Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
First published 1930
Prima pars artis Logicae (formal logic) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars prima.
Praefatio I: Praefatio
Praeludium I: QUO PROPONITUR DIALECTICAE DISPUTATIONIS EXERCITIUM ET PRAXIS
Praeludium II: ARTIS LOGICAE DIVISIO, ORDO, NECESSITAS
Liber I: DE HIS, QUAE SPECTANT AD PRIMAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DEFINITIO TERMINI
Caput II: DEFINITIO ET DIVISIO SIGNI
Caput III: DE QUIBUSDAM DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput IV: DE ALIIS DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput V: DE NOMINE
Caput VI: DE VERBO
Liber II: DE HIS, QUAE PERTINENT AD SECUNDAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DE ORATIONE IN COMMUNI ET EIUS DIVISIONE
Caput II: DE MODO SCIENDI
Caput III: DE DEFINITIONE
Caput IV: DE DIVISIONE
Caput V: DE ARGUMENTATIONE
Caput VI: DE PROPOSITIONE SIVE ENUNTIATIONE
Caput VII: DE DIVISIONIBUS PROPOSITIONIS
Caput VIII: DE MATERIA PROPOSITIONUM
Caput IX: DE PROPRIETATIBUS PROPOSITIONIS ET QUO ORDINE TRACTANDÆ SUNT
Caput X: DE SUPPOSITIONE
Caput XI: DE DIVISIONIBUS SUPPOSITIONIS
Caput XII: REGULAE SUPPOSITIONIS
Caput XIII: DE RELATIVIS
Caput XIV: DE AMPLIATIONE, RESTRICTIONE, ALIENATIONE
Caput XV: DE APPELLATIONE
Caput XVI: DE OPPOSITIONE
Caput XVII: DE CONDITIONIBUS REQUISITIS AD SPECIES OPPOSITARUM PROPOSITIONUM ET REGULIS COGNOSCENDI IPSAS OPPOSITIONES SPECIALES
Caput XVIII: DE AEQUIPOLLENTIA PROPOSITIONUM
Caput XIX: DE CONVERSIONE PROPOSITIONUM
Caput XX: DE MODALIBUS
Caput XXI: DE QUANTITATE, QUALITATE, OPPOSITIONE ET AEQUIPOLLENTIA MODALIUM
Rotuli I: ROTULI COMPOSITARUM MODALIUM
Rotuli II: ROTULI DIVISARUM CONSTANTIUM DICTO DE TERMINO COMMUNI
Caput XXII: DE REDUCTIONE MODALIUM AD SUAS DE INESSE
Caput XXIII: DE HYPOTHETICIS PROPOSITIONIBUS
Caput XXIV: DE EXPONIBILIBUS
Liber III: DE TERTIA OPERATIONE INTELLECTUS
Caput I: DE CONSEQUENTIA ET DIVISIONE EIUS
Caput II: DE INDUCTIONE
Caput III: DE ORDINE ET MODO RESOLVENDI TERMINOS PER ASCENSUM ET DESCENSUM
Caput IV: DE SYLLOGISMO EIUSQUE MATERIA ET FORMA
Caput V: DE DIVISIONE SYLLOGISMI PENES MATERIAM ET FORMAM
Caput VI: EXPLICANTUR OMNES TRES FIGURAE ET MODI SYLLOGISMORUM
Caput VII: DE REDUCTIONE SYLLOGISMORUM IMPERFECTORUM AD PERFECTOS
Caput VIII: DE SYLLOGISMO EXPOSITORIO
Caput IX: DE MODO INVENIENDI MEDIUM
Caput X: DE PRINCIPIIS, QUIBUS INNITITUR TOTA ARS SYLLOGIZANDI
Caput XI: QUIBUS PRINCIPIIS UNIVERSALITER INNITITUR BONITAS CONSEQUENTIAE
Caput XII: DE PRINCIPIIS DEFECTUUM MALAE CONSEQUENTIAE
Caput XIII: DE DEFECTIBUS IN PARTICULARI
Circa I: CIRCA SYLLOGISMUM.
Defectus I: DEFECTUS COMMUNES.
