Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
First published 1930
Prima pars artis Logicae (formal logic) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars prima.
Praefatio I: Praefatio
Praeludium I: QUO PROPONITUR DIALECTICAE DISPUTATIONIS EXERCITIUM ET PRAXIS
Praeludium II: ARTIS LOGICAE DIVISIO, ORDO, NECESSITAS
Liber I: DE HIS, QUAE SPECTANT AD PRIMAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DEFINITIO TERMINI
Caput II: DEFINITIO ET DIVISIO SIGNI
Caput III: DE QUIBUSDAM DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput IV: DE ALIIS DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput V: DE NOMINE
Caput VI: DE VERBO
Liber II: DE HIS, QUAE PERTINENT AD SECUNDAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DE ORATIONE IN COMMUNI ET EIUS DIVISIONE
Caput II: DE MODO SCIENDI
Caput III: DE DEFINITIONE
Caput IV: DE DIVISIONE
Caput V: DE ARGUMENTATIONE
Caput VI: DE PROPOSITIONE SIVE ENUNTIATIONE
Caput VII: DE DIVISIONIBUS PROPOSITIONIS
Caput VIII: DE MATERIA PROPOSITIONUM
Caput IX: DE PROPRIETATIBUS PROPOSITIONIS ET QUO ORDINE TRACTANDÆ SUNT
Caput X: DE SUPPOSITIONE
Caput XI: DE DIVISIONIBUS SUPPOSITIONIS
Caput XII: REGULAE SUPPOSITIONIS
Caput XIII: DE RELATIVIS
Caput XIV: DE AMPLIATIONE, RESTRICTIONE, ALIENATIONE
Caput XV: DE APPELLATIONE
Caput XVI: DE OPPOSITIONE
Caput XVII: DE CONDITIONIBUS REQUISITIS AD SPECIES OPPOSITARUM PROPOSITIONUM ET REGULIS COGNOSCENDI IPSAS OPPOSITIONES SPECIALES
Caput XVIII: DE AEQUIPOLLENTIA PROPOSITIONUM
Caput XIX: DE CONVERSIONE PROPOSITIONUM
Caput XX: DE MODALIBUS
Caput XXI: DE QUANTITATE, QUALITATE, OPPOSITIONE ET AEQUIPOLLENTIA MODALIUM
Rotuli I: ROTULI COMPOSITARUM MODALIUM
Rotuli II: ROTULI DIVISARUM CONSTANTIUM DICTO DE TERMINO COMMUNI
Caput XXII: DE REDUCTIONE MODALIUM AD SUAS DE INESSE
Caput XXIII: DE HYPOTHETICIS PROPOSITIONIBUS
Caput XXIV: DE EXPONIBILIBUS
Liber III: DE TERTIA OPERATIONE INTELLECTUS
Caput I: DE CONSEQUENTIA ET DIVISIONE EIUS
Caput II: DE INDUCTIONE
Caput III: DE ORDINE ET MODO RESOLVENDI TERMINOS PER ASCENSUM ET DESCENSUM
Caput IV: DE SYLLOGISMO EIUSQUE MATERIA ET FORMA
Caput V: DE DIVISIONE SYLLOGISMI PENES MATERIAM ET FORMAM
Caput VI: EXPLICANTUR OMNES TRES FIGURAE ET MODI SYLLOGISMORUM
Caput VII: DE REDUCTIONE SYLLOGISMORUM IMPERFECTORUM AD PERFECTOS
Caput VIII: DE SYLLOGISMO EXPOSITORIO
Caput IX: DE MODO INVENIENDI MEDIUM
Caput X: DE PRINCIPIIS, QUIBUS INNITITUR TOTA ARS SYLLOGIZANDI
Caput XI: QUIBUS PRINCIPIIS UNIVERSALITER INNITITUR BONITAS CONSEQUENTIAE
Caput XII: DE PRINCIPIIS DEFECTUUM MALAE CONSEQUENTIAE
Caput XIII: DE DEFECTIBUS IN PARTICULARI
Circa I: CIRCA SYLLOGISMUM.
Defectus I: DEFECTUS COMMUNES.
Caput XIV: DE FALLACIIS
Liber IV: SEQUUNTUR QUAESTIONES DISPUTANDAE AD ILLUSTRANDUM DIFFICULTATES ALIQUAS HUIUS TEXTUS
Quaestio I: DE TERMINO
Articulus I: UTRUM RECTO ORDINE DOCTRINAE INCIPIAT DIALECTICA A TERMINO
Articulus II: UTRUM SIT BONA DEFINITIO TERMINI ENUNTIATIVI, ET IN QUO EIUS FORMALITAS CONSISTAT
Articulus III: UTRUM DEFINITIO TERMINI SYLLOGISTICI BONA SIT, ET QUAE EIUS FORMALITAS
Articulus IV: QUOD SIT DEFINITUM TERMINI, ET PRO QUO SUPPONAT
Articulus V: UTRUM VOCES SIGNIFICENT PER PRIUS CONCEPTUS AN RES
Articulus VI: UTRUM TERMINUS HABEAT ALIQUAM DIVISIONEM ESSENTIALEM
Quaestio II: DE NOMINE
Articulus I: QUOMODO INTELLIGENDA SIT ILLA PARTICULA: „CUIUS NULLA PARS SIGNIFICAT SEPARATA”
Articulus II: UTRUM NOMEN INFINITUM RECTE EXCLUDATUR A RATIONE NOMINIS
Articulus III: UTRUM CASUS OBLIQUI RECTE EXCLUDANTUR A RATIONE NOMINIS
Quaestio III: DE VERBO
Articulus I: QUID SIT SIGNIFICARE CUM TEMPORE ET ABSOLVI A TEMPORE
Articulus II: UTRUM VERBUM POSSIT INFINITARI INTRA PROPOSITIONEM
Quaestio IV: DE ORATIONE ET MODO SCIENDI
Articulus I: UTRUM SIT BONA DEFINITIO ORATIONIS ET QUID SIT EIUS DEFINITUM
Articulus II: UTRUM DEFINITIO DEFINITIONIS RECTE SIT TRADITA
Articulus III: UTRUM DEFINITIO DIVISIONIS ET EA, QUAE AD DIVISIONEM PERTINENT, RECTE TRADANTUR
Quaestio V: DE ENUNTIATIONE
Articulus I: IN QUO CONSISTAT RATIO ENUNTIATIONIS, UT ABSTRAHIT A CATEGORICA ET HYPOTHETICA
Articulus II: UTRUM ENUNTIATIO CATEGORICA SIT ALIQUA SIMPLEX QUALITAS ET CONCEPTUS IN MENTE, VEL COMPOSITA FORMALITER
Articulus III: UTRUM DIVISIO IN HYPOTHETICAM ET CATEGORICAM SIT ESSENTIALIS ET UNIVOCA
Articulus IV: UTRUM DIVISIONES IN AFFIRMATIVAM ET NEGATIVAM, IN UNIVERSALEM ET PARTICULAREM, SINT BONAE ET ESSENTIALES
Quaestio VI: DE SUPPOSITIONE ET ALIIS PROPRIETATIBUS PARTIUM ENUNTIATIONIS
Articulus I: UTRUM DEFINITIO SUPPOSITIONIS SIT BONA
Articulus II: UTRUM SUPPOSITIO IMPROPRIA REPERIATUR IN CONCEPTU MENTIS ULTIMATO
Articulus III: QUAE SINT NOTANDA CIRCA ALIAS SPECIES SUPPOSITIONIS ET PROPRIETATES LOGICALES
Articulus IV: UTRUM REGULAE APPELLATIONIS TRADITAE IN TEXTU VERAE SINT
Quaestio VII: DE OPPOSITIONE ET CONVERSIONE PROPOSITIONUM
Articulus I: UTRUM OPPOSITIO CONTRADICTORIA SIT MAXIMA INTER OMNES OPPOSITIONES
Articulus II: UTRUM DARI POSSINT ALIQUAE CONTRADICTORIAE, QUAE SIMUL SINT VERAE AUT FALSAE
Articulus III: UTRUM REGULAE CONVERSIONIS SINT RECTE ASSIGNATAE
Quaestio VIII: DE CONSEQUENTIA ET SYLLOGISMO
Articulus I: UTRUM RECTE ASSIGNETUR DIFFERENTIA INTER CONSEQUENTIAM BONAM ET MALAM
