Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis

John of St. Thomas

Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis

John of St. Thomas (1589–1644)

Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.


Preface I: Lectoribus

Preface II: Proemium

Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae

Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi

Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE

Para que el PUNTO DE LA DIFICULTAD innotezca, nota dos términos del título. El primero es «ente móvil», el segundo es «objeto formal». El ente móvil no se toma complexo por el agregado de ente y movilidad como de dos, sino incomplexo por la quididad a la que conviene la movilidad. Diferencian, empero, la quididad del móvil o natural o el ente natural y la naturaleza, porque, como dice el Filósofo 2. libro Phys. cap. 1., la naturaleza se dice «principio del movimiento y de la quietud», el ente natural «tiene en sí tal principio de movimiento». De donde no se dice la naturaleza objeto de la Filosofía, sino el ente natural o móvil, porque trata de las cosas o quididades móviles de las que la naturaleza misma consta. Y como se toma la naturaleza en los Físicos no por sola la esencia de la cosa, que a cualquier ente compete, sino por aquella que es principio del movimiento, no de cualquiera, sino del imperfecto y con sucesión y proceso de la potencia al acto; así el ente natural o móvil se toma por aquello que tiene en sí el principio de tal movimiento físico e imperfecto. De lo cual más diremos in q. 9. tratando de la definición de la naturaleza.

El segundo término es objeto formal. Aunque, en efecto, se identifiquen ente móvil, cuerpo móvil, substancia móvil, natural o sensible, por razón de cuya identificación algunos reducen esta dificultad casi al modo de hablar (de lo cual pueden verse Conimbric. hic q. 4. prooemiali art. 1. y Carmel. disp. 1. (prooemialis totius Philos.) q. 1. § 2. y otros), con todo cuanto a la razón formal, que de la material se distingue en las ciencias, esta dificultad no es del modo de hablar, sino de la cosa. Aunque, en efecto, el móvil o mudable físico deba ser cuerpo y substancia, con todo la formalidad de cuerpo explica otra cosa que la formalidad de ente móvil. Dice, en efecto, el cuerpo formalmente la raíz de la cantidad y así se define por el orden a la divisibilidad; el móvil, empero, tomado radicalmente dice la razón de mutación o de tránsito de la potencia al acto, lo cual por cierto, si se hace con sucesión y continuidad, como se hace en el movimiento físico, requerirá la divisibilidad como condición, no como razón formal. Y así vemos que ni la naturaleza ni el movimiento se definen por el cuerpo ni aquello explican, sino que la naturaleza se dice principio del movimiento y de la quietud, el movimiento empero se dice acto del ente en potencia, donde solo se explica el orden del ente imperfecto, no del cuerpo. Aunque, en efecto, todo colorado sea cuerpo, no empero decimos que el objeto formal de la vista sea el cuerpo colorado, sino que el colorado explica el objeto formal, el cuerpo empero el material o presupuesto. Y todo inteligible es ente; no empero la razón de ente formalmente explica el objeto del intelecto, sino presupositivamente y materialmente. Lo mismo, ergo, puede entenderse en el cuerpo móvil y en el ente móvil.

Por lo cual la DIFICULTAD PRESENTE consiste en dos: Lo primero en discernir la razón formal del objeto de la Física y la material, si a saber la razón de movilidad pertenezca al objeto formal, la razón empero de cuerpo al material. Lo segundo es de la extensión de este objeto, si a saber abarque per se y formalmente todo móvil, tanto substancialmente como accidentalmente, o si solo abarque per se el móvil substancialmente, esto es el móvil a la forma substancial como a término y según los principios substanciales, el móvil empero accidentalmente solo reductivamente se trate por el físico y como deducido del primero, esto es del móvil substancial.

Y aunque varias SENTENCIAS versen acerca del objeto de la Filosofía habiendo de asignarse, de las cuales pueden verse Conimbric. hic q. 4. prooemiali art. 1. y Carmel. q. 1., con todo las sentencias principales se reducen a tres. Algunos asienten que el objeto es el ente móvil; algunos el cuerpo móvil; algunos el cuerpo natural o sensible, aunque todas estas digan otros coincidir en lo mismo y solo diferenciar según el modo de hablar. Similarmente también entre los tomistas algunos estiman que el objeto formal y per se de la Filosofía solo es el ente móvil substancialmente y según los principios substanciales, otros que per se y adecuadamente incluye tanto el móvil substancialmente como accidentalmente, y que son diversos principios de la movilidad accidental y de la substancial, de lo cual puede verse Cayetano opusc. de Subiecto Philosophiae.

DIGO PRIMERO: El sujeto material o objeto quod de la Filosofía es el cuerpo natural o móvil, el formal empero se explica por el ente móvil o el móvil como tal. Y así el ente móvil y el cuerpo móvil se tienen como en la vista el colorado y el cuerpo, que «colorado» es la razón formal, «cuerpo» la material; ni, en efecto, se toca el cuerpo por la vista bajo toda razón, sino en cuanto se afecta de color.

LA PRIMERA PARTE de la conclusión está extra controversia, como consta que los límites de la Filosofía se contienen intra las cosas corporales y no per se trata de las substancias separadas de toda materia. Así, en efecto, tendría abstracción igual a la de la Metafísica, porque abstrahería de la materia sensible e inteligible. Y similarmente no trata de sola la cantidad abstraída de toda materia. Así, en efecto, coincidiría con la Matemática y no trataría del cuerpo según que se sujeta al movimiento, lo cual ciertamente es cuerpo sensible. Que si alguna vez la Física trata de Dios y de los ángeles, no trata de aquellos como de móviles, sino como de movientes, en cuanto a aquellos se reducen los movimientos corporales y de ellos dependen. De las substancias mismas, empero, separadas por sí no trata la Física.

