIDAD

Quaestio XVII: DEL PREDICAMENTO DE LA RELACIÓN

Articulus I: SI POR PARTE DE LA COSA SE DEN RELACIONES QUE SEAN FORMAS INTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA RELACIÓN SEA PREDICAMENTAL

Articulus III: CUÁLES SEAN LAS DIVISIONES DE LA RELACIÓN PREDICAMENTAL Y SUS ESPECIES

Articulus IV: SI LA RELACIÓN SE DISTINGA POR PARTE DE LA COSA DE SU FUNDAMENTO

Articulus V: SI LA RELACIÓN FORMALMENTE SE TERMINE A LO ABSOLUTO O A LO RELATIVO

Articulus VI: DE DÓNDE SE TOME LA DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DE LA RELACIÓN

Articulus VII: CÓMO HAN DE EXPLICARSE LAS PROPIEDADES DE LOS RELATIVOS, QUE SEAN SIMULTÁNEOS POR NATURALEZA Y POR COGNICIÓN

Quaestio XVIII: DE LA CUALIDAD

Articulus I: SE EXPLICA LA RAZÓN FORMAL DE LA CUALIDAD Y SU DEFINICIÓN

Articulus II: SE EXPLICA LA DIVISIÓN DE LA CUALIDAD EN CUATRO ESPECIES

Articulus III: CÓMO HAN DE EXPLICARSE CADA UNA DE LAS ESPECIES

Quaestio XIX: DE LOS SEIS ÚLTIMOS PREDICAMENTOS

Articulus I: SI ESTOS PREDICAMENTOS SON FORMAS ABSOLUTAS O RELATIVAS O DENOMINACIONES EXTRÍNSECAS

Articulus II: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y LA PASIÓN PREDICAMENTALES

Articulus III: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO DÓNDE Y EL SITIO

Articulus IV: QUÉ SEA EL PREDICAMENTO CUÁNDO Y EL HÁBITO

Textus I: TEXTO DESPUÉS DE LOS PREDICAMENTOS

Quaestio XX: DE LOS POSTPREDICAMENTOS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS OPOSICIONES

Articulus II: QUÉ HAYA DE NOTARSE ACERCA DE LOS RESTANTES POSTPREDICAMENTOS

Liber II: SOBRE LOS LIBROS PERIHERMENIAS

Quaestio XXI: DEL SIGNO SEGÚN SÍ

Articulus I: SI EL SIGNO SEA EN EL GÉNERO DE LA RELACIÓN

Articulus II: SI EN EL SIGNO NATURAL LA RELACIÓN SEA REAL O DE RAZÓN

Articulus III: SI SEA LA MISMA RELACIÓN DEL SIGNO AL SIGNADO Y A LA POTENCIA

Articulus IV: CÓMO SE DIVIDA EL OBJETO EN MOTIVO Y TERMINATIVO

Articulus V: SI EL SIGNIFICAR SEA FORMALMENTE CAUSAR ALGO EN EL GÉNERO DE EFECTUAR

Articulus VI: SI EN LOS BRUTOS Y EN LOS SENTIDOS EXTERNOS HAYA VERDADERA RAZÓN DE SIGNO

Quaestio XXII: DE LAS DIVISIONES DEL SIGNO

Articulus I: SI SEA UNÍVOCA Y BUENA LA DIVISIÓN DEL SIGNO EN FORMAL E INSTRUMENTAL

Articulus II: SI EL CONCEPTO SEA SIGNO FORMAL

Articulus III: SI LA ESPECIE IMPRESA SEA SIGNO FORMAL

Articulus IV: SI EL ACTO DE CONOCER SEA SIGNO FORMAL

Articulus V: SI SEA BUENA LA DIVISIÓN EN SIGNO NATURAL Y AD PLACITUM Y DE COSTUMBRE

Articulus VI: SI EL SIGNO DE COSTUMBRE SEA VERDADERAMENTE SIGNO

Quaestio XXIII: DE LAS NOTICIAS Y DE LOS CONCEPTOS

Articulus I: SI LA NOTICIA INTUITIVA Y LA ABSTRACTIVA DIFERENCIEN ESENCIALMENTE EN LA RAZÓN DE COGNICIÓN

Articulus II: SI PUEDA DARSE COGNICIÓN INTUITIVA DE LA COSA FÍSICAMENTE AUSENTE, YA EN EL INTELECTO YA EN EL SENTIDO EXTERIOR

Articulus III: CÓMO DIFERENCIE EL CONCEPTO REFLEJO DEL DIRECTO

Articulus IV: CUÁL SEA LA DISTINCIÓN ENTRE EL CONCEPTO ULTIMADO Y EL NO ULTIMADO

Liber III: SOBRE LOS LIBROS DE LOS POSTERIORES

Quaestio XXIV: DE LOS PRECONOCIDOS Y DE LAS PREMISAS

Articulus I: SE EXPLICA QUÉ SEAN LOS PRECONOCIDOS Y LAS PRENOCIONES

Articulus II: SI LAS PREMISAS INFLUYAN EFICIENTEMENTE EN LA CONCLUSIÓN O EN OTRO GÉNERO DE CAUSA

Articulus III: SI LAS PREMISAS NECESITEN AL ASENSO DE LA CONCLUSIÓN, DE MODO QUE LA MENOR SE CONOZCA A LA VEZ CON LA CONCLUSIÓN

Articulus IV: QUÉ SEA LA PROPOSICIÓN PER SE NOTA E INMEDIATA, EL PREDICADO DE TODO Y PER SE Y SECUNDUM QUOD IPSUM

Quaestio XXV: DE LA DEMOSTRACIÓN

Articulus I: SI RECTAMENTE ESTÉ DEFINIDA LA DEMOSTRACIÓN POR ARISTÓTELES

Articulus II: QUÉ SE REQUIERA PARA QUE ALGUNA PROPOSICIÓN SEA DEMOSTRABLE

Articulus III: SI TODA DEMOSTRACIÓN CIRCULAR SEA VICIOSA

Articulus IV: QUÉ SEA LA DEMOSTRACIÓN QUIA Y PROPTER QUID, Y SI SEA BUENA LA DIVISIÓN

Quaestio XXVI: DE LA CIENCIA TANTO SEGÚN SÍ COMO EN ORDEN A LA OPINIÓN Y A LA FE

Articulus I: QUÉ SEA LA CIENCIA Y CÓMO SE DISTINGA DE LOS RESTANTES HÁBITOS EVIDENTES

Articulus II: QUÉ SEAN LA CIENCIA SUBALTERNANTE Y LA SUBALTERNADA Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus III: SI LA CIENCIA SUBALTERNADA SEA VERDADERA Y PROPIAMENTE CIENCIA, AUNQUE NO SE CONTINÚE CON LA SUBALTERNANTE

Articulus IV: CUÁLES SEAN LOS HÁBITOS INEVIDENTES Y CÓMO DIFERENCIEN ENTRE SÍ

Articulus V: SI LA OPINIÓN Y LA FE CON LA CIENCIA INTRÍNSECAMENTE REPUGNEN

Quaestio XXVII: DE LA UNIDAD Y DISTINCIÓN DE LAS CIENCIAS

Articulus I: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD O DIVERSIDAD ESPECÍFICA DE LAS CIENCIAS EN RAZÓN DE COGNOSCIBLE

Articulus II: SI LA CIENCIA SEA UNA SIMPLE CUALIDAD Y HÁBITO

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