Caput XIV: DE FALLACIIS
Liber IV: SEQUUNTUR QUAESTIONES DISPUTANDAE AD ILLUSTRANDUM DIFFICULTATES ALIQUAS HUIUS TEXTUS
Quaestio I: DE TERMINO
Articulus I: UTRUM RECTO ORDINE DOCTRINAE INCIPIAT DIALECTICA A TERMINO
Articulus II: UTRUM SIT BONA DEFINITIO TERMINI ENUNTIATIVI, ET IN QUO EIUS FORMALITAS CONSISTAT
Articulus III: UTRUM DEFINITIO TERMINI SYLLOGISTICI BONA SIT, ET QUAE EIUS FORMALITAS
Articulus IV: QUOD SIT DEFINITUM TERMINI, ET PRO QUO SUPPONAT
Articulus V: UTRUM VOCES SIGNIFICENT PER PRIUS CONCEPTUS AN RES
Articulus VI: UTRUM TERMINUS HABEAT ALIQUAM DIVISIONEM ESSENTIALEM
Quaestio II: DE NOMINE
Articulus I: QUOMODO INTELLIGENDA SIT ILLA PARTICULA: „CUIUS NULLA PARS SIGNIFICAT SEPARATA”
Articulus II: UTRUM NOMEN INFINITUM RECTE EXCLUDATUR A RATIONE NOMINIS
Articulus III: UTRUM CASUS OBLIQUI RECTE EXCLUDANTUR A RATIONE NOMINIS
Quaestio III: DE VERBO
Articulus I: QUID SIT SIGNIFICARE CUM TEMPORE ET ABSOLVI A TEMPORE
Articulus II: UTRUM VERBUM POSSIT INFINITARI INTRA PROPOSITIONEM
Quaestio IV: DE ORATIONE ET MODO SCIENDI
Articulus I: UTRUM SIT BONA DEFINITIO ORATIONIS ET QUID SIT EIUS DEFINITUM
La definición entregada por Aristóteles1 no todos la aceptan, sino que la rechazan porque parece coincidir con los términos complexos o de figura compuesta. Aquellos, en efecto, tienen partes significativas aparte, y así parece convenirles toda la definición de la oración. De donde definen de otro modo la oración: que «la oración sea varias dicciones o términos que se tienen congruentemente», como si esto también no se hallara en el término complexo.
Otros mudan la definición de Aristóteles estimando que la oración debe constar de nombre y de verbo o al menos de verbo, aunque no de nombre, y así definen que «la oración es voz significativa ad plácitum que consta de nombre y de verbo mutuamente congruentes, o al menos de verbo y de voz, si no es significativa».
Otros, admitiendo la definición de Aristóteles, tropiezan acerca de lo definido en la oración, estimando que a la voz conviene la definición de la oración solo denominativamente como a sujeto o substituto, de lo que se dice como oración. En lo cual verdaderamente dicen, si se toma la voz según sí y en absoluto; añaden, empero, que esta definición conviene esencialmente a aquello que resulta de la voz y de la significación complexa, como a aquello que es la oración, no que se dice o se denomina tal, procediendo en esto como en la definición del término.
Otros, por último, admiten también la definición de Aristóteles, pero dicen que la forma de la oración es la unión misma gramatical de las partes.
DIGO PRIMERO: Óptima es la definición de la oración entregada por el Filósofo, y del mismo modo es esencial y quiditativa, como la definición del término y del nombre entregada arriba.
Esta conclusión es común de los intérpretes de Aristóteles. Y para su declaración basta entregar la doctrina de santo Tomás sobre 1. Periherm. lect. 6.,2 donde explica óptimamente esta definición. La oración, en efecto, mira a la segunda operación del intelecto o al intelecto compuesto, no al simple, lo cual de suyo es manifiesto, porque por la oración explicamos algo conjunto y compuesto con otro, como por el término algo proferido aparte y simpliciter. Por lo cual es preciso que en la oración no solo concurran varias partes o dicciones a modo de acervo o de multiplicación confusa, sino a modo de ordenación y de unión, y no de cualquier unión, sino de la que hace y compone algún todo. Pues también en el término complexo las partes se tienen congruentemente; porque, con todo, no componen un todo, sino una parte, el término complexo no es oración, como diremos enseguida. Porque, pues, en la definición de la oración se define cierto artefacto compuesto y total, muy incongruentemente se explica diciendo que es «varias dicciones», lo cual se da en el término; pues la cosa compuesta no se define aptamente diciendo que es varias partes, sino diciendo que es algo uno compuesto de partes, o cierto signo total, o voz significativa que consta de partes.