LA SEGUNDA, EMPERO, PARTE es expresa de D. Tomás, sobre todo in locis donde de esto ex professo trata, ut patet in prooemio Physicorum, donde dice que «el sujeto de la Filosofía es el ente móvil simpliciter. No digo, empero, cuerpo móvil, porque que todo móvil sea cuerpo se prueba en este libro, ninguna empero ciencia prueba su objeto». Lo mismo expresamente enseña opusc. 42. cap. 14. Puede verse 6. Metaph. lect. 1., donde enseña que el objeto de la Física es el ente móvil o también la substancia móvil, esto es la quididad móvil, como allí explica. Y 11. Metaph. lect. 4. enseña ex Philosopho que la Física especula los entes como movidos. Que si en algunos lugares parece decir D. Tomás que el sujeto de la Física es el cuerpo móvil, ut 1. p. q. 84. c. art. 1. y q. 14. de Veritate art. 8. ad 16., con todo allí no habla del objeto de la Filosofía por lo formal, sino por lo material o presupositivamente.

El fundamento de esta conclusión se toma de aquellas que poco antes se han insinuado, porque a saber la pasión propia y adecuada que el físico demuestra de su sujeto es el movimiento. El movimiento, empero, no se define explicando el orden al cuerpo o a la substancia, sino al ente móvil; se define, en efecto, que es «acto del ente en potencia», ut patet in hoc tertio libro. Ergo la razón formal del sujeto físico no explica la razón de cuerpo. Pues lo que formalmente es sujeto de la ciencia se explica también en la definición formal de la pasión propia como aquello a lo que la pasión dice habitud. Ergo como no se explica en la definición del movimiento la razón de cuerpo, sino la razón de ente en potencia, no pertenece a la razón formal del sujeto el cuerpo, aunque en la cosa sea verdad que no sea móvil con movimiento físico sino aquello que es cuerpo. Pero con todo bajo la formalidad por la que pertenece a la Física así se tiene, que si per impossibile se diera algún móvil que no fuera cuerpo, aún se trataría por la Física, como si per impossibile se diera algún colorado extenso que no fuera cuerpo, aún se vería por el ojo.

Segundo se toma el fundamento de aquella razón que significa D. Tomás 1. Phys. cit., porque en la Física se prueba que el móvil sea cuerpo, ninguna empero ciencia prueba su objeto formal. Ergo el objeto formal no es el cuerpo bajo la formalidad y explicación de cuerpo, sino bajo la razón de ente móvil. Por cuya prueba se insinúa lo uno y lo otro, y que la razón de cuerpo pertenece al objeto material, si en verdad se prueba que conviene a todo móvil, y que no sea razón formal, porque ninguna ciencia puede probar aquello, si en verdad toda prueba procede bajo alguna razón formal, y consecuentemente tal razón no se prueba, sino que prueba, y así se supone. Supuesta, empero, aquella bien puede probarse que tal objeto material le compete, porque ya tiene la razón formal bajo la cual proceda a investigar y a mostrar cuál objeto material le sea proporcionado. Y así el Filósofo muestra que todo móvil debe ser cuerpo, porque debe ser divisible, ut patet in libro 6. Phys., y así después que trató del ente móvil en común en estos ocho libros, empezando a descender a explicar en particular los diversos entes móviles, lo cual pertenece a los objetos contenidos bajo el sujeto material, empezó in libris de Coelo por la notificación del cuerpo. Ergo se supone que el cuerpo de parte del sujeto material se tiene.

DIRÁS: No repugna que alguna ciencia pruebe su objeto formal a posteriori, como la Teología prueba que Dios es. Ni, en efecto, se requiere para la razón de principio indemostrable que sea indemostrable también a posteriori, sino solo a priori, como dijimos in Logica q. 24. Y así por la divisibilidad quasi a posteriori se prueba en la Física la razón de cuerpo. De donde el Filósofo formalmente no probó que el móvil sea cuerpo, sino que todo móvil sea divisible y tenga partes; la divisibilidad, empero, no es la razón misma de cuerpo, solo en efecto le compete por razón de la cantidad, imo la divisibilidad próxima también de la cantidad puede separarse, como dijimos in Logica q. 16. y patet in corpore Christi sacramentaliter posito. Ergo no prueba la Física la razón de cuerpo, sino algún accidente de aquel.

Se responde que ninguna ciencia puede probar su objeto formal incluso cuanto al an est de la razón formal propia misma. Así, en efecto, probaría lo mismo por lo mismo; debe en efecto suponerse la razón formal y algún principio por el que tal prueba se haga. Pero si cuando prueba el objeto, o aquello prueba de lo mutuado de otra ciencia, como la Teología de razones metafísicas prueba que Dios es, o aquello prueba por alguna razón a posteriori solo reductivamente perteneciente a tal ciencia, no formalmente y per se, como más ampliamente mostramos in Logica, in libris Posteriorum. La Física, empero, muestra que el móvil es cuerpo o divisible de la razón intrínseca y formal misma del movimiento, no de lo mutuado de otra ciencia, porque todo movimiento debe tener partes, si en verdad en parte está en acto, en parte en potencia.

