Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis
John of St. Thomas (1589–1644)
Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.
Preface I: Lectoribus
Preface II: Proemium
Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae
Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi
Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE
Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA
Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO
Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES
Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN
Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA
Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS
Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES
Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA
Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA
Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO
Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA
Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA
Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA
Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN
Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS
Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL
Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO
Articulus II: SI EL TODO SE DISTINGA DE LAS PARTES TOMADAS A LA VEZ
Articulus III: QUÉ SEA LA UNIÓN DE LAS PARTES EN EL TODO
Quaestio VII: DE LA SUBSISTENCIA Y DE LA EXISTENCIA
Articulus I: QUÉ SEA LA SUBSISTENCIA QUE CONVIENE AL COMPUESTO MISMO
Articulus II: CÓMO LAS ACCIONES CONVENGAN A LOS SUPUESTOS
Articulus III: SI LA SUBSISTENCIA EN LAS COSAS COMPUESTAS SEA ÚNICO TÉRMINO SIMPLE O COMPUESTO DE VARIAS SUBSISTENCIAS
Articulus IV: SI LA EXISTENCIA SE DISTINGA A PARTE REI DE LA ESENCIA O DEL COMPUESTO
Articulus V: SI ÚNICA EXISTENCIA BASTE A TODO EL COMPUESTO
Quaestio VIII: DE LOS TÉRMINOS DE LA MAGNITUD Y DE LA PARVEDAD
Articulus I: SE EXPLICAN LOS PRINCIPIOS Y PRESUPUESTOS DE ESTA CUESTIÓN
Articulus II: DE QUÉ PACTO SE TERMINEN LOS CUERPOS NATURALES SEGÚN LA MAGNITUD
Articulus III: SI SE DÉ TÉRMINO DE PARVEDAD INTRÍNSECO TANTO EN LOS ANIMADOS CUANTO EN LOS INANIMADOS
Liber II: ACERCA DEL LIBRO SEGUNDO DE LOS FÍSICOS DE LA NATURALEZA Y DE LAS CAUSAS
Quaestio IX: DE LA NATURALEZA, DEL ARTE Y DE LO VIOLENTO
Articulus I: SE EXPLICA LA DEFINICIÓN DE LA NATURALEZA
Articulus II: EN CUÁLES SE HALLE LA RAZÓN DE NATURALEZA
Articulus III: SI SEA LEGÍTIMA LA DIFERENCIA CONSTITUIDA ENTRE LOS NATURALES Y LOS ARTIFICIALES
Articulus IV: CÓMO LO VIOLENTO SE DISTINGA DE LO NATURAL
Quaestio X: DE LA CAUSA EN COMÚN
Articulus I: CUÁL SEA LA DEFINICIÓN DE LA CAUSA EN COMÚN Y CUÁLES LAS CONDICIONES DE LA CAUSA
Articulus II: DE CUÁNTUPLE SEA LA CAUSA
Articulus III: SI TODA CAUSA DEBA SER PRIOR, MÁS PERFECTA Y DISTINTA DE SU CAUSADO
Articulus IV: SI LAS CAUSAS RECÍPROCAMENTE SEAN CAUSAS
Articulus V: SI DE DOBLE CAUSA TOTAL PUEDA PENDER EL MISMO EFECTO, O DOS FORMAS INFORMAR LA MISMA MATERIA
Quaestio XI: DE LA CAUSA MATERIAL, FORMAL Y EJEMPLAR
Articulus I: QUÉ SEA LA CAUSA Y LA CAUSALIDAD MATERIAL
La consideración de cualquier causa consiste en cuatro, a saber qué sea el acto primero o constitutivo de tal causa y a cuáles convenga; segundo, qué sea el acto segundo o causalidad; tercero, cuál sea la condición requerida para causar; cuarto, qué sea su efecto y causado.
