Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis
John of St. Thomas (1589–1644)
Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.
Preface I: Lectoribus
Preface II: Proemium
Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae
Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi
Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE
Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA
Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO
Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES
Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN
Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA
Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS
Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES
Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA
Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA
Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO
Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA
Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA
Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA
Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN
Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS
Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL
Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO
Articulus II: SI EL TODO SE DISTINGA DE LAS PARTES TOMADAS A LA VEZ
Articulus III: QUÉ SEA LA UNIÓN DE LAS PARTES EN EL TODO
Quaestio VII: DE LA SUBSISTENCIA Y DE LA EXISTENCIA
Articulus I: QUÉ SEA LA SUBSISTENCIA QUE CONVIENE AL COMPUESTO MISMO
Articulus II: CÓMO LAS ACCIONES CONVENGAN A LOS SUPUESTOS
Articulus III: SI LA SUBSISTENCIA EN LAS COSAS COMPUESTAS SEA ÚNICO TÉRMINO SIMPLE O COMPUESTO DE VARIAS SUBSISTENCIAS
Articulus IV: SI LA EXISTENCIA SE DISTINGA A PARTE REI DE LA ESENCIA O DEL COMPUESTO
Articulus V: SI ÚNICA EXISTENCIA BASTE A TODO EL COMPUESTO
Quaestio VIII: DE LOS TÉRMINOS DE LA MAGNITUD Y DE LA PARVEDAD
Articulus I: SE EXPLICAN LOS PRINCIPIOS Y PRESUPUESTOS DE ESTA CUESTIÓN
Dos géneros de términos en esta cuestión suelen explicarse. El primero es cuáles sean los términos de la parvedad y de la magnitud en la cantidad. El segundo es cuáles sean los términos de la incoación y de la desición en las cosas.
Acerca del primero advierte que el término de la cantidad hablando en común se dice «algo indivisible por lo que alguna cosa se finita». Y debe ser indivisible, porque si algo en aquel resta por dividir, aún no allí se termina y se finita, si en verdad algo ulteriormente resta por aceptarse. Para que, ergo, más ampliamente nada reste, debe ser indivisible.
Puede, empero, este término ser intrínseco o extrínseco. Intrínseco es aquel en el que aún la cosa se halla, pero ultra no se halla; extrínseco, en el que alguna cosa no se halla, sino infra o extra aquel se halla. Lo cual es lo mismo que decir que sea término inclusivamente o exclusivamente. Y cada uno de estos términos puede asignarse según la magnitud o la parvedad, los cuales también sus propios nombres sortean. El término intrínseco según la magnitud se dice «máximo que sí», y es aquel en el que la cosa puede ser y en mayor no puede. El término extrínseco de la magnitud se dice «mínimo que no», y es aquel en el que la cosa no puede ser y en menor puede. El término intrínseco de la parvedad se llama «mínimo que sí» y es aquel en el que la cosa puede ser y en menor no puede. El término extrínseco de la parvedad se llama «máximo que no», y es aquel en el que la cosa no puede ser, y en mayor puede. Los ejemplos fácilmente pueden adhibirse en cualquier cantidad designada, v. g. de un palmo o de medio. Si en aquella cantidad designada puede ser el fuego v. g. y en mayor no, se dirá término intrínseco de la magnitud, si en aquel no pueda ser, sino en menor infra aquel, se dirá término extrínseco de la magnitud. Y lo mismo hacia la parvedad designando alguna cantidad mínima.
PERO OBJETARÁS contra aquello que dijimos que el término debe ser indivisible, porque esto no se salva en el término extrínseco. Pues si aquel es indivisible, no excede a aquella cosa que termina; lo indivisible, en efecto, añadido a lo divisible no hace mayor, si en verdad no le sobreañade algo de magnitud. Si, ergo, algo infra aquel indivisible se conserva, también este sobreañadido se conservará, y por tanto será término intrínseco. Por esto algunos dicen que el término extrínseco no es indivisible, sino alguna parte indeterminada en la que la cosa no puede ser, y en menor puede.
Por lo demás esto estar no puede. Pues dado el término extrínseco de la magnitud, en aquel la cosa no puede ser, y en menor puede. Si, ergo, aquello donde no puede ser sea divisible, aunque indeterminado, en ninguna parte de aquel podrá verificarse que en menor puede ser; pues infra cualquier resta aún algo divisible. Ergo si se divide aún en menor aquella cosa no puede ser, porque se da algo menor, a saber aquella mediedad de la parte del término divisible, en el que aún no puede ser.