Articulus II: UTRUM INDUCTIO SIT CONSEQUENTIA FORMALIS
Articulus III: UTRUM CONCLUSIO SIT DE ESSENTIA SYLLOGISMI, AN SOLUM PRAEMISSAE
Articulus IV: UTRUM SYLLOGISMUS RECTE DIVIDATUR IN PERFECTUM ET IMPERFECTUM
Appendix I: AD SECUNDAM PARTEM SUMMULARUM
Quaestio I: DE TERMINO
Articulus I: UTRUM RECTO ORDINE DOCTRINAE INCIPIAT DIALECTICA A TERMINO
SUPONE el título que en toda doctrina se da orden, esto es, que en toda ciencia que trata sus materias científicamente no debe empezar ni por caso ni a capricho por esta o por aquella; así, en efecto, pariría confusión, no claridad, que máximamente pende del orden de tratar. El orden, empero, del arte o de la ciencia es como el orden de la naturaleza; empiezan, en efecto, por lo más imperfecto y más fácil y se consuman o terminan en lo más perfecto. Y por eso por lo más común, esto es, lo que a más pertenece, y por lo más simple y más conocido cuanto a nosotros empieza la doctrina como también la naturaleza. Las que, empero, son más conocidas no cuanto a nosotros, sino según sí por la gran perfección y se dicen más conocidas de la naturaleza, esto es, de naturaleza más noble y más cognoscible, como Dios y las cosas espirituales, aunque no de más fácil, de estas no empieza el conocimiento en la ejecución. De lo cual véase en Phys. q. 1.
DIGO, PUES, PRIMERO: A la Lógica por sí pertenece dirigir las tres operaciones del intelecto, que son la simple aprehensión, la composición y el discurso.
De la segunda y de la tercera operación nadie duda, de la primera algunos. Pero se deduce con claridad de Aristóteles y de D. Tomás, que 1. Poster. lect. 1.1 así dice: «Una acción del intelecto es la inteligencia de los indivisibles o incomplexos, según que concibe qué es la cosa, y a esta operación se ordena la doctrina que entrega Aristóteles en el libro de los Predicamentos». Ni menos abiertamente lo afirma el Santo Doctor in 1. Periherm. lect. 1.,2 donde distribuye el orden de los libros de Aristóteles en la Lógica según estas tres operaciones del intelecto.
Dirás que santo Tomás… etc. Véase arriba p. 86 a 3.
DIGO ÚLTIMO: Intra de la misma…dice habitud.
Esta conclusión pende de lo que ha de decirse en el art. sig. Entretanto se colige abiertamente de D. Tomás 1. Periherm. lect. 1.,3 donde dice que de tres modos pueden considerarse los términos o las dicciones simples: o según que en absoluto significan intelectos simples, y así pertenecen al libro de los Predicamentos; o «según la razón, en cuanto son partes de la enunciación, y así se determina de ellas en este libro, y por eso se entregan bajo la razón de nombre y de verbo, de cuya razón es que signifiquen algo con tiempo o sin tiempo, y otras cosas de este género que pertenecen a la razón de las dicciones según que constituyen la enunciación»; o por último según que de ellas se constituye el orden silogístico, y así pertenecen a los libros de los Primeros. Ergo según santo Tomás el término o la dicción simple pertenece a la primera operación en cuanto es parte de la enunciación y en cuanto se ordena a componerla. Ergo si de la dirección de la primera operación empezamos rectamente (como se ha probado), del término en común debemos empezar, en cuanto dice razón de parte compositiva.
Se prueba la razón: En las Súmulas tratamos de lo que toca a la forma lógica o resolución priorística; en la Lógica, empero, de lo que pertenece a la materia y a la resolución posteriorística, porque anterior es en cualquier arte la forma que la materia. Y por eso Aristóteles llamó libros Prioreos aquellos en los que trató de la forma del silogismo, de los Posteriores donde de la materia. Ergo debemos tratar en lo presente del término o de la dicción simple en cuanto pertenece a la parte priorística y en cuanto mira a la fábrica y construcción de la enunciación y del silogismo; ergo del término bajo el respecto a aquellas cosas que construye o en las que se resuelve lo construido; ergo del término primero en cuanto mira a la enunciación que al silogismo, porque la enunciación precede al silogismo, pues es parte de aquel. Aunque, en efecto, la consideración absoluta de alguna cosa suele preceder a la respectiva, en orden, con todo, a algún tratado o fin especial puede la consideración respectiva preceder a la absoluta. Ergo convenientemente empezamos por el término según el oficio o respecto de confeccionar la enunciación, para tratar enseguida de aquel bajo el respecto de extremo silogístico.
SE RESUELVEN LAS OBJECIONES
Contra la primera conclusión opondrás: La simple aprehensión no es capaz de artificio lógico ni de modo de saber; ergo la Lógica ningún derecho ni dirección tiene en ella.
Se prueba el antecedente: La simple aprehensión por eso se llama simple, porque nada tiene de artificio y tan naturalmente se lleva al objeto propuesto a sí como el sentido externo. Pues como la vista, p. ej., propuesto a sí el color lo ve sin artificio ni dirección alguna, ni puede errar en el verlo, así la primera operación, propuesto a sí el hombre p. ej. o cualquier otro objeto simple, lo concibe sin indigencia de arte y sin peligro de error. Ergo de ningún modo pertenece al dialéctico dirigirla.
