Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Philosophiae Naturalis
John of St. Thomas (1589–1644)
Prima pars philosophiae naturalis (de ente mobili in communi) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus II-I, pars prima.
Preface I: Lectoribus
Preface II: Proemium
Preface III: Ordo Primae Partis Philosophiae
Quaestio I: De scientia philosophiae et ordine cognoscendi
Articulus I: UTRUM ENS MOBILE SIT OBIECTUM FORMALE PHILOSOPHIAE
Articulus II: SI LA FILOSOFÍA SEA DE UNA ESPECIE ÁTOMA EN RAZÓN DE CIENCIA
Articulus III: SI LO MÁS UNIVERSAL, Y POR TANTO EL ENTE MISMO COMO TAL, SEA LO PRIMERO CONOCIDO POR NUESTRO INTELECTO
Liber I: ACERCA DEL LIBRO PRIMERO DE LOS FÍSICOS DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES
Quaestio II: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS NATURALES EN COMÚN
Articulus I: QUÉ SEA EL PRINCIPIO DE LA COSA NATURAL Y CÓMO SE DEFINA
Articulus II: SI LOS PRIMEROS PRINCIPIOS SEAN CONTRARIOS
Articulus III: SI LOS PRINCIPIOS NATURALES SEAN SOLO TRES
Quaestio III: DE LOS PRINCIPIOS EN PARTICULAR Y PRIMERO DE LA MATERIA PRIMA
Articulus I: SI SEA Y QUÉ SEA LA MATERIA PRIMA
Articulus II: SI LA MATERIA PRIMA DE SÍ ASÍ SEA PURA POTENCIA, QUE CAREZCA DE TODO ACTO FORMAL Y ENTITATIVO
Articulus III: SI LA MATERIA PUEDA EXISTIR SIN TODA FORMA, AL MENOS DE POTENCIA ABSOLUTA
Articulus IV: SE EXPLICAN LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MATERIA PRIMA
Quaestio IV: DE LA FORMA QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus I: QUÉ SEA LA FORMA Y CÓMO SE CONTENGA EN LA POTENCIA DE LA MATERIA Y SE EDUZCA DE AQUELLA
Articulus II: CUÁLES FORMAS SE EDUZCAN DE LA POTENCIA DE LA MATERIA
Quaestio V: DE LA PRIVACIÓN
Articulus I: QUÉ SEA LA PRIVACIÓN, SEGÚN QUE ES PRINCIPIO DEL ENTE NATURAL
Articulus II: SI EN LA MATERIA HAYA SOLO UNA PRIVACIÓN O VARIAS
Quaestio VI: DEL TODO COMPUESTO SUBSTANCIAL
Articulus I: CUÁLES SEAN LAS PARTES SUBSTANCIALES QUE COMPONEN EL TODO
Varias acepciones del todo traditamos libro 2. Summul. cap. de Divisione.1 En lo presente solo tratamos del todo físico omitido el metafísico y el potencial y el universal. El todo, empero, físico mismo uno es substancial, otro cuantitativo, o con otras palabras todo esencial y todo integral. Se dice, en efecto, todo relativamente a las partes, y así respecto de las partes substanciales, que son la materia y la forma, se dice todo físico substancial o esencial. Respecto, empero, de las partes cuantitativas se dice todo cuantitativo o integral. Se dicen, empero, partes cuantitativas aquellas que así son partes que pueden ser todo si se separan. Y por eso Aristóteles in 5. Metaph. cap. de Quanto2 define el cuanto: «Lo que es divisible en aquellas de las que cada una hoc aliquid nata es ser». Las partes, empero, substanciales o esenciales físicas así son partes que no pueden ser todo, sino que siempre son entes incompletos, como la materia y la forma. En lo presente solo tratamos del todo físico substancial, en la cuestión siguiente del cuantitativo.
Aquello, ergo, brevemente HA DE EXPLICARSE, si uno y otro, a saber la materia y la forma, sea parte esencial y per se del compuesto substancial. Pues algunos de la materia dudaron si fuera parte esencial del compuesto atribuyendo toda la razón de la quididad a sola la forma. Otros, empero, dudaron de la forma, no por su imperfección, sino porque tanta perfección tiene que adecua o supera la perfección del todo, por esto de que la forma es ente en acto y prebe el ser a todo el compuesto como causa de aquel; la causa, empero, es más perfecta que el efecto, y por lo que cada uno tal también aquello más. Por la forma, empero, el todo está en acto; ergo la forma más está en acto.
