Breviloquium
Bonaventure (1217–1274)
First published 1882
Bonaventure's Breviloquium, a concise systematic presentation of Christian theology in a prologue and seven parts. Latin transcription from the Quaracchi critical edition, Opera omnia, tomus V (1882), pp. 201-291.
Prologus
Caput I: De illis septem, de quibus est theologia, in summa.
Caput II: Quid tenendum est de trinitate personarum et unitate essentiae.
Caput III: De istius fidei intelligentia sana.
Caput IV: De istius fidei expressione catholica.
Caput V: De unitate divinae naturae in multiformitate apparitionum.
Caput VI: De unitate divinae naturae in multiplicitate appropriatorum.
Caput VII: De omnipotentia Dei.
Caput VIII: De Dei sapientia, praedestinatione et praescientia.
Caput IX: De voluntate Dei et providentia.
Caput X: De productione mundi totalis.
Caput XI: De natura corporali quantum ad fieri.
Caput XII: De natura corporali quantum ad esse.
Caput XIII: De natura corporali quantum ad operari et influere.
Caput XIV: De modo describendi praedicta in sacra Scriptura.
Caput XV: De productione supernorum spirituum.
Caput XVI: De apostasia daemonum.
Caput XVII: De confirmatione bonorum Angelorum.
Caput XVIII: De productione hominis quantum ad spiritum.
Caput XIX: De productione hominis quantum ad corpus.
Caput XX: De productione hominis quantum ad totum coniunctum.
Caput XXI: De completione et ordinatione totius mundi consummati.
Caput XXII: De origine mali in communi.
Caput XXIII: De primorum parentum tentatione.
Caput XXIV: De primorum parentum transgressione.
Caput XXV: De primorum parentum punitione.
Caput XXVI: De originalis peccati corruptione.
Caput XXVII: De originalis peccati transfusione.
Mas el modo de traducción del pecado original es este: que aunque el alma no sea de tradux, sin embargo la culpa original pasa del alma de Adán a las almas de los pósteros, mediando la carne generada por concupiscencia, de modo que, como del alma pecante fue infecta la carne de Adán y hecha prona a libídine, así, sembrada por libídine y arrastrando consigo la infección viciosa, infecta y vicia el alma; infección que ciertamente en el alma no sólo es pena, sino también culpa. Y así la persona corrompe la naturaleza, y la naturaleza corrupta corrompe la persona, salva 1 en todo la divina justicia, a la cual de ningún modo puede imputarse la infección del alma, aunque creándola la infunde e infundiéndola la une con carne infecta.
La razón para entender lo predicho es esta: porque, habiendo el primer principio hecho al hombre a su imagen por expresión de sí mismo; así lo fundó por parte del cuerpo, que todos los hombres se propagasen del primer hombre como de uno radical principio; así por parte del alma, que por expresa semejanza, tanto en ser y durar como en entender y amar, todos los espíritus racionales emanasen inmediatamente del mismo Dios como de primero e inmediato principio. Y puesto que el espíritu, como más excelente, más accede al primer principio; así fundó Dios al hombre, que el espíritu presidiese al cuerpo, y el cuerpo estuviese súbdito al espíritu creado, mientras él obedeciese 2 al Espíritu increado; y al contrario, si el espíritu no obedeciese a Dios, por justo juicio de Dios su cuerpo comenzase a rebelarse contra él; lo cual también se hizo, cuando Adán pecó.
Como pues, si Adán hubiese estado, su cuerpo habría sido obediente al espíritu, y tal lo transmitiría a los pósteros, y Dios le infundiría el alma, de modo que, unida a cuerpo inmortal y obediente a sí, tuviese el orden de justicia e inmunidad de toda pena: así, desde que Adán pecó, y la carne se hizo rebelde al espíritu, conviene que tal la transmita a los pósteros, y que Dios infunda el alma según la institución primaria; mas el alma, cuando se une a carne rebelde, incurre defecto del orden de justicia natural, por el cual debía imperar a todos los inferiores. Y porque el alma está unida a la carne, conviene que la traiga, o sea traída por ella; y porque no puede traerla como rebelde, necesario es que sea traída por ella e incurra enfermedad de concupiscencia. Y así incurre a la par carencia de debida justicia y enfermedad de concupiscencia; de los cuales dos como de aversión y conversión se dice integrarse, según Agustín y Anselmo, el pecado original. 3
Puesto que pues ordenadísimo fue que la naturaleza humana así se fundase, y que fundada así se propagase, y que pecante así se castigase, como antes se dijo, de modo que en la condición 4 se guarda el orden de la sabiduría; en la propagación, el orden de la naturaleza; en el castigo, el orden de la justicia: consta que no es contra la divina justicia, si a los pósteros se transmite la culpa.
De nuevo, porque la culpa original no podría transfundirse al alma, si la pena de rebelión en la carne no precediese; y no habría pena, si la culpa no precediese; ni 5 la culpa procedió de voluntad ordenada, sino desordenada, y por tanto no de voluntad divina, sino humana: consta pues que la transfusión del pecado original es del pecado del primer hombre, no de Dios, no de la naturaleza fundada, sino del vicio perpetrado. Y así verdadero es lo que dice Agustín, que «el 6 pecado original no transmite a los pósteros la propagación, sino la libídine».