Cursus Philosophicus Thomisticus, Prima Pars Artis Logicae
John of St. Thomas (1589–1644)
First published 1930
Prima pars artis Logicae (formal logic) of the Cursus Philosophicus Thomisticus of John of St. Thomas (Joannes a Sancto Thoma), from the Reiser edition (Marietti, Turin, 1930), Reiser tomus I, pars prima.
Praefatio I: Praefatio
Praeludium I: QUO PROPONITUR DIALECTICAE DISPUTATIONIS EXERCITIUM ET PRAXIS
Praeludium II: ARTIS LOGICAE DIVISIO, ORDO, NECESSITAS
Liber I: DE HIS, QUAE SPECTANT AD PRIMAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DEFINITIO TERMINI
Caput II: DEFINITIO ET DIVISIO SIGNI
Caput III: DE QUIBUSDAM DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput IV: DE ALIIS DIVISIONIBUS TERMINORUM
Caput V: DE NOMINE
Caput VI: DE VERBO
Liber II: DE HIS, QUAE PERTINENT AD SECUNDAM OPERATIONEM INTELLECTUS
Caput I: DE ORATIONE IN COMMUNI ET EIUS DIVISIONE
Caput II: DE MODO SCIENDI
Caput III: DE DEFINITIONE
Caput IV: DE DIVISIONE
Caput V: DE ARGUMENTATIONE
Caput VI: DE PROPOSITIONE SIVE ENUNTIATIONE
Caput VII: DE DIVISIONIBUS PROPOSITIONIS
Caput VIII: DE MATERIA PROPOSITIONUM
Caput IX: DE PROPRIETATIBUS PROPOSITIONIS ET QUO ORDINE TRACTANDÆ SUNT
Caput X: DE SUPPOSITIONE
Caput XI: DE DIVISIONIBUS SUPPOSITIONIS
Caput XII: REGULAE SUPPOSITIONIS
Caput XIII: DE RELATIVIS
Caput XIV: DE AMPLIATIONE, RESTRICTIONE, ALIENATIONE
Caput XV: DE APPELLATIONE
Caput XVI: DE OPPOSITIONE
Caput XVII: DE CONDITIONIBUS REQUISITIS AD SPECIES OPPOSITARUM PROPOSITIONUM ET REGULIS COGNOSCENDI IPSAS OPPOSITIONES SPECIALES
Caput XVIII: DE AEQUIPOLLENTIA PROPOSITIONUM
Caput XIX: DE CONVERSIONE PROPOSITIONUM
Caput XX: DE MODALIBUS
Caput XXI: DE QUANTITATE, QUALITATE, OPPOSITIONE ET AEQUIPOLLENTIA MODALIUM
Rotuli I: ROTULI COMPOSITARUM MODALIUM
Rotuli II: ROTULI DIVISARUM CONSTANTIUM DICTO DE TERMINO COMMUNI
Caput XXII: DE REDUCTIONE MODALIUM AD SUAS DE INESSE
Caput XXIII: DE HYPOTHETICIS PROPOSITIONIBUS
Caput XXIV: DE EXPONIBILIBUS
Liber III: DE TERTIA OPERATIONE INTELLECTUS
Caput I: DE CONSEQUENTIA ET DIVISIONE EIUS
Caput II: DE INDUCTIONE
Caput III: DE ORDINE ET MODO RESOLVENDI TERMINOS PER ASCENSUM ET DESCENSUM
Caput IV: DE SYLLOGISMO EIUSQUE MATERIA ET FORMA
Caput V: DE DIVISIONE SYLLOGISMI PENES MATERIAM ET FORMAM
Caput VI: EXPLICANTUR OMNES TRES FIGURAE ET MODI SYLLOGISMORUM
Caput VII: DE REDUCTIONE SYLLOGISMORUM IMPERFECTORUM AD PERFECTOS
Caput VIII: DE SYLLOGISMO EXPOSITORIO
Caput IX: DE MODO INVENIENDI MEDIUM
Caput X: DE PRINCIPIIS, QUIBUS INNITITUR TOTA ARS SYLLOGIZANDI
Caput XI: QUIBUS PRINCIPIIS UNIVERSALITER INNITITUR BONITAS CONSEQUENTIAE
Caput XII: DE PRINCIPIIS DEFECTUUM MALAE CONSEQUENTIAE
Caput XIII: DE DEFECTIBUS IN PARTICULARI
Circa I: CIRCA SYLLOGISMUM.