Acerca de lo primero HA DE SUPONERSE la definición de la causa material traditada por el Filósofo in hoc libro cap. 3.,1 que «la causa material es aquella de la que se hace algo, como inhiera». La cual definición explicamos así, que por aquella se distingue la causa material de la privación, de la que también se hace algo, pero no como de aquello que inhiere y permanece, sino que no permanece ni es; transita, en efecto, la privación y sucede la forma. ¿Por qué, empero, define el Filósofo la materia por aquello «de lo que algo se hace», no por aquello «en lo que algo se recibe»? La razón parece ser para que complectiera todas a las que se extiende la causalidad de la materia. De la materia, en efecto, se hace el compuesto, y se hace la forma; pero el compuesto no se recibe, la forma empero se recibe. De donde por «hacerse» complectía la forma y el compuesto, por «recibirse» sola la forma, que con todo de esto de que se hace ut quo, y no ut quod, se recibe. Que si alguna forma no se hace de la materia, como el alma racional, con todo aún pertenece a esta definición, porque aunque no se haga ni penda en el ser de la materia, pende cuanto al estado con todo de informar y de comunicarse a la materia.
Esto supuesto decimos que el acto primero de causar materialmente puede hallarse: Primero, en la materia prima respecto de la forma; segundo, en la materia y la forma unidas respecto del supuesto2 de todo; tercero, en el todo mismo respecto de los accidentes; cuarto, en un accidente respecto de otro, como la cantidad respecto del color, la potencia cognoscitiva respecto del conocimiento; quinto, en las disposiciones respecto de las formas a las que disponen.
DE LA MATERIA respecto de la forma consta de lo supra dicho q. 3.3 Que, empero, LAS PARTES materialmente se tengan al todo, en cuanto se traen a su ser y de aquel se actúan, enseña en varios lugares S. Tomás, ut in 3. p. q. 90. art. 1. y 1. p. q. 7. art. 3. ad 3. y q. 65. art. 2. Y aquello también explica ex Philosopho 2. Phys. lect. 5. circa textum 31.,4 donde dice que «aunque las partes de la especie que se ponen en la definición se comparen al supuesto por modo de causa formal, con todo a la naturaleza misma de la que son partes se comparan como materia. Pues todas las partes se comparan al todo como lo imperfecto a lo perfecto, la cual por cierto es comparación de la materia a la forma». Donde aparece que las partes no se dicen simpliciter causa material del todo, sino tener modo de materia, en cuanto se consideran como imperfectas respecto del todo, en el que se perfecciona la composición.
De la causa, empero, material DE LOS ACCIDENTES no pertenece a lo presente disputar si inmediatamente se sujetan en el todo o en la materia; de esto, en efecto, in libris de Generat. q. 9.5 Deo dante trataremos. Pero en lo presente basta advertir que, ya se sujeten en el todo ya en la materia, el sujeto quod y la razón de sustentar los accidentes debe ser la substancia misma, porque sola ella misma debe ser per se, y esto es sustentativo de los accidentes. Por lo demás no todos los accidentes igualmente inmediatamente se reciben en la substancia, sino que algunos hay que inmediatamente se reciben, como la cantidad en el cuerpo, las potencias operativas en el alma. Otros empero hay que mediando estos se reciben, como los actos vitales y los hábitos operativos mediando las potencias, y la figura o el color mediando la cantidad. Lo cual de aquello acontece, porque un accidente tiene conexión con otro talmente que sino que suponga aquel no puede convenir al sujeto, como el acto vital como sea acto segundo no puede convenir al sujeto sino suponiendo la potencia, que es acto primero. La cual doctrina ex D. Thoma 1. 2. q. 7. art. 1. ad 3. y quaest. unica de Virtutibus art. 3. ad 2.6 referimos in Logica q. 15. art. 5.7
Al punto, empero, se ofrecía la dificultad de aquel vulgar axioma «porque el acto y la potencia están en el mismo género», que ex Aristotele comúnmente admite D. Tomás, praesertim 1. p. q. 54. art. 3. y q. 77. art. 1., para de allí mostrar que las potencias operativas no son substancias, porque los actos a los que se ordenan son accidentes. Parece, empero, en lo presente instarse aquel axioma, como digamos que la substancia inmediatamente es potencia receptiva de los accidentes.
De este, empero, axioma varias explicaciones por diversos se traditan, de lo cual puede verse P. Suárez disp. 13. Metaph. sect. 3., y nosotros algo atingiremos q. sig. Brevemente decimos que aquel axioma se entiende de la potencia y del acto per se y esencialmente ordenados, como cuando el acto especifica la potencia y de aquella pende en el ser propio, como la materia y la potencia operativa a la operación o acto del que se especifica. En estos, en efecto, bien vale que el acto y la potencia estén en el mismo género, porque si el acto especifica la potencia y la trae a su especie, consecuentemente uno y otro debe permanecer bajo el mismo género. El acto8 empero se especifica del objeto extrínseco, que puede ser de otro género. Pero aquel acto se especifica como acto, no como potencia; nosotros empero hablamos de la potencia y del acto. En cambio la substancia no se especifica ni esencialmente pende del accidente, sino e converso. De donde no importa que tal potencia y acto estén en el mismo género, porque uno es especificativo del otro.
