Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis
John of St. Thomas (1589–1644)
Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.
Preface I: Lectoribus
Preface II: Proemium
Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae
Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi
Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE
Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA
Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO
Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES
Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN
Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA
Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS
Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES
Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA
Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA
Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO
Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA
Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA
Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA
Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN
Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS
Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL
Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO
Articulus II: SI EL TODO SE DISTINGA DE LAS PARTES TOMADAS A LA VEZ
Articulus III: QUÉ SEA LA UNIÓN DE LAS PARTES EN EL TODO
Quaestio VII: DE LA SUBSISTENCIA Y DE LA EXISTENCIA
Articulus I: QUÉ SEA LA SUBSISTENCIA QUE CONVIENE AL COMPUESTO MISMO
Articulus II: CÓMO LAS ACCIONES CONVENGAN A LOS SUPUESTOS
Articulus III: SI LA SUBSISTENCIA EN LAS COSAS COMPUESTAS SEA ÚNICO TÉRMINO SIMPLE O COMPUESTO DE VARIAS SUBSISTENCIAS
Articulus IV: SI LA EXISTENCIA SE DISTINGA A PARTE REI DE LA ESENCIA O DEL COMPUESTO
Articulus V: SI ÚNICA EXISTENCIA BASTE A TODO EL COMPUESTO
Quaestio VIII: DE LOS TÉRMINOS DE LA MAGNITUD Y DE LA PARVEDAD
Articulus I: SE EXPLICAN LOS PRINCIPIOS Y PRESUPUESTOS DE ESTA CUESTIÓN
Articulus II: DE QUÉ PACTO SE TERMINEN LOS CUERPOS NATURALES SEGÚN LA MAGNITUD
Articulus III: SI SE DÉ TÉRMINO DE PARVEDAD INTRÍNSECO TANTO EN LOS ANIMADOS CUANTO EN LOS INANIMADOS
Liber II: ACERCA DEL LIBRO SEGUNDO DE LOS FÍSICOS DE LA NATURALEZA Y DE LAS CAUSAS
Quaestio IX: DE LA NATURALEZA, DEL ARTE Y DE LO VIOLENTO
Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DE LA NATURALEZA
Articulus II: EN CUÁLES SE HALLE LA RAZÓN DE NATURALEZA
Articulus III: SI SEA LEGÍTIMA LA DIFERENCIA CONSTITUIDA ENTRE LOS NATURALES Y LOS ARTIFICIALES
Articulus IV: CÓMO LO VIOLENTO SE DISTINGA DE LO NATURAL
Quaestio X: DE LA CAUSA EN COMÚN
Articulus I: CUÁL SEA LA DEFINICIÓN DE LA CAUSA EN COMÚN Y CUÁLES LAS CONDICIONES DE LA CAUSA
Articulus II: DE CUÁNTUPLE SEA LA CAUSA
Articulus III: SI TODA CAUSA DEBA SER PRIOR, MÁS PERFECTA Y DISTINTA DE SU CAUSADO
Articulus IV: SI LAS CAUSAS RECÍPROCAMENTE SEAN CAUSAS
Articulus V: SI DE DOBLE CAUSA TOTAL PUEDA PENDER EL MISMO EFECTO, O DOS FORMAS INFORMAR LA MISMA MATERIA
Quaestio XI: DE LA CAUSA MATERIAL, FORMAL Y EJEMPLAR
Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA Y LA CAUSALIDAD MATERIAL
Articulus II: QUÉ SEA LA CAUSALIDAD DE LA FORMA Y SU EFECTO
Articulus III: A QUÉ GÉNERO DE CAUSA SE REDUCE LA IDEA O EL EJEMPLAR
Quaestio XII: DE LA CAUSA EFICIENTE
Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA EFICIENTE Y DE CUÁNTUPLE
Articulus II: SI EN LAS CAUSAS CRIADAS EL PRINCIPIO DE EFECTUAR UT QUO SEA ACCIDENTE
Articulus III: SI EL ACCIDENTE NECESITE DE PECULIAR INFLUJO DE LA SUBSTANCIA PARA OPERAR
Articulus IV: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL EFICIENTE
Appendix I: De la dimanación.