Se responde, ergo, que aquel indivisible extrínseco no por eso es término porque por sí mismo sobreañadido haga mayor, sino porque es principio e inicio para que se haga mayor, porque si la cosa terminada por aquel término extrínseco creciera, por aquel indivisible extrínseco empezaría aquel mayor aumento. Así que aquel indivisible sobreañadido a lo divisible no hace mayor formalmente, sino incoativamente; y porque ya no puede empezar mayor aumento, se dice término extrínseco. Aquel, empero, indivisible donde puede sistere el aumento, e incluirse en aquel, se dice término intrínseco.
Lo segundo que importa explicar y presuponer en lo presente son los términos de la incoación y de la desición, de lo cual más ampliamente in 6. Phys.1 Como, ergo, en la cantidad se halla el término de la magnitud y de la parvedad, así en la duración el término de la incoación y de la desición, que puede ser intrínseco o extrínseco. El término intrínseco de la incoación es aquel en el que se verifica de alguna cosa que ahora es e inmediatamente ante no era. El extrínseco, en el que se verifica que ahora no es e inmediatamente después será. Y el primero se llama incoación por «primer ser de la cosa», el segundo «por último no ser». El término intrínseco de desinir es aquel indivisible en el que se verifica que ahora es e inmediatamente después no será, y se llama desición por «último ser». El término extrínseco es aquel en el que se verifica que ahora no es e inmediatamente antes era, y se llama desición por «primer no ser de la cosa». Por lo cual intrínseco o extrínseco se dice el término en la incoación comparativamente al ser de la cosa o al no ser. Si, en efecto, el último instante de alguno es aquel en el que aún dura el ser, se dice término intrínseco, si en el que ya no dura, se dice extrínseco, y similarmente respecto de la desición el instante en el que es, inmediatamente después no era, se dice intrínseco, extrínseco empero aquel en el que primero no es.
Como, empero, ahora supongo ex 6. Phys.,2 las cosas permanentes que empiezan en instante, y no a modo de movimiento, empiezan por el primer ser. Las cosas sucesivas que empiezan a modo de movimiento empiezan por el último no ser. En el movimiento, en efecto, no hay dar primer ser diciendo: «Ahora primero está el movimiento y ante no era», si en verdad en el instante no hay movimiento, como es divisible y sucesivo, sino el mutatum esse. Empieza, ergo, el movimiento extrínsecamente, porque divisiblemente, diciendo: «Ahora no es e inmediatamente después será».
Del mismo modo en la desición aquellas que desinen a modo de movimiento desinen por el primer no ser diciendo: «Ahora no está el movimiento, inmediatamente ante era», no empero por el último ser, diciendo: «Ahora es, inmediatamente después no será»; en ningún, en efecto, instante puede verificarse que está el movimiento. Las que, empero, desinen por corrupción instantánea, si desinan a la generación de otra que es instantánea, desinarán por el primer no ser, diciendo: «Ahora no es, inmediatamente antes era», por esto de que tales cosas no desinen sino en el instante de la generación, y no ante; si, en efecto, ante la generación desinieran, se daría materia sin forma. Si, empero, en el instante de la generación de otra primero desine, ergo en aquel instante no es, y por tanto aquel instante no es intrínseco a la desición, sino extrínseco, porque entonces primero no es, no empero entonces aún es, e inmediatamente después no será, así, en efecto, serían dos formas substanciales a la vez, a saber la que entonces se genera y la que inmediatamente después se corromperá. Por lo cual solo el instante y aquellas que desinen a modo de instante, como las operaciones de los ángeles y similares, desinen por el último de su ser.
Es, empero, cierto que la cantidad según sí y quasi matemáticamente considerada es divisible al infinito, como in 6. libro se probará.3 Pero hablamos de la cantidad natural, esto es según que pertenece al cuerpo natural, si ex vi de tal cuerpo determinada debe ser según lo grande y lo pequeño. Y no hablamos según la potencia absoluta de Dios, sino según los principios naturales, ni atendiendo a lo extrínseco, sino solo a los principios intrínsecos de las cosas. Pues es cierto que servado el orden del universo ultra el cielo los cuerpos elementales crecer no pueden ni sobre el universo protenderse. Similarmente pueden considerarse estos principios naturales, qué puedan vía de generación o de conservación y según el estado connatural, o qué término tengan vía de corrupción y como extraídos del estado connatural y de los principios propios.