Cursus Philosophicus Thomisticus, Secunda Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
Secunda pars artis Logicae of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars secunda.
Praefatio I: Prefacio del autor a la 4.ª edición de la segunda parte del Arte de la Lógica
Prooemium I: PROEMIO
Quaestio I: DE LA LÓGICA, DE CUÁL SEA Y A QUÉ SE EXTIENDA
Articulus I: SI EL ARTE DE LA LÓGICA ES NECESARIO SIMPLICITER PARA ADQUIRIR LAS DEMÁS CIENCIAS
Articulus II: SI LA LÓGICA ES VERDADERA CIENCIA Y ARTE
Articulus III: SI EL OBJETO FORMAL Y ADECUADO DE LA LÓGICA ES EL ENTE DE RAZÓN, QUE ES LA SEGUNDA INTENCIÓN
DOS COSAS HAN DE PRESUPONERSE, que a otro lugar ciertamente pertenecen con más exactitud, pero para la dificultad presente es preciso gustar brevemente.
La primera es que se dan entes de razón, de lo cual ha de tratarse en la cuest. sig. Y inteligimos con el nombre de ente de razón aquello que en sí y apartada la consideración del intelecto no puede existir, puede con todo considerarse por el intelecto. Que nosotros consideramos muchas cosas que no son es más conocido de lo que necesita prueba; pero porque el intelecto considera todas las cosas a modo de ente, por eso las que se consideran y no son se dicen entes de razón «como existentes solo por beneficio de la razón y por la consideración». Y a veces tal ente de razón es puramente fingido, como cuando imaginamos algo fingiéndolo sin algún fundamento en la cosa, como cuando formo la quimera, el monte áureo y semejantes. A veces, empero, no es puramente fingido, sino que tiene fundamento en algún ente real, que de tal modo puede conocerse que del modo mismo de conocer se le atribuya o se siga algo que, con todo, en la cosa no está, como cuando conozco a Dios relativamente a las criaturas, o conozco las tinieblas a modo de forma que afecta al aire, cuando en la cosa no hay forma, sino carencia de forma. Y las que se fingen del primer modo se llaman entes de razón raciocinante; las del segundo modo se dicen de razón raciocinada, esto es, fundadas en la cosa conocida.
Lo segundo que presuponemos es qué inteligimos con el nombre de objeto formal. Y se dice objeto formal aquella formalidad o razón o determinación mediante la cual algo ha de ser alcanzado por algún hábito o potencia. Consta, en efecto, que en las que son objetos de algún hábito o potencia se da tanto la cosa que se alcanza como la razón o determinación por razón de la cual se alcanza. Más aún, pueden requerirse varias formalidades para que algo se alcance, de las cuales una determina a otra, y respecto de aquello que determina se llama formal de aquel, y esta razón formal suele llamarse razón que se alcanza o razón de alcanzar, y si es última, por la que se determinan las demás, se dice también razón bajo la cual, porque bajo aquella se contienen las restantes. Vemos, en efecto, la piedra como cosa vista y objeto material, pero por razón del color, que es la razón por la que la piedra más bien pertenece a la vista que al tacto o a otro sentido. Y de nuevo el color se determina y se forma por la luz, por razón de la cual últimamente se constituye el objeto en razón de visible. Hay, empero, otra razón bajo la cual que se tiene por parte de la potencia, que es la virtud misma o el lumen determinado de conocer; pero de esto en lo presente no tratamos, sino solo de la razón formal objetiva. Por lo cual, cuando inquirimos si el ente de razón es objeto formal de la Lógica, es lo mismo que inquirir si todas las cosas y materias que por la Lógica se tratan y se dirigen pertenecen a la Lógica por razón de algo que sea ente real o de razón. Y si es ente de razón, cuál sea aquel.
Puestas estas cosas, dos en esta parte son ciertas y en una está todo el peso de la dificultad.
Primero es cierto y extra de controversia que la Lógica trata al menos de algunos entes de razón que se hallan y se atribuyen a las cosas conocidas y a las voces de las que la Lógica usa como de instrumentos, p. ej. la razón de género y de especie, la razón de predicado y de sujeto, y de otras intenciones semejantes.
