Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis
John of St. Thomas (1589–1644)
Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.
Preface I: Lectoribus
Preface II: Proemium
Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae
Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi
Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE
Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA
Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO
Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES
Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN
Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA
Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS
Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES
Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA
Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA
Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO
Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA
Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA
Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA
Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN
Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS
Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL
Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO
Articulus II: SI EL TODO SE DISTINGA DE LAS PARTES TOMADAS A LA VEZ
Articulus III: QUÉ SEA LA UNIÓN DE LAS PARTES EN EL TODO
Quaestio VII: DE LA SUBSISTENCIA Y DE LA EXISTENCIA
Articulus I: QUÉ SEA LA SUBSISTENCIA QUE CONVIENE AL COMPUESTO MISMO
Articulus II: CÓMO LAS ACCIONES CONVENGAN A LOS SUPUESTOS
Articulus III: SI LA SUBSISTENCIA EN LAS COSAS COMPUESTAS SEA ÚNICO TÉRMINO SIMPLE O COMPUESTO DE VARIAS SUBSISTENCIAS
Articulus IV: SI LA EXISTENCIA SE DISTINGA A PARTE REI DE LA ESENCIA O DEL COMPUESTO
Articulus V: SI ÚNICA EXISTENCIA BASTE A TODO EL COMPUESTO
Quaestio VIII: DE LOS TÉRMINOS DE LA MAGNITUD Y DE LA PARVEDAD
Articulus I: SE EXPLICAN LOS PRINCIPIOS Y PRESUPUESTOS DE ESTA CUESTIÓN
Articulus II: DE QUÉ PACTO SE TERMINEN LOS CUERPOS NATURALES SEGÚN LA MAGNITUD
Articulus III: SI SE DÉ TÉRMINO DE PARVEDAD INTRÍNSECO TANTO EN LOS ANIMADOS CUANTO EN LOS INANIMADOS
Liber II: ACERCA DEL LIBRO SEGUNDO DE LOS FÍSICOS DE LA NATURALEZA Y DE LAS CAUSAS
Quaestio IX: DE LA NATURALEZA, DEL ARTE Y DE LO VIOLENTO
Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DE LA NATURALEZA
Articulus II: EN CUÁLES SE HALLE LA RAZÓN DE NATURALEZA
Articulus III: SI SEA LEGÍTIMA LA DIFERENCIA CONSTITUIDA ENTRE LOS NATURALES Y LOS ARTIFICIALES
Articulus IV: CÓMO LO VIOLENTO SE DISTINGA DE LO NATURAL
Quaestio X: DE LA CAUSA EN COMÚN
Articulus I: CUÁL SEA LA DEFINICIÓN DE LA CAUSA EN COMÚN Y CUÁLES LAS CONDICIONES DE LA CAUSA
Articulus II: DE CUÁNTUPLE SEA LA CAUSA
Articulus III: SI TODA CAUSA DEBA SER PRIOR, MÁS PERFECTA Y DISTINTA DE SU CAUSADO
Articulus IV: SI LAS CAUSAS RECÍPROCAMENTE SEAN CAUSAS
Articulus V: SI DE DOBLE CAUSA TOTAL PUEDA PENDER EL MISMO EFECTO, O DOS FORMAS INFORMAR LA MISMA MATERIA
Quaestio XI: DE LA CAUSA MATERIAL, FORMAL Y EJEMPLAR
Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA Y LA CAUSALIDAD MATERIAL
Articulus II: QUÉ SEA LA CAUSALIDAD DE LA FORMA Y SU EFECTO
Articulus III: A QUÉ GÉNERO DE CAUSA SE REDUCE LA IDEA O EL EJEMPLAR
Quaestio XII: DE LA CAUSA EFICIENTE
Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA EFICIENTE Y DE CUÁNTUPLE
Articulus II: SI EN LAS CAUSAS CRIADAS EL PRINCIPIO DE EFECTUAR UT QUO SEA ACCIDENTE
Articulus III: SI EL ACCIDENTE NECESITE DE PECULIAR INFLUJO DE LA SUBSTANCIA PARA OPERAR
Articulus IV: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL EFICIENTE
Appendix I: De la dimanación.