NIHILÓMENOS HA DE DECIRSE que el todo físico consta de materia y forma como de partes substanciales y per se.
Es común de los filósofos y se deduce de Aristóteles 7. Metaph. textu 33.3 y 8. Metaph. textu 11. sq.4, donde puede verse D. Tomás,5 y 1. p. q. 75. art. 4.
Y LA RAZÓN es manifiesta, porque el ente natural, de que tratamos en lo presente, es corpóreo y material. Ergo no puede ser simple, sino compuesto.
La consecuencia es patente tanto en las cosas corruptibles cuanto en las incorruptibles. Lo corruptible, en efecto, debe ser compuesto, porque se corrompe y no se aniquila. Ergo no toda la substancia desine, sino que algo de aquella permanece, de otro modo si totalmente desiniera, no desiniría ex vi de alguna generación, y así se quitaría toda generación y corrupción. Si, empero, algo de aquella permanece y algo se amite, ergo ya tiene partes de las que se compone, y a estas llamamos materia y forma; la forma, en efecto, es la que desine, y la materia bajo otra forma permanece. En los cuerpos, empero, incorruptibles no puede sola la forma constituir toda la esencia sin materia, porque si sin materia constituyera, sería toda la esencia del cielo sola la forma, ergo sería inmaterial, porque sin materia estaría toda constituida en sola la actualidad de la forma. La esencia, empero, inmaterial por esto mismo es espiritual e intelectiva; la espiritualidad, en efecto, es lo mismo que la inmaterialidad. Y así según toda la esencia el cielo no sería corpóreo, cuyo opuesto vemos, como es cuantitativo. Y porque estas partes, a saber la materia y la forma, no son en sí cierta toda substancia, así, en efecto, no compondrían ente per se, sino cierto agregado por accidente, ni son tales partes que por separación puedan hacerse ciertos todos, así, en efecto, serían partes integrales, se sigue manifiestamente que per se y esencialmente son partes como entes incompletos.
Al fundamento supra insinuado, que la causa es más potente que su efecto, se responde que aquello no es verdad de todas las causas consideradas entitativamente, como infra q. 10.6 diremos. La causa, en efecto, material no es más perfecta que la forma absoluta y entitativamente, como se actua y se perfecciona simpliciter de aquella, como allí diremos. Y cuando se dice que el todo tiene el ser y la actualidad por la forma, se responde que tiene la actualidad por la forma como por principio quo, no quod. Y por eso no se sigue que la forma sea más perfecta en acto denominativamente y ut quod, porque aquel principio «por lo que cada uno tal etc.» se entiende en aquellas en las que hay denominación similar, y ut quod es tal, como expendimos in Logica q. 25.7 in libris Posteriorum.
DIRÁS: La materia no puede esencialmente pertenecer al compuesto mismo en las cosas generales, que están en perpetuo fluxo y movimiento de las partes, como en el hombre no se halla la misma materia que hubo en aquel ante treinta años, como por la acción del calor está consumida y otra subrogada. Ergo la materia determinada no puede ser de la esencia intrínsecamente del compuesto determinado, v. g. de este individuo, o si una vez pertenece la materia determinada a la esencia del compuesto determinado, cuantas veces acontece variarse aquella materia, de cualquier modo que se haga la variación, se variará el todo mismo, cuya determinación pende de la determinación de las partes.
Se confirma, porque puede la materia pertenecer a constituir diversas especies, como cuando la materia traspasa a la especie del cadáver, o el cadáver a la especie de la tierra o del fuego. Es, empero, inconveniente que la misma parte esencial de una especie pertenezca a otra. Imo la materia de un individuo puede pertenecer a otro, como si un hombre coma de las carnes de otro. Si, ergo, la materia pertenece a la constitución del hombre, cómo en uno y otro hombre resurgirá aquella materia?