Y a aquello que se dice que el Filósofo no prueba que el móvil es cuerpo, sino que es divisible, y por tanto a posteriori prueba que sea cuerpo, se responde que cuando se prueba convenir a alguna cosa alguna pasión propia, y no se prueba de la quididad misma de la que tal pasión dimaná, es signo manifestísimo que tal quididad de la que dimaná aquella pasión no pertenece a la razón formal de tal ciencia, si en verdad no por aquella se prueba, y así es lo mismo probar tal pasión propia que probar la esencia misma. Como, ergo, de la razón de cuerpo tanto nace la divisibilidad cuanto la movilidad, si se prueba de la movilidad la divisibilidad por esto de que para aquella se requiere, no se atiende formalmente la razón misma de cuerpo bajo aquella razón por la que es cuerpo, esto es según que funda la divisibilidad, sino bajo aquella razón por la que es quididad móvil. De donde es lo mismo probar la razón de divisible y la razón de cuerpo, en cuanto el cuerpo es raíz de la divisibilidad; procediendo, en efecto, de la quididad misma de la movilidad no se procede de la razón misma de cuerpo en cuanto es raíz de la divisibilidad, sino en cuanto es fundamento de la movilidad, y esto es ser ente móvil. De donde el movimiento según su naturaleza y per se no pertenece al género de la cantidad o de la divisibilidad, como dice S. Tomás opusc. 70. q. 5. art. 3. ad 5. y 5. Metaph. lect. 15. Es similar si alguna ciencia tratara de lo inteligible como tal y probara que lo inteligible en acto debe ser espiritual y no corporal, porque está abstraído de la materia. Tal ciencia no tendría por objeto formal la entidad espiritual, aunque aquella como necesario supusiera, porque no la miraría formalmente o según que se opone al cuerpo entitativamente, sino según que funda el orden al intelecto. Así la Física, que trata del móvil, no mira formalmente el cuerpo según que es raíz de la divisibilidad, sino según que procede de la potencia al acto, del no ser al ser. Esto, en efecto, pertenece a la mutación, lo cual formalmente no es mirar el cuerpo, sino el hacerse mismo y el ser según la mutación, lo cual todo es el ente móvil.

DIGO SEGUNDO: Cuando se dice que el ente móvil es el sujeto formal de la Física, «móvil» no se toma por la movilidad formal, sino por la aptitudinal o radical, de modo que el ente móvil es lo mismo que la quididad del móvil o el fundamento de la movilidad próxima. Así nota Cayetano in opusc. de Subiecto Physicae.

LA RAZÓN es manifiesta, porque de otro modo el físico trataría del accidente; la movilidad, en efecto, próxima o formal es accidente. Y así no trataría de la substancia ni de la generación substancial, imo no trataría per se de la naturaleza, contra aquello que diremos en el segundo libro; la naturaleza, en efecto, es principio del movimiento y de la quietud primero y per se. De donde no consiste en la movilidad formal, sino en la radical, porque la movilidad formal, que es accidente, no es el primer principio del movimiento, sino el próximo y formal.

DIRÁS: Ergo el objeto formal de la Física no solo es el ente móvil, sino la substancia natural o la substancia móvil o el cuerpo móvil.

Se responde que el objeto formal de la Física es la substancia móvil tomando la substancia por la quididad o raíz primera de la movilidad, como dice S. Tomás 6. Metaph. lect. 1., y así es lo mismo que el ente móvil formalmente. Por lo demás si se toma «substancia» según que explica esta quididad por modo del primer predicamento, esto es como naturaleza subsistente, así no explica la razón formal, sino la material o concomitante del sujeto físico, como también la vista mira el colorado in concreto, que no puede ser sino substancia o el que tiene modo de substancia; no pertenece la substancia a la razón formal del objeto en la vista, sino a la material como sensible por accidente. Así la Física per se y formalmente mira el ente móvil en cuanto explica la quididad del primer principio del movimiento, que no puede ser primer principio a no ser que sea substancia. No empero bajo la formalidad de substancia se define o formalmente se atinge, y por eso no excluye del todo la substancia, sino que como sujeto material la incluye, como también la Matemática trata de la cantidad según sí en cuanto funda proporciones y medidas, ni con todo formalmente considera la razón de accidente según que es inherente, aunque sin la razón de accidente no se dé la cantidad.

DIGO POR ÚLTIMO: El ente móvil del que per se trata la Física no solo es móvil substancialmente, sino también accidentalmente, de modo que terminativamente «móvil» abstrae de la substancia y del accidente y mira no solo los principios de la movilidad substancial, sino también de la accidental, aunque subjetivamente «móvil» sea substancia.

Esta conclusión no por todos se acepta. Pues algunos dicen que la Física adecuadamente solo trata del ente móvil substancialmente, lo cual para que lo salven en el cielo, que es del todo incorruptible e ingenerable, y con todo per se pertenece a la Física, dicen que el cielo es móvil substancialmente, no próximamente, sino remotamente radicalmente, a saber por razón de la materia. Y así deben poner la materia del cielo de la misma especie que la sublunar. Y esto por eso es, para que salven los mismos principios naturales en el objeto de esta ciencia. De otro modo si se consideran diversos principios, unos para la substancia, otros para el accidente, no aparece cómo se unan en una única ciencia. Ni puede decirse que los principios del accidente se reducen a los principios de la substancia; esto, en efecto, no puede salvarse en uno de los principios, a saber en la privación. Pues la privación de la forma substancial no es en todos raíz de la privación accidental, ut patet in coelo, en el que hay privación de forma accidental, esto es del dónde o del lugar, como no se muda localmente, y no se funda en la privación de la forma substancial, porque el cielo no es capaz de aquella.