Segundo es cierto que la Lógica no trata de todo ente de razón en toda su latitud, como de las privaciones y negaciones y de otras que son del todo fingidas, sino que solo trata de aquellas relaciones que se fundan en las cosas en cuanto están ordenadas y conocidas por la razón y se llaman intenciones lógicas. De donde estas intenciones lógicas miran tanto a los conceptos objetivos como a los conceptos formales y a las voces, pero de diverso modo. Pues a las cosas conocidas pertenecen como a fundamentos en los que se fundan y a las que denominan, como el animal conocido se denomina género y el hombre especie. A los conceptos, empero, formales y a los actos del intelecto como a operaciones por las que se forman estas intenciones; y por eso de tales intenciones formadas se denominan también las operaciones de la razón proceder recta y ordenadamente. A las voces, empero, pertenecen como a signos o instrumentos que expresan exteriormente los conceptos así o así ordenados.
Algunos, pues, atendiendo a las cosas conocidas en las que se fundan aquellas intenciones de razón, dicen simpliciter que el objeto formal de la Lógica es el ente de razón que es la segunda intención, porque solo por razón de aquella tales cosas tocan a la Lógica. Esta es común entre los tomistas. Véanse en Cursus Carmel. disp. 1. q. 2. § 3. Otros atendiendo a las voces y a los conceptos dicen que la Lógica, en cuanto mira a las voces significativas, trata de las intenciones segundas; en cuanto, empero, mira a las operaciones del intelecto, trata de algo real, como puede verse en Martinez q. 4. prooem. Otros, por último, atendiendo solo a las operaciones del intelecto, que primero y de por sí dirige la Lógica, dicen simpliciter que trata de algo real. Véanse Fonseca 2. Metaph. cap. 3. q. 1. sect. 5., Suárez in Metaph. disp. 54., Mag. Cabero tract. 1. disp. 1. dub. 2.
ERGO EL PUNTO DE LA DIFICULTAD ES cuál de todas estas sea lo formal respecto de la Lógica, si los conceptos objetivos bajo la razón de las intenciones que fundan, o los conceptos formales o las voces bajo la dirección que tienen de la Lógica, y si esta es algo real.
RESOLUCIÓN
según la mente de santo Tomás.
SEA ÚNICA CONCLUSIÓN: La materia dirigible por la Lógica como operación es algo real. — La materia denominable por el artificio lógico como objeto o cosa conocida es cualquier cognoscible por aquellas operaciones del intelecto, ya sea real ya de razón. — La forma, empero, tanto respecto de la operación dirigible cuanto respecto de la cosa conocida, bajo la cual pertenecen a la Lógica, es algo de razón, no puramente fingido, sino que tiene fundamento en las cosas como segunda intención.
Esta1 conclusión es de la mente de D. Tomás, y por ella pueden ponderarse entre otros tres lugares. El primero es in Prooem. Ethic.,2 donde dice «que el orden de cuatro modos se compara a la razón. Hay, en efecto, cierto orden que la razón no hace, sino que solo considera, como es el orden de las cosas naturales. Otro, empero, es el orden que la razón considerando hace en el acto propio, p. ej. cuando ordena sus conceptos entre sí y los signos de los conceptos, que son las voces significativas. El tercer orden, empero, es el que la razón considerando hace en las operaciones de la voluntad. El cuarto orden es el que la razón considerando hace en las cosas exteriores, de las que ella misma es causa, como en el área y en la casa. El orden que la razón considera, pero no hace, pertenece a la Filosofía natural; el orden que la razón considerando hace en el acto propio pertenece a la Filosofía racional (aquella es la Lógica); el orden, empero, de las acciones de la voluntad pertenece a la consideración de la Filosofía moral; el orden, empero, que la razón considerando hace en las cosas exteriores pertenece a las artes mecánicas». He aquí que pone D. Tomás por objeto de la Filosofía racional o Lógica el orden que la razón considerando hace en su acto, el cual por cierto no es real, porque el orden real puede ciertamente considerarse por el conocimiento, pero no hacerse solo por la consideración sin otro acto real externo, pues en esto consiste la relación de razón: que solo por la consideración se haga o se alcance.