Defectus I: DEFECTUS COMMUNES.
Caput XIV: DE FALLACIIS
Liber IV: SEQUUNTUR QUAESTIONES DISPUTANDAE AD ILLUSTRANDUM DIFFICULTATES ALIQUAS HUIUS TEXTUS
Quaestio I: DE TERMINO
Articulus I: UTRUM RECTO ORDINE DOCTRINAE INCIPIAT DIALECTICA A TERMINO
Articulus II: UTRUM SIT BONA DEFINITIO TERMINI ENUNTIATIVI, ET IN QUO EIUS FORMALITAS CONSISTAT
Articulus III: UTRUM DEFINITIO TERMINI SYLLOGISTICI BONA SIT, ET QUAE EIUS FORMALITAS
Articulus IV: QUOD SIT DEFINITUM TERMINI, ET PRO QUO SUPPONAT
Articulus V: UTRUM VOCES SIGNIFICENT PER PRIUS CONCEPTUS AN RES
Articulus VI: UTRUM TERMINUS HABEAT ALIQUAM DIVISIONEM ESSENTIALEM
Quaestio II: DE NOMINE
Articulus I: QUOMODO INTELLIGENDA SIT ILLA PARTICULA: „CUIUS NULLA PARS SIGNIFICAT SEPARATA”
Articulus II: UTRUM NOMEN INFINITUM RECTE EXCLUDATUR A RATIONE NOMINIS
Articulus III: UTRUM CASUS OBLIQUI RECTE EXCLUDANTUR A RATIONE NOMINIS
Quaestio III: DE VERBO
Articulus I: QUID SIT SIGNIFICARE CUM TEMPORE ET ABSOLVI A TEMPORE
Articulus II: UTRUM VERBUM POSSIT INFINITARI INTRA PROPOSITIONEM
Quaestio IV: DE ORATIONE ET MODO SCIENDI
Articulus I: UTRUM SIT BONA DEFINITIO ORATIONIS ET QUID SIT EIUS DEFINITUM
Articulus II: UTRUM DEFINITIO DEFINITIONIS RECTE SIT TRADITA
Articulus III: UTRUM DEFINITIO DIVISIONIS ET EA, QUAE AD DIVISIONEM PERTINENT, RECTE TRADANTUR
Quaestio V: DE ENUNTIATIONE
Articulus I: IN QUO CONSISTAT RATIO ENUNTIATIONIS, UT ABSTRAHIT A CATEGORICA ET HYPOTHETICA
Articulus II: UTRUM ENUNTIATIO CATEGORICA SIT ALIQUA SIMPLEX QUALITAS ET CONCEPTUS IN MENTE, VEL COMPOSITA FORMALITER
Articulus III: UTRUM DIVISIO IN HYPOTHETICAM ET CATEGORICAM SIT ESSENTIALIS ET UNIVOCA
Articulus IV: UTRUM DIVISIONES IN AFFIRMATIVAM ET NEGATIVAM, IN UNIVERSALEM ET PARTICULAREM, SINT BONAE ET ESSENTIALES
Quaestio VI: DE SUPPOSITIONE ET ALIIS PROPRIETATIBUS PARTIUM ENUNTIATIONIS
Articulus I: UTRUM DEFINITIO SUPPOSITIONIS SIT BONA
Articulus II: UTRUM SUPPOSITIO IMPROPRIA REPERIATUR IN CONCEPTU MENTIS ULTIMATO
Articulus III: QUAE SINT NOTANDA CIRCA ALIAS SPECIES SUPPOSITIONIS ET PROPRIETATES LOGICALES
Articulus IV: UTRUM REGULAE APPELLATIONIS TRADITAE IN TEXTU VERAE SINT
Quaestio VII: DE OPPOSITIONE ET CONVERSIONE PROPOSITIONUM
Articulus I: UTRUM OPPOSITIO CONTRADICTORIA SIT MAXIMA INTER OMNES OPPOSITIONES
SE SUPONE que la oposición es una real, otra lógica, esto es, de las cosas o de las proposiciones. Y estas dos se tienen así: que la oposición real o física es como objeto de la oposición lógica, porque aquel ser y no ser que se da a parte rei y en los objetos mismos se significa por las proposiciones opuestas. De donde, aunque tratar de la oposición real pertenezca al metafísico, con todo, porque al lógico toca tratar de las oposiciones de las proposiciones, también de algún modo es preciso tocar aquello que toca a la oposición de las cosas, en cuanto son objetos de la oposición de las proposiciones.