Por lo demás la conclusión puesta es de Cayetano opusc. de Subiecto Philosophiae y de Ferrariensis 1. Phys. q. 2. y de otros tomistas, y en la sentencia de D. Tomás 1. p. q. 66. art. 2., que la materia del cielo se distingue de especie de la sublunar, no puede defenderse la sentencia opuesta, porque entonces ni siquiera remotamente, esto es por razón de la materia, el cielo es substancialmente móvil. Pero con todo también abstrayendo de esta sentencia se urge el fundamento puesto, tanto porque la Física per se trata de la forma del cielo y no solo de la mutación substancial; tanto porque trata del cielo mismo, que es compuesto de materia y forma, en cuanto es incorruptible, y del cuerpo corruptible se distingue. Ergo es impertinente que tenga materia substancialmente móvil. Si aquel tratado que trata del cielo y per se pertenece al físico trata del cielo en cuanto es incorruptible, y así no se considera por razón de la movilidad de la materia a la forma substancial, antes bien tal privación substancial allí del todo se excluye, como la incorruptibilidad del cielo per se se considera. Ergo la movilidad radical y remota a la sublunar considerada in tract. de Coelo sino excluida (lo cual mucho ha de ponderarse en esta sentencia), y con todo se considera el cielo como ente móvil, con movilidad accidental, en cuanto se muda de lugar a lugar.

Cómo, empero, los principios de la movilidad accidental y de la substancial se unan en el objeto formal de esta ciencia, lo cual la sentencia opuesta no puede percibir, se responde que lo uno y lo otro es verdad, y que los principios no son los mismos entitativamente sino solo proporcionalmente y analógicamente, como expresamente enseña D. Tomás 1. Metaph. lect. ultima § Hic ponit sextam y 12. Metaph. textu 19. lect. 4., donde muestra ex Philosopho que no son los mismos principios de todos los géneros sino proporcionalmente, como es patente que al género de la substancia para la mutación substancial concurre la materia, que es pura potencia, y la privación de la forma substancial y la forma misma substancial, que puede generarse. En los accidentes, empero, la materia que puede mudarse no es pura potencia, sino el sujeto que tiene forma substancial, y la privación de la forma accidental y la forma misma accidental, los cuales principios no son los mismos sino proporcionalmente, como la substancia y el accidente proporcionalmente son lo mismo. Por lo demás pueden univocarse y convenir en una ciencia, porque induen la misma razón formal de scibilidad, como también la Metafísica trata de la substancia y del accidente de modo unívoco, no porque convengan en la razón de ente como tal, sino porque convienen bajo la misma abstracción formal de toda materia. Similarmente, ergo, la Física trata de la substancia y de los accidentes físicos y de uno y otro principio, según que convienen en la misma formalidad de abstracción de la materia singular solamente, aunque tales accidentes y la substancia no convengan en alguna razón superior universal y predicable sino analógicamente.

Ni con todo por esto el sujeto móvil del que trata la Física como del sujeto de la movilidad abstrae de la substancia y del accidente, porque aunque el movimiento o la movilidad de la que trata la Física pueda terminarse a la substancia o al accidente, con todo el sujeto que recibe y funda esta movilidad como principio primero y per se del movimiento no es el accidente, sino la naturaleza, que necesariamente se atinge, solo explique la quididad móvil, no la substancia.

SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.

Primero se argumenta: El ente móvil puede tomarse en toda la latitud, según que comprende tanto el accidente cuanto la substancia móvil, pero se restringe solo a la substancia o al cuerpo móvil. Ergo no ha de ponerse el ente móvil por sujeto formal, sino el cuerpo móvil.

La consecuencia es patente, porque si el sujeto no se extiende a todo móvil, tanto substancial como accidental, sino solo al substancial, en vano se dice el ente móvil sujeto formal, y no la substancia o el cuerpo móvil. El antecedente, empero, se prueba porque si el objeto de la Filosofía se toma en toda la latitud, según que comprende el accidente y la substancia, ergo no se da ninguna propiedad que demuestre, porque la propiedad es accidente, v. g. el movimiento o la movilidad. Ergo si trata del accidente como del sujeto y no de sola la substancia, coincidirá la propiedad con el sujeto, imo no se dará ninguna propiedad física demostrada, porque toda propiedad física es accidente. Ergo el accidente móvil no es el sujeto, sino sola la substancia.

Si se dice que la substancia y el cuerpo móvil son ciertamente el sujeto de la Física materialmente y en el suponer, no formalmente y en el expresar, y así por ente móvil no significarse algo común a la substancia y al accidente móvil, sino solo la quididad móvil radical, que tiene por género la substancia o el cuerpo, contra esto está que la ciencia que trata de alguna especie per se trata del género según que es constitutivo de tal especie, aunque no en toda su latitud, como la ciencia que trata del hombre per se trata del animal según que constituye el objeto de tal ciencia diciendo que es animal racional, más que diciendo que es ente racional. Similarmente, ergo, formalmente se expresa la quididad formal del objeto físico diciendo cuerpo o substancia móvil, más que diciendo ente móvil. Que si por eso no se expresa la substancia o el cuerpo, porque es el género de la cosa móvil, mucho menos debe expresarse «ente», porque más superior es que el cuerpo.

SE RESPONDE que, como se ha dicho, el ente móvil no se toma por lo abstraído de la substancia y del accidente, hablando del móvil subjetivamente, sino según que explica solo la quididad de la cosa móvil, la cual por cierto en el suponer y materialmente es lo mismo que el cuerpo móvil, si en verdad se prueba en la Física que todo móvil es cuerpo, pero en el expresar la razón formal de tal objeto se dice ente móvil más bien que cuerpo móvil, porque formalmente solo mira la Física la quididad móvil, que con el nombre de ente móvil se explica.