Quaestio XIII: DEL FIN
Articulus I: SI LA APREHENSIÓN DEL FIN SEA RAZÓN DE CAUSAR O SOLO CONDICIÓN
Articulus II: CUÁL SEA LA CAUSALIDAD DEL FIN
Articulus III: A QUÉ OBJETOS SE EXTIENDA LA CAUSALIDAD DEL FIN, SI SOLO A LOS MEDIOS O TAMBIÉN AL AMOR MISMO DEL FIN
Quaestio XIV: DEL MOVIMIENTO Y DE LA ACCIÓN
Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DEL MOVIMIENTO Y SUS CONSTITUTIVOS ESENCIALES
El movimiento, aunque de varios modos haya sido declarado por Aristóteles, con todo con única definición se define, a saber: «Acto del ente en potencia según que en potencia». Aunque, en efecto, haya dicho el Filósofo que el movimiento es acto de lo móvil como móvil, y de nuevo que es acto de lo activo y de lo pasivo según que tales son, con todo por estas no introduce nueva definición, sino que explica las dificultades oriundas de aquella definición, a saber cómo el movimiento atañe a lo móvil y al movente. Toda, empero, la definición traditada por Aristóteles a esto tiende, a mostrar que el movimiento es acto imperfecto, esto es aquel al que algo resta por adquirir, a diferencia de aquellas definiciones que traditaron los antiguos y el Filósofo reprueba, porque colocaban el movimiento bajo el no-ente o bajo la desigualdad o similares, según que del texto cap. 2.1 se colige.
Para la explicación, empero, de la definición traditada han de notarse las palabras de D. Tomás 3. Phys. lect. 2.,2 donde hablando de la naturaleza del movimiento dice que «antes de que algo se mueva está en potencia al acto perfecto, que es término del movimiento, y al imperfecto, que es el movimiento, como el agua antes de que empiece a calentarse está en potencia a calentarse y a ser cálida. Cuando, empero, se calienta, se reduce al acto imperfecto, que es el movimiento, pero respecto de sí aún permanece en potencia». Cuya doctrina también tradita el S. Doctor 11. Metaph. lect. 9.3
De lo cual se colige que la cosa puede considerarse en triple estado: Primero, en potencia solamente, sin alguna reducción al acto; segundo, en acto último; tercero, de modo medio, cuando está en parte en acto, en parte en potencia. Y cuando está en potencia solamente aún no se mueve; cuando está en acto perfecto o último, cesa el movimiento; cuando de modo medio se tiene, entonces está en el moverse y en el tránsito de uno a otro.
De estas, ergo, SE EXPLICA EL MOVIMIENTO por sus partes. Primero se dice «acto» quasi en lugar de género, y se toma acto por aquello que se distingue de la potencia, abstrayendo del acto perfecto o imperfecto. Y aunque el movimiento incluya algo de potencia, se pone con todo en el género de acto y no de potencia, porque el oficio principal del movimiento es reducir lo móvil al acto, aunque porque aquello lo hace como acto imperfecto, algo de potencialidad incluya. Se halla, empero, en el movimiento doble habitud de potencialidad: Una respecto de lo móvil o del sujeto recipiente del movimiento, en la cual conviene el movimiento con las demás formas, que también reducen el sujeto de la potencia al acto informándolo. Y para explicar esto se pone la siguiente partícula «del ente en potencia», esto es del sujeto existente en potencia. No, empero, se dice del cuerpo en potencia, para que no se suponga aquello que habrá de probarse del sujeto del movimiento, a saber que sea cuerpo, lo cual4 se prueba porque es divisible. La otra, empero, habitud de potencialidad en el movimiento es al ulterior término, en la cual se distingue de las restantes formas, que solo actúan el sujeto en cuanto está en potencia a sí; el movimiento, empero, actúa el sujeto no solo según que está en potencia a sí, sino según que está en potencia al ulterior término, y por eso se dice que es «del ente en potencia según que en potencia», como el bronce cuando se mueve a la forma de estatua no se actúa por el movimiento en cuanto bronce, sino en cuanto en potencia a la estatua. Así D. Tomás 3. Phys. lect. 2. § Manifestat.5
De cuya explicación se resuelven varias instancias que contra esta definición pueden objetarse. Pues puede argumentarse que es redundante, porque conviene a otras, y que es diminuta, porque no explica todas las que son de la esencia del movimiento. Y que convenga a otras se prueba. Pues conviene a todas las formas imperfectas que relinquen el sujeto en potencia a otras formas a las que se ordenan, y con todo no son movimiento, como la forma del embrión relinque la materia en potencia a la forma perfecta del caballo, y similarmente el calor como cuatro al calor perfecto como ocho, y con todo ni la forma del embrión ni el calor como cuatro son movimiento; ergo etc. Que, empero, sea diminuta se prueba, porque no explica algunas que son del concepto de movimiento, v. g. que sea del agente y en lo pasivo y al término ad quem, cuyas habitudes son esenciales al movimiento, pues el movimiento esencialmente es vía y tendencia de uno a otro. Ergo la definición dada por todas partes deficiente está.