Cuando, empero, dice el Filósofo: «cuya alguna parte significa separada como dicción», D. Tomás3 observa rectamente dos cosas: Primera, que no dijo el Filósofo: «cuya parte separada significa algo», sino «cuya alguna parte sea significativa», por las negaciones, dice santo Tomás, y los sincategoremas, que no significan algo, sino de algún modo, y con todo son partes de la oración. Segunda es que dice que la parte separada significa «como dicción, no como afirmación», porque, a saber, para la oración basta que su parte sea dicción simple, y no se requiere que sea afirmación o negación, aunque esto también pueda hallarse en alguna oración, a saber, en la hipotética. Debió, empero, definirse aquí la oración como común a todas, aparte de que la razón de parte de por sí solo se halla en la dicción o término; la proposición, empero, aunque componga la hipotética, no es parte de por sí primero, sino por accidente, como dijimos arriba tratando del término.4
De lo cual se infiere que no se requiere para la oración que conste de nombre y de verbo como de partes. Lo cual consta también en las oraciones perfectas mismas, porque muchas no constan de nombre, sino de verbos infinitivos, como «correr es moverse», como enseña D. Tomás 1. Periherm. lect. 8.5 Más aún, puede constar de verbo y de adverbio, como si dices «velozmente se corre», «bien está», etc. Y en las oraciones imperfectas mismas, de las que santo Tomás lect. 6.6 dice que verdaderamente son oraciones, aunque generen sentido imperfecto, consta que se da oración imperfecta sin verbo, como si digo „hombre justo”, la cual D. Tomás dice que es oración 1. Periherm. lect. 4.,7 porque tiene partes significativas y genera sentido imperfecto, esto es, suspenso en el ánimo del oyente; ergo es oración imperfecta sin verbo. Y por otra parte puede también hallarse sin nombre con verbo. Ergo no es de la esencia de la oración en común que conste de nombre y de verbo a la vez o de uno de aquellos determinadamente.
DIGO SEGUNDO: La oración imperfecta y el término complexo coinciden materialmente y solo diferencian formalmente.
Hay términos complexos que conjugan varios incomplexos, como hombre blanco, y decimos que las mismas voces pueden también ser oración imperfecta, pero diferencian según diversa formalidad de todo y de parte, aunque la parte sea compuesta. Pues las partes pueden conjugarse de dos modos en algún uno: De un modo, de tal manera que en aquel se termine su composición como en cierto todo; de otro modo, que lo compongan no deteniéndose en él, sino ordenándolo ulteriormente al todo que aquella parte compuesta también mira. Ejemplo de lo primero: como las partes orgánicas, el brazo, el pie, etc., se ordenan a componer el animal, que es el todo, y allí se termina su unión. Ejemplo de lo segundo: como las partes de las que se constituye la parte orgánica, p. ej. de carnes o nervios y semejantes. Aquellas partes no componen la parte orgánica como cierto todo, sino como parte más principal, que se ordena a componer el todo mismo. De donde de otro modo se dice compuesto la parte misma y de otro el todo mismo; pues la parte compuesta tiene las partes de las que consta como materialmente y no formalmente, esto es, no bajo la formalidad de parte al todo, la cual formalidad consiste en esto: que de tal modo se conjuguen las partes que se detengan en el todo mismo y no se ordenen a algo ulterior. Cuando, empero, de tal modo componen algo que en aquello no se detienen, sino que ulteriormente se ordenan al todo, entonces se dice que aquello tiene partes, no bajo aquella formalidad de parte. Y con todo, si la parte orgánica misma se separa del animal y se hace cierto todo, sus partes se ordenarán a él en razón de parte formalmente, esto es, bajo la formalidad y relación de parte al todo.
En lo presente, pues, el término complexo, p. ej. hombre blanco, tiene partes no formalmente, sino materialmente, como la parte compuesta, no como el todo, porque de tal modo se adunan aquellas partes en el término complexo que por él se ordenan a constituir algún todo. El mismo complexo, empero, hombre blanco, si se separa y se toma a modo de todo, es oración imperfecta, como la parte orgánica separada es todo; en cuanto, empero, está en el animal, no es todo, sino parte compuesta. Por lo cual el término complexo y la oración imperfecta solo diferencian según esta formalidad de todo y de parte.
DIGO TERCERO: Lo definido de la oración no es algún tercero constituido y resultante de la voz significativa y de la forma o segunda intención de la oración, ni es la voz significativa misma según sí, que solo suscita y es sujeto y se denomina oración, sino que es la razón y forma misma de la oración en concreto.
Esta conclusión no tiene otra dificultad que la que es común a toda definición de accidente en concreto y que arriba se despachó tratando de la definición del término, de donde allí puede verse.8
DIGO ÚLTIMO: La forma esencial de la oración no es la unión o nexo gramatical de las partes, por el que las partes se unen.