El segundo lugar es 1. Poster. lect. 20.,3 donde dice «que porque acerca de todas las que son tiene que negociar la razón, la Lógica, empero, es de las operaciones de la razón, también la Lógica será de las que son comunes a todas, esto es, de las intenciones de la razón, que se tienen a todas las cosas».
Y tercero clarísimamente in 4. Metaph. lect. 4.:4 «El ente», dice, «es doble, a saber ente de razón y ente de naturaleza. El ente, empero, de razón se dice propiamente de aquellas intenciones que la razón adinviene en las cosas consideradas, como la intención de género y de especie y de semejantes, las cuales ciertamente no se hallan en la naturaleza de las cosas, sino que se siguen a la consideración de la razón. Y de este género, a saber el ente de razón, es propiamente el sujeto de la Lógica».
RESPONDEN ALGUNOS que D. Tomás habla del objeto por accidente; o si habla del objeto de por sí, toma el ente de razón por la obra misma de la razón en cuanto tiene artificio dialéctico. Pero en contra: Pues dice el Santo Doctor que tal ente de razón es propiamente el sujeto de la Lógica; ergo no habla del objeto por accidente o material. De este, en efecto, al punto subjunta que es todo ente de naturaleza en cuanto se sujeta a las intenciones inteligibles. Asimismo dice que aquellas intenciones de las que trata el lógico no se hallan en la naturaleza de las cosas; los actos, empero, del intelecto se hallan en la naturaleza de las cosas. Ergo o la obra de la razón en cuanto tiene artificio dialéctico es formalmente ente de razón no hallado en la naturaleza de las cosas, y así tenemos lo intentado, porque esto es el objeto formal de la Lógica según D. Tomás; o se halla en cuanto tal en la naturaleza de las cosas, y así se contradice a D. Tomás, que dice que no se halla.
Otros responden que santo Tomás habla del ente de razón, esto es, de la denominación extrínseca, que es el objeto formal de la Lógica. Pero en contra está que D. Tomás dice que la Lógica trata de las intenciones que la razón adinviene en las cosas consideradas y que no se hallan en la naturaleza de las cosas. Aquellas denominaciones extrínsecas, empero, o se hallan en la naturaleza de las cosas en cuanto son extrínsecas, y así de ellas no trata la Lógica, o no se hallan, sino que se forman por la razón, y así son ente de razón, que nosotros decimos.
Por último otros dicen que santo Tomás habla de las voces significativas, de las que como de medios o instrumentos trata el lógico, y las intenciones de estas son algo de razón. Pero lo opuesto enseña manifiestamente santo Tomás, porque habla de las intenciones que se siguen a las operaciones mismas del intelecto, y que la razón hace en el acto propio o adinviene en las cosas consideradas, como consta en los lugares de Metaph. y Ethic. arriba cit. y opúsc. 42. cap. 4.5 Ergo no habla solo de las intenciones de las voces, sino también de las intenciones de las cosas conocidas, como son el género, la especie, etc., o las que se atribuyen a las operaciones propias mismas del intelecto.
Por lo cual de la mente de santo Tomás no puede dudarse que por objeto formal de la Lógica pone el ente de razón, como también por material pone las cosas mismas conocidas y los conceptos ordenados, como consta en los lugares cit. y opúsc. 56.6 y opúsc. 70. cuest. últ. art. 1. ad 3.7 y 1. Poster. lect. 1.8
El fundamento de la conclusión es que toda realidad que puede hallarse en el objeto de la Lógica o es el acto del intelecto, por el que se denominan las cosas conocidas, o es la cosa misma inteligida y representada, o algo real sobreañadido y que acrece a los conceptos o a los objetos conocidos por la ordenación de la Lógica.