A lo primero se responde que la forma imperfecta de doble modo puede tomarse: De un modo, porque es imperfecta en razón de forma comparativamente a otra más perfecta; de otro modo, porque no solo es imperfecta comparativamente a otra forma, sino que también tiene estado de potencia y de imperfección, que es tender a la forma como a término. Esto, en efecto, se requiere para que aquel acto así sea imperfecto que no sea término del movimiento. Por más que, en efecto, la forma sea imperfecta en razón de informar, si con todo no tiene aquel estado de imperfección que es tender, no es movimiento, sino término del movimiento; pues por esto mismo de que alguna forma informa y cesa de tender al ulterior término, cesa el movimiento. De donde el calor como cuatro, aunque sea imperfecto en el informar respecto del calor como ocho, con todo, si cesa de tender al calor como ocho, no informa como movimiento, sino como forma imperfecta; toda,6 en efecto, forma, incluso imperfecta en razón de forma, es término, no vía, aunque solo la forma perfecta sea término último. Y así se inteligie la definición del movimiento, que sea acto del ente en potencia según que en potencia, esto es según que tiene estado de potencia, que es tender al acto.
A lo segundo se responde que aquellas habitudes, aunque no se pongan expresamente, se ponen con todo virtualmente. Por esto, en efecto, de que se dice «del ente en potencia según que en potencia», se denota el sujeto que padece o se transmuta; así, en efecto, está en potencia mientras se muda de uno a otro. Donde, empero, hay pasión, virtualmente se insinúa la acción, porque la pasión no es sino transmutación por algún agente. Similarmente la habitud del término a quo al término ad quem se insinúa en la misma partícula «según que en potencia». Se inteligie, en efecto, que esté en habitud y potencia al ulterior término, que es el término ad quem, donde consecuentemente se insinúa el término a quo, porque no hay tránsito al término ad quem sino desde algún término a quo.
Explicada la definición del movimiento resta explicar si convenga a todo movimiento, tanto sucesivo cuanto instantáneo, tanto continuo cuanto discreto, lo cual es inquirir si la sucesión y la continuidad sean de la esencia del movimiento aquí definido.
De algunos, en efecto, la sentencia es que solo el MOVIMIENTO SUCESIVO en esta definición se incluye, no la mutación instantánea, como la generación substancial. Cuya sentencia parecen haber tenido algunos antiguos que, ut refert D. Thomas 11. Metaph. lect. 9.,7 decían que el movimiento es salida de la potencia al acto no de súbito. De los más recientes la tienen Mag. Soto 3. Phys. q. 1. concl. 3., a quien siguen Conimbric. 3. Phys. q. 1. art. 2. ad 3., aunque confiesen ser contra D. Tomás. El fundamento es que tales acciones instantáneas no son acto del ente en potencia, si en verdad en uno y el mismo instante se completa toda la mutación, y así toda está a la vez en acto, no en parte en acto, en parte en potencia, como se requiere para la razón de movimiento. Ítem, porque de otro modo la creación sería mutación, lo cual niega D. Tomás 1. p. q. 45. art. 2. ad 2. et 4.; pues es producción instantánea que hace transitar del no-ser al ser, y no menos tiene de potencia y de acto según diversas prioridades de naturaleza que la generación o la iluminación. Por último, porque de otro modo los actos inmanentes del intelecto y de la voluntad serían movimientos aquí definidos, si en verdad basta que sean mutaciones instantáneas y tengan acto y potencia según diversos instantes de naturaleza, no de tiempo.