Por último, hablando DE LA CAUSA DISPOSITIVA, también se reduce a la causa material respecto de la forma a la que dispone. De donde dice D. Tomás 2. 2. q. 27. art. 3. «que a la causa material se reduce la disposición». Y in 4. dist. 17. q. 2. art. 5.9 enseña que «la disposición se reduce a la causa material, si se acepta la disposición que dispone la materia a recibir, de otro modo empero de la disposición del agente a obrar, porque aquella se reduce al género de la causa eficiente». Imo también a la razón de causa formal se reduce por D. Tomás in 4. dist. 2. q. 2. art. 1. quaestiunc. 1. ad 2.,10 donde dice que «la disposición se reduce al género de la forma a la que dispone». Y no es de extrañar que todas estas reducciones tenga la disposición, porque es medio que sirve al eficiente para que obre, a la materia para que se determine y se prepare a la forma, a la forma como término al que tiende y del que se especifica, y así según varias consideraciones a diversas causas se reduce como medio que participa de los extremos y a los extremos se reduce. De lo cual también puede verse D. Tomás q. 28. de Veritate art. 8.11
De donde consta ineficazmente probar algunos que la disposición no pertenece a la causa material, porque no recibe la forma, sino que sola la materia la padece. Que empero prepare la materia no pertenece a la causa material, porque esto o se hace expulsando la disposición opuesta, y esto hace formalmente, no eficientemente, y esto hace eficientemente, no materialmente. Nihilómenos esta prueba solo está contra esto de que la disposición sea causa material principalmente y por modo de sujeto; así, en efecto, consta que la disposición no recibe la forma. No empero prueba que reductivamente no pertenezca al género de la causa material, en cuanto la preparación de la materia no solo se hace quitando la disposición opuesta, que es efecto secundario y negativo, sino también la indiferencia y la potencialidad de la materia determinando positivamente a esta forma más bien que a otra. La materia, empero, así determinada materialmente recibe la forma, y así aquella determinación de la materia a la misma causa material se reduce.
CAUSALIDAD DE LA MATERIA.
Múltiple y varia es acerca de esto LA SENTENCIA DE LOS AUTORES. Como, en efecto, la materia cause de dos modos, a saber in fieri, cuando primero la cosa se genera y la materia por inmutación de sí recibe la forma, e in facto esse, cuando por modo de composición con la forma constituye el todo, porque en uno y otro hay dependencia de la materia como de principio causante, se dividen mucho los autores en asignar la causalidad de la materia que para uno y otro sirva.
De donde algunos, ut Conimbric. 2. Phys. cap. 7. q. 6. art. 2. y q. 8. art. 1., asignan doble causalidad a la materia, una acerca de la forma, otra acerca del compuesto, que solo por orden son una causalidad, no formalmente. Y dicen que esta causalidad es modo sobreañadido a la materia. Otros, ut P. Suárez disp. 13. Metaph. sect. 9., tienen que la causalidad de la materia respecto de la forma, si se toma in fieri, es la generación misma o la unición según que pende de la materia, la causalidad empero in facto esse dice que es la unión misma. Y estas causalidades dice ser distintas ex natura rei, como la generación se distingue de la forma y la unición de la unión. Otros sola la acción del agente, en cuanto de la recepción se educen la forma, dicen ser la causalidad de la materia, ni otra haber de requerirse. Así Cabero hic tract. 2. disp. 3. dub. 2., que añade que estas causalidades de la forma y de la materia se constituyen en acto segundo por connotación del efecto existente. Otros explican la causalidad de la materia por la recepción de la forma. Pero porque esto mismo inquirimos, a saber qué sea la recepción de la forma, dicen algunos consistir esto en el influjo en la forma por modo de pasión, que in re no se distingue de la acción del eficiente, en el compuesto empero por modo de unión. Así Martínez 2. Phys. q. 3. notab. 3. Otros por último estiman que esta recepción o causalidad de la materia no es otra que la exhibición de sí a la forma, y así no distinguirse la causalidad de la materia de la materia misma. De la cual sentencia no se apartan los escotistas, que iuxta la sentencia del Doctor sutil dicen que la causalidad material fundamentalmente es algo absoluto no distinto de la entidad misma de la materia, porque por su entidad causa el compuesto, formalmente empero en acto segundo decir respecto a lo causado, porque formalmente se constituye causa por el respecto. De lo cual puede verse Fuente 2. Phys. q. 3. diffic. 2. art. 1.