Hay quienes estiman que la forma de la oración es esta unión de las partes, pero se engañan; porque la unión es ciertamente forma y acto de los unibles en cuanto son unibles, no empero la forma misma esencialmente constitutiva del todo, sino aplicativa y unitiva de la forma esencial a su materia o sujeto. De donde la unión en cuanto unión no es forma constitutiva del compuesto, ni en ella puede consistir la forma específica e intrínseca que constituye algún todo, porque la unión en su concepto intrínseco dice ser medio o aplicación y cópula de los extremos; ergo presupone otros extremos constituyentes que por ella misma como por medio se unen. Ergo la unión misma no es forma que constituye esencialmente, sino que aplica la forma constituyente.
PERO DIRÁS: ¿Cuál es, pues, la forma esencial de la oración? Se responde que, como en el todo físico se da forma parcial, como el alma respecto del cuerpo, y total, como la humanidad respecto del supuesto, así en la oración la forma parcial será el predicado o algo en lugar del predicado respecto del sujeto, o más bien (porque, como dice D. Tomás 1. Periherm. lect. 8.,9 es preciso que una parte en la oración determine a la otra) aquella que determina es forma, y si se determinan mutuamente, mutuamente son formas en cuanto determinan, y materia en cuanto son determinable, como suele decirse en el contrato mutuo del matrimonio. La forma total, empero, es la significación misma compuesta y complexa, en cuanto reviste la intención y el respecto de todo, y así como relativamente se opone al término mismo, que es parte, porque como el término dice significación a modo de parte artificial, y esta es su razón esencial, así la oración dice significación complexa a modo de todo, y esta es su forma esencial.
SE RESUELVEN LAS OBJECIONES.
Objetarás primero: La definición de la oración no distingue la oración del término; ergo no es buena.
Se prueba el antecedente: No distingue la oración imperfecta del término complexo; pues también el término complexo es «voz significativa cuyas partes significan separadas», y con todo es verdaderamente término, y la oración imperfecta verdaderamente oración; ergo.
SE RESPONDE a partir de lo dicho en la segunda conclusión, que el término complexo y la oración imperfecta pueden coincidir materialmente, pero siempre diferencian formalmente, como allí se ha expuesto.
Pero instarás: Pues la oración imperfecta también como oración es parte; ergo no diferencia del término complexo.
Se prueba el antecedente: Primero, porque dice D. Tomás 1. Periherm. lect. 6.10 que todas las partes de la oración se refieren a la oración perfecta, de la cual es parte la oración imperfecta, porque también ella misma tiene partes significativas; ergo la oración imperfecta no se tiene como todo, sino como parte. Segundo, porque la oración perfecta es el todo completo en el género de la oración; ergo la oración imperfecta es incompleta y algo menor que el todo mismo; ergo es parte. Por último, porque la oración imperfecta aún pertenece a la primera operación, y no a la segunda; ergo es parte. El antecedente consta de D. Tomás opúsc. 48. trat. de la Enunciación cap. 3.11 diciendo que al sentido que genera la oración imperfecta algo le falta, porque le falta la composición y la división; ergo le falta aquello que toca a la segunda operación, porque la segunda operación es la composición y la división; ergo permanece intra de los límites de la primera operación.
Se responde negando el antecedente. A la primera prueba se dice que la oración imperfecta es llamada parte por D. Tomás, o tomando parte en sentido amplio por aquello que es todo imperfecto —pues por esto mismo es ordenable al todo perfecto, al menos como perfectible en la misma línea y género de todo—, o si el Santo Tomás toma parte estricta y propiamente, se entiende que la oración imperfecta es parte materialmente, no formalmente, a saber, en cuanto coincide con el término complexo.
A la segunda prueba se dice que la oración imperfecta es algo incomplexo y menor que el todo perfecto, no empero como parte, sino como todo imperfecto y en fieri respecto del todo perfecto; pues la oración imperfecta es como oración inchoada respecto de la perfecta.