Los dos primeros según su realidad solo pertenecen al objeto material de la Lógica, porque de las cosas conocidas, como son cosas, tratan las ciencias reales; y de los conceptos también, como son perfecciones reales del intelecto, trata la Filosofía. Solo, pues, de aquellos en cuanto ordenados artificiosamente de modo formal trata la Lógica; como para la Lógica por accidente y materialmente se tiene que la intención de género esté en el árbol o en la piedra, ni la Lógica trata de la naturaleza misma de la piedra o del árbol, sino de aquella intención o formalidad de género que en todos aquellos se halla.
Si se dicen los dos últimos, se inquiere: ¿Qué es aquello que acrece a los conceptos o a los objetos por la ordenación de la Lógica? Pues si acrece a los objetos mismos como conocidos, es segunda intención y algo de razón; pues lo que conviene a las cosas conocidas no conviene en cuanto están en la cosa, y así no es algo real, sino de razón. Si, empero, es sola denominación extrínseca por la que las cosas mismas se denominan conocidas así o así, no la que sobreviene a las cosas ya conocidas, en contra está, ya porque esta denominación no es algo artificioso, sino consecuido naturalmente y sin artificio ni colación alguna, como a la visión se sigue la denominación de visto en el objeto. Ya porque muchas intenciones lógicas no convienen sino por comparación y colación de uno a otro y presuponiendo la cosa conocida y aprehendida, como el orden de lo superior a lo inferior, del sujeto al predicado, de la composición en la proposición y en el silogismo. Ergo tales no son denominaciones extrínsecas de lo conocido, sino algo que conviene por razones a las cosas conocidas.
Si, empero, es algo que acrece a los conceptos mismos o a los actos, en cuanto se elicen por el intelecto con algún influxo y ordenación de la Lógica, en contra está que esta ordenación impresa en los conceptos o en los actos no es algo entitativo en orden a sí, sino representativo o que dice orden a los objetos. Ni, en efecto, de la entidad real de los conceptos cuida la Lógica, ni aquellos para su elicción necesitan de la ordenación de la Lógica, pues son algo natural y que sale naturalmente de la potencia, para cuya salida, puesta la especie y la potencia o virtud, de ningún artificio necesitan. El orden, pues, a los objetos artificiosamente ordenados es ciertamente algo real en los conceptos o actos, esto es, la representación por la que naturalmente miran a los objetos, aunque no sean reales; pero con todo este orden no es el objeto formal de la Lógica, sino a lo sumo el efecto que en las demás ciencias dirige, para que por la ostensión de la Lógica tiendan y se ordenen al objeto dispuesto de modo lógico. La impresión, empero, de la potencia o arte superior en la inferior, para que se ordene al objeto o fin del superior, solo es efecto del superior, no objeto formal, como consta en las artes arquitectónicas que dirigen a las inferiores a su fin y en el ángel superior que ilumina al inferior; ni, en efecto, tienen por objeto el acto del inferior que ordenan o iluminan. De donde el objeto formal de tal lumen superior no es el acto del inferior que se ilumina, sino el objeto mismo con el que se ilumina la proposición inferior. Y la razón es clara, porque cuando la virtud o el arte superior imprime en la inferior y la ordena a su fin, ya el superior se presupone tener fin y objeto especificativo de sí, a cuyo alcanzar dirige y ordena al inferior. Ergo lo especificativo propio del superior no es la impresión y ordenación del inferior a tal fin, sino el fin mismo, que es objeto del superior y cuyo orden comunica efectivamente al inferior. Del mismo modo, como la Lógica ordena e ilumina a las restantes ciencias cuanto al modo artificioso de discurrir, no tendrá por objeto formal los actos mismos de las demás ciencias como tendentes y ordenados realmente a sus objetos ordenados; sino aquello que en el objeto conocido especula la Lógica y propone a las demás ciencias que ha de seguirse, eso será el objeto formal de aquella, cuya ordenación de los objetos es por cierto segunda intención en los objetos.