Se responde que la unidad determinada de la materia pertenece a la constitución y a la unidad del todo, pero de otro modo en las cosas corruptibles, de otro en las incorruptibles. En las cosas, en efecto, incorruptibles se requiere que sea la misma materia formal y materialmente; en las cosas, empero, corruptibles basta que sea la misma formalmente solamente, de cuya distinción puede verse D. Tomás 4. Contra Gent. cap. 81. ad 4. Se dice materia formalmente la misma cuando permanece bajo la misma habitud y orden de parte, pongo bajo la misma figura y disposición y continuación a la forma; materialmente, empero, es la misma materia cuando entitativamente no se muda, y no solo por continuación es la misma, esto es sucediendo bajo la misma disposición y habitud, sino8 también idénticamente. Basta, ergo, para la unidad de la materia determinada que constituye el todo que permanezca determinadamente la misma formalmente y bajo la misma continuación y sucesión a la materia preexistente, aunque materialmente no permanezca la misma. Si, empero, no se continúe, sino que a la vez se quiten todas las partes de la materia y otra en íntegro se subrogue, no se dirá permanecer el mismo compuesto.
La razón se toma ex D. Thoma 1. p. q. 119. art. 1. ad ult., porque cuando la materia se consume por el fluxo y la continuación con otra, aquello que se añade traspasa a lo preexistente. De donde por razón de la continuación con lo preexistente talmente se pierde lo preexistente que siempre permanece algo de aquel, a saber aquello que se sobreañade, en cuanto por la continuación misma se ha hecho algo de aquel, esto es parte continuada a aquel, esto, en efecto, es traspasar a lo preexistente. Cuando, empero, totalmente una materia se quita y otra totalmente se subroga, esta que de nuevo se pone ni por continuación ni por identidad es algo de la precedente, y así nada permanece de la otra materia precedente, sino que toda se destruye, y así se hace otro compuesto numéricamente.
A la confirmación se responde que no es inconveniente que la misma materia pueda sucesivamente pertenecer a diversas especies como parte, porque en potencia está a todas aquellas, como dijimos q. 3. art. 4., aunque retenga la misma entidad potencial, en cuanto está en potencia a todas las formas con las que diversas especies naturales puede componer. Lo que, empero, se añade de dos individuos que tienen la misma materia, se responde que no puede la misma materia total pertenecer a dos individuos ni traspasar totalmente de un individuo a otro, v. g. que de un hombre toda la materia traspase a generar otro hombre y a aquel toda la materia prebea, bien empero puede parcialmente pertenecer, en cuanto de la carne de un hombre puede el otro nutrirse como9 también generarse. Y en este caso dice Divino Tomás in Suppl. q. 81. art. 4. ad 3. que supuesto que los alimentos traspasan a la verdad de la naturaleza humana, «cada uno en aquel resurgirá en el que más accedió a la perfecta participación y constitución de la especie. Y si igualmente en uno y otro accediere, resurgirá en aquel en el que primero fue. Y por eso si en las carnes comidas hubo alguna superfluidad que no pertenecería a la verdad de la naturaleza humana en el primero, podrá resurgir en el segundo, de otro modo aquello que perteneció y tuvo orden a la resurrección en el primero resurgirá en aquel y no en el segundo. Pero en el segundo en lugar de aquello se tomará o algo de aquello que de otros alimentos en carne se convirtió, o si con ningún otro alimento nunca hubiera sido pastado sino con carnes humanas, por virtud divina de otra parte se suplirá cuanto necesitare para la perfección de la cantidad, como también se suple en aquellos que ante la edad perfecta deceden. Ni por esto se prejuzga la identidad en el número, como tampoco se prejuzga por esto de que las partes según la materia fluyan y refluyan». Así D. Tomás.
POR ÚLTIMO OBJETARÁS: Porque la forma es todo distintivo de la cosa de la que es forma, ergo todo constitutivivo; similarmente es toda la razón de ser y de operar, ergo es toda la razón de constituir. De donde Aristóteles 2. Phys. textu 72. et 74.10 apela a la forma «Quod quid erat rei», esto es la quididad de aquella, por omitir los artificiales, cuyo todo ser consiste en la forma, y toda la substancia en la materia, como a menudo enseña Aristóteles y D. Tomás.
Se responde que la forma es todo distintivo y razón de ser y de operar ut quo, no ut quod; de donde no es el constitutivivo total y adecuado del compuesto mismo. Pues por esto mismo de que es compuesto no basta sola la forma, aunque sola sea principio quo de su quididad, sino que se requiere también otro extremo con el que componga. Aristóteles, empero, apela a la forma «quod quid erat esse», o la quididad de la cosa ut quo, no ut quod. Los artificiales, empero, son ciertos compuestos accidentales, en los que la quididad accidental no es quididad per se, y por eso no tiene sujeto como parte esencial de sí, sino como presupuesto al que la forma accidentalmente sobreviene, no con el que per se compone.