NIHILÓMENOS HA DE DECIRSE que la causalidad de la materia es concurso pasivo, del que la forma pende ya en el ser ya en el informar, el cual nada otro es realmente que la pasión misma ilata del agente, no según que del agente, sino según que en la materia y de la materia, y esta causalidad sirve tanto a la forma cuanto al compuesto.
Se deduce ex Philosopho 3. Phys. textu 19.12 y allí D. Tomás lect. 5.,13 donde se dice que «la acción es acto del activo y la pasión acto del pasivo»; ergo la pasión constituye a lo pasivo en acto segundo. Y in 1. Contra Gent. cap. 17. dice «que la materia no se hace causa en acto sino según que se altera y se mueve». La actual, ergo, causalidad de la materia es la inmutación de aquella que recibe la forma. Y 8. Metaph. lect. ult.14 dice que «ninguna es la causa que hace uno aquellas que están compuestas de materia y forma, sino lo que mueve la potencia al acto».
Y se explica esta sentencia, porque la materia se dice causa en acto primero en cuanto es potencia receptiva de la forma, según que actuada por la forma constituye el compuesto, que resulta de tal conjunción de la materia y de la forma. Pero la potencia receptiva no puede de otro modo concurrir que con la potencialidad misma como que pasivamente se tiene, porque la potencialidad formalmente se opone a la actualidad, que o actuando o obrando causa en acto segundo. Ergo la potencialidad debe causar teniéndose pasivamente. La pasión, ergo, de la que pende la forma para que esté en la materia, es el concurso o causalidad de aquella en acto segundo. Pero consta que la pasión es inmutación del sujeto mismo que pende por cierto del agente como ilata de la acción, pero orta de la materia y en la materia como de paciente y recipiente; ergo ella misma es la causalidad de la materia.
Después SE PRUEBA LA MISMA PARTE, porque esta pasión o mutación y concurso pasivo tiene a la materia por principio pasivo y a la forma por término y es la razón por la que pende la forma de la materia, y no conviene a otra que a la materia causar por aquella. Ergo tiene todas las requeridas para que sea causalidad de la materia.
Lo primero es patente, porque la pasión no innace del solo agente, sino también de la potencia del sujeto; el agente, en efecto, que ningún sujeto tiene ninguna pasión infiere, ergo la pasión tiene por principio el sujeto mismo o la materia. Lo segundo es patente, porque esta pasión o concurso pasivo hace algo de nuevo ser en la materia, ergo se termina a algo recibido y puesto en la materia, que no es otro que la forma; ergo se termina a la forma. Lo tercero empero consta, porque en tanto pende la forma de la materia, ya en el ser ya en el informar, en cuanto la forma que está en la potencia de la materia se reduce al acto como recibida en la materia, y no extra aquella. Ergo esta dependencia de la forma de la materia se hace mediando la mutación de la materia de la potencia al acto; así, en efecto, en acto pende la forma de la materia subjetivamente, en cuya potencia antea estaba objetivamente. Ergo mediando la mutación pasiva de la materia y reducida de la potencia al acto pende la forma de la materia, y consecuentemente se causa de aquella. Lo cuarto por último consta, porque del agente se da causalidad propia, que es la acción, de la forma causalidad, que es la actuación. A ninguna, ergo, es propia la pasión, como a la materia, aunque la unión sea común a la materia y a la forma según denominación de unido y conjunto, no de susceptivo.15
Que verdaderamente este concurso pasivo de la materia sirva también a causar in facto esse tanto la forma cuanto el compuesto, CONSTA. Pues lo que atañe a la forma, la pasión misma o mutación por la que primero se hizo y se conjugó a la materia permanece in facto esse por continuación de la misma forma como recibida16 en la materia, como la acción permanece in facto esse en el efecto mientras en aquel permanece la existencia por la que está producido. De donde in Logica q. 17. art. 3. circa tertiam difficultatem17 dijimos ex D. Thoma fundarse las relaciones de causa y de efecto en la acción misma y en la pasión, no según que se consideran in fieri solamente, sino in facto esse, esto es, según que se relinque alguna determinación del hacerse mismo de la acción y de la pasión en las cosas. Ergo permanece la pasión misma in facto esse virtualmente, y así permanece la causalidad de la materia hacia la forma. Y esto