RESPONDEN ALGUNOS que la Lógica solo mira de por sí a la colocación y disposición de los conceptos, para que uno sea predicado, otro sujeto, etc.; que, empero, de esta colocación resulte algo de razón, no se atiende de por sí por la Lógica. Otros, que la Lógica dirige al intelecto para que elice actos, cuyos actos tienen por objeto algo ordenado según las intenciones lógicas, y así el objeto inmediato de la Lógica son estos actos, pero los objetos de estos actos serán algo de razón en cuanto están ordenados; pero esto es objeto remoto. Otros, por último, que porque las operaciones del intelecto se perfeccionan realmente por la Lógica, de otro modo no sería más perfecto en el discurrir el lógico que el rústico, por eso tiene alguna perfección real por objeto.
Pero contra la primera solución está que la colocación y disposición de los conceptos no es colocación alguna situacional, como las piedras en la casa, sino que es representación y tendencia a las cosas rectamente colocadas y ordenadas entre sí; ni, en efecto, los conceptos se dicen ordenarse como entitativamente, sino como representativamente y respecto de los objetos acerca de los cuales versan. Ergo principalmente mira la Lógica a la ordenación de los objetos, la tendencia, empero, formal y la representación de los conceptos como medio de alcanzar estos objetos ordenados.
Contra la segunda solución, empero, está que la Lógica no enseña a elicir actos cuanto a su entidad, sino para que se dispongan artificiosamente. Y porque la disposición artificiosa no se halla de otro modo en los actos sino en cuanto alcanzan objetos ordenados y dispuestos, lo mismo es que la Lógica dirija al intelecto para que elice sus actos artificiosamente, que proponer los objetos mismos ordenados acerca de los cuales se elicen los actos de las ciencias. Y por tanto primero y de por sí la Lógica alcanza las intenciones segundas de los objetos; el orden, empero, de los actos a aquellas lo comunica efectivamente a los actos con sus actos o directivamente a los demás.
La tercera solución, por último, no viene al caso. No dudamos, en efecto, que el alcanzar del objeto en cuanto está rectamente ordenado es perfección real del conocimiento y de la ciencia; pero no es aquel el objeto formal de la Lógica, sino el medio por el que se alcanzan los objetos ordenados por la Lógica. Y esta ordenación en los objetos mismos es algo de razón y segunda intención. El alcanzar, empero, y la tendencia de los actos a tales objetos así ordenados es tendencia y perfección real, derivada de la dirección de la Lógica solo efectivamente o directivamente; el conocimiento, en efecto, y el alcanzar de los entes de razón es perfección real en el conocimiento.
PERO INQUIRIRÁS DOS COSAS: Primera, si la segunda intención es objeto formal de la Lógica como razón bajo la cual o como razón que se alcanza. Se responde que es la razón que se alcanza. Pues de las segundas intenciones se demuestran muchas pasiones en la Lógica, como del universal la predicabilidad; ergo es cosa conocida por la ciencia de la Lógica, y consiguientemente pertenece a la razón que se conoce. De donde D. Tomás llama a estas intenciones sujeto de la Lógica in 4. Metaph. lect. 4.;9 consta, empero, que el sujeto es la cosa que se conoce. La razón, empero, bajo la cual, como en las demás ciencias se toma según la abstracción de la materia, que presta el modo de inteligibilidad bajo el cual la cosa puede conocerse diversamente, según que diversamente se abstrae de la materia, como más largamente se entregará en la Filosofía y en la últ. cuest. de los Posteriores.10 El objeto, empero, de la Lógica, que es el ente de razón, tiene abstracción semejante a la abstracción de la Metafísica, esto es, de toda materia, no por depuración de la actualidad de aquella, sino por negación de toda materia.