Y a la réplica se responde que «ente móvil» puede tomarse duplicemente: De un modo según que dice el complexo o constituido del grado superior análogo y de la diferencia inferior omitido el género intermedio, como cuando tomamos los individuos genéricos, como esta substancia, este cuerpo, omitidos los grados intermedios. De otro modo puede tomarse el ente móvil no en virtud de algún complexo constituido del grado superior de ente y del inferior de la movilidad, sino según que es el mismo ente móvil que solo el móvil, quasi se diga la cosa o quididad móvil, que en la cosa por cierto es substancia y cuerpo, no empero se explica bajo el concepto de substancia o de cuerpo, sino bajo la razón de quididad móvil. Del primer modo no decimos que sea el sujeto de la Física el ente móvil, sino del segundo, y así el ente móvil no es algo más amplio y abstraído que la substancia o el cuerpo móvil, ni comprende en sí como sujeto la substancia y el accidente, sino que es algo más contracto que la substancia, determinándola y explicándola no según toda razón de substancia o de cuerpo, sino precisamente en cuanto es móvil, quasi expresando que todo lo que se trata en la Física, de la substancia y del cuerpo es, según que está bajo la movilidad o según que la funda, donde la substancia solo materialmente se tiene.

Lo que, empero, se añade de la ciencia que trata de alguna especie, que también trata del género como constituyente de aquella, se responde que trata ciertamente, pero no igualmente formalmente, sino de aquel género según que está bajo aquella especie como razón formal. Y así trata la Física del cuerpo y de la substancia móvil, pero no igualmente formalmente, sino según que se traen a la razón de ente móvil, esto es de quididad móvil. Que, empero, se explique «ente» en el objeto formal, y no cuerpo o substancia, ya dijimos que aquello es, no porque el ente se tome por modo de grado superior, sino por modo de lo que explica la quididad de la movilidad y no pone en número con aquella. — Y además no es cierto que el móvil diga diferencia esencial respecto del cuerpo o de la substancia, sino solo propiedad fundada en el cuerpo. Y así se expresará que la Física trata no de la movilidad misma, que es pasión, ni del cuerpo mismo absolutamente, sino según que funda aquella pasión de la movilidad. Más formalmente se explica y más puramente la razón formal misma del objeto diciendo móvil o ente móvil, que es lo mismo, quasi se diga fundamento de la movilidad, que diciendo cuerpo móvil, donde se denotaría que la razón misma de cuerpo también entra en la formalidad del objeto de la Física en cuanto cuerpo, no solo en cuanto móvil. — Y por último, porque más notorio nos es que algo sea móvil que que sea cuerpo, aunque el cuerpo fuera género de aquello, porque por el movimiento se prueba la divisibilidad y la razón de cuerpo. Y por eso la razón formal no debe explicarse por el cuerpo, sino solo por el móvil o por el ente móvil, porque la razón formal debe ser notísima en alguna ciencia.

Que si instares: Pues el móvil radicalmente y tomado por la substancia no es más notorio que la movilidad misma o el movimiento accidental. Imo necesitamos de circunlocución para expresar este sujeto, diciendo ente móvil, lo cual es signo de que la quididad misma no nos es notoria. Se responde que esto mismo está por nosotros, porque si en la razón de substancia, según que se expresa con este nombre, no es tan per se notorio como según que se expresa con el nombre de quididad móvil, consecuentemente no diremos que el objeto formal sea la substancia o el cuerpo móvil según que se expresa con el nombre de cuerpo o de substancia, sino según que se expresa con el nombre de quididad o de entidad móvil, aunque en la cosa sea substancia o cuerpo; pues que se dé quididad móvil es notísimo.

Segundo se argumenta: Aquello es el sujeto formal de la ciencia en lo que todas las pasiones y accidentes formalmente se resuelven. Pero el físico resuelve los accidentes móviles en la substancia móvil como en raíz per se, porque el principio del accidente es la substancia en cuanto substancia, ni el físico mira per se formalmente algún accidente, como la vista el colorado y el oído el sonido, sino que per se mira la substancia y la movilidad radical. Ergo el sujeto formal de la Física más formalmente se expresa por la substancia o el cuerpo móvil que por el ente móvil.

Si se dice que por eso se significa con el nombre de ente móvil este objeto, porque no se restringe a los principios de la mutación substancial, sino que también atinge los principios de la mutación accidental y por eso abstrae de la movilidad accidental y de la substancial; contra está que si por aquella razón se dice el ente móvil sujeto más bien que la substancia o el cuerpo móvil, ergo por la misma razón no se dirá objeto formal la movilidad radical, que determinadamente expresa la substancia y se distingue de la movilidad formal, que es accidente, sino que se dirá algo que abstrae de la movilidad accidental y de la substancial, como los principios mismos abstrahen de los principios substanciales y de los accidentales. Tal, empero, que abstrae no es la movilidad radical determinada; ni es algo unívoco, sino algo análogo que abstrae de la substancia y del accidente, que no podría univocarse en razón de scible a no ser que se volviera de tanta abstracción como la Metafísica. Por último bajo aquella abstracción no es asignable alguna pasión física que corresponda a aquel abstraído; el movimiento, en efecto, o la movilidad accidental como es accidente solo se sigue a la substancia, no a algo abstraído de la substancia y del accidente.

SE RESPONDE al argumento principal que los accidentes físicos se resuelven formalmente en la substancia móvil en cuanto la substancia dice la quididad de la movilidad radical, no en cuanto la substancia expresa el grado predicamental genérico de la cosa subsistente; esto, en efecto, solo materialmente pertenece a la Física. La cual para que sea radicalmente móvil se supone que sea substancia, no se expresa formalmente. De donde no se tiene como la vista al colorado o el oído al sonido, porque estos miran algo contenido bajo el accidente, la Física empero algo contenido bajo la substancia, aunque ni el objeto de los sentidos formalmente exprese el accidente, ni el objeto de la Física formalmente exprese la substancia, aunque aquella suponga.

A las réplicas, empero, que se hacen en lo opuesto, se responde que prueban que las cosas a las que es el movimiento y que son términos de la movilidad física no son sola la substancia, sino el accidente y la substancia, y por tanto algo análogo, como también concede Cayetano in opusc. cit. solutione ad 1., aunque unívocamente en razón de scible, como supra dijimos. De esto, empero, no se sigue que el móvil por sujeto y raíz de la movilidad, no por término al que es el movimiento, abstraiga de la substancia y del accidente, sino solo que se contenga bajo la substancia, aunque aquella formalmente no explique, porque tanto los principios de la movilidad accidental cuanto los de la substancial se radican y a aquella convienen, aunque no sean los mismos principios formales, porque miran formas y privaciones de diversos géneros. De donde las pasiones que se demuestran en la Física no se siguen a algo abstraído de la substancia y del accidente, sino a algo determinadamente contenido bajo la substancia o el cuerpo, aunque no se exprese en la formalidad del objeto la razón genérica misma de substancia o de cuerpo, sino solo aquello que pertenece a la razón de movimiento o de principio del movimiento, en cuya definición no se explica la formalidad de substancia, sino el acto y la potencia.

Por último se argumenta: Porque «móvil» de una parte comprende más que las que en la Física se tratan, de otra parte la Física trata de varias que bajo el móvil no se comprenden, y por último de otra varias otras ciencias que la Física tratan del móvil. Ergo por «móvil» no se explica el objeto adecuado de la Física.

El antecedente cuanto a la primera parte se prueba porque el móvil también comprende a los ángeles, que son mudables tanto en la substancia por la creación y la aniquilación cuanto en las operaciones, como por el movimiento local, la cognición etc. Cuanto a la segunda parte se prueba porque la Física no solo trata del móvil, sino también del quietable; es, en efecto, la naturaleza principio del movimiento y de la quietud. Y así también de la quietud pertenece a la Física, sobre todo como el movimiento se ordena a la quietud. Similarmente atinge a Dios como primer motor y al alma intelectiva no solo como conjunta al cuerpo, sino también como separada; ergo trata de cosas inmóviles. Cuanto a la tercera parte se prueba porque la Astrología también trata del ente móvil, a saber del cielo y de los movimientos de los planetas, y la Medicina trata del cuerpo sanable, que incluye el movimiento de alteración. Ergo el móvil es común a otras ciencias y consecuentemente no es propio de la Física.

SE RESPONDE que, como supra dijimos, «móvil» puede tomarse duplicemente, de un modo en toda la latitud, según que dice el movimiento tanto físico cuanto metafísico, esto es el movimiento que es acto u operación perfecta, y el movimiento que es acto imperfecto, que se hace con alguna divisibilidad, en cuanto está en parte en potencia y en parte en acto. Y el móvil solo de este segundo modo pertenece al físico, ni con tal movimiento se dicen los ángeles móviles; pues la creación no tiene sujeto de lo que algo se haga, y así no es movimiento físico, la aniquilación empero no es movimiento, sino suspensión del concurso. Las operaciones, empero, del ángel de parte del sujeto del que se hacen son espirituales e indivisibles, o no se distinguen de los actos inmanentes, o de aquellos del todo nacen, y así no pertenecen al movimiento divisible e imperfecto, cual es el físico.

A la segunda parte se responde que la quietud, como es privación del movimiento, debe conocerse por la forma opuesta y a aquella reducirse, esto es al movimiento, ni toda quietud es fin del movimiento, ut patet in motu coeli y en los movimientos de la vida, que son perfecciones que la quietud. Cuando, en efecto, la quietud es conservativa del que quieta, entonces el movimiento per se se ordena a la quietud, no porque privación, sino porque conservativa. De Dios, empero, y de las inteligencias el físico no trata per se, sino que solo atinge aquellas en cuanto motores y principios de los movimientos físicos, no empero perscruta la quididad y esencia de aquellas, sino que el término de la Filosofía es el alma racional, que también es forma del cuerpo físico, ut dicitur 2. Phys. textu 26. El ser, empero, forma también le conviene en el estado de separación, aunque no ejerza la información.

A la tercera parte se responde que el astrólogo no trata del cielo y de los planetas según que son entes móviles, sino según que mensurables son sus movimientos y según varios aspectos induen diversa proporción, lo cual más pertenece al matemático que al físico. El médico, empero, trata del cuerpo habiendo de sanarse, lo cual por cierto supone el movimiento y se hace por movimiento, y así supone la Física y a ella se subordina; formalmente con todo no per se considera el movimiento en cuanto movimiento, sino en cuanto ordenado a la sanidad. Como el artífice no puede hacer la estatua sino con algún movimiento, no empero formalmente considera la razón de movimiento, sino la conmensación de la figura, así el médico considera la proporción de los humores, aunque aquello se haga por movimiento.

Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA

Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO

Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES

Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN

Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA

Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS

Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES

Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA

Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA

Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO

Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA

Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA

Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL

Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA

Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA

Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN

Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL

Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS

Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL

Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO

Articulus II: SI EL TODO SE DISTINGA DE LAS PARTES TOMADAS A LA VEZ

Articulus III: QUÉ SEA LA UNIÓN DE LAS PARTES EN EL TODO

Quaestio VII: DE LA SUBSISTENCIA Y DE LA EXISTENCIA

Articulus I: QUÉ SEA LA SUBSISTENCIA QUE CONVIENE AL COMPUESTO MISMO

Articulus II: CÓMO LAS ACCIONES CONVENGAN A LOS SUPUESTOS

Articulus III: SI LA SUBSISTENCIA EN LAS COSAS COMPUESTAS SEA ÚNICO TÉRMINO SIMPLE O COMPUESTO DE VARIAS SUBSISTENCIAS

Articulus IV: SI LA EXISTENCIA SE DISTINGA A PARTE REI DE LA ESENCIA O DEL COMPUESTO

Articulus V: SI ÚNICA EXISTENCIA BASTE A TODO EL COMPUESTO

Quaestio VIII: DE LOS TÉRMINOS DE LA MAGNITUD Y DE LA PARVEDAD

Articulus I: SE EXPLICAN LOS PRINCIPIOS Y PRESUPUESTOS DE ESTA CUESTIÓN

Articulus II: DE QUÉ PACTO SE TERMINEN LOS CUERPOS NATURALES SEGÚN LA MAGNITUD

Articulus III: SI SE DÉ TÉRMINO DE PARVEDAD INTRÍNSECO TANTO EN LOS ANIMADOS CUANTO EN LOS INANIMADOS

Liber II: ACERCA DEL LIBRO SEGUNDO DE LOS FÍSICOS DE LA NATURALEZA Y DE LAS CAUSAS

Quaestio IX: DE LA NATURALEZA, DEL ARTE Y DE LO VIOLENTO

Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DE LA NATURALEZA

Articulus II: EN CUÁLES SE HALLE LA RAZÓN DE NATURALEZA

Articulus III: SI SEA LEGÍTIMA LA DIFERENCIA CONSTITUIDA ENTRE LOS NATURALES Y LOS ARTIFICIALES

Articulus IV: CÓMO LO VIOLENTO SE DISTINGA DE LO NATURAL

Quaestio X: DE LA CAUSA EN COMÚN

Articulus I: CUÁL SEA LA DEFINICIÓN DE LA CAUSA EN COMÚN Y CUÁLES LAS CONDICIONES DE LA CAUSA

Articulus II: DE CUÁNTUPLE SEA LA CAUSA

Articulus III: SI TODA CAUSA DEBA SER PRIOR, MÁS PERFECTA Y DISTINTA DE SU CAUSADO

Articulus IV: SI LAS CAUSAS RECÍPROCAMENTE SEAN CAUSAS

Articulus V: SI DE DOBLE CAUSA TOTAL PUEDA PENDER EL MISMO EFECTO, O DOS FORMAS INFORMAR LA MISMA MATERIA

Quaestio XI: DE LA CAUSA MATERIAL, FORMAL Y EJEMPLAR

Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA Y LA CAUSALIDAD MATERIAL

Articulus II: QUÉ SEA LA CAUSALIDAD DE LA FORMA Y SU EFECTO

Articulus III: A QUÉ GÉNERO DE CAUSA SE REDUCE LA IDEA O EL EJEMPLAR

Quaestio XII: DE LA CAUSA EFICIENTE

Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA EFICIENTE Y DE CUÁNTUPLE

Articulus II: SI EN LAS CAUSAS CRIADAS EL PRINCIPIO DE EFECTUAR UT QUO SEA ACCIDENTE

Articulus III: SI EL ACCIDENTE NECESITE DE PECULIAR INFLUJO DE LA SUBSTANCIA PARA OPERAR

Articulus IV: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL EFICIENTE

Appendix I: De la dimanación.

Quaestio XIII: DEL FIN

Articulus I: SI LA APREHENSIÓN DEL FIN SEA RAZÓN DE CAUSAR O SOLO CONDICIÓN

Articulus II: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL FIN

Articulus III: A QUÉ OBJETOS SE EXTIENDA LA CAUSALIDAD DEL FIN, SI SOLO A LOS MEDIOS O TAMBIÉN AL AMOR MISMO DEL FIN

Quaestio XIV: DEL MOVIMIENTO Y DE LA ACCIÓN

Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DEL MOVIMIENTO Y SUS CONSTITUTIVOS ESENCIALES

Articulus II: SI EL MOVIMIENTO SE DISTINGA DE LA ACCIÓN Y DE LA PASIÓN, DEL TÉRMINO A QUO Y AD QUEM

Articulus III: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y DE CUÁNTUPLE, Y QUÉ SEA SU TÉRMINO FORMAL