de la naturaleza misma del movimiento se deduce, porque, como D. Tomás advierte 3. Phys. lect. 2.,18 la cosa que se mueve está en potencia a dos actos, a saber al acto imperfecto, que es el movimiento, y al acto perfecto, que es el término del movimiento. Así, ergo, la materia con la misma causalidad mira a la forma por la pasión in fieri y cuando está en el término del movimiento, in facto esse, porque aunque cese el movimiento, permanece con todo terminativamente en su término. La misma, empero, causalidad que mira a la forma in fieri e in facto esse necesariamente debe atingir al compuesto, porque de la comunicación misma y conjunción de la materia y de la forma necesariamente el compuesto resulta. Ergo la causalidad que atinge a la forma conjugándola a lo pasivo consecuentemente debe atingir al compuesto, ni es necesario multiplicarse las causalidades.
QUE SI OBJETES: Pues la materia y la forma causan mediando la unión el compuesto mismo, ergo también mediando la misma materia causará la forma y e contra; si en verdad es la misma la causalidad de la materia hacia el compuesto y hacia la forma. Item la materia causa por modo de causa intrínseca; es, en efecto, parte constitutiva del compuesto. Ergo ha de asignársele causalidad intrínseca; esta, empero, no es la pasión, sino la unión. Pues la pasión es mutación del agente en la materia, la unión empero entra la unidad misma compuesta de los extremos. Y por la misma razón no puede la causalidad de la materia primero y per se tomarse respecto de la forma, sino respecto del compuesto, porque respecto de la forma su causalidad no puede ser intrínseca. Item porque la pasión in fieri es lo mismo que el movimiento y la acción, e in facto esse es lo mismo que la forma o el efecto o su unión. Ergo la causalidad de la materia in facto esse de la unión y de la recepción de la forma no se distingue. Es patente la consecuencia, porque lo que permanece de la pasión in facto esse no es otro que el efecto producido como unido al sujeto o recibido, y esta recepción no sino por unión se hace, incluso precisado cualquier otro, y la unión misma no es efecto por modo de término causado por la materia, sino como modo y medio de unirse por sí mismo se educen de la materia, ergo tiene todas las requeridas para que sea causalidad de la materia in facto esse.
Al primero se responde que la unión no es causalidad de la materia respecto del compuesto, tanto porque es común a la materia y a la forma, y así importa asignar algo ulterior por lo que se distinga la causalidad de la materia de la causalidad de la forma; tanto, porque la unión no es la causalidad misma de la materia formalmente, sino consecutivamente, si se toma por la relación de los unidos, o si se toma por la acción misma y la pasión requerida para la unión, así la pasión según que importa concurso pasivo es causalidad de la materia, según que empero tiende a coadunar los extremos en alguna unidad, así funda la unión, que es relación, no causalidad.
Al segundo se responde que la materia es causa intrínseca, esto es incluida en el compuesto, no empero respecto de la forma que recibe. Para esto, empero, no se exige distinta causalidad respecto de la forma y respecto del compuesto, porque respecto del compuesto solo es cierta resultante, no de sola la causalidad de la materia, sino del concurso de una y otra causalidad, a saber de la materia y de la forma resultante. Por cuya razón la materia y la forma a la vez propiamente no causan el todo como de sí distinto, sino que de sus causalidades se sigue que uno y otro se incluya en el todo.
Al tercero se niega la consecuencia y se dice que sola la unión de la forma in facto esse no puede ser causalidad de la materia, porque, como se ha dicho, la unión según sí es relación común y de la misma razón o de equiparancia en la materia y en la forma, y así importa añadir algo praeter la unión para que se distinga de la causalidad de la forma, a saber el concurso pasivo, que in facto esse dice continencia19 de la forma o determinación relinqueida de la pasión prior in fieri o continuada. De donde sola y precisa la unión aunque fuera medio entre la materia y la forma, y no se causara de aquella como efecto, sino como tal medio aún no tiene todas las requeridas para que sea causalidad de la materia en aquello en lo que se distingue de la causalidad de la forma, porque20 la unión también a la forma conviene.