Lo segundo es: Entre los objetos de los que trata la Lógica, ¿cuál es el objeto de principalidad? Se responde que el silogismo, que se hace por la tercera operación, es el objeto principal de la Lógica, y entre los silogismos por razón de la materia más principal es la demostración. La razón es manifiesta, porque, como enseña santo Tomás 1. Periherm. lect. 1.11 y 1. Poster. lect. 1.,12 las tres operaciones del intelecto de tal modo se tienen que la primera y la segunda se ordenan a la tercera como a la principal, en la que se perfecciona la raciocinación y el discurso, que se dispone rectamente por el silogismo y se resuelve con certeza y con firmeza por la demostración. Como, pues, la ciencia de la Lógica propia y esencialmente es directiva de la razón, aquel es el objeto principal donde se halla la raciocinación y el discurso principal con certeza y sin error. Acontece, empero, el error o por defecto de la forma o por contingencia de la materia. Ergo el objeto principal por parte de la forma es el silogismo rectamente dispuesto; el principal, empero, por parte de la materia es la demostración, en la que se halla el proceso de la razón sin error tanto por parte de la materia cuanto por parte de la forma. De estas, con todo, que pertenecen a las otras dos operaciones, también de por sí trata la Lógica, aunque menos principalmente, como en 1. q. de las Súmulas art. 1. mostramos.
SE RESUELVEN LAS OBJECIONES.
Primero se arguye: El ente de razón no puede ser objeto de la ciencia primero y de por sí; ergo es falsa la conclusión.
Se prueba el antecedente, ya porque el ente de razón no es cognoscible per se y formalmente, porque no es ente per se, y así per se no funda cognoscibilidad; ergo tampoco es escible per se. Ya porque no tiene pasiones causadas por sí de las que trate, pues nada causa; ni causas por las que se sepa, pues no se causa. Ergo de tal ente de razón directa y de por sí no se da ciencia.
SE RESPONDE que del ente de razón que ningún fundamento tiene ni orden al ente real no se da ciencia alguna, como de la quimera y de otras semejantes. Del ente, empero, de razón que tiene fundamento en la cosa u orden al ente real puede darse ciencia de por sí, como de las privaciones se trata en las ciencias, y en la Filosofía uno de los principios naturales es la privación, y de las relaciones y distinciones de razón tratan muchas cosas los teólogos.
Y a la réplica: per se no es ente; ergo per se no es escible. Se distingue el consecuente: Per se, como subjetivamente, no es escible, pase; per se, como objetivamente, niego, esto es, no es entidad a la que como a sujeto inhiera realmente la escibilidad, es con todo objeto alcanzable con alguna escibilidad. Para que, empero, algo sea simpliciter y unívocamente escible basta que per se objetivamente sea alcanzable por la potencia, según que el objeto funda conexión necesaria. Como también algo puede decirse posible de dos modos, o intrínsecamente y por la potencialidad que subjetiva y materialmente tiene, para que en sí reciba algo o en sí se haga, o extrínsecamente, porque como objeto extrínseco se tiene a la potencia efective, como enseña santo Tomás 1. p. q. 9. art. 2. Y con todo uno y otro es simpliciter y unívocamente posible. Así puede ser algo escible o por razón de la entidad intrínseca, que es sujeto de la cognoscibilidad, o porque objetivamente puede conocerse y perfeccionar al intelecto objetivamente, como está fundado en el ente real, aunque como efectivamente del intelecto tenga el ser, lo cual basta para que simpliciter sea escible. Y así explica santo Tomás 7. Metaph. lect. 4.13 al Filósofo14 que dice que lo no escible es escible según qué, esto es, dice D. Tomás, «por posterioridad, porque de lo no escible esto podemos saber, que no se sabe, así también del no ente, porque no es».
Y a la segunda prueba se dice que el ente de razón no tiene pasiones realmente causadas, bien con todo fundadas o consecuidas o conexas; ni causas reales y eficientes de sí, tiene con todo fundamentales y formales, que fundan verdadera y necesaria conexión y verdad, lo cual es tener como causas metafísicamente, no físicamente.
Segundo se arguye: La Lógica de por sí mira a las operaciones del intelecto como que han de dirigirse. Pero en estas operaciones acrece alguna perfección real por la ordenación de la Lógica; ergo tiene algo real que formalmente mire por objeto.