Nihilómenos esta dificultad así la resuelve D. Tomás 5. Phys. lect. 2. in principio,8 donde dice: «Aristóteles supra in 3., donde definió el movimiento, aceptó el nombre de movimiento según que es común a todas las especies de mutación, y de este modo acepta aquí el nombre de mutación; el movimiento, empero, se acepta más estrictamente por cierta especie de mutación». Así Divus Thomas. De cuya doctrina se colige que en esta definición se define la mutación generalmente tomada, según que comprende la instantánea y la sucesiva. Y esta misma es la sentencia de Mag. Soto, ubi supra.
La razón, empero, es que también la mutación instantánea es acto del ente en potencia según que en potencia, porque en la generación substancial la materia, que tiene razón de sujeto, está en potencia de mutación y de tránsito de una forma a otra. Ergo la mutación misma tiene cuanto se requiere para la razón de movimiento así definido, si en verdad es acto del existente en potencia, que supone el sujeto mismo como existente en potencia, a saber la materia prima, y de la potencia transitar al acto, en cuanto en el mismo instante se da el hacerse y el factum esse, y relinquiando un término a quo y transitando al término ad quem. Ergo la mutación instantánea también en la definición del movimiento se comprende. Por lo cual el Filósofo en esta definición del movimiento puso ejemplos en todas las mutaciones, alteración, aumento, movimiento local y generación, ut patet in hoc 3. libro, lect. 2. apud D. Thomam.9 De donde no aceptó la generación de modo lato, según que también comprende la alteración antecedente. Pues habiendo puesto ejemplo en la alteración y el aumento, no podía de nuevo con el nombre de generación inteligir la alteración.
Por lo demás, hablando de la mutación instantánea del acto inmanente intencional, aquella se excluye del movimiento físico aquí definido, ut patet per Aristotelem 3. de Anima textu 28.,10 donde hablando de sentir e inteligir dice «que otra es la especie de movimiento; el movimiento, en efecto, es acto de lo imperfecto, simpliciter empero otro es el acto que es de lo perfecto», donde11 S. Tomás explicando este texto dice «que el movimiento físico es acto del existente en potencia, porque a saber recediendo de un contrario, mientras se mueve, no atinge el otro contrario, que es término del movimiento, sino que está en potencia a aquel. Y porque todo lo que está en potencia, en cuanto de este modo, es imperfecto, por eso aquel movimiento es acto de lo imperfecto. Pero este otro movimiento es acto de lo perfecto; es, en efecto, operación del sentido ya hecho en acto por su especie». Así D. Tomás. Y similarmente videri potest 1. p. q. 18. art. 1. Donde suficientemente profundamente explica la naturaleza del movimiento, porque en tanto se dice estar en potencia en cuanto el sujeto del movimiento así recede de un contrario que aún no atinge el otro, sino que de algún modo está en potencia a aquel, y esto es ser acto de lo imperfecto, esto es ser acto del sujeto puesto en tal disposición que aún no tiene la forma ni la atinge. Cuando, empero, algo opera atingiendo en acto la forma misma que aquella operación tiene, no es movimiento de la potencia al acto, sino que tiene el acto, y por eso no se contiene en esta definición del movimiento, que es acto del existente en potencia según que en potencia. Los actos, empero, inmanentes versan acerca del objeto incluso cuando en acto lo tienen; es más, entonces perfectamente operan acerca del objeto cuando más se actúan por aquel y lo poseen. Ergo tal operación no consiste en el movimiento físico definido que procede de la potencia al acto, y por eso se dice movimiento de lo perfecto, esto es no existente en potencia. De donde es patente que la operación de sí no requiere potencialidad en aquel del que procede, sino que puede salvarse con suma actualidad; se halla, en efecto, operación removido el movimiento, cuando el operante no mira el objeto como no habido, sino que también teniéndolo opera acerca de aquel conociendo o amando.