PERO INQUIERES si la recepción de la materia se distinga de la unión, y pueda una separarse de la otra al menos divinamente.
Algunos afirman y se conducen, porque dice el Filósofo 4. Phys. cap. 3.,21 que recibirse la forma en la materia es algo accidental, de donde también la recepción o causalidad de la materia es pasión, que es predicamento accidental, la unión empero de la materia y de la forma algo substancial es, sobre todo si las partes por sí mismas se unen. Después, porque vemos estos dos separarse, porque el alma se une a la materia, ni con todo se recibe en aquella, como no penda de aquella, ergo no repugnará por la divina potencia estar uno sin el otro también en las otras formas. Y así conceden que formalmente de la recepción de la forma en la materia no resulta el todo hasta que sobrevenga la unión.
Por lo demás si esta sentencia solo quiere que la pasión y la unión sean distintas formalidades, porque son distintos predicamentos, es, en efecto, la unión relación resultante de la pasión, así aquella admitimos. Si empero quiere poder así que puesta la pasión no se siga la unión de la forma, es implicatoria, porque implica poner la pasión y la acción sin término y el término sin unión de la forma. Ni, en efecto, el término de la acción y de la pasión es la forma según sí solamente, o según que dependiente solamente de la materia, y no según que unida o que hace uno con el sujeto, como la calefacción no solo tiene por término el calor, sino también lo cálido, y la generación del caballo no solo tiene por término la forma del caballo como recibida, sino también el caballo mismo, que es uno resultante de la unión de la forma y de la materia del caballo. Ergo aquella acción no puede sistere en la recepción de la forma y no transitar a la unión misma y a la resultante del todo, de modo que la unión se separe de la recepción de la forma, de otro modo se daría generación del caballo sin caballo y calefacción sin cálido. Si empero no puede la acción separarse del todo mismo que se produce, y consecuentemente de la unión de las partes, la pasión es lo mismo que la acción, podrá de la unión de la forma separarse.22
Al fundamento opuesto se responde que recibirse la forma es accidentario a la materia predicablemente, pero no predicamentalmente. Acontece, en efecto, a la materia tal forma substancial, porque sin aquella en particular puede conservarse bajo otra, lo cual con todo no quitará que la forma misma y la unión substancial sean, como tener el hombre dos manos o dos ojos es accidental al hombre, no empero la mano ni el ojo son accidente, ni, en efecto, todo lo que acontece es accidente predicamental, sino que basta que esencial no sea.
Al segundo se responde que cuando la forma no se educen de la materia, se une a aquella sin recepción, porque se crea aquella forma independientemente de la materia y como independiente se une. Y así prueba el argumento que no toda unión es recepción, no empero que la recepción pueda hallarse sin unión, además de que, aunque el alma racional se tome sin dependencia de sí de la materia, no empero sin dependencia de la materia de sí, que por alguna inmutación o pasión de sí se une a la forma y causa en la forma no el ser, sino el ser informante, y así siempre la unión es con alguna dependencia, incluso de la forma.
CONDICIONES DE LA MATERIA PARA CAUSAR.
A tres pueden reducirse según triple respecto de la materia. Primero, en efecto, se considera la condición requerida de parte de sí, segundo por respecto a las otras causas con las que concausa o a las que se subordina, tercero respecto del efecto o causado al que se conjuga.
Cuanto a lo primero la condición requerida de parte de sí es la existencia, de la cual decimos que en la materia prima respecto de la forma substancial se requiere existencia para causar pasivamente, pero no se prerrequiere, en la causa empero material de los accidentes, que es el sujeto que sustenta, también la existencia se prerrequiere. Se toma esta doctrina ex D. Thoma 8. Metaph. lect. 4.,23 donde dice que «los accidentes no tienen materia de la que sean, sino que la substancia es su sujeto. El sujeto, empero, tiene algo similar a la materia en cuanto es receptible del accidente. Difiere de la materia en cuanto la materia no tiene ser en acto sino por la forma, el sujeto empero no se constituye en el ser por el accidente». Y opusc. 31. in principio24 dice que «la materia es aquella que recibe el ser por la forma, el sujeto empero no recibe el ser de la forma accidental, sino que la sustenta en el ser». De donde consta que porque la materia prima recibe la forma que da el ser, no importa que tenga existencia antecedente a la causación, sino que basta que la tenga concomitantemente y en el término de su causación, porque la recibe por la forma. En cambio el sujeto que sustenta, porque no recibe el ser simpliciter de los accidentes, sino que supone, consecuentemente pretiene el ser ante tal causación material.