A la tercera se dice que santo Tomás niega a la oración imperfecta la composición y la división que sea como afirmación y negación que quite la suspensión del ánimo, y así le falta algo de la composición y de la división perfecta y que genere sentido perfecto. No le falta, empero, la razón de la segunda operación, que es la composición y la división imperfecta. Más aún, de esto, que genera sentido suspenso e imperfecto, se convence que diferencia del término complexo, porque el término, ya sea complexo, ya incomplexo, no genera sentido alguno incluso suspenso, sino pura aprehensión, ya de una sola cosa, si es término incomplexo, ya de varias cosas y conceptos. De aquellos, con todo, no genera sino aprehensión simple, y así permanece intra de la razón de término y de parte. Mas la oración imperfecta genera algún sentido ultra de la razón de aprehensión, aunque inchoado e imperfecto, porque empieza a pasar ultra de la aprehensión a la composición del todo, y en ello suspende y no consuma el sentido. Ergo es signo de que pertenece a la segunda operación, pero de modo imperfecto e inchoado, y así no tiene razón de parte, sino de todo.
Segundo objetarás: No es de la esencia de la oración que sus partes sean significativas o que no sean significativas como dicción; ergo incongruentemente se pone esto en la definición de la oración.
Se prueba el antecedente en las oraciones que constan de voz no significativa, como «A no es B», «blitiri no es nombre». Y el mismo argumento es si «A» se impusiera a significar toda esta cláusula «el hombre es blanco»; entonces, en efecto, sería oración, y con todo no tendría partes significativas. Cuanto a la segunda parte se prueba porque esta oración «si Pedro corre, se mueve» no tiene por partes dicciones, sino oraciones, a saber «Pedro corre», «Pedro se mueve»; ergo no es preciso que las partes de la oración signifiquen como dicción.
Puede confirmarse el argumento en la opinión probable de que la proposición mental es cualidad simple; entonces, en efecto, no tiene partes significativas. Ergo aquella definición no es cierta y común a toda opinión.
SE RESPONDE negando el antecedente. Y a la primera prueba dijimos arriba q. 1. art. 2., tratando del término, cómo sea voz significativa. En lo presente añadimos que el Filósofo no dijo en la definición de la oración que todas las partes deban significar separadas, sino aquella cuya alguna parte significa por separado. Y así es que la proposición o la oración que consta de voces no significativas tiene al menos alguna parte significativa, p. ej. el verbo „es”; pues sin verbo no pueden hacerse oraciones incluso en términos no significativos. Véanse las que allí dijimos.
A la segunda prueba se responde a partir de D. Tomás 1. Periherm. lect. 6.12 que, cuando se dice que la oración tiene partes significativas, deben significar como dicción; eso, en efecto, al menos debe hallarse en cualquier oración. Que si tuviere también partes como afirmación, será mejor. O segundo se dice que la oración compuesta tiene partes como dicción mediatamente; pues en aquellas se resuelve por último.
A la confirmación se responde abajo, tratando de la proposición,13 que la proposición mental, aunque no tenga partes entitativamente, las tiene con todo objetivamente, porque significa algo complexo, y también las tiene presupositivamente, porque se forma de varios conceptos aprehensivos como de presupuestos, aunque no las tenga formalmente entitativamente, en cuanto es cierta cualidad.
Último se arguye: La oración es formalmente ente de razón, porque es segunda intención lógica; ergo no se define bien por la voz, que es algo real.
SE RESPONDE que esto es común a todo instrumento lógico, que Aristóteles define perpetuamente por la voz significativa. Y digo brevemente que no es inconveniente que la segunda intención se funde en alguna primera real y que tenga a aquella como sujeto de denominación. Y así no es inconveniente que se defina la intención lógica por algo real como por sujeto extrínseco y fundamento. Y no asentimos a algunos que dicen que en absoluto no puede decirse que la oración o el término sea ente real, sino que sea ente de razón, porque de formal es ente de razón. Lo cual, si fuera verdadero, no podría decirse en absoluto que es voz o concepto, porque la voz y el concepto son ente real, y sobre todo porque en los artificiales la materia puede predicarse del todo, porque contiene toda su sustancia, y la forma artificial solo añade accidente. De donde dice santo Tomás in 1. Periherm. lect. 4.14 «que esta debe concederse: „la escudilla es madera figurada”, y del mismo modo „el nombre es voz significativa”, aunque también denominativamente se conceda que la escudilla es de madera y el nombre es vocal». Y cuando el Filósofo niega en 7. Metaph. texto 25.15 que la estatua sea oro o piedra, habla de la piedra como no figurada ni sujeta a la forma del arte, sino tomada precisamente por la sustancia natural, como allí puede verse en la explicación de D. Tomás.16 De donde, porque el accidente o la forma en concreto supone por el sujeto, cuando el sujeto es algo real y la forma ente de razón, no puede decirse en absoluto que es ente de razón, sino con añadido, a saber „de formal”; en absoluto, empero, puede decirse ente real en razón de aquello por lo que supone en concreto.