SE RESPONDE: Se distingue el antecedente: No es capaz de artificio lógico a modo de composición y de división, se concede el antecedente; a modo de distinción y de coordinación, se niega el antecedente.
Hay, en efecto, doble artificio, doble modo de saber y doble error: o compositivo o divisivo, que consiste en atribuir uno a otro o en dividir uno de otro; de este no es capaz la primera operación, pues es simple aprehensión que excluye toda composición. O es artificio o modo de saber distintivo y coordinativo, como distinguimos entre grados superiores e inferiores, entre la intención de género y de especie, entre lo común y lo particular, lo concreto y lo abstracto; y de este artificio necesita la primera operación. Pues como en ella suelen aprehenderse muchas cosas involutamente y con confusión, desenvolverlas, coordinarlas y distinguirlas según diversas intenciones es artificio requerido para el modo de saber, a saber para la definición y la división, que suelen hacerse según la intención de género y de diferencia, etc. Enmendar, empero, los errores de la simple aprehensión por parte de la naturaleza o de la cosa aprehendida pertenecerá al metafísico; por parte, empero, de la forma y de la segunda intención, p. ej. por parte del género y de la diferencia, por parte de lo concreto y de lo abstracto y semejante, pertenecerá al lógico.
Segundo se arguye contra la segunda y la tercera conclusión: El término como por nosotros se entrega no es más simple o más imperfecto ni más conocido cuanto a nosotros; ergo de aquel no ha de empezarse.
Se prueba la menor cuanto a la primera parte: El término es aún resoluble en otras cosas más simples y más imperfectas de las que consta, a saber en la significación y la voz y las sílabas; ergo primero habría de tratarse del signo, de las sílabas y de la voz que del término. Cuanto a la segunda parte se prueba: La oración y la proposición es más conocida que el término; ergo el término no es más conocido cuanto a nosotros. Se prueba el antecedente: La proposición es el todo respecto del término, que es parte de aquella; ergo la proposición es más conocida que el término al menos con noticia confusa, porque esta noticia el todo es más conocido que la parte, como se dice in 1. Phys.4 Asimismo: El término se define por la proposición, es, en efecto, el término parte de la proposición; ergo también con noticia distinta la proposición es más conocida que el término. El consecuente consta, porque lo definiens notifica y manifiesta lo definido, ergo debe ser más manifiesto y más conocido que aquel. Si, en efecto, primero no conocemos la proposición, ¿cómo por aquella definimos el término? Lo cual confirma Aristóteles in 1. Prior. cap. 1.,5 definiendo primero la proposición, después el término. Ergo de la proposición debe empezarse primero que del término.
SE RESPONDE: Se niega el antecedente. A la prueba de la primera parte se distingue el antecedente: El término es resoluble en otras de las que tratar pertenece al lógico, se niega el antecedente; que presupone tratadas por otras artes o ciencias, se concede el antecedente. Ergo no es más simple con simplicidad absoluta, se concede; con simplicidad lógica o perteneciente a la Lógica, se niega.
Pues la voz, la significación y las sílabas, que son elementos compositivos del término, no tocan al dialéctico. De la voz, en efecto, trata el físico, de las sílabas el gramático, de los signos ad placitum cuanto a la institución la República, cuanto a la comunicación de los hombres la Política. Si algo, empero, trata el lógico del signo, o lo toma prestado de otras ciencias o trata de aquel en cuanto es fundamento de la segunda intención, del término, de la oración, etc. Así, la resolución lógica propiamente se detiene en el término como constructivo de la proposición y del silogismo; la ulterior, empero, resolución del término, a saber en la voz y la significación y semejantes, no es de la perscrutación lógica. Como el estatuario se detiene en la madera de la que hace la estatua, aunque la madera y el bronce se resuelvan en materia y forma, no por el arte, sino por la naturaleza.
A la prueba de la segunda parte se distingue el antecedente: La proposición es más conocida que el término con noticia confusa, se concede el antecedente; con noticia distinta y científica, se niega el antecedente; ergo ha de empezarse por la proposición y no por el término, se niega el consecuente, porque no empezamos con orden científico y noticia distinta, que presupone el conocimiento confuso del todo.
De lo cual consta la respuesta a la segunda prueba. Pues para definir la parte por la habitud al todo como a término extrínseco o el término por la habitud a la proposición basta conocer el todo mismo o la proposición confusamente, no empero científicamente y distintamente.
Y cuando se urge que lo definiens debe ser más conocido que lo definido, se distingue del mismo modo: más conocido con noticia simple y confusa, se concede; distinta y científica, se niega. Pues cuando el color se define por el orden a la vista, no es preciso conocer primero definidamente y científicamente la vista, sino que basta que se conozca confusamente. Cuya doctrina principalmente es verdadera en las cosas que se definen por el orden a algo extrínseco, que se llaman in 7. Metaph. definiciones por aditamento.6 El orden, en efecto, a aquello es intrínseco a la cosa que se define, no aquello extrínseco a lo que hay tal orden; y así no se requiere perfecto y distinto conocimiento de tal extrínseco. Con una sola palabra, pues, digo que cuando algo se define basta que sus definiens sean más conocidos cuanto al an est, no cuanto al quid est.
A la confirmación de Aristóteles se responde retorciéndola contra el argumento. Si, en efecto, el Filósofo, habiendo de tratar del silogismo, tocó primero su materia próxima y remota, que son las proposiciones y los términos, en los que como en último se resuelve el silogismo; ergo cuando procedemos por vía de composición y con orden científico y distinto, del término debemos empezar, aunque se presuponga la noticia del silogismo y de la proposición cuanto al an est o confusa.
Último se arguye: Toda ciencia empieza por los universales, ergo la Lógica no por el término, sino por aquello en lo que convienen el término y la proposición en el género lógico, a saber por la intención segunda en común debería empezar. Y esto también conviene al modo con que empieza el Filósofo en los Físicos; empieza, en efecto, por el ente móvil en común, después explica las singulares partes en los libros del Cielo, de la Generación y del Alma, etc. Ergo del mismo modo la Lógica debería empezar por el ente lógico, esto es, por la segunda intención, después descender a sus partes.
Se confirma, porque el modo mismo de saber según sí es más fácil de conocer que el término, porque el modo mismo de saber facilita y prepara el camino al saber, pues es instrumento de saber. Ergo primero debía tratarse del modo de saber como de lo más fácil o de lo que facilita la ciencia, después de los objetos escibles en particular, a saber el término, la oración, etc.