Y SI OBJETES: Porque toda causa real debe existir para causar, la causalidad empero en acto supone la causa en acto, de otro modo sería causa solamente en potencia. Imo y para aquel prior por el que causa necesariamente se supone que la causa es real y en acto, de otro modo la causalidad realmente no egredería de aquella. Ergo no solo concomitantemente, sino también para aquella prioridad antecedente se prerrequiere la existencia.
Se responde que la causa que realmente causa in re y cuanto al instante en el que necesariamente debe existir, pero para esto basta la existencia concomitante o aquella que tiene la materia en el todo mismo, ya el que se corrompe ya el que se genera. En aquella, empero, prioridad de naturaleza o de causalidad de la materia no se requiere existencia, sino que basta para la realidad de la causa la realidad de la potencia que suscita el ser, no que tiene el ser. Pues esto de que es recibir y tener capacidad al ser algo real es, pero es realidad del ente en potencia, cual es la materia, no del ente en acto. El ente, empero, potencial por esto mismo de que tiene capacidad al ser, aunque aún no se entienda tener el ser, algo real es, porque si fuera nada no sería capaz de tener el ser. Y la razón de esto es, tanto porque aquella prioridad de causar no explica que la cosa sea, o cómo sea, sino por qué razón y bajo qué formalidad cause. Causar, empero, de la materia no es causar de actualidad, sino de potencialidad, porque recibir en cuanto tal a la actualidad no pertenece. Y así para aquella prioridad no se explica la actualidad que in re tiene la materia, sino la potencialidad. Tanto también, porque la forma, aunque para aquel prior se entienda pender de la materia, no empero toda la realidad explica para entonces la causalidad de la materia, sino solo la realidad que es de potencialidad. Lo que empero tiene de actualidad participa de la forma misma a la que tiende tal concurso de la materia, para que de aquella tenga el ser. Por lo cual para que sea real la causalidad basta que in re sea realmente de la materia, no empero importa que en todo signo y consideración toda su realidad se explique, como el hombre bajo el concepto de hombre precisamente no explica la realidad del ente, aunque en sí sea ente real.
La segunda condición requerida en la materia para causar materialmente es el orden o determinación que tiene de las otras causas, de cuyo concurso pende en el causar, ut patet que de la causa eficiente mediando las disposiciones se determina y se aplica la materia a esta forma o a aquella, y similarmente se determina del concurso divino, no material, sino efectivo, ut libro 8. q. 25. art. 1. diremos. Y así estas determinaciones o disposiciones son condiciones necesariamente requeridas para causar materialmente. Si empero la materia prima, porque en el género de la causa material es primera, alguna causalidad tenga en las restantes causas materiales, se responde tener causalidad en todas a las que su recepción se extiende. Porque, en efecto, todas las materias segundas son substancias compuestas de materia y forma, consecuentemente se resuelven en la materia prima y penden de aquella como del primer recipiente, no como del primer determinante; el primer, en efecto, determinante es el primer agente, no la potencia de la materia.
La tercera condición se toma en la materia por orden al efecto. Y además de la proporción que se requiere entre la materia y la forma, que proviene de las disposiciones, se requiere también como condición la instancia o aproximación entre la materia y la forma, para que se unan y resulte el compuesto. La cual instancia no es lo mismo que la unión; pues separada el alma del cuerpo puede hacérsele presente, como a otro cuerpo, sin esto de que informe aquel.
EFECTO DE LA MATERIA.
Tres pueden numerarse los efectos acerca de los que versa la materia, y cinco las razones que están causadas en aquellos. Versa, en efecto, la materia acerca de la forma recibiendo, el compuesto constituyendo, la generación padeciendo del agente.