La mayor es manifiesta y por D. Tomás más de una vez aserida en los lugares arriba cit. La menor, empero, se prueba: Ya porque más perfecta es la inteligencia y el discurso en el lógico que en el rústico que ignora los preceptos de la Lógica. Ya porque propio de la demostración es generar ciencia, en cuanto la demostración está rectamente dispuesta; esta disposición, empero, la tiene de la Lógica. Ya por último porque la prudencia y las restantes artes dirigen sus acciones según la recta moralidad y el artificio, que todo es algo de razón, y con todo, porque las acciones dirigidas son algo real, se dice que la prudencia y las artes tienen por objeto formal algo real; ergo del mismo modo la Lógica.
SE RESPONDE: Presuponiendo lo que dijimos en la conclusión, la materia dirigible por la Lógica son las operaciones del intelecto, que se disponen artificiosamente, no recibiendo entitativamente algo artificiosamente hecho en sí, sino representativamente, no porque la representación misma en sí sea artificiosa —los conceptos, en efecto, representan naturalmente—, sino porque alcanzan objetos artificiosamente ordenados con intenciones lógicas, y así del objeto se denominan las operaciones artificiosas.
De donde se dice a la menor del argumento que, aunque el orden y la tendencia de los conceptos a los objetos rectamente ordenados sea algo real, no empero aquella tendencia es el objeto formal de la Lógica, sino que es aquello por lo que el intelecto alcanza los objetos ordenados por la Lógica.
Y a la primera prueba se dice que más perfecto es el acto de inteligir en el lógico que en el rústico en el alcanzar y representar mejor los objetos ordenados, como es más perfecto el acto que inteligie y discierne los respectos de razón y las privaciones y otros entes de razón, que el que no los discierne. De ahí, con todo, no se sigue que el objeto formal de la Lógica sea aquella representación y tendencia del conocimiento, sino aquella ordenación de los objetos acerca de los cuales versa este conocimiento.
A la segunda prueba se dice que la causalidad efectiva y física por la que el acto de la demostración genera la ciencia habitual no pertenece de por sí a la Lógica como dirigente, sino a la ciencia dirigida, y esta generación efectiva conviene a aquella por razón de los actos reales de los que consta la demostración. De por sí, empero, pertenece a la Lógica considerar en la demostración la recta disposición silogística y la conveniencia de la materia, a saber que las proposiciones sean necesarias y per se y rectamente dispuestas, que son condiciones requeridas por parte del objeto para que se ordene el proceso científico, no la virtud misma efectiva de la ciencia.
A la tercera prueba se dice primeramente que acerca de las artes que versan en materia exterior y la Lógica hay diferencia manifiesta: que aquellas artes miran ciertamente a algún orden formado y hecho por el intelecto y producible exteriormente por la potencia ejecutiva, p. ej. que las maderas se dispongan en tal figura y en tal sitio y colocación, lo cual todo es algo real en sí, aunque dependiente de la dirección de la razón efectivamente. De donde tales efectos artificiosos no se dicen algo de razón objetivamente, sino efectivamente, esto es, proceden ciertamente de la razón como de eficiente y dirigente de su producción, no empero consiste su ser en la formación objetiva o en el conocerse objetivamente. La Lógica, empero, mira a las que están en el objeto, no por la razón que mueve a la ejecución, sino por la razón como puramente negociando acerca de los objetos conocidos.
Del mismo modo hay diferencia acerca de la prudencia y la Lógica, aunque la prudencia verse acerca de lo agible, que son actos interiores. Pues en la prudencia hay dos partes, una que versa acerca del juicio de las cosas y del consejo, otra que versa acerca del imperio y del precepto o de la aplicación acerca de las cosas juzgadas y aconsejadas. Y ciertamente no es inconveniente que el acto que juzga o aconseja verse acerca de algo de razón formalmente, esto es, acerca de los objetos mismos ordenados por las reglas de la ley o del recto arbitrio. Cuya ordenación nada real pone en las cosas mismas en sí, sino denominación de razón o relación, que con todo no se llama segunda intención, porque no conviene a las cosas como conocidas, sino como apetecibles bajo la regla de la moral. El acto, empero, de imperar y de preceptuar, que es el principal en la prudencia, como enseña santo Tomás 2. 2. q. 47. art. 8., no mira directamente a los objetos ordenándolos —eso, en efecto, lo ordena la ley y la razón—, sino que mira directamente a la aplicación de la voluntad para elicir actos acerca de los objetos ordenados, por esto que en esta aplicación está la principal dificultad práctica. Y por eso la prudencia en su acto principal formal mira más a la elicción de los actos, que son algo real, que a la ordenación de los objetos. Mas la Lógica no tiene acto de imperar y de aplicar la voluntad u otras potencias, sino solo de ordenar los objetos en el ser conocido por segundas intenciones, hecha o propuesta cuya ordenación, sin nueva dificultad o aplicación de imperio, el intelecto mismo o las demás ciencias forman sus actos acerca de los objetos así ordenados. De donde formalmente no versa acerca de la elicción de los actos como el imperio práctico, sino acerca de la ordenación de los objetos conocidos.