SE RESPONDE distinguiendo el antecedente: Toda ciencia empieza por los universales ya en el predicar, ya en el componer o en el causar, se concede el antecedente; por los universales solo en el predicar, se niega el antecedente. El término, empero, es algo universalísimo en el componer; compone, en efecto, todos los instrumentos lógicos, la oración, la proposición, el silogismo, incluso el modo mismo de saber, etc. No siempre, empero, es necesario empezar por lo más universal en el predicar, como cuando no tiene especial dificultad en cuanto se concibe en común, sino en cuanto se explica por sus partes, como el modo de saber en común no tiene otra dificultad que la que se explica por sus partes. Y a aquello del orden observado por el Filósofo en los Físicos decimos que lo mismo se observa en la Lógica, porque como el físico trata primero del ente móvil como de objeto en común y empieza científicamente por los principios y elementos con los que se constituye el ente móvil, a saber por la materia y la forma, así la Lógica trata del modo de saber o de la forma lógica, que es la segunda intención en común, como de objeto, pero con todo empieza científicamente por el primer elemento y más simple constitutivo de aquel, que es el término.
A la confirmación se responde que el modo de saber como científico y que ha de conocerse y definirse distintamente, como cosa que ha de conocerse ut quod, no es más fácil de conocer que el término; si quiera el término es parte de aquel, y del conocimiento de las partes empieza el conocimiento distinto y científico del compuesto. El modo, empero, de saber como condición o como instrumento de conocer en el ejercicio y ut quo es más fácil que el término y prepara el camino a aquel como también a todos los objetos que deben conocerse científicamente. Pero para esto no es necesario conocer primero el modo mismo de saber quiditativamente y científicamente, sino con cierta noticia imperfecta y confusa, como el todo respecto de las partes. En suma: La doctrina que empieza por el término científicamente empieza también a conocer científicamente el modo mismo de saber y la proposición y el silogismo, porque el conocimiento científico de estos empieza por el conocimiento distinto de las partes, y la primera parte de aquellos es el término.
Articulus II: UTRUM SIT BONA DEFINITIO TERMINI ENUNTIATIVI ET IN QUO EIUS FORMALITAS CONSISTAT
En las controversias… etc. Véase arriba p. 89 b 32.
DIGO PRIMERO: De la razón esencial del término lógico o artificial es que sea significativo con significación ad placitum, si es vocal o escrito, no si es concepto.
La conclusión es común de los dialécticos que siguen a Aristóteles, que define todos los instrumentos lógicos —silogismo, oración, nombre, verbo, etc.— por voces significativas. Sigue santo Tomás 1. Periherm. lect. 1.1 tratando de la definición del nombre y lect. 6. al final2 tratando de la definición de la oración; y excluye las voces que significan naturalmente, aunque lo opuesto sintiera Platón en el Cratilo,3 por cuanto la oración y sus partes no son cosas naturales, sino ciertos efectos artificiales, de donde deben significar artificialmente o ad placitum, como todos los artificiales se causan de la voluntad y de la razón humanas; las voces, empero, ajenas a significación solo representan naturalmente, no ad placitum, de donde por sí no pertenecen a construir la oración.
De lo cual se toma la RAZÓN para la conclusión: porque la voz no significativa, como „blitiri”, nada puede representar a la mente que necesite dirección del arte y confiera al raciocinar; ergo por sí no pertenece al instrumento lógico.
Consta el consecuente, porque todo instrumento lógico debe servir a alguna dirección y artificio de la razón, si quiera la razón formal de la Lógica, como se ha dicho, es mirar la dirección de la razón para que sin error proceda el intelecto. Si empero por accidente puede la voz no significativa asumirse por la Lógica para componer la oración, diremos en los argumentos.
Que, empero, el término deba significar ad placitum y no naturalmente se prueba primero porque en lo presente se define el término en común, en cuanto comprende toda parte de la oración, también la cópula o el verbo; esto, en efecto, inteligimos con el nombre de término. Pero ninguna voz representa naturalmente la cópula de las otras (si lo niegas, asígnala); ergo al menos por parte de la cópula necesita el término significación ad placitum. Y además: La cópula significa ad placitum; ergo no puede por sí unir extremos que representan naturalmente. ¿Cómo, en efecto, el verbo «es» unirá dos vistas o dos gemidos? Ergo para que se dé artificio lógico se requiere necesariamente significación ad placitum, tanto en el verbo como en los extremos unidos por el verbo, y consiguientemente en el término, que es algo común a todos aquellos. Si, en efecto, la escritura no significativa, p. ej. una línea trazada con la pluma, no compone lógicamente, ergo tampoco la voz no significativa compondrá.
DIGO SEGUNDO: La última formalidad del término enunciativo es que sea parte de la enunciación, de la que se confecciona la proposición simple, no solo como predicado y sujeto, sino según una razón más común que comprende el verbo y las demás partes, como pronombres, adverbios, preposiciones y semejantes.
Esta conclusión es común entre los tomistas, Pedro Hispano, Soto, Báñez y otros. Se prueba primero con la autoridad de Aristóteles y de D. Tomás 1. Periherm. cap. de la Enunciación,4 donde el Filósofo, enseñando cómo el nombre y el verbo se excluyen de la oración, dice: «El nombre, pues, y el verbo sea sola dicción, porque no es decir que el que así significa algo con la voz enuncié». Cuyas palabras exponiendo santo Tomás allí lect. 8. § Excluye de la unidad5 dice: «El nombre, pues, y el verbo sea sola dicción, de tal modo dicción que no enunciación, y parece por el modo de hablar que él mismo impuso este nombre dicción para significar las partes de la enunciación». Ergo al nombre y al verbo impuso el Filósofo un nombre común, a saber que sean „dicción” sola; y este nombre impuso, dice santo Tomás, «para significar las partes de la enunciación». Ergo la dicción o el término según Aristóteles y D. Tomás significa la razón de parte de la enunciación, en la que convienen el nombre y el verbo, y común a aquellos, y según la cual pertenecen al presente instituto, como expresamente aserta el Santo Doctor 1. Periherm. lect. 1.6 diciendo que se consideran «las dicciones simples en cuanto son partes de la enunciación, y así se determina de ellas en este libro etc.». Ergo óptimamente se define el término o la dicción por esto: que sea parte de la enunciación, o «aquello de lo que se confecciona la proposición simple», porque si el lógico considera el término en cuanto es parte, debe definirlo en común por esto: que sea parte. Y esa es la formalidad constitutiva de aquel, porque, secluida cualquier otra formalidad, se entiende que permanece el término o la dicción si permanece concebido en la razón de parte de la enunciación.