SE RESPONDE, pues, a la dificultad propuesta, que la oposición contradictoria tanto en las proposiciones como en las cosas, tanto dialéctica como física, es mayor entre todas las oposiciones.
Para esta conclusión ha de verse santo Tomás opúsc. 37. cap. 1.1 e in 10. Metaph. lect. 6.2 El FUNDAMENTO se toma de esto: que aquella es mayor oposición en la que hay menor conveniencia, y un opuesto destruye más al otro. Entonces, en efecto, se dicen carecer de medio, porque carecen de toda conveniencia en la que de algún modo puedan convenir, ya por parte del sujeto, ya por parte de alguna tercera forma que media entre las formas extremadamente opuestas, ya en cualquier otro modo de conveniencia. Consta, empero, que sola la oposición contradictoria absoluta y de todos los modos destruye su opuesto; las restantes oposiciones, empero, no destruyen así absoluta y simpliciter, sino que algo de aquel dejan y así tienen alguna conveniencia, y esto tienen de menos de oposición.
Consta esto discurriendo por las singulares especies de oposiciones, ya por parte de las cosas, ya por parte de las proposiciones. Pues en todas, ciertamente, se halla alguna negación opuesta a la afirmación, pero no tan pura y absolutamente como en la contradicción. Pues la proposición contraria, si es física, versa entre dos formas positivas que pueden estar en el mismo sujeto, ya a la vez, si están en grados remisos, ya sucesivamente, si están en intensos; de donde una forma contraria no destruye totalmente a la otra ni la conveniencia de ellas en el sujeto. Del mismo modo la oposición contraria en las proposiciones, que es oposición dialéctica, no quita en una proposición todo lo que hay en la otra, porque al menos no quita la universalidad y la distribución, sino que en esto deben convenir las proposiciones contrarias; y consiguientemente tampoco la falsedad de una destruye la falsedad de la otra, y así no es negación que niega y quita en absoluto lo que hay en el otro extremo. Del mismo modo la subcontrariedad no quita la particularidad y consiguientemente tampoco la verdad, sino que dos proposiciones subcontrarias son a la vez particulares y pueden ser a la vez verdaderas. Por último, la oposición privativa no quita, sino que deja la aptitud a la forma opuesta; ergo al menos por esta parte deja alguna conveniencia con su opuesto. También la oposición relativa no incluye la negación por la que un opuesto remueva al otro, sino que más bien los relativos son a la vez por naturaleza y por conocimiento, y uno y otro pone3 el ser. Por cuya razón ha de inteligirse el lugar de D. Tomás de Potentia q. 7. art. 8. ad 4.,4 donde dice que en los relativos uno no remueve al otro ni incluye la negación del otro. Se entiende, en efecto, no que en una relación no haya negación de su correlativo, sino que no la incluye a modo de lo que remueve y excluye de algún sujeto, sino que más bien presupone que se dé tal correlativo, aunque en sí esté distinto de aquel, y no sea aquel, sino que sea ad aquel.
Mas en los contradictorios la negación de uno es tan pura y absoluta, que toda conveniencia con su extremo la quita la negación, y así ni deja el ser ni la aptitud ni la universalidad ni la particularidad, sino que, como de naturaleza maligna, todo lo destruye. De donde simpliciter y en absoluto es mayor oposición intensivamente, y de aquella se deriva la oposición como de lo más principal a las restantes oposiciones, las cuales en tanto tienen oposición en cuanto algo tienen de contradicción, como en los lugares citados enseña santo Tomás y se dice en la Lógica en el cap. de los Opuestos.5
SE RESUELVEN LOS ARGUMENTOS.
Objetarás PRIMERO: Pues los contrarios máximamente distan entre sí; ergo máximamente se oponen, porque la oposición es cierta distancia, de donde también aquellos opuestos que más son inmediatos parecen oponerse menos, porque menos distan. Los contradictorios, empero, son inmediatos, porque no se da medio entre el ser y el no ser.