Último se arguye: La Lógica tiene por objeto el modo de saber, a saber la definición, la división, etc.; esto, en efecto, presta a las demás ciencias. Estas, empero, formalmente son actos de conocimiento como artificiosamente dispuestos. Ergo aquellos en cuanto así dispuestos son objeto de la Lógica y no pertenecen a otra ciencia; así, empero, son algo real, esto es, actos del intelecto.
Se confirma, porque aunque ningún ente de razón resulte acerca de los objetos, o incluso antes de que resulten, la Lógica tiene que dirigir el conocimiento; ergo no versa formalmente acerca del ente de razón como ente de razón.
SE RESPONDE que no hay duda de que los actos de la razón por los que se forma la definición y la división y los demás instrumentos de la Lógica son entidades reales que tienen orden de representación natural y de tendencia a los objetos, sobre cuya tendencia nada añade a los actos la Lógica para que se digan ordenados, sino que toda su dificultad está acerca de los objetos conocidos, para que estén ordenados, cuya ordenación en los objetos es algo de razón. Acerca de la elicción, empero, del acto hacia estos objetos no hay alguna dificultad que haya de vencer la Lógica, sino solo la representación natural que ha de producir el intelecto. Así, son actos reales por parte de la tendencia a los objetos y de la representación, concedo; por parte de los objetos que por la intención de razón se ordenan, niego; y esto formalmente pertenece a la Lógica, aunque aquello por lo que se alcanza tal objeto deba ser concepto y acto real.
Ni puede decirse que solo en el connotado mira la Lógica aquel artificio, formal y directamente, empero, los actos, porque la razón formal por la que aquellos actos pertenecen a la Lógica es aquel artificio, pues por razón de aquel pertenecen estos actos al arte y no por razón de su entidad real, que se sujeta a este artificio en cuanto representativamente mira a aquel en el objeto ordenado, porque así son algo natural y se consideran por la ciencia natural de la Filosofía.
A la confirmación se responde que aunque las razones no resultaran entes de razón formalmente y según la existencia objetiva, aún se daría Lógica que considerara las razones de aquellas al menos por parte de su fundamento. Si, empero, ni formalmente ni fundamentalmente se dieran tales intenciones, no se daría Lógica. Como también en la sentencia opuesta, si no hubiera denominaciones extrínsecas o dirigibilidad artificiosa y real de los actos mismos, no habría Lógica, que solo versa acerca de aquella. De hecho, con todo, por esto mismo de que la Lógica dirija artificiosamente sus actos, resulta en los objetos ordenados la segunda intención, porque, como diremos en la cuest. sig. art. 4. de D. Tomás, del modo mismo de inteligir uno en orden a otro resulta la relación de razón.
Cuando, empero, dice santo Tomás 1. Poster. lect. 1.15 que la Lógica versa acerca de los actos de la razón que han de dirigirse, como el arte fabril acerca de las acciones de la mano, el sentido manifiesto es que versa acerca de los actos de la razón como acerca de la materia que ha de dirigirse, presuponiendo con todo la forma artificiosa como razón formal de esta dirección, la cual, como se ha dicho, se tiene por parte del objeto acerca del cual versa el acto de la razón, como el objeto formal del arte fabril no son las acciones de la mano, sino las cosas hechas por las manos.