Quaestio XIII: DEL FIN
Articulus I: SI LA APREHENSIÓN DEL FIN SEA RAZÓN DE CAUSAR O SOLO CONDICIÓN
Articulus II: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL FIN
Articulus III: A QUÉ OBJETOS SE EXTIENDA LA CAUSALIDAD DEL FIN, SI SOLO A LOS MEDIOS O TAMBIÉN AL AMOR MISMO DEL FIN
Quaestio XIV: DEL MOVIMIENTO Y DE LA ACCIÓN
Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DEL MOVIMIENTO Y SUS CONSTITUTIVOS ESENCIALES
Articulus II: SI EL MOVIMIENTO SE DISTINGA DE LA ACCIÓN Y DE LA PASIÓN, DEL TÉRMINO A QUO Y AD QUEM
Articulus III: QUÉ SEA LA ACCIÓN Y DE CUÁNTUPLE, Y QUÉ SEA SU TÉRMINO FORMAL
Articulus IV: SI LA ACCIÓN TRANSEÚNTE SUBJETIVAMENTE ESTÉ EN EL AGENTE
Quaestio XV: DEL INFINITO
Articulus I: QUÉ SEA EL INFINITO, Y EN QUÉ ESTÉ EL PUNTO DE LA DIFICULTAD
Articulus II: SI IMPLIQUE DARSE EL INFINITO EN ACTO SEGÚN LA CANTIDAD O LA INTENSIÓN
Articulus III: SE DESPACHAN LAS DIFICULTADES Y ARGUMENTOS CONTRA NUESTRA SENTENCIA
Liber III: ACERCA DEL LIBRO CUARTO DE LOS FÍSICOS DEL LUGAR, DEL VACÍO Y DEL TIEMPO
Quaestio XVI: DEL LUGAR Y DEL UBI
Articulus I: QUÉ SEA EL LUGAR EXTRÍNSECO Y SU INMOVILIDAD
Articulus II: QUÉ SEA EL UBI O LUGAR INTRÍNSECO
Articulus III: SI A TODOS LOS CUERPOS CONVENGA ESTAR EN LUGAR Y TENER UBI
Articulus IV: SI DOS CUERPOS PUEDAN PENETRARSE EN EL MISMO LUGAR POR VIRTUD DIVINA
Articulus V: SI IMPLIQUE QUE UN CUERPO ESTÉ EN VARIOS LUGARES CIRCUNSCRIPTIVAMENTE
Quaestio XVII: DEL VACÍO
Articulus I: SI EL VACÍO NATURALMENTE SEA DABLE
Articulus II: SI EL CUERPO EN EL VACÍO PUEDA MOVERSE
Quaestio XVIII: DEL TIEMPO
Articulus I: SI EL TIEMPO SEA ALGO REAL EN EL GÉNERO DE MEDIDA DE LA DURACIÓN
Cierto es que con el nombre de tiempo comúnmente se inteligie algo que atañe a la duración de aquellas cosas que por mutación y sucesión duran. De donde a veces se toma el tiempo en significación más ancha por la duración intrínseca de cualquier movimiento, ut docet D. Thomas in 2. dist. 12. q. 1. art. 5. ad 3.1 et 1. p. q. 85. art. 4. ad 1. et alibi saepe. Más estricta y propiamente, empero, se toma el tiempo por la duración del movimiento más uniforme y regular, bajo el cual los demás se contienen y por el cual se regulan; y este es el tiempo extrínseco respecto de los movimientos inferiores, aunque intrínseco respecto del primer movimiento.
De tal tiempo, ergo, tratamos en lo presente, del cual SUPONEMOS que es continuo en sí como también el movimiento mismo en el que se halla es continuo y sucesivo. Para medir, empero, por aquel algún movimiento nos servimos de aquel por modo de numeración discreta, la cual numeración solo se hace por el intelecto, por esto de que no puede la cosa sucesiva acomodarse a medir por numeración sino que se conjuguen aquellas partes sucesivas, de las que una transita y ya no es, y otra está por transitar y aún no es. Y así necesita del intelecto que compara y asume aquellas por modo de una. Y de nuevo, porque es continuo y sucesivo, consta de partes copuladas por indivisibles también sucesivos y transitantes, que se llaman instantes y corresponden a los indivisibles del movimiento, que se dicen mutata esse.
Se da, con todo, tiempo discreto, que es doble: Uno corporal, que no es otro que la duración del movimiento interrumpida; otro espiritual, que no es otro que la pluralidad de operaciones, de las que cualquiera dura indivisiblemente en sí, porque sucesiva no es. Y de este modo se da tiempo en las operaciones de los ángeles, de lo cual nada para lo presente.
Para que, ergo, la quididad del tiempo más claramente se explique, tres han de disputarse: Primero, qué sea la duración, lo cual atañe casi al género del tiempo mismo, y aplicada al movimiento constará de su razón específica; la duración, en efecto, según la naturaleza de la cosa que dura varía. Segundo, si el tiempo penda de algo de razón para constituirse en su ser de medida. Tercero, por último, aquello que atañe a su diferencia, cómo se distinga de las demás duraciones, v. g. de la eternidad, del evo y de otras semejantes, que son duraciones permanentes y2 por razón de la permanencia no sucesiva se dicen indivisibles.
PRIMERA DIFICULTAD.
La primera, ergo, dificultad inquiere de la razón misma de la duración en común. Y supongo de la Lógica q. 19.,3 que la duración en común no es lo mismo que el predicamento Quando, como algunos estimaron, de tal modo que abarque también las duraciones permanentes e indivisibles. Pero con todo el Quando solo es el modo dejado de la adyacencia del tiempo, como el Ubi de la circunscripción del cuerpo. De donde las diferencias del Quando mismo se toman de las diferencias sucesivas, como ayer, hoy, mañana etc. Donde, empero, la duración es permanente e inmutable, no es quando, sino siempre. Otro, ergo, es durar, otro es en la duración misma cuandear o distinguirse por diversas medidas de la duración sucesiva.
LA DURACIÓN, PUES, EN COMÚN tomada no es otra cosa que «persistencia en existir». Se toma de D. Tomás, que in 1. dist. 19. q. 2. art. 1.4 dice «que toda duración se atiende según que algo está en acto; tanto tiempo, en efecto, se dice durar la cosa cuanto está en acto y aún no está en potencia». Y algunos estiman que en el primer instante aún no se da la duración, porque aún no hay continuación y perseverancia en el ser. Otros, empero, al contrario también en el primer instante dicen darse la duración; hay, en efecto, algunas que se dicen durar solo por un instante, y así se mide con el instante la duración de ellas. La verdad, con todo, es que en el primer instante la cosa se dice durar incoativamente; empieza, en efecto, entonces la duración, se consuma empero en la continuación misma de la existencia, que sigue después del instante.
De aquí, empero, NACE MAYOR DUDACIÓN, si la duración añada algo sobre la existencia como modo y formalidad de aquella. Muchos, en efecto, no distinguen realmente la duración de la existencia, como tampoco la existencia de la esencia. Así Suárez disp. 50. Metaph. sect. 1. et 2., Vázquez 1. p. tom. 1. disp. 33. cap. 3. n. 18., Cabero hic disp. 4. dub. 3., Martinius in praesenti in 2. notabil., que estima que la cosa por sí misma es duración, pero no per se y de sí, como también se dice de la existencia, y así consecuentemente la duración no se distingue de la cosa que dura.