A los argumentos puestos supra se responde: A lo primero, que aunque en el mismo instante de la generación a la vez esté el hacerse y el factum esse, con todo verdaderamente se halla tránsito y mutación de la potencia al acto según diversos instantes y prioridades de naturaleza; se muda, en efecto, algo del no-ser al ser. En el acto, empero, inmanente por esto precisamente de que es inmanente no se hace tránsito de la potencia al acto acerca del objeto conocido, sino por accidente, si el objeto no está suficientemente unido o habido en la potencia misma; per se, en efecto, hablando cuanto más en acto se tiene el objeto mismo, tanto más perfecta es la operación acerca de aquel. Y aunque se produzca la especie expresada, a la cual está en potencia por la especie impresa, con todo no consiste la razón del acto inmanente en tal producción. Pues aunque no se produzca tal especie expresada, como no se produce en el sentido externo, o incluso después de que está producida en el intelecto, se da verdadera operación de cognición acerca del objeto; de lo cual más ampliamente se dirá in 3. de Anima.12
A lo segundo de la creación se responde que no es mutación, porque le falta el sujeto, sin el cual no se da acto del existente en potencia, y por tanto le falta una parte de la definición del movimiento. Se dice con todo mutación no de parte del sujeto, sino de parte del término que transita del no-ser al ser, lo cual es significarse por modo de movimiento, ut dicit S. Thomas 1. p. q. 45. art. 2. ad 3.
Lo que, empero, atañe A LA CONTINUIDAD DEL MOVIMIENTO, si sea de la esencia del movimiento que sea continuo, o si también se incluya en esta definición el movimiento discreto, se responde que el movimiento discreto uno se halla en los naturales, otro en los espirituales. En los espirituales no es otra cosa que pluralidad de operaciones indivisibles, y así está extra la latitud del movimiento físico, que debe ser divisible. En los naturales, empero, el movimiento discreto no es otra cosa que varios movimientos continuos interrumpidos, como la cantidad continua hecha la división se vuelve discreta. Hay con todo diferencia en esto, que la cantidad discreta aunque por virtud de la división y de la multitud solamente no constituya especie particular de cantidad, porque con todo induye diversa ordenación de las partes divididas y mensuración, por eso el número constituye diversa especie de cantidad. El movimiento, empero, discreto no induye diversa razón de saliente de la potencia al acto, sino solo aquella que tiene el continuo, por cuya interrupción se vuelve discreto, y así no constituye especie distinta, sino que se reduce a la especie del continuo.
Que si por último inquieres si el MOVIMIENTO LOCAL DEL ÁNGEL se incluya en el movimiento físico aquí definido, se responde que en la sentencia de D. Tomás el movimiento del ángel se hace por la concepción misma del intelecto, según que tiene eficacia de transmutar algo, y así la acción misma de mover del ángel es concepción del intelecto, ut expresse affirmat S. Doctor opusc. 11. art. 3.13 De donde consecuentemente debe removerse el movimiento local del ángel de la razón de movimiento físico como el acto mismo del intelecto. Aún, con todo, abstrayendo de esto, aunque el movimiento local sea algo además de la concepción del intelecto, se excluye con todo del movimiento físico, incluso cuando es movimiento continuo en el ángel, porque no es simpliciter divisible, sino solo de parte del sujeto en el que está el movimiento, porque, ut dicit D. Thomas 1. p. q. 53. art. 1. ad 1., el ángel mientras se mueve en parte está en el término a quo y en parte en el término ad quem, de modo con todo que la parcialidad no se refiera a la substancia del ángel, sino al lugar, porque al principio del movimiento continuo el ángel está en todo el lugar divisible del que empieza a moverse, pero mientras está en el moverse mismo está en parte del primer lugar que desampara y en parte del segundo lugar que ocupa, aunque14 él mismo y su acto no se extienda por el lugar en el que se mueve. Así que el movimiento del ángel es indivisible subjetivamente, divisible empero terminativamente o15 de parte del efecto. Pero de esto más ampliamente atañe a los teólogos y16 videri possunt las que decimos 2. tom. 1. p. disp. 20.