Las razones, empero, causadas son: Primero el ser de la forma, si sea dependiente de la materia, o el modo de ser informativo, si no sea dependiente como el alma racional.25 Segundo causa la limitación; la forma, en efecto, se limita por orden a la materia. Tercero causa la incomunicabilidad, porque es el último sujeto ultra el cual no transita la forma. Cuarto causa la individuación. Quinto causa la unidad y la constitución del compuesto concurriendo a la vez con la forma.
QUE LA MATERIA VERSE ACERCA DE AQUELLOS TRES, consta, porque todos aquellos penden de la materia como de principio: El compuesto por cierto, porque se resuelve en la materia, y así pende de aquella; la forma empero, porque sin materia no puede ser, si sea forma educida, o al menos sin aquella informativamente no puede ser, si26 sea forma criada, como el alma racional, lo cual pertenece al modo de ser de la forma. Por último la generación pende de la materia, porque es transmutación que sin materia estar no puede, que es sujeto de la mutación.
Hay con todo quienes piensan que solo el compuesto es efecto de la causa material, por esto de que la materia causa como causa intrínseca, solo empero es intrínseca respecto del compuesto. Pero se responde que la materia causa la forma no componiendo, sino recibiendo, y respecto de aquella no es causa intrínseca, y con todo la forma pende de aquella; es con todo intrínseca respecto del compuesto, en cuanto resulta de la conjunción de la materia y de la forma.
QUE EMPERO TODAS AQUELLAS RAZONES cause la materia, consta. Pues que limite la forma tradita Divino Tomás 1. p. q. 7. art. 1., por esto de que la forma de sí es comunicable como en alguno uno concurrente con esta o aquella materia, y no se limita a una sino en cuanto se recibe o se ordena a determinada materia. Así, en efecto, de esta recepción u orden no puede ultra comunicarse a otra materia total ni transitar de materia en materia, porque se individúa de una y como individuada se limita a aquella. La materia, empero, transita a varias formas al menos divisivamente, aunque sea razón para que ni la forma ni la naturaleza transite a varios, sino que en sí siste. Similarmente que sea principio de incomunicabilidad y de individuación enseña 3. p. q. 77. art. 2. y opusc. 29.27 y en varios otros lugares, de los que mostraremos in libris de Generat.28 que la materia es principio de individuación, porque es el último sujeto ultra el cual no se hace comunicación y multiplicación de la forma, ni de la naturaleza.
Solo puede haber dificultad acerca del compuesto y de la forma, porque no aparece cómo la forma se cause de la materia sino en cuanto se vuelve sustentada y recibida, lo cual no es otro que comunicarse a la forma la materia, y así no tanto la forma misma se causa cuanto la comunicación misma de la materia. De parte, empero, del compuesto consta que no se causa de la materia sino concurrente a la vez la forma. Así, empero, el compuesto no es algo distinto de la materia misma y de la forma, y así propiamente no es algo causado. Si empero se tome la materia respecto de la forma, así no causa el compuesto, sino la otra parte de aquel, a saber la forma.
Se responde que la materia causa la forma de aquel modo por el que pende de aquella, a saber o cuanto al ser, si la forma sea educida y en su producción y conservación dependiente de la transmutación y de la recepción de la materia, o cuanto al oficio de informar, porque la forma no puede ser de modo informativo sino dependientemente del concurso pasivo de la materia que recibe la forma. De donde S. Tomás opusc. 31. § Viso quod sunt29 dice que «la materia se dice causa de la forma en cuanto la forma no es sino en la materia». Y cuando se insta que este efecto no es otro que la comunicación de la materia, se responde que de parte de la cosa comunicada se distingue el efecto de la causa formal o material de su causa, de parte empero de la comunicación misma dice unión, que al menos presupositivamente importa alguna inmutación nueva o aquella relinque, después que30 los extremos están unidos. Y además de tal comunicación resultan otros efectos, no en la cosa misma comunicada, sino en aquello a lo que se comunica, v. g. que la forma sea limitada, individuada, educida, existente etc., los cuales efectos están en la forma misma.
Lo que empero se dice del compuesto se responde causarse de una y otra parte, a saber de la materia y de la forma unidas, no empero propiamente, sino que se dice resultar y seguirse ex vi de la causalidad prior por la que la materia se comunica a la forma y la forma a la materia. De lo cual más dijimos supra q. 6. art. 3.31