El fundamento es, ya porque la duración y la existencia no pueden separarse, implica, en efecto, que la cosa exista en acto y no dure, ergo son lo mismo realmente; ya porque la duración o sobreañade a la existencia algo extrínseco o intrínseco. No extrínseco, porque la duración debe denominar intrínsecamente como la existencia; lo que, en efecto, solo extrínsecamente dura, intrínsecamente desiste, o si no desiste intrínsecamente, dura. Si añade algo intrínseco, importa que aquello se produzca de nuevo; ergo durar o continuar el ser es lo mismo que producirse de nuevo, y así no se dirá que la cosa dura por continuación de la primera producción, sino por nueva producción por la que recibe algo intrínseco de nuevo. Y aquello intrínseco que recibe o sirve para todo el tiempo en que la cosa durará, o solo para cualquier instante o tiempo de presente. Si lo primero, se sigue que quien ahora recibe la duración ya en sí tiene la duración que mañana será futura, porque acepta la duración para todo el tiempo que durará. Si lo segundo, tantas serán las duraciones nuevas cuantos los instantes, y así la duración se hará por distintas producciones, no por continuación de la misma.
La sentencia opuesta se defiende por otros autores, como Mag. Bañez 1. p. q. 3. art. 4. y por otros que pueden verse apud Carmel. hic disp. 21. q. 3. § 2. El fundamento es que la duración acaece a la existencia. Contingentemente, en efecto, algo dura, pues puede en cualquier instante desistir, más aún, también se separa la existencia de la duración; pues en el primer instante algo existe, pero aún no dura, porque aún no se continúa, sin continuación, empero, de la existencia la duración no es. Ergo no menos debe distinguirse la duración de la existencia que la existencia de la esencia. Item el movimiento y el tiempo se han como la duración y la cosa que dura; se distinguen, empero, realmente, siquidem puede darse en poco tiempo mucho de movimiento o al contrario; ergo alguna duración añade sobre la cosa que dura.
NIHILÓMENOS HA DE DECIRSE que en las cosas permanentes la duración no añade sobre la existencia algo intrínseco, sino que es lo mismo que la existencia, y solo añade connotación extrínseca y dependencia de la acción que continúa e influye el ser mismo. En las cosas, empero, sucesivas, porque la duración se hace por el eflujo de partes nuevas, consecuentemente la duración se hace por sobreadición de existencia a existencia.
LA PRIMERA PARTE consta de la prueba aducida, porque de otro modo no bastaría para la duración la continuación de la misma acción, sino que se requeriría siempre nueva producción; y con todo se dice duración accidental a la existencia misma con accidentalidad extrínseca, en cuanto pende de la continuación de tal acción, que puede suspenderse. Y cuanto más pende la conservación de alguna cosa de más causas que pueden faltar, tanto más defectible es la duración y más mutable; y por eso los ángeles y los cielos se dicen incorruptibles, porque en orden a las causas criadas no hay de qué penda en su conservación. Así, ergo, como la duración se atienda en alguna cosa según que está en acto, y tanto tiempo dura algo cuanto existe, ut dicit D. Thomas dist. 19. cit.,5 consecuentemente la duración atañe a la existencia, y puesta la continuación de la existencia sin otra nueva producción suficientemente se dice que la cosa dura, como continuada la luz por el sol se dice permanecer la misma iluminación. Ergo la duración no requiere algo producido de nuevo, sino que basta que lo mismo se continúe. Y la continuación misma, porque es dependiente y contingente, pues puede suspenderse, vuelve contingente la duración.
LA SEGUNDA PARTE, EMPERO, consta porque las cosas sucesivas se dicen durar por razón del flujo continuo, en cuanto una parte desiste y otra empieza. Ergo la duración allí importa adición de nuevo a la existencia anterior o al comienzo de la cosa sucesiva. Pero con todo, como las partes sucesivas añaden nueva duración, así también nueva existencia a la existencia de las precedentes, y así toda la existencia sucesiva no se distingue de toda la duración, sino parte de parte, lo cual no acontece en la duración indivisible de la cosa permanente.
DE LAS CUALES SE COLIGE cómo el tiempo se distinga del movimiento. Pues si hablamos del tiempo del cielo respecto de los movimientos inferiores, a los que extrínsecamente mide, claramente consta que se distingue de aquellos realmente. Si, empero, hablamos del tiempo respecto del movimiento en el que está intrínsecamente, así se distingue como la duración de la cosa que dura, la cual en el movimiento, como sea sucesivo, no se hace por continuación de la misma existencia indivisible, sino por adición continuada de una parte a otra, ut dictum est. Y por esta razón el movimiento se dice durar poco tiempo o mucho, no ciertamente respecto del tiempo intrínseco al movimiento mismo, aquí, en efecto, el movimiento en la duración se adecua al tiempo intrínseco a sí, sino comparativamente al tiempo extrínseco que mide. Se dice, en efecto, movimiento veloz cuando mucho espacio consume en poco tiempo, y tardo al contrario, el que coexiste a poco tiempo en recorrer mucho espacio; la duración, empero, intrínseca del movimiento no es mayor ni menor que el movimiento mismo.
A LAS RAZONES DE DUDAR aducidas desde el principio es patente por lo dicho. Los fundamentos, en efecto, de la primera sentencia prueban que la duración no se distingue intrínsecamente de la existencia, sino que es su continuación, dependiente con todo de la acción extrínsecamente continuada, y por razón de esto quien recibe la existencia hoy aún no recibe la duración que mañana será futura, porque la duración de mañana importa la existencia no absolutamente, sino con aquella continuación que será mañana, la cual hoy aún no se tiene.