SEGUNDO: Porque más destruye la contrariedad que la contradicción; ergo es mayor oposición. El antecedente consta, porque es más universal en el negar, ergo también en el destruir. Pues las proposiciones contrarias constan de una y otra universal, una negada, otra afirmada; ergo la negativa siempre es universal, y consiguientemente más niega y destruye.
TERCERO: Porque de los contrarios se siguen los contradictorios, tanto en lo lógico como en lo físico. En lo lógico, ciertamente, porque bien se sigue: «Todo hombre es blanco» y «ningún hombre es blanco», «ergo todo hombre es blanco» y «algún hombre no es blanco», que son contradictorios. En lo físico, empero, porque lo cálido y lo frío se contrarían, y con todo de lo cálido rectamente se sigue no frío, que se opone contradictoriamente a lo frío.
CUARTO: Porque las restantes oposiciones todas incluyen la contradictoria y añaden algo sobre aquella; ergo son mayores oposiciones que las solas contradictorias. Se prueba el antecedente, porque incluyen la negación y la afirmación, ergo también la contradicción, que se perfecciona por la afirmación y la negación. Ergo todas las oposiciones dicen contradicción y a sus principios se reducen y por ella se regulan. Ergo añaden algo a la oposición de la contradicción y así son mayores.
AL PRIMERO se responde que los contrarios máximamente distan en el mismo género e intra de un género; los contradictorios, empero, en todo género y extra de todo género se distancian por la negación pura y absoluta, que está extra de todo género y así niega todo ente; de donde máximamente distan y no tienen medio de conveniencia con el otro extremo. Se dicen, empero, que los opuestos inmediatos máximamente distan, porque carecen de medio de conveniencia. Los que, empero, se colocan inmediatamente carecen de medio de situación y así menos distan con distancia local. Pero no hablamos de esta distancia en lo presente, sino de la distancia de repugnancia y de oposición. Y así más dista el ser y el no ser; carece, en efecto, de medio, esto es, de conveniencia, porque nada deja que no quite.
AL SEGUNDO se dice que la negación universal en la proposición contraria más destruye como extensivamente y cuanto al modo de significar la distribución, pero no como intensivamente y en orden a destruir todo lo que se pone en su opuesto, tanto cuanto a la verdad como cuanto a la falsedad, y la universalidad y la particularidad, etc. Así, en efecto, la contradicción todo lo quita; la contrariedad, empero, algo deja, a saber la universalidad y la falsedad. De donde una cosa es destruir más de su opuesto, otra aplicar la negación distribuyéndola a varios sujetos; esto segundo lo tiene la contrariedad, no lo primero.
AL TERCERO se responde que de la oposición contraria misma formalmente no se infiere la oposición contradictoria, sino como materialmente, aunque de una proposición universal se infiera aquella particular que es materia de la oposición contradictoria a la otra universal. Pero esta ilación no es de la oposición contraria misma, que está entre dos proposiciones, sino que de una sola proposición universal se deduce suficientemente. De la oposición contraria, empero, se deduce ciertamente la subcontraria, esto es, la doble proposición particular afirmada y negada, que se subalternan a aquellas universales; pero esta oposición es menor. Del mismo modo de la contrariedad física no se infiere formalmente la contradictoria. Pues ni de lo frío se infiere la negación de lo cálido absoluta y simpliciter, sino la negación de lo cálido en esto, esto es, en lo frío en cuanto frío, que es negación en algo positivo, y esto no en absoluto; pues bien pueden estar a la vez en el mismo sujeto en grados remisos.
Segundo también puede decirse que no es inconveniente que de una oposición menor se infiera una mayor, que se tiene como origen y principio de la oposición menor; pues de la contradictoria como de principio originan las demás oposiciones. Pues también la distinción específica es menor que la distinción primero diversa, y con todo de la distinción de dos especies se infiere la distinción de las diferencias, que son primero diversas entre sí, como a posteriori.
AL CUARTO se responde que las demás oposiciones añaden algo sobre la contradictoria que disminuye la oposición, no que la aumente, como puede verse en D. Tomás opúsc. 37. cap. 1.6 Pues como la negación de la contradicción es pura y absoluta negación, la negación, empero, de la contrariedad y de la privación retiene algo de lo positivo opuesto, es claro que disminuye la razón de oposición, porque disminuye la razón absoluta de negación y de remoción de su opuesto.