Y si inquieres si esta consideración de parte incluye todas las partes de la enunciación o solo las principales, se responde que el término o la dicción puede tomarse de dos modos: o con acepción general, amplia y común, o restringida o más determinada. Del primer modo el término comprende todo género de partes en aquel modo en que son partes, también adverbios, pronombres y otros sincategoremas, que más son coligaciones de las partes de la oración que partes de la oración, como los clavos y otras cosas de este género no son partes de la nave, sino conjunciones de las partes de la nave; en absoluto, empero, o comúnmente se llaman partes de la nave, cualesquiera que la compongan, de cualquier modo que compongan. Si empero el término se toma del segundo modo y con significación estricta, solo comprende las partes principales de la oración, que son el nombre y el verbo, a las que se reducen las demás. Bajo los nombres, en efecto, se comprenden los pronombres, bajo el verbo el participio. Advierte, con todo, que, aunque el verbo cópule los extremos de la proposición como unión y ligamento, los sincategoremas, empero, se dicen coligaciones de las partes, de otro y de otro modo. Pues el verbo coliga significando algo a modo de acción y de movimiento y puede tener razón de predicado en la proposición, como cuando digo: «Pedro corre», «Pedro es». Los sincategoremas, empero, son coligaciones significando de algún modo y no algo, de donde no pueden tener razón de predicado y de sujeto hablando por sí, como el verbo y el nombre, que se llaman partes principales de la oración. Y por eso solo aquellas trató Aristóteles, como dice santo Tomás en el lugar citado, cuya es toda esta doctrina, porque pretendía determinar de la oración simple, que de necesidad exige nombre y verbo.
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS
Primero se arguye contra la primera conclusión: Blitiri es término y no es voz significativa; ergo mal se define el término por esto.
Se prueba el antecedente: Le compete la última y esencial diferencia del término, a saber ser parte de la proposición simple; es, en efecto, parte de esta: «Blitiri no es scindapsus», «Blitiri es trisílabo». Supone también en la proposición con suposición material. Ergo es término.
SE RESPONDE: Se niega el antecedente. A la prueba se distingue el antecedente: es parte o compone la proposición materialmente, se concede el antecedente; formal y significativamente, se niega el antecedente.
Pues el término y los restantes instrumentos lógicos pueden aceptarse de dos modos: o objetivamente por las cosas mismas significadas, y esto es materialmente, o formalmente por los signos mismos de los que usamos, por cuanto no podemos llevar las cosas a las escuelas, y esto es significativamente. Cuando, pues, la proposición o la oración se hace de voces no significativas, aquella voz está materialmente por sí, como en la suposición material: como cuando digo: «Hombre es nombre», «hombre es voz». Entonces, en efecto, aquellas voces están por sí, porque se representan a sí mismas al sentido; de donde no necesitan significación, sino representación de sí (entonces, en efecto, hemos llevado la cosa a las escuelas), que suple las veces de la significación; la significación, en efecto, no es de sí, sino de otro, pues es signo lo que representa algo otro de sí, no a sí. Por lo cual, hablando por sí, para la composición artificiosa de la Lógica se requiere significación; por accidente, empero, puede usar de la representación cuando no forma la oración de las cosas significadas, sino de las voces mismas, como en el argumento, y entonces las voces componen materialmente, no formalmente.
EN CONTRA: La oración compuesta de blitiri es formalmente oración; ergo blitiri formalmente la compone.
Consta el consecuente, porque el todo que es formalmente todo pide partes que sean formalmente partes. Se prueba el antecedente: Formalmente es oración aquella que genera sentido de oración en la mente del oyente; tal es esta: «Blitiri no es scindapsus». Ergo. Más aún, Aristóteles formó sus demostraciones de solo las letras A, B, C, que nada significan como dicción o término. Y para la oración no postulò todas las partes significativas, sino alguna, diciendo que la oración es aquella «de cuyas partes algo significa separadamente». Ergo las voces no significativas componen formalmente la oración y el silogismo, y estas no exigen todas las partes significativas.
SE RESPONDE a la primera prueba: Primero, consiguientemente a lo dicho, que la formalidad de la oración, como es todo, consiste en la composición; y así, para que sea oración formal, basta que formalmente se dé la composición, aunque no hecha por la significación de los extremos, sino suplida por la representación. Se da, empero, por el verbo «es», en razón del cual la composición misma de la oración se significa formalmente; y así es oración formalmente con formalidad de composición, que se toma del verbo, no con formalidad de los extremos, porque estos solo material y representativamente componen. Si empero todas las partes fueran voces no significativas, ni formalmente sería oración ni sería oración.
Se responde segundo que las voces no significativas no componen por sí mismas la oración formal y artificiosamente, sino en razón de la voz significativa allí sobrentendida; como cuando digo: «Blitiri no es scindapsus», se sobrentiende: «La voz „blitiri” no es la voz „scindapsus”»; donde «voz» es el término que formalmente compone, blitiri, empero, está solo objetiva y materialmente. Y esta simpliciter es la solución verdadera y cierta.
De lo cual consta la respuesta a las restantes pruebas. A la primera de las letras A, B, C se dice o que se tienen allí materialmente, o que allí se sobrentiende la voz A, la voz B, o que A y B significan aquellos primeros elementos y primeras letras naturalmente, como consta en la preposición „a” o „ab”. A la definición de la oración responde santo Tomás 1. Periherm. lect. 6.7 que el Filósofo no pretende que las voces no significativas compongan formalmente con el verbo la oración, sino que alguna al menos parte de la oración debe significar algo, esto es, como categorema, aunque las restantes solo signifiquen de algún modo como sincategoremas.
Segundo se arguye contra la segunda conclusión: Diversa es la formalidad de parte y de extremo. Pero el término es extremo de la proposición, como se dice de Aristóteles 1. Prior. cap. 1. diciendo que el término es «aquello en lo que se resuelve la proposición».8 Ergo mal se dice que la última formalidad del término consiste en la razón de parte.
Se prueba la mayor: La razón de parte es más universal que la razón de extremo; la parte, en efecto, se salva en que componga el todo, el extremo, empero, en que contenga y cierre el todo, de modo que extra de aquel no esté y se tenga como parte principal. Ergo verdadera la mayor.
SE RESPONDE explicando la menor: que a saber Aristóteles allí habló del término silogístico, no del enunciativo, del que nosotros hablamos en lo presente. Aquel, en efecto, consiste en la razón de extremo; este, empero, en la razón de parte y comprende todas las partes de la oración, también las menos principales. Cuya razón es que el término enunciativo solo se ordena a construir la verdad en la enunciación; el silogismo, empero, o el término silogístico, a inferirla. La verdad, empero, se compone no solo de los extremos, sino también del verbo que cópula, de los adverbios o de las negaciones, de los que a menudo pende la verdad de la proposición. Como, pues, tratamos en lo presente del término en orden a componer la enunciación, de ahí es que lo tomamos generalmente, en cuanto comprende toda parte de la enunciación. Mas la ilación silogística, porque no se considera como verdadera, sino como inferente, solo requiere tres términos: dos que sean extremidades en la conclusión que ha de inferirse, un tercero que se tenga como medio que prueba e infiere y uniendo al inferir, lo cual solo puede competir al sujeto y al predicado. De donde solo los extremos de la proposición son términos silogísticos, y de estos habló el Filósofo con las palabras citadas, no empero nosotros, sino en acepción más lata.
Último se arguye: Ser parte de la proposición conviene a otros distintos del término; ergo no se define bien por la razón de parte.
Consta la consecuencia, porque la definición no puede convenir a otros distintos de lo definido. Se prueba el antecedente: Conviene a la proposición y a la oración, si quiera la proposición compone el silogismo y otra proposición hipotética, que esencialmente consta de categóricas.
Si dices que el término compone la proposición simple, la categórica, empero, que compone la hipotética compone una proposición compuesta, cual es la hipotética. En contra: También la proposición categórica compone otra simple. Se prueba: Esta proposición: «El hombre es animal y verdadero» es cierta proposición categórica simple y se compone de esta: «El hombre es animal», ergo también la categórica es parte que compone la proposición simple.
Si dices que la proposición compone otra no como parte por sí primero y esencialmente, como el término, sino accidentalmente en segundo lugar. En contra: El silogismo y la hipotética por sí se componen de proposiciones; ergo las proposiciones son por sí partes componentes y constitutivas de aquellos.
SE RESPONDE a todo lo dicho con esta distinción: La proposición puede componer otra proposición, ya simple, ya compuesta, se distingue: por sí, se niega; por accidente, se concede. Ergo ser parte, que es la razón del término, conviene a la proposición, se niega el consecuente, porque el término por sí es compositivo de la proposición simple, no por accidente.
Se explica: Algunas son por sí partes y por sí se ordenan a la composición del todo; otras, empero, por sí tienen razón de todo, y si a veces se ordenan a componer otro todo, no es por sí, sino por accidente. P. ej. los huesos y la carne del hombre por sí son partes de aquel y por sí se ordenan a componerlo; el hombre mismo, empero, porque por sí tiene razón de todo, si a veces se ordena a otro todo, como a componer un ejército, no tiene esto por sí, sino por accidente. Lo mismo es de la casa, que por sí es todo, y si compone la ciudad es por accidente. Del mismo modo en los artificiales lógicos los términos son por sí partes y por sí se ordenan a componer la proposición simple, porque no tienen otra esencia antes constituida (así, en efecto, se entiende: «De lo que se confecciona la proposición simple», que es la diferencia del término). La proposición, empero, porque es todo por sí, si a veces compone otra proposición, no por sí se ordena a ello, sino por accidente, porque no por esto se constituye en su esencia.
A la última réplica se responde que la hipotética y el silogismo tienen, según Aristóteles, cap. de la Enunciación,9 unidad de conjunción o de orden, no unidad simpliciter, como la categórica. Aquellos compuestos o todos que solo se componen por conjunción y orden pueden componerse de partes que por sí y primero no son partes, sino por accidente y materialmente, como el ejército, que de muchos hombres, y la ciudad, que de muchas casas se compone.
INQUIRIRÁS: El término, como arriba se ha dicho de D. Tomás, puede considerarse de tres modos: en cuanto pertenece a los predicamentos, en cuanto es parte de la proposición y en cuanto es parte del silogismo. ¿Por qué, pues, no se define según la razón común a todas estas formalidades y consideraciones?
Se responde que el término, en cuanto pertenece a los predicamentos, se toma por las cosas mismas significadas, en cuanto se coordinan en el predicamento según grados superiores e inferiores; en cuanto pertenece a la proposición y al silogismo, se toma por el signo o la voz significativa, y así no puede definirse con una única definición, pues el signo y la cosa no son uno. O, dado que así pudiera definirse, no pertenece a lo presente, donde solo tratamos del término en cuanto precisamente pertenece a la forma lógica y a la resolución priorística.
INQUIRIRÁS POR ÚLTIMO: ¿Por qué más y solo se define el término por esto, que sea parte de la proposición, que del silogismo, si quiera también formalísimamente compone el silogismo; sin verbo, en efecto, al menos no se inferirá la conclusión ni se dará silogismo?
Se responde que el verbo compone y se requiere para el silogismo presupositivamente, en razón de la enunciación, no en razón de la ilación, porque no se requiere para conjugar las extremidades a modo de ilación y de prueba, sino a modo de enunciación. Y porque la enunciación se prerequiere para el silogismo, también el verbo, pero no formalmente, sino presupositivamente.
Articulus III: UTRUM VOCES SIGNIFICENT PER PRIUS CONCEPTUS AN RES
A p. 106 b 32.
SE RESPONDE: Se niega el antecedente. A la prueba se concede el antecedente, porque no todas las cosas se numeran allí adecuadamente. Y se distingue el consecuente: Ergo la voz no significa la cosa mediante el concepto como razón formal o como significado primario e inmediato, se concede el consecuente; la razón formal de significar en la voz es, en efecto, la imposición, y en el concepto la semejanza. Mediante el concepto como principal significante, cuyo substituto e instrumento como es la voz, se niega el consecuente. La voz, en efecto, significa el concepto porque se subroga en lugar de aquel, para suplir aquello a lo que no puede llegar el concepto, a saber para que tanto a sí como a otros manifieste exteriormente. Y así la voz se tiene como substituto que representa tanto a su principal, al que sirve (que es el verbo de la mente, del que, como dice santo Tomás q. 4. de Veritate art. 1. ad 7.1 participa el ser y la significación), como aquello a lo que se ordena, que es la cosa significada. Y así las voces significan el concepto como principal significativo, las cosas, empero, como significado directo. Las cuales, ciertamente, representan las voces como concebidas especificativa y ejercitativamente, o «ut» diciendo la condición, se representan, en efecto, las cosas concebidas; no empero «ut» tomado reduplicativamente por el estado en que están conocidas. Aunque también a veces las voces signifiquen las cosas en cuanto están bajo la intención y el estado que tienen en la mente. Y entonces la intención misma es como cosa representada, como en las intenciones lógicas especie, género, etc.
A la segunda prueba… etc., p. 107 a 28.
Acerca del segundo punto, a saber qué significan principalmente las voces, si las cosas o los conceptos, se responde que principalmente significan las cosas, a no ser que por ventura la cosa misma significada sea el concepto o su intención.
LA RAZÓN ES que el concepto mismo se ordena últimamente y principalmente a representar la cosa misma, de la que es semejanza intencional. Ergo la voz, que solo es instrumento del concepto mismo en el representar y que hace sensible el concepto mismo, a representar las mismas cosas se ordenará principalmente, porque a esto mismo sirve al concepto.
DIRÁS PRIMERO: El instrumento del principal mira más a su principal, por el que es movido, que al efecto que hace. Ergo de que la voz sea instrumento del concepto más se infiere que principalmente lo signifique y menos principalmente la cosa, a la que hace inteligible o cognoscible.
Se responde distinguiendo el antecedente: El instrumento considerado en la razón de obrar y de actuar, se concede; en la razón de representar, se niega; porque el instrumento representativo, cual es la voz, tiene por principio principal de su representación el concepto, que también es representativo de la cosa, para cuya representación que ha de manifestarse a otros se substituye la voz; y así el significado principal de uno y otro es la cosa misma. De donde dice santo Tomás q. 9. de Potentia art. 4.,2 que «formalmente se significa por el nombre aquello a lo que principalmente está impuesto, como el nombre hombre a significar el compuesto de cuerpo y alma racional».
EN CONTRA SEGUNDO: El Verbo divino más principalmente representa al Padre, que es el principio que expresa el Verbo, que a las criaturas, que son las cosas expresadas y representadas por él. Ergo también el verbo exterior o la voz más principalmente representará su principio que expresa, a saber el concepto, que la cosa significada y expresada.
Se responde primero: Pase el antecedente y se niega el consecuente, porque la voz no es expresión natural de su principio como el verbo o el concepto, sino impuesta y principalmente ordenada a significar aquello que el concepto representa naturalmente, a saber las cosas; y así no se arguye bien de uno a otro.
Segundo se responde que el concepto o el verbo principalmente representa su objeto principal y formal, porque es expresión de su principio formal, que es la especie impresa que representa el objeto del que formalmente es especie; esto, empero, en lo Divino es la Esencia y las Personas. Las criaturas, empero, son objeto secundario y material, y por eso no se representan principalmente por el Verbo Divino. De aquí, empero, no se sigue que el verbo exterior o la voz represente más principalmente el concepto, porque no es el objeto formal representado, sino el principal significativo de la cosa.
Articulus IV: UTRUM TERMINUS HABEAT ALIQUAM DIVISIONEM ESSENTIALEM
Quienes asertan que la esencia del término solo consiste en la razón de terminar la resolución silogística asignan dos divisiones al término: una por sí, por la que se divide en término priorístico y posteriorístico, por cuanto solo se da esta doble resolución; otra accidental, a saber del accidente en los sujetos, por la que el término se divide en extremo mayor y extremo menor.
Quienes, empero, constituyen la razón quiditativa y formal del término en la razón de parte lo dividen esencialmente según la diversa razón específica de parte que compone la oración o la proposición. Cuál sea, empero, esta división ha de inquirirse enseguida.
DIGO, PUES, PRIMERO: El término silogístico en cuanto tal no se divide con división esencial por la terminación de la resolución priorística o posteriorística.
EL FUNDAMENTO ES: Una esencia doble y opuesta no puede convenir a una y la misma cosa. Pero a uno y el mismo término simple conviene terminar la resolución priorística y la posteriorística. Ergo estas dos terminaciones no son diferencias esenciales que dividan esencialmente el término.
Se prueba la menor: El mismo término, p. ej. hombre, en cuanto funda conexión necesaria respecto de las pasiones propias o de los predicados esenciales, funda la resolución posteriorística demostrativa; respecto de los predicados contingentes funda la tópica. En cuanto, empero, mira a la universalidad o particularidad, la afirmación o la negación, funda la resolución priorística, que toda se funda en el „Dici de omni” y el „dici de nullo”, de donde se terminan los diversos modos y figuras de la forma silogística. Ergo todos estos respectos pueden convenir al mismo término y así no lo dividen esencialmente, sino que son diversos respectos y formalidades halladas en el mismo.
DIGO SEGUNDO: El término enunciativo se divide esencialmente en nombre y verbo, en categoremático y sincategoremático. Las restantes divisiones, empero, aunque dividan el término según diversa razón de signo por parte de la cosa significada, no dividen, con todo, la razón esencial misma del término en cuanto es parte de la proposición.
La PRIMERA PARTE de esta conclusión se prueba: El término enunciativo formal consiste en la razón de parte que compone y resuelve la proposición, como arriba se ha dicho; ergo aquello por sí y esencialmente divide el término que por sí y esencialmente divide la razón de parte. Y además: Pero en la razón de parte diferencian esencialmente el categoremático y el sincategoremático, y el nombre y el verbo; ergo la división del término en estos miembros es división esencial y por sí.
Se prueba la menor: Esencialmente diferencian en la razón de parte aquellos que diferencian en el modo de componer el todo; la esencia, en efecto, de la parte es ser compositiva del todo. Pero el categoremático y el sincategoremático, el nombre y el verbo diferencian esencialmente en el modo de componer la enunciación. Ergo diferencian esencialmente en la razón de parte y de término. Se prueba la menor: El categoremático por su esencia propia tiene ser parte principal que significa algo por sí; el sincategoremático tiene ser parte a modo de lo que modifica y significa de algún modo, de donde dijo santo Tomás 1. Periherm. lect. 1.,1 «que estos sincategoremas más son coligaciones de las partes que partes». Ergo es verdadera la menor cuanto a esta parte. Cuanto a la segunda consta, porque el nombre compone como extremo, el verbo como cópula y unión; pero componer como extremo y como cópula por su naturaleza es tener de diverso modo la razón de parte, ergo también de término. La distinción específica de las partes en la razón de parte se toma según las diversas habitudes y según el diverso modo de componer el todo al que se ordenan, como consta en el pie, el ojo, la oreja, que diferencian de especie en la razón de parte, sea lo que fuere de si también de especie diferencian en la razón de sustancia. Ergo el diverso modo de componer la enunciación que se halla en el nombre y en el verbo hace que esencialmente diferencien en la razón de parte y de término.
La SEGUNDA PARTE de la conclusión propuesta, que las restantes divisiones del término no son esenciales, sino accidentales, ni dividen el término en la razón de parte, sino en la razón de signo, consta discurriendo por ellas. Pues la división del término en mental, vocal y escrito es según diversos sujetos y según diverso modo de significar. El mental, en efecto, significa naturalmente, el vocal y el escrito ad placitum, lo cual se tiene materialmente respecto de la esencia misma del término, que consiste en la segunda intención y en la relación de parte. La división en unívoco y equívoco, común y singular, connotativo y absoluto, de primera intención o de segunda, es también accidental, porque todas estas divisiones se hacen por parte de la diversa cosa significada o del diverso modo de significar, no según la diversa ordenabilidad de un signo a otro o al todo compuesto en la razón de parte. Más aún, son más bien divisiones no del signo lógico, esto es, del signo en cuanto se ordena a la fábrica y composición del discurso y del juicio y en cuanto es fabricativo de las obras lógicas, sino del signo gramatical o político, esto es, del signo en cuanto significa diversas cosas. Ergo toda la diversidad se tiene por parte de lo significado o de la significación. Ergo estas divisiones no diversifican el signo lógico o el término esencialmente, porque todos estos términos por parte del diverso significado precisamente diferencian, lo cual se tiene materialmente respecto del diverso modo de componer la proposición o el silogismo. Como en el cuerpo humano la carne, los huesos y los nervios diferencian en la razón de parte porque de diverso modo componen; que, empero, esta parte, la nariz o la oreja, sea de esta figura o color no varía esencialmente la razón de parte. Así el todo lógico, que es la proposición, como partes principales suyas mira a los nombres o extremos de los que se confla y en los que como en huesos se apoya, al verbo como unión o nervio, a los sincategoremas como coligaciones y modos. Que, empero, signifiquen unívoca, equívoca, común o singularmente es material respecto de la razón de parte de la proposición.
DIGO ÚLTIMO: La división del término en predicado y sujeto, y en extremo mayor y menor, no es esencial, sino accidental.
SE PRUEBA: Ser predicado y sujeto, extremo mayor o menor puede convenir a uno y el mismo término; ergo no son diferencias o miembros que dividan esencialmente la razón de término.
El antecedente consta: Cualquier término (salvo los sincategoremas y el verbo en cuanto ejerce el oficio de cópula) que puede ser sujeto puede ser predicado; la esencia, en efecto, del término se halla extra de la proposición, y allí el término tiene el ser subicible y predicable. Que de hecho se asuma intra de la proposición en predicado y sujeto, extremo mayor o menor, es algo accidental y que toca al ejercicio actual del término como componente y que puede competir al mismo a arbitrio del intelecto. Ergo estos miembros no diversifican el término esencialmente.
Objetarás primero contra la segunda conclusión: El signo es género del término; ergo los términos que diferencian esencialmente en la razón de signo a fortiori diferencian esencialmente en la razón de término.
El antecedente consta de lo dicho arriba: la voz „significativa ad placitum” se constituye en la definición del término en lugar del género.
El consecuente se prueba: Los miembros que dividen esencialmente algún género no pueden solo accidentalmente dividir o diversificar la especie compuesta de tal género. Pero lo mental y lo vocal, lo común, lo singular, etc. dividen esencialmente el signo, que es género del término. Ergo no pueden solo accidentalmente dividir o diversificar el término. La menor y el consecuente constan. La mayor consta por el ejemplo: Si, en efecto, el animal, que es género del hombre, se dividiera o diversificara esencialmente por algunos miembros, sería necesario que los mismos miembros diversificaran esencialmente al hombre y al caballo. Ergo etc.
SE RESPONDE distinguiendo el antecedente: El signo es género del término si se considera el signo en absoluto y universalísimamente, se niega el antecedente; si se considera el signo en cuanto está bajo la intención lógica, esto es, ordenable a las obras de la razón, se concede el antecedente. Y del mismo modo se distingue el consecuente: Ergo los términos que diferencian esencialmente en la razón de signo según aquella razón por la que el signo es género del término diferencian en la razón de término, se concede el consecuente; según la razón absoluta de signo, se niega el consecuente.
Para cuya explicación observa una hermosa doctrina. En los artificiales, ya reales, ya de razón, se dice que la materia es género o se apone en lugar del género. Puede, empero, la materia considerarse de dos modos: o según sí y en absoluto, o ingresando el orden y la línea artificial; p. ej. la piedra, la madera, el oro y la plata son materia del artificial físico, a saber de la estatua, y consiguientemente género de aquella. Pero no son materia ni género en absoluto y según sus predicados esenciales precisamente considerados, porque así la división de la estatua en de madera, de piedra, de oro (o según la diversidad de las piedras o de las maderas) sería división esencial, lo cual nadie dirá; materialmente, en efecto, se tienen estas cosas respecto de la razón y diversidad de la estatua. Son, pues, la piedra y la madera etc. materia y género de la estatua en cuanto se sujetan a la forma artificial e ingresan la línea artificial. Lo natural, en efecto, y lo artificial no pertenecen al mismo género, y así las especies de las cosas artificiales no tienen por género la materia según sí y en absoluto considerada y en cuanto es algo natural, sino en cuanto ingresa tal orden; de donde la materia, ni la división o diversidad de la materia según sí considerada, no varía esencialmente el artefacto.
Así del mismo modo el término es cierto artefacto lógico: el signo es materia de aquel y por eso se coloca en lugar del género; pero no es materia según la razón común de signo y absolutamente considerado, sino en cuanto se sujeta a la forma artificial lógica. De donde lo mental, lo vocal, lo común, lo singular, etc. no varían esencialmente el término ni el signo en cuanto es género del término, sino materialmente, como el oro, la piedra, la madera no varían esencialmente la estatua ni el género de la estatua, sino solo material y accidentalmente. Y por eso los predicados del término se distinguen accidentalmente, como también la estatua áurea, de madera o de piedra.
Segundo se arguye: Las proposiciones se distinguen de especie según el diverso significado o la diversa verdad que significan, ergo también los términos.
El consecuente se prueba porque el término por sí se ordena a la proposición; ergo el término que por sí se ordena a una proposición distinta de especie será término distinto de especie. Ergo por último por la significación se diversifican esencialmente los términos.
Se confirma: Diversas son las definiciones de los términos; diversas intenciones lógicas se hallan en aquellos; ni un término común puede hacerse singular. Ergo se distinguen esencialmente; estas, en efecto, son señales esenciales de distinción.
SE RESPONDE: Se distingue el antecedente: Las proposiciones se distinguen de especie según el diverso significado etc. en la razón formal de proposición y de artificio lógico, se niega el antecedente; en la razón de representación y de signo, se concede el antecedente. Y del mismo modo ha de distinguirse el consecuente: Según la significación, en efecto, se distinguen las proposiciones y los términos materialmente, no formalmente o en la forma artificial. Y así el término no se ordena por sí, total y adecuadamente a una sola proposición determinada, sino a cualquiera que de tal término pueda confeccionarse, como la materia prima se ordena a cualquier forma corruptible.
A la primera parte de la confirmación se responde distinguiendo: Diversas son las definiciones de los términos con diversidad accidental, se concede el antecedente; con diversidad esencial, se niega el antecedente. Son, en efecto, las dichas definiciones descriptivas, que solo explican aquello que es accidental al término en cuanto tal, aunque esto sea esencial al término como tal. P. ej. se define el hombre en cuanto blanco: que es disgregante de la vista. Esta definición es accidental al hombre según sí, esencial, empero, al hombre como blanco. Así la definición del connotativo, del común, del singular, etc. son accidentales al término según sí y en común, esenciales, empero, al término como connotativo y singular, etc. Estos términos, en efecto, incluyen la razón de término como sujeto, como lo blanco incluye el cuerpo y lo simo incluye la nariz, no como género. — Del mismo modo se responde a la segunda parte de la confirmación: que las intenciones de los términos son accidentales al término, esenciales a tal término. — A la tercera parte: Se concede el antecedente y se niega el consecuente; un hombre, en efecto, no puede hacerse otro, y con todo no se sigue que se distingan de especie.