Los fundamentos, empero, de la segunda sentencia prueban que la duración se distingue de la existencia y le acaece no por razón de algo intrínsecamente sobreañadido a la existencia permanente, sino por razón de la continuación que pende de la acción extrínseca, por razón de la cual contingentemente conviene la duración a la existencia y puede separarse de aquella, en cuanto puede desistir, no porque por separado la existencia y la duración puedan consistir.
SEGUNDA DIFICULTAD.
Inquiere si el tiempo penda del alma para constituirse en el ser de medida. Dos se requieren a la razón de medida, a saber la simultaneidad o colección de las partes que en la cosa fluyen y solo por operación del alma se coligen; en la cosa, en efecto, a la vez no existen. Lo segundo es la aplicación de tal medida a aquello que se mide. Y así dice S. Tomás lect. 23. cit.,6 que la totalidad misma del movimiento se toma por consideración del alma que compara lo anterior y lo posterior, esto es la totalidad misma es simultaneidad y colección de las partes en el movimiento y en su duración, la cual ha de aplicarse a alguno para medir.
QUE SI OBJETAS a D. Tomás in 2. dist. 12. q. 1. art. 5. ad 2.7 que dice «que el lugar es lo mismo por esencia que la superficie del cuerpo localizante, el tiempo, empero, no es lo mismo en número con algún accidente fundado en la substancia». Ergo entitativamente el tiempo no es algo real, como el lugar. El Filósofo también in hoc libro cap. ult.8 dice que el tiempo de tal modo pende del alma que si no hubiera alma no habría tiempo. Ergo siente que el tiempo cuanto a su ser, y no solo cuanto a su formalidad de numeración, pende del alma.
Se responde que cuando Divus Thomas dice que el tiempo no es lo mismo en número con algún accidente fundado en la substancia, se inteligie del accidente permanente y fijo; aquello, en efecto, significa «fundado»; el lugar, empero, es lo mismo que la superficie, que es algo permanente. No con todo niega que el tiempo sea lo mismo que algún sucesivo y transitante. Al Filósofo se responde que dubitativamente dice que el tiempo no puede ser sin alma, porque el número no es sin el que numera. Resolutivamente, empero, dice que el tiempo de cualquier modo es ente sin alma, esto es imperfectamente, ut explicat D. Thomas, y por modo de sucesión fluente. Lo restante que alrededor de esta dificultad puede aducirse lo diremos en el art. sig.
TERCERA DIFICULTAD.
INQUIERE cómo se distinga la razón del tiempo de las restantes duraciones permanentes. De lo cual puede verse S. Tomás 1. p. q. 10. art. 5. et in 1. dist. 19. q. 2. art. 1.9 et opusc. 44. cap. 4.10 Y suponemos que las medidas de la duración permanente e indivisible son dos, a saber la eternidad y el evo, entre las cuales hay cierta medida media que se llama modo de eternidad.
La eternidad se define por los teólogos ex Boetio,11 que es «posesión toda a la vez y perfecta de la vida interminable» o, para que con otras palabras digamos, es «duración que mide el ser del todo inmutable, tanto en el ser cuanto en la operación». Uno y otro, en efecto, tanto el ser cuanto la operación, se designa con el nombre de vida. Se dice, empero, posesión, porque en la eternidad nada se espera como futuro, sino que todo está en posesión.
El evo es la duración que mide la cosa inmutable según el ser y mutable según la operación, y tal es la que mide el ser del ángel y del cielo y de cualquier cosa incorruptible.
El modo de eternidad es medida de la cosa sobrenatural, principalmente de la visión beatífica y del amor, porque aquella visión eleva al intelecto a operar de modo inmutable.
La eternidad existe, pero inmutablemente las contiene, antes de que mutablemente existan en sí, por modo de medida superior de la que se derivan, como si hubiera un árbol de tanta magnitud que ocupara toda el agua del río, a la vez coexistiría a todas las partes, aunque aquellas se sucedieran entre sí. Pero esto remitimos a los teólogos, que especulan lo eterno.
De lo dicho se deduce la definición íntegra del tiempo traditada por el Filósofo,12 a saber «el tiempo es el número del movimiento según lo anterior y lo posterior». Se dice «número», y no duración, porque se define el tiempo según que es medida de los demás. Se inteligie, empero, del número numerado, esto es existente en el movimiento mismo según las partes sucesivas, que son anteriores y posteriores. Pero con todo si el tiempo es discreto, tiene estas partes actualmente divididas e interrumpidas en la cosa; si, empero, es continuo, no las tiene divididas en la cosa, sino solo por el intelecto tomadas con división o simultaneidad. Y así aunque el tiempo se defina por el número, con todo de parte de la cosa numerada tiene continuidad en la cosa por razón del movimiento, ut advertit S. Thomas in hoc libro lect. 19.13 et in 1. dist. 37. q. 4. art. 3.,14 y así solo tiene el número fundamentalmente y virtualmente, como decimos que esta leña tiene diez ulnas, no porque las tenga divididas en acto, sino porque puede dividirse en aquellas. De donde mal algunos explican la razón de número en el tiempo por modo de agregación y de muchedumbre, porque la agregación y la muchedumbre importan división actual, sin la cual las partes no se agregan, sino que se continúan. El tiempo, empero,15 es número no por agregación de las partes, sino por continuación.
Articulus II: SI LA EXISTENCIA REAL DEL TIEMPO SOLO SE HALLE EN EL INSTANTE O TAMBIÉN EN LAS DEMÁS PARTES
Una de las razones que el Filósofo objetó in hoc libro textu 88.1 para probar que no se da el tiempo es que se compone de partes que no son. Pues como sean fluentes y sucesivas, cualquier parte se compone de la parte que transita y de la parte que está por transitar. Ergo ninguna parte como parte existe realmente, sino solo el instante. De otra parte, empero, muy difícilmente se inteligie que las partes como partes sean pretéritas sino que alguna vez hayan existido. Y esto no se halla en el instante, porque las partes no se proporcionan a la duración indivisible; de otro modo las partes de aquella serían a la vez, esto es en el instante. Ni menos difícilmente se inteligie cómo el instante vuelva existente la parte futura, pues más bien supone aquella no existente, esto es no presente. Ergo la existencia del instante no afecta a aquella intrínsecamente, sino extrínsecamente; extrínsecamente, empero, existir es no existir realmente.
Por esto se han dividido LOS AUTORES en esta parte. Algunos, en efecto, estiman que las partes del tiempo no solo existen por razón del instante, sino por razón de la propia existencia divisible y fluente, como las partes mismas fluentes son. De lo cual pueden verse Conimbric. hic cap. 14. q. 1. art. 4., P. Suárez disp. 50. Metaph. sect. 9. n. 20.-24., Rubio, Martínez et alii plures secuti Durandum in 2. dist. 2. q. 4. n. 14. Y explican esto diciendo que aunque el ente sucesivo incluya la negación de simultaneidad de las partes, porque no pueden todas ser presentes, sino algunas pretéritas y algunas futuras; se dan, con todo, partes que pasan, y en cuanto realmente se hacen y transitan, se compone de aquellas el ente sucesivo.
Otros, empero, tienen que el tiempo in facto esse y presentialmente solo existe por razón del instante, aquellas, empero, partes que pasan no son otra cosa que la sucesión misma o el fieri según la parte pretérita y futura, según que se copulan al instante, que vuelve a una y otra presente a su modo, esto es sucesivamente. Tienen esta sentencia varios de los antiguos, y puede verse Mag. Soto 4. Phys. q. 4., Toletus q. 11., Carmel. disp. 1. q. 8. et alii. Y parece ser de D. Tomás, que opusc. 44. cap. 1.2 así dice: «Ha de inteligirse que el ser de los sucesivos consiste en esto, que existan según algo indivisible de sí, lo cual puede manifestarse porque cualquier parte de cualquier sucesivo es divisible en diversas partes. Si, ergo, algún sucesivo existiera no solo según algo indivisible de sí, sino según alguna parte, se seguiría que muchas partes de algún sucesivo serían a la vez, lo cual es contra la razón de los sucesivos». Lo mismo enseña in hoc libro 4. lect. 23.,3 cuando dice «que no se halla algo en acto en las cosas del movimiento sino cierto indivisible del movimiento, que es la división del movimiento, pero la totalidad del movimiento se toma por consideración del alma que compara la disposición anterior de lo móvil a la posterior. Así, pues, el tiempo no tiene ser extra el alma sino según su indivisible». ¿Qué más claro? Et 1. p. q. 66. art. 4. ad 5.: «Nada», dice, «hay que tomar en acto del tiempo sino el ahora». Y lo mismo tiene q. 46. art. 3. ad 3.
Por último se toma EL FUNDAMENTO DE ESTA SENTENCIA de la naturaleza misma de lo sucesivo y del modo de medir del tiempo. La naturaleza, en efecto, de lo sucesivo postula que ninguna parte exista a la vez con otra. Ergo postula existir de tal modo que una parte no sea, sino que haya transitado, la otra, empero, sea futura. Ergo postula que no existan por razón de sí y según que son transitantes, sino solo por razón del instante; y esto es existir fluentemente, y no permanentemente. Existir, en efecto, fluentemente es existir de tal modo que una parte no coexista a la otra, sino que una parte haya fluido y otra esté por fluir. Si, empero, las partes no coexisten entre sí, ergo el todo divisible, que no es otra cosa que aquellas partes de las que se compone, no tiene existencia divisible, pues no coexisten aquellas en las que se divide. Si, empero, se dice que coexisten sucesivamente, no permanentemente, contra está que «sucesivamente» destruye la verdadera y real coexistencia, porque la parte que transita verdaderamente no es, ergo verdaderamente no coexiste a la parte futura. Ergo de aquellas no coalesce verdadera existencia divisible del todo, que4 no tiene otras partes que las anteriores, esto es pretéritas, y las posteriores, esto es futuras, porque no tiene verdadera coexistencia de las partes, por esto mismo de que es sucesiva. Solo, ergo, existe por razón de lo indivisible.
La razón misma del tiempo también aquello manifiesta. Es, en efecto, el número del movimiento según lo anterior y lo posterior. Aquello, empero, es anterior que transitó, y aquello posterior que es siguiente o por venir; pues si fuera presente, ya no sería después, sino de hecho ahora. Ergo lo mensurable por el tiempo solo es la duración pretérita y futura, ninguna, empero, presente, porque lo presente no es sino el instante.
Tienen, con todo, según sí existencia in fieri, que no es existencia simpliciter, y según esta transita la pretérita y aún no es la futura. Por razón, empero, del instante iniciativamente es futura y consumativamente es pretérita, y así transitan de instante a instante como la existencia iniciativa a la consumativa. Nunca, empero, a la vez existen completa y adecuadamente, sino incoativamente una y terminativamente la otra. Y este es el modo propio de existir de la cosa sucesiva, cuya existencia in facto esse no debe afectar a todas las partes adecuada y de todo modo, sino por razón de su término, en el que transitantemente se consuman y por razón del cual están in facto esse, aunque perezcan en razón de fieri. Pues, ut diximus supra in q. 14.,5 la entidad del movimiento no es otra que la entidad del término; cualquier instante, empero, o mutatum esse se ha como término al menos medio e inadecuado de la parte inmediatamente pretérita, y así está allí la parte entitativamente como en su término. Nunca, ergo, existen a la vez la parte pretérita y la futura in facto esse y consumativamente, sino la futura iniciativamente y la pretérita consumativamente, lo cual no es inconveniente; esto, en efecto, más bien es no ser a la vez.
Articulus III: CUÁL SEA EL SUJETO INTRÍNSECO Y EXTRÍNSECO DEL TIEMPO
Llamamos sujeto intrínseco a aquel al que el tiempo inhiere como duración del movimiento; extrínseco, empero, a aquel que se sujeta al tiempo y por él se mide extrínsecamente. Y del primero inquirimos dos: Primero, si el sujeto del tiempo sea el primer móvil o el primer movimiento; segundo, si sea único solamente el tiempo. Y acerca del sujeto extrínseco, si no solo el movimiento mismo, sino también la substancia mutable se mida por el tiempo.
DIGO, ERGO, PRIMERO: El tiempo tomado estrictamente por la medida regular del movimiento subjetivamente está en el primer movimiento, y allí tiene razón de medida intrínseca respecto de sí, y extrínseca respecto de los demás movimientos.
LA PRIMERA PARTE consta de D. Tomás y de Aristóteles hoc libro lect. 23.1 et 1. p. q. 10. art. 6. et in 2. dist. 12. q. 1. art. 5. ad 3.2 Consta, en efecto, que entre todos los movimientos más uniforme y más regular es el primer movimiento del cielo, y es menos deficiente y simpliciter más notorio, porque cotidianamente se vuelve. Ergo la duración existente en aquel es medida de los demás. Verdad es, con todo, que para distinguir y encomendar a la memoria el tiempo mismo y el movimiento del cielo nos servimos de ciertos signos, como relojes, escrituras u otros semejantes, con los que designamos los años y los meses, no porque estos sean el tiempo, sino instrumentos con los que designamos el tiempo.
LA SEGUNDA PARTE, EMPERO, por algunos se niega, por esto de que la medida debe ser más notoria que lo medido, el movimiento, empero, y el tiempo son lo mismo; ergo el término no puede ser medida del movimiento en el que está. Item, porque el movimiento no tiene otra cantidad que el tiempo. Ergo no es medida de aquel, porque la medida es aquello por lo que se conoce la cantidad de la cosa. Donde, ergo, es la misma cantidad, no puede ser aquello por lo que se conoce como más notorio. La misma sentencia generalmente enseña P. Vázquez 1. p. disp. 31. cap. 5. de toda medida intrínseca, porque ninguna medida intrínseca, como la cantidad respecto de la substancia, es causa de que aquella cosa se nos haga más notoria. Ni Aristóteles otra cosa enseñó sino que la medida debe ser homogénea con la cosa que mide, porque inteligie que una magnitud es medida de otra. Y así la substancia no se sujeta a la propia duración como a medida, sino por razón de la propia duración se sujeta a otra duración como midiente. En suma, la medida debe ser del mismo género que lo medido; el accidente, empero, respecto del propio sujeto no es del mismo género.
Esta cosa quizá solo en las palabras pugne. Cierto es, con todo, que muchas que notifican otras también se notifican a sí mismas y miden, y similarmente al sujeto en el que están, porque mediante aquel se vuelve más notorio y más manifiesto lo que de otro modo sin tal forma o perfección permanecería ignoto, como vemos que la luz no solo manifiesta el color, sino también a sí misma y al sujeto en el que está. Similarmente la cantidad a sí misma ordena y sitúa en el lugar y a las partes de la substancia, que sin ella permanecerían confusas, y no solo manifiesta y mide aquello a lo que extrínsecamente se adjunta por contacto. Y lo mismo es de la duración cuando es más uniforme e indefectible. Ergo nada prohíbe llamar a aquello medida intrínseca o formal, denotando en «intrínseca» que no mide por aplicación de sí a otro, sino por información por la que a la cosa misma vuelve formalmente ordenada o notificada. Y así habla en varios lugares S. Tomás. Pues in 2. dist. 27. q. 1. art. 2. ad 1.3 dice «que la medida es doble, cierta intrínseca, que está en lo medido, como el accidente en el sujeto, cierta extrínseca, y esta no es necesario que se multiplique a la multiplicación de los medidos». Et q. 1. de Veritate art. 5.:4 «Se mide», dice, «el cuerpo con medida intrínseca, como con la línea o con la superficie o con la profundidad, y con medida extrínseca, como lo localizado con el lugar y el movimiento con el tiempo y el paño con la ulna». La razón, empero, de estos es que por esto mismo de que el sujeto se sujeta al accidente se vuelve a aquel proporcionado y conmensurado según la información intrínseca. Ergo se halla allí cuanto se requiere a la razón de medida y de medido, porque tal accidente ordena y manifiesta la cosa misma como ut quo, el sujeto, empero, se proporciona y se notifica por aquel, no como midiente y notificante ut quod, sino ut quo.
A los fundamentos opuestos se responde: A lo primero, que el tiempo y el movimiento son lo mismo entitativa y materialmente, no formal o modalmente. Y por eso el tiempo tiene que medir como ut quo, el movimiento, empero, se vuelve medido como ut quod; recibe, en efecto, aquella uniformidad del tiempo. Basta, empero, para la medida que sea más uniforme y más notorio como ut quo.
A lo segundo se dice que aunque la medida sea aquello por lo que se conoce lo cuanto, no con todo es necesario que se presuponga lo cuanto por otra forma, sino que por la medida misma se vuelva cuanto y así se notifique. Y así aunque el tiempo no añada nueva cantidad al movimiento, vuelve con todo aquella uniforme y medida intrínsecamente, esto es recipiente de la uniformidad de la medida y por aquella notificándose a sí, como por razón y principio ut quo y por información, lo cual en otros se hace por aplicación extrínseca.
Al fundamento del Padre Vázquez se responde que la medida debe ser más notoria que lo medido, pero basta que sea más notoria como ut quo, aunque no como ut quod. Y así la medida intrínseca respecto de aquello en lo que se recibe es más notoria como ut quo; respecto, empero, de aquello a lo que se aplica como a extrínseco es más uniforme y más notoria como ut quod. Ni Aristóteles lo opuesto de esto enseñó, porque ser medida homogénea a lo medido puede inteligirse o como ut quo o como ut quod, y respecto del sujeto recipiente es homogénea como ut quo, a saber aquello por lo que tal sujeto se vuelve homogéneo y uniforme a otro extrínseco, respecto del cual es homogéneo como ut quod, si5 lo mide por aplicación y contacto de cosa a cosa.
Por último, lo que se dice de que la medida debe ser del mismo género que lo medido se inteligie o según proporción o según semejanza; las que, en efecto, participan el mismo género y se contienen bajo aquel se dicen del mismo género por semejanza y conveniencia. Lo que, empero, recibe y es informado por alguno se dice de aquel género por proporción, porque es capaz y proporcionado a aquello que recibe, y por aquel como por principio ut quo se reduce a tal género participativamente, no formalmente.
DIGO SEGUNDO: El tiempo tomado anchamente por la duración de cualquier movimiento subjetivamente está en cualquier movimiento y se multiplica a la multiplicación del movimiento; se subordina, con todo, al primer tiempo, que es medida de los demás.
Esto consta de varios lugares de santo Tomás, donde distingue el tiempo propiamente dicho, que está en el movimiento del cielo, del tiempo tomado anchamente, que está en cualquier movimiento, ut art. 1. retulimus. Este, en efecto, tiempo no es otro que la duración de cualquier movimiento que tiene lo anterior y lo posterior en la sucesión de las partes; la duración, empero, está en la cosa que dura como la existencia; ergo subjetivamente está en tal movimiento.
Que, empero, tal duración o tiempo se subordine al primer movimiento y tiempo es patente, ya porque todo movimiento inferior pende del primer movimiento del cielo, ya porque lo mira como máximamente regular, y consecuentemente por aquel puede medirse. Y de este modo se inteligie Agustín 11. Conf. cap. 23.6 cuando dice que el movimiento del cielo no es el tiempo, porque con el tiempo de Josué cesó aquel movimiento, «el sol estaba, pero el tiempo iba». Habla, en efecto, del tiempo comúnmente dicho por la duración de cualquier movimiento, no por aquel que es máximamente regular, que solo está en el movimiento del cielo.
DIGO TERCERO: El tiempo tomado por la duración regularísima que mide los demás movimientos es solo uno en número, como también el movimiento regularísimo solo uno es.
Esto consta de lo dicho y se deduce del Filósofo in hoc libro cap. 14.,7 donde expresamente pone la unidad del tiempo por la unidad del primer movimiento. Y se aserta por D. Tomás 1. p. q. 10. art. 6. et in 2. dist. 12. q. 1. art. 5. ad 3.8 et alibi saepe. Consta, en efecto, que el primer movimiento, más uniforme que los demás y del que los demás penden, es solo uno. Que, empero, más a menudo recurran los mismos tiempos, como primavera, estío etc., que no son los mismos en número, sino en especie, no obsta, porque los efectos de la primavera y del estío son diversos en este año y en el precedente, pero las circulaciones son continuas y el movimiento no interrumpido. Y por tal unidad se dice también el tiempo uno y el movimiento uno, aunque de muchas circulaciones se componga.
Añade, empero, D. Tomás que también en las cosas incorruptibles se da un evo por la unidad del primer ángel, que es más simple y más uniforme que los demás, ut affirmat Quodlib. 5. art. 7.9 et 1. p. q. 10. art. 6. et in 2. dist. 2. q. 1. art. 2.10 Lo cual, con todo, se inteligie no solo de la razón de medida según mayor dignidad, sino según más uniforme mensuración, cuanto es de parte suya y respecto del que conoce perfectamente, no respecto de nosotros, que imperfectamente conocemos; así, en efecto, nada nos notifica el evo del ángel superior de las medidas inferiores, porque igualmente ignoto nos es que las duraciones inferiores mismas. Pero con todo a la razón de medida según sí no se requiere que sea más notoria cuanto a nosotros y según la imperfección de nuestro conocimiento (esto, en efecto, solo se requeriría para que sea medida que nos sirve), sino que basta que de parte suya y respecto del modo de conocer perfectamente sea más uniforme que el otro y notificativo de aquel. Así, empero, es medida el evo del ángel supremo, porque es duración más simple tanto en sí cuanto según que es raíz de sus operaciones principalmente de la primera, v. g. por la que el ángel se inteligie, la cual también se mide por el evo, porque nunca cesa. Que si en esta padece alguna difformidad el ángel, no sujetándola a Dios, que es la suma simplicidad, como hizo Lucifer, pierde el ser primera regla de los eviternos por la oblicuidad de la operación eviterna como no sujeta, ut docet S. Thomas Quodlib. 5. art. 7.11 Mide, empero, el evo las demás duraciones de las cosas incorruptibles, aunque sean cuerpos celestes, porque aunque diferan en el género de la naturaleza, convienen con todo en la razón de duración incorruptible, ut ait S. Thomas 1. p. q. 10. art. 6. ad 2. De12 lo cual más decimos 1. tom. 1. p. disp. 10.
ACERCA DEL SUJETO EXTRÍNSECO, que es mensurable por el tiempo, consta con certeza apud omnes que el movimiento mismo es mensurable por el tiempo y mediante el movimiento también el sujeto mismo del movimiento, que es la substancia móvil. La duda, empero, es si la substancia corruptible misma inmediatamente en sí, y no solo por razón del movimiento, sea mensurable por el tiempo. Pues de una parte su substancia no es sucesiva, sino permanente, y así no se proporciona a aquella el tiempo, que es sucesivo. De otra parte, empero, no aparece qué medida haya de asignársele. Pues el evo es medida de la cosa incorruptible, lo cual no conviene a la substancia corruptible; el tiempo, empero, es medida sucesiva, lo cual tampoco conviene a la cosa permanente.
De donde los autores que sienten que no se mide por el tiempo la substancia corruptible, como Escoto in 2. dist. 2. q. 4.13 et Conimbric. hic cap. 14. q. 3. art. 1. et Suárez disp. 50. Metaph. sect. 7. et alii, con todo disconvienen en asignar la medida conveniente a aquella. Pues algunos afirman que es el evo mismo tomando aquel de modo lato por medida no solo de la cosa incorruptible, sino también de la cosa permanente. Otros asignan el instante del tiempo discreto, otros el modo del evo, otros por último incluso una medida innominada.
NIHILÓMENOS ACERCA DE ESTO DIGO POR ÚLTIMO: La substancia de la cosa corruptible según el concepto de substancia no es mensurable por el tiempo, ni por otra medida, sino en cuanto tiene cantidad de duración. Y no solo según que en acto está movida, sino también según que móvil o corruptible, en acto con todo quieta y permanentemente se mide por el tiempo mismo.
Esta es la mente de Aristóteles y de Divus Thomas, ut videri potest 4. Phys. textu 118.14 et 119.15 et ibi Divus Thomas lect. 20.16 Cuyas palabras son: «El tiempo mide aquello que se mueve y descansa, no en cuanto es piedra u hombre, sino en cuanto es movido y quieto; la mensuración, en efecto, propiamente se debe a la cantidad. Cuya cantidad, ergo, se mide por el tiempo, aquello propiamente se mide por el tiempo. De la mensuración, empero, del tiempo se conoce cuánto sea el movimiento y cuánta sea la quietud, no empero cuánto sea aquello que se mueve. De donde lo que se mueve simpliciter no se mide por el tiempo según la propia cantidad, sino según la cantidad de su movimiento. De lo cual es patente que propiamente el tiempo es medida del movimiento y de la quietud, pero per se del movimiento, de la quietud empero por accidente». Así D. Tomás, ni nunca lo opuesto enseñó. Pues 1. p. q. 10. art. 4. abiertamente atribuye la medida del tiempo no solo al movimiento, sino también al sujeto mutable. In opusc. autem 44. cap. 3.17 solo dice «que los móviles cuanto a aquello que son, como el hombre o la piedra, no se miden por el tiempo, porque la esencia de ellos no tiene lo anterior y lo posterior». Lo cual también es verísimo, ni otra cosa dice que in 4. Phys. cit., porque a saber las cosas móviles según el concepto de substancia no se miden por el tiempo, bien con todo según la duración mutable, aunque no movida en acto.
Y LA RAZÓN ES que lo mismo es la quietud que la permanencia, pues aquello se dice descansar que se ha ahora como antes. La misma, ergo, es la medida de la cosa permanente según que permanente es y de la cosa quieta. La quietud, empero, de la cosa mutable se mide por el tiempo; ergo también la substancia corruptible misma, no como substancia, sino en cuanto duradera y permanente en la quietud, mutable con todo y corruptible, se sujeta al tiempo. Y principalmente esto aparece en las substancias que también en la substancia misma se mudan por aumento o decremento o aggeneración; tales, en efecto, también en la duración misma de la substancia se sujetan al tiempo. Las que, empero, no así se mudan, con todo porque pueden mudarse y penden en su duración de causas transmutables, se dicen medirse por el tiempo, aunque en acto no se muden, sino que descansen.
De lo cual es patente a la razón de dudar desde el principio. Decimos, en efecto, que la cosa permanente, aunque en acto y formalmente no sea sucesiva, es con todo radical y extrínsecamente, por esto de que de su raíz pide poder mudarse y corromperse y pende de causas mutables. Y así cuando se dice que en su duración es permanente y la misma, distingo: permanente por razón de la inmutabilidad o por oposición al movimiento, niego; por la causa que conserva en aquella la permanencia y la quietud, con potencia con todo de que se mude, concedo. Pero esto es medirse por el tiempo, como la quietud, que consta medirse por el tiempo como algo opuesto al movimiento, como dice el Filósofo in cap. 12. huius libri,18 y por la experiencia misma consta.
Que si dices: ¿Cómo, ergo, Aristóteles y D. Tomás dicen permanecer el mismo ahora en todo el tiempo, porque permanece el mismo móvil, si según esta resolución también el móvil se mide por el tiempo, y no se mide por el ahora? Se responde que permanece el mismo ahora, no porque sea verdadero instante o la cosa misma solo se mida por el instante, sino porque es móvil permanente. Pero la permanencia es doble: Una de quietud privativa, por la que a saber es capaz de mudarse; otra de quietud negativa, por la que de todo modo se opone a la mutación; y la primera se mide por el tiempo, la segunda por el evo, porque es incorruptible.