Articulus IV: SI LA ACCIÓN TRANSEÚNTE SUBJETIVAMENTE ESTÉ EN EL AGENTE

Quaestio XV: DEL INFINITO

Articulus I: QUÉ SEA EL INFINITO, Y EN QUÉ ESTÉ EL PUNTO DE LA DIFICULTAD

Articulus II: SI IMPLIQUE DARSE EL INFINITO EN ACTO SEGÚN LA CANTIDAD O LA INTENSIÓN

Articulus III: SE DESPACHAN LAS DIFICULTADES Y ARGUMENTOS CONTRA NUESTRA SENTENCIA

Liber III: ACERCA DEL LIBRO CUARTO DE LOS FÍSICOS DEL LUGAR, DEL VACÍO Y DEL TIEMPO

Quaestio XVI: DEL LUGAR Y DEL UBI

Articulus I: QUÉ SEA EL LUGAR EXTRÍNSECO Y SU INMOVILIDAD

Articulus II: QUÉ SEA EL UBI O LUGAR INTRÍNSECO

Articulus III: SI A TODOS LOS CUERPOS CONVENGA ESTAR EN LUGAR Y TENER UBI

Articulus IV: SI DOS CUERPOS PUEDAN PENETRARSE EN EL MISMO LUGAR POR VIRTUD DIVINA

Articulus V: SI IMPLIQUE QUE UN CUERPO ESTÉ EN VARIOS LUGARES CIRCUNSCRIPTIVAMENTE

Quaestio XVII: DEL VACÍO

Articulus I: SI EL VACÍO NATURALMENTE SEA DABLE

Articulus II: SI EL CUERPO EN EL VACÍO PUEDA MOVERSE

Quaestio XVIII: DEL TIEMPO

Articulus I: SI EL TIEMPO SEA ALGO REAL EN EL GÉNERO DE MEDIDA DE LA DURACIÓN

Articulus II: SI LA EXISTENCIA REAL DEL TIEMPO SOLO SE HALLE EN EL INSTANTE O TAMBIÉN EN LAS DEMÁS PARTES

Articulus III: CUÁL SEA EL SUJETO INTRÍNSECO Y EXTRÍNSECO DEL TIEMPO

Liber IV: ACERCA DEL LIBRO QUINTO DE LOS FÍSICOS DE LA DISTINCIÓN, UNIDAD Y CONTRARIEDAD DEL MOVIMIENTO

Quaestio XIX: DE LA UNIDAD Y CONTRARIEDAD DEL MOVIMIENTO

Articulus I: SI LOS GÉNEROS DEL MOVIMIENTO SE TOMEN SEGÚN LOS DIVERSOS PREDICAMENTOS A LOS QUE HAY MOVIMIENTO

Articulus II: A QUÉ PREDICAMENTOS NO SE DÉ MOVIMIENTO PER SE

Articulus III: A QUÉ PREDICAMENTOS SE DÉ MOVIMIENTO PER SE

Articulus IV: DE DÓNDE SE TOME LA UNIDAD NUMÉRICA DEL MOVIMIENTO

Articulus V: CUÁL SEA LA CONTRARIEDAD EN LOS MOVIMIENTOS Y DE DÓNDE SE TOME

Liber V: ACERCA DEL LIBRO SEXTO DE LOS FÍSICOS DE LA DIVISIÓN DEL MOVIMIENTO Y DEL CONTINUO POR PARTES

Quaestio XX: DE LAS PARTES Y DE LOS INDIVISIBLES DEL CONTINUO

Articulus I: QUÉ SEAN LAS PARTES PROPORCIONALES Y LOS INDIVISIBLES

Articulus II: SI LOS INDIVISIBLES Y LAS PARTES PROPORCIONALES SEAN EN ACTO INFINITOS EN EL CONTINUO

Articulus III: SI EL CONTINUO SE COMPONGA DE SOLOS INDIVISIBLES

Quaestio XXI: DE LA INCEPCIÓN Y DESICIÓN DE LAS COSAS

Articulus I: SE EXPLICAN LAS REGLAS DE LA INCEPCIÓN Y DESICIÓN EN LAS PERMANENTES

Articulus II: REGLAS DE LA INCEPCIÓN Y DESICIÓN EN LAS SUCESIVAS Y EN LAS INSTANTÁNEAS Y EN LA QUIETUD

Liber VI: ACERCA DEL LIBRO SÉPTIMO DE LOS FÍSICOS DE LA COMPARACIÓN DE LOS MOVENTES Y DE LOS MÓVILES

Quaestio XXII: DE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA MOVER

Articulus I: SI TODO LO QUE SE MUEVE, POR OTRO SE MUEVE

Articulus II: SI SE REQUIERA APROXIMACIÓN DEL MOVENTE AL MÓVIL PARA QUE OPERE

Liber VII: ACERCA DEL LIBRO OCTAVO DE LOS FÍSICOS DE LA ETERNIDAD DEL MOVIMIENTO Y DE SU REDUCCIÓN AL PRIMER MOTOR

Quaestio XXIII: DEL MOVIMIENTO DE LAS COSAS NATURALES Y DE LOS PROYECTADOS

Articulus I: SI LOS GRAVES Y LEVES SE MUEVAN POR SÍ O POR PRINCIPIO EXTRÍNSECO

Articulus II: CON QUÉ FUERZA SE MUEVAN LOS PROYECTADOS

Quaestio XXIV: DE LA ETERNIDAD DEL MOVIMIENTO Y DE SU PRIMER MOTOR

Articulus I: SI LAS COSAS PERMANENTES PUDIERON SER DESDE LA ETERNIDAD

Articulus II: SI REPUGNE QUE LAS COSAS SUCESIVAS HAYAN SIDO DESDE LA ETERNIDAD

Articulus III: QUÉ DEMUESTRE EL FILÓSOFO DE DIOS POR FUERZA DEL MOVIMIENTO

Quaestio XXV: DE LA SUBORDINACIÓN DE LA CAUSA SEGUNDA A LA PRIMERA

Articulus I: QUÉ SEA EL CONCURSO SIMULTÁNEO, Y CÓMO SE DISTINGA DEL CONCURSO DE LA CAUSA PRIMERA

Articulus II: SI SE DÉ CONCURSO REAL Y FÍSICO PREVIO EN LA CAUSA QUE LA DETERMINA A CAUSAR

Articulus III: SE RESUELVEN LAS DIFICULTADES ACERCA DE LO PREMISSO

Articulus IV: SI LA CAUSA POR ACCIDENTE, COMO EL CASO Y LA FORTUNA, SE HALLE EN LA SUBORDINACIÓN DE LAS CAUSAS

Quaestio XXVI: DE LOS INSTRUMENTOS

Articulus I: CUÁL SEA LA PROPIA DIFERENCIA DE LA CAUSA INSTRUMENTAL DE LA PRINCIPAL

Articulus II: SI EN TODO INSTRUMENTO SE REQUIERA ALGUNA PROPIA OPERACIÓN AL EFECTO DEL AGENTE